18 de septiembre de 2019

El Estado sigue cediendo terrenos ferroviarios a terceros

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Desde que el gobierno de Macri está en el poder, la Agencia de Administración de Bienes del Estado viene cediendo y vendiendo importantes terrenos ferroviarios, que en algunos casos eran importantes para un posible resurgimiento del medio de transporte ferroviario.

En esta oportunidad, mediante Resolución Nro. 366/2019 de fecha 03 de Septiembre de 2019 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:


Artículo1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE - ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO el sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Facundo Zuviría y la calle Mariano Comas, de la Localidad de SANTA FE, Departamento LA CAPITAL, Provincia de SANTA FE, correspondiente al CIE Nº 8200006403/5 con una superficie total aproximada de DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS (2.464,28 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2019-68187465-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el objeto de destinarlo a espacio de estacionamiento vehicular del personal, docentes y alumnos de esa Universidad.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que la asignación dispuesta por el artículo precedente se encuentra condicionada a un eventual requerimiento de reasignación por parte del MINISTERIO DE TRANSPORTE toda vez que el inmueble no se halla desafectado de la actividad ferroviaria.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL.

ARTÍCULO 6º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva

1 comentario:

  1. -Por lo menos se hizo reserva de poder recuperar los terrenos y no cederlos definitivamente.
    Alejandro

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