Actualidad
La resolución judicial analiza el comportamiento de los expertos durante el juicio realizado en el Tribunal Oral Federal 2 que determinó responsabilidades por el choque sucedido en 2012
Cuatro ingenieros que actuaron como peritos en la causa y en el juicio oral y público por la Tragedia de Once fueron procesados por el delito de falso testimonio agravado. El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi consideró probado que los expertos mintieron durante el juicio para perjudicar a Marcos Córdoba, el motorman que conducía el tren que chocó contra el andén el 22 de febrero de 2012.
La causa se inició en abril de 2016 cuando el tribunal Oral Federal 2 que en diciembre había dictado condenas por la Tragedia de Once denunció a los peritos por falso testimonio. El caso quedó a cargo del juez Claudio Bonadio quien falleció el 4 de febrero pasado. Martínez De Giorgi subroga el juzgado que estaba en manos de Bonadio. El fiscal del caso es Carlos Rívolo quien, cuando impulsó la causa, acusó a los ingenieros de haber tenido “una tendenciosa actuación procesal, guiados presumiblemente por la intención de atribuir responsabilidad penal únicamente al motorman de la formación siniestrada -Marcos Antonio Córdoba- pretendiendo limitar cualquier tipo de extensión de reproche hacia los restantes imputados en aquel juicio”.
Los ingenieros procesados por falso testimonio agravado son Raúl Díaz (perito oficial), Alejandro Héctor Leonetti (perito por la Secretaría de Transporte), Horacio Faggiani (perito por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte) y Julio César Pastine (perito por Trenes de Buenos Aires). Estos ingenieros habían sido procesados por Bonadio y aquella resolución revocada por la Cámara Federal que consideró que era prematura la decisión del juez y que no se había podido probar que mintieron para perjudicar a Córdoba. El motorman, vale recordar, es uno de los que cumple condena con prisión efectiva por el caso.
El procesamiento firmado ayer por Martínez De Giorgi, al que accedió Infobae a través de fuentes judiciales, analizó el comportamiento de los cuatro peritos sobre tres puntos fundamentales del caso. Focalizó el juez sobre lo que dijeron los peritos procesados acerca de la velocidad a la que el tren entró en la estación de Once el 22 de febrero de 2012; la explicación sobre la función que tenía el paragolpes del andén 2 de la estación que no funcionó y por último el acaballamiento (debido al estado deplorable de la carrocería del tren) del segundo vagón sobre el primero de la formación que determinó buena parte de las muertes ocurridas aquel día. Como consecuencia del choque hubo 51 muertos y más de 700 heridos.
Al comienzo de su resolución Martínez De Giorgi señaló que “bajo estos parámetros entonces serán ponderados y evaluados los diferentes elementos de convicción reunidos, los cuales -a juicio del Tribunal- adquieren suficiente entidad como para demostrar -con el grado de provisionalidad exigido- que durante la intervención de los ingenieros Díaz, Leonetti, Faggiani y Pastine -en aquel juicio-, existió una acción premeditada para hacerle cargar con toda la responsabilidad del suceso acontecido el día 22 de febrero de 2012 al conductor de la formación Marcos Antonio Córdoba, intención que además habría tenido en miras limitar toda extensión del reproche hacia los demás encausados”.
Es decir que, para el juez los peritos procesados quisieron culpar a Córdoba y de ese modo salvar a los empresarios de la firma Trenes de Buenos Aires (TBA) –que explotaba el ferrocarril Sarmiento- y a los ex funcionarios públicos condenados por su responsabilidad en la falta de control del mantenimiento de los trenes. La tesis sobre la única responsabilidad del motorman en la Tragedia de Once fue la defensa política del kirchnerismo y se extiende hasta la actualidad. En los últimos días, Ricardo Jaime, condenado por la Tragedia de Once y por recibir coimas de empresarios -entre ellos los de TBA- se consideró un preso político y volvió a sacar a luz la teoría de que Córdoba fue incitado a chocar el tren para perjudicar al gobierno de entonces. El Tribunal Oral Federal condenó tanto a Córdoba como a los empresarios y ex funcionarios del área de Transporte porque consideró que hubo responsabilidades conjuntas en la Tragedia de Once. Esa condena fue confirmada por la Cámara de Casación. Varios de los condenados cumplen prisión efectiva, entre ellos Jaime y Córdoba.
Martínez De Giorgi analizó la actuación de los peritos procesados en el juicio oral y público respecto de la velocidad a la que se produjo el choque. Esa respuesta de los expertos era fundamental porque a partir de ello se podía determinar si el sistema de frenos había sido o no accionado por Córdoba.
Dijo el juez: “De esta forma, la comunidad probatoria reunida da cuenta suficiente de la responsabilidad penal que deberán asumir los encausados en torno al juicio de reproche formulado, pues se encuentra acreditado que durante la instrucción del sumario los nombrados argumentaron una interpretación del registro del GPS (análoga a la que -a la postre- se convalidara en la sentencia), pero en la instancia posterior -esto es, durante el debate- tal exégesis cambió, y fue mutando en la medida de sus necesidades, a partir de nuevas disquisiciones no sólo alejadas de aquella originaria definición, sino particularmente carentes de todo razonamiento lógico y que, por añadidura, se acomodaban hacia un solo único objetivo, desnaturalizar cualquier hipótesis vinculada a la existencia de una maniobra de frenado por parte del motorman.
