Gremiales
CONSIDERANDOS:
1- Que de ninguna manera
estamos solicitando un resarcimiento económico, como se aduce en el primer
párrafo del considerando de fecha 19 de mayo de 2014, por el contrario como fue
expuesto en el expediente n°
1.585.794/2013, que esta parte ha
presentado por ante este Ministerio, solicitamos una GRATIFICACIÓN POR
COLABORACIÓN EXTRAORDINARIA, tal cual fue acordado en el expediente N°
1.242.045/07, y publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina N°
31978, del día 2 de Septiembre de 2010, solo estamos requiriendo en este punto el mismo
tratamiento, como lo establece la legislación laboral vigente, como sucedió con otros compañeros ferroviarios ante el mismo
escenario, lo que generaría de no cumplirse,
una situación de discriminación entre el conjunto de los trabajadores
ferroviarios. Es toda una gran mentira orquestada por el Ministro Florencio
Randazzo, que estamos solicitando
una indemnización como si se tratara de
un despido laboral, por lo que es
necesario aclararlo en honor a la verdad.
2- Respecto del tickets
volvemos a reafirmar el reclamo ya realizado por este Cuerpo de Delegados ,
dado que la normativa es clara, los mismos corresponden al 20% del básico, lo
que se fue desvirtuando desde que entró en vigencia la ley 26341, con su
Decreto Reglamentario 198/2008, sin expedirse sobre este tema hacia sus afiliados la conducción de la Unión
Ferroviaria a nivel Nacional, que es la encargada de negociar las pautas
salariales, privando al trabajador del cobro de la totalidad del mismo.
3- Que ante situaciones como las actuales ,
este Cuerpo de Delegados juntamente con su Comisión de Reclamos y como
integrante de la Unión Ferroviaria, que es, viene velando incansablemente por
los intereses de los trabajadores ferroviarios, por la comunidad y en especial
por el usuario del transporte ferroviario, que viene soportando día tras día
las consecuencias de las irregularidades que venimos denunciando y que
terminaron en las desgracias que son de público y notorio conocimiento, ya que
en todo momento en nuestras decisiones tomadas en asamblea está contemplado el interés general, dado que
no solamente representamos a los trabajadores ferroviarios, sino como delegados
tenemos una responsabilidad social ante la comunidad, que nunca olvidamos
4- Por otro lado no estamos
llevando una medida de acción directa tal como lo establece la ley de
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN CONFLICTO LABORALES, sino se trata de un trabajo a
reglamento, ya que quienes vienen respetando el principio de buena fe somos los
trabajadores, que desde hace años
venimos solicitando se generen las condiciones mínimas de trabajo y que el gobierno
viene prometiendo y no cumpliendo, encargándose solamente de un maquillaje
mediático, siendo nosotros quienes venimos manteniendo la paz social.
5- Que lo que genera un grave perjuicio al
público usuario del servicio no es
trabajar de acuerdo a lo pactado y amparado en la Constitución Nacional y la
Legislación Internacional vigente, sino la desidia permanente y añeja en
resolver la problemática ferroviaria, que tiene
este gobierno y han tenido otros anteriores, quedando claro el desprecio
hacia el usuario del transporte, obligación del estado de acuerdo a nuestra ley
suprema.
6- Y por último, queremos manifestar que
defender los Derechos de los Trabajadores es también defender nuestra Constitución Nacional.
CUERPO DE DELEGADOS - COMISIÓN DE RECLAMOS - LÍNEA SARMIENTO- SECCIONAL
GRAN BUENOS AIRES OESTE - UNIÓN FERROVIARIA
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