Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 737 de fecha 19 de Noviembre de 2019 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se establece en el Artículo 1º la clausura definitiva y el levantamiento de las vías, aparatos de vías y demás instalaciones ferroviarias ubicadas en el inmueble sito en estación Pablo Podestá de la Línea Urquiza – Ramal U. (A), Avenida Márquez sin numeración, esquina calle Chas de la Localidad del mismo nombre, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido 117- Circunscripción IV – Sección IV – Sección T – Fracción I – Parcela 2b, CIE 06- 0026209-2, identificado en el plano incorporado como Anexo N° IF-2018-46063171-APN-MTR, que forma parte integrante de la presente medida, teniendo en cuenta los términos de la Resolución N° 835 de fecha 18 de septiembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación.
Artículo 2º Se solicita a la Agencia de Administración de Bienes del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros que realice los actos necesarios para materializar el levantamiento de las vías, aparatos de vías y demás instalaciones ferroviarias existentes en el sector del inmueble que se clausura por el artículo 1° de la presente medida, con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado.
Artículo 3°.- Se notifica la presente medida a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, a la Administración de Bienes del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a la Subsecretaría de Transporte Ferroviario y a la Secretaría de Gestión de Transporte.
Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo Javier Dietrich
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 737 de fecha 19 de Noviembre de 2019 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se establece en el Artículo 1º la clausura definitiva y el levantamiento de las vías, aparatos de vías y demás instalaciones ferroviarias ubicadas en el inmueble sito en estación Pablo Podestá de la Línea Urquiza – Ramal U. (A), Avenida Márquez sin numeración, esquina calle Chas de la Localidad del mismo nombre, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido 117- Circunscripción IV – Sección IV – Sección T – Fracción I – Parcela 2b, CIE 06- 0026209-2, identificado en el plano incorporado como Anexo N° IF-2018-46063171-APN-MTR, que forma parte integrante de la presente medida, teniendo en cuenta los términos de la Resolución N° 835 de fecha 18 de septiembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación.
Artículo 2º Se solicita a la Agencia de Administración de Bienes del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros que realice los actos necesarios para materializar el levantamiento de las vías, aparatos de vías y demás instalaciones ferroviarias existentes en el sector del inmueble que se clausura por el artículo 1° de la presente medida, con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado.
Artículo 3°.- Se notifica la presente medida a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, a la Administración de Bienes del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a la Subsecretaría de Transporte Ferroviario y a la Secretaría de Gestión de Transporte.
Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo Javier Dietrich