Así, la falta de argumentos lógicos, la constante transformación de sus afirmaciones y razonamientos -mediante los cuales fueron acomodando sus interpretaciones de acuerdo a las exigencias del momento-, y fundamentalmente la total ausencia de un respaldo científico y/o bibliográfico que explicara justificadamente los motivos para descartar el registro de 20 km/h del GPS -vinculado estrictamente a la hipótesis de frenado por parte del conductor-, terminan por confirmar el grado de sospecha que ha ceñido sus intervenciones”. Y agregó “puesto que cada uno de ellos era pleno conocedor de las conclusiones arribadas en el informe presentado, y pese a ello, resolvieron deliberadamente modificar su razonamiento y sin mayor análisis, durante el juicio, intentaron descalificar uno de los elementos objetivos de análisis -reporte del GPS- para aventurarse en realizar un nuevo estudio que sorprendentemente carecía de toda lógica y profesionalidad, direccionando su labor para la construcción de una hipótesis fáctica -inexistencia de maniobra de frenado, previo a la colisión- que perjudicaba directamente al motorman, Marcos Antonio Córdoba (repárese lo ínsito en sus declaraciones, que conducían a descartar de plano la existencia de una acción de frenado por su parte, y lo convertían, de esa forma, en el único responsable del accidente), diluyendo así la responsabilidad de los demás imputados, respecto a la deplorable condición que presentaba no sólo del tren siniestrado sino también la infraestructura”. La síntesis de lo dicho por el juez Martínez De Giorgi es que durante la instrucción de la causa dijeron una cosa y la cambiaron durante el juicio para responsabilizar sólo al motorman.
El juez analizó también lo que los peritos procesados dijeron en el juicio sobre el paragolpes hidráulico del final del andén 2 que no funcionaba al momento del choque. Durante el juicio oral y público sostuvieron que el paragolpes había cumplido con su función que era evitar que el tren se metiera en la estación llena de gente. “Con fundamento en lo expuesto y dadas las circunstancias, queda claro que la voluntad de los imputados estuvo orientada a “tergiversar” el significado y alcances del término “parachoques” y “pared de impacto de fin de vía”, y así poder deslindar las responsabilidades emergentes de los demás causantes en la causa principal, a excepción de Córdoba, respecto del estado inoperante del parachoques, intentando -del modo indicado- transfigurar el verdadero objetivo y naturaleza de esa tecnología. Es que pretender sostener que la finalidad del paragolpes sería únicamente evitar que la formación traspase a la zona de circulación del público, pero no así evitar el daño al tren que colisiona, carece de todo sustento y contradice cualquier criterio de lógica o sentido común. En definitiva, siendo la finalidad de un paragolpes amortiguar, apaciguar o disminuir los efectos de una colisión, mediante la absorción de la energía cinética, y partiendo de la velocidad constatada al momento del impacto -esto es, de 20 km/h-, es perfectamente apropiado asumir que, si el sistema hidráulico hubiera funcionado adecuadamente, la magnitud del siniestro indudablemente hubiera sido de menor envergadura”., explicó Martínez De Giorgi.
Otro de los aspectos en los que para Martínez De Giorgi quedó probado fue que los peritos procesados mintieron fue respecto del acaballamiento de un vagón sobre otro. Eso se produjo -según se explica en la resolución- debido a la corrosión y el óxido que presentaba el tren (modelo 1962) que redujo la resistencia del material y provocó el efecto que resultó mortal. El juez afirmó que: “En contraposición a lo sostenido durante el juicio por los imputados, quedó demostrado en la causa principal que de haberse cumplido las tareas de mantenimiento comprometidas contractualmente, renovado las unidades y/o evitado el deplorable estado que presentaban al momento del siniestro, bien podría haberse afrontado la colisión contra el paragolpes de fin de vía -por cierto, inoperante- con mayor integridad, de modo que el proceso de acaballamiento podría haber sido de menor envergadura, reduciéndose -por añadidura- las consecuencias lamentablemente verificadas”.
Martínez De Giorgi sostuvo que la actuación de los peritos fue direccionada. El juez señaló que “todo hace presumir que la intervención de los profesionales que aquí se trata, habría respondido directamente a las estrategias defensistas de quienes los designaran, apartándose -de esa manera- de las obligaciones inherentes al cargo -auxiliares de justicia- y de las premisas fijadas consecuentemente por el tribunal, para comprender acabadamente lo que había ocurrido aquél fatídico día 22 de febrero de 2012”.
El juez -en el procesamiento en que embargó por $ 200.000 a Díaz, Leonetti, Faggiani y Pastine- concluyó que “los imputados, a lo largo del juicio, enfática y reiteradamente sostuvieron que, en el último tramo del trayecto recorrido por el tren, previo al impacto contra el paragolpes del andén N°2 de la estación de Once, no se verificó ninguna maniobra de frenado. Del mismo modo se pronunciaron en orden a la inexistencia de fallas o anomalías del material rodante y de la infraestructura -incluyendo el paragolpe del Andén N°2- que hubieran posibilitado el lamentable suceso, contexto que claramente estaba dirigido a perjudicar la situación procesal del motorman, Marcos Antonio Córdoba, por un lado, y beneficiaba a los demás encausados”.Infobae.com