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27 de febrero de 2020

Con Ferrocarriles Argentinos en el freezer, mantienen separadas a las tres empresas ferroviarias

Actualidad

La ley 27.132, sancionada en 2015 con acuerdo de todo el Congreso, tuvo como una de sus dos grandes premisas la reunificación de las empresas ferroviarias estatales –que se habían ido creando en forma desordenada y superpuesta a partir de la caída del régimen de concesiones del menemismo– a través de la recreación de Ferrocarriles Argentinos, holding que habría de contener y coordinar a la SOFSE, ADIF, Belgrano Cargas y Logística y a la Administradora de Recursos Humanos Ferroviarios (ARHF). El otro gran principio era la puesta en práctica del acceso abierto a la red ferroviaria a través de la administración estatal –e indelegable– de toda la infraestructura de vías y los sistemas de control de circulación de trenes, todavía en manos de concesionarias “de cargas”.


El gobierno de Macri fue raudo en su decisión de cajonear los efectos prácticos del amplio acuerdo de 2015, que incluso había votado su propio partido. El acceso abierto tardó dos años en ser reglamentado y, cuando lo hizo, fue en forma opuesta a lo estipulado. En lugar de adecuar los contratos de concesión todavía vigentes a la administración estatal de la infraestructura, permitió su prórroga y hasta la entrega a privados de nuevos sectores de la red ferroviaria nacional. En cuanto a Ferrocarriles Argentinos, la empresa tuvo una existencia residual.

Una de las primeras medidas en materia ferroviaria fue desaparecer el nombre y logo de Ferrocarriles Argentinos, recuperado por primera vez desde 1993, para volver a la marca de fantasía “Trenes Argentinos”, de breve uso durante la gestión Randazzo. Por lo demás, cada una de las empresas continuó manejándose en forma independiente, dando pie a distintos conflictos y desinteligencias. La única acción que efectuó la empresa creada en 2015 fue una licitación realizada en 2019 para contratar un servicio de auditoría externo. Por lo demás, su nombre, actividades o aún la conducción de la empresa –un directorio que debe integrar representantes de las sociedades controladas, los trabajadores y usuarios– permanecieron en las sombras.

Pero si las nuevas autoridades de Transporte ratificaron su compromiso con la promesa del presidente Alberto Fernández de implementar finalmente el acceso abierto a la red ferroviaria, el desajuste institucional que dejó el macrismo no tiene perspectivas de resolverse. Las empresas ferroviarias estatales se siguen manejando como cuatro compartimientos estancos independientes entre sí pero sometidos directamente a los vaivenes ministeriales. Dirigentes del Frente Renovador se repartieron los distintos espacios, aunque llamativamente las empresas ferroviarias parecen haber recibido mucha menor atención que botines más preciados como AySA o Aerolíneas Argentinas, por no mencionar YPF.

Ferrocarriles Argentinos es, por cantidad de empleados, la segunda empresa más importante del país. Sin embargo, pocas veces se la trata o concibe como tal. La decisión del actual gobierno de continuar manejando como hasta ahora a las distintas subsidiarias como meras reparticiones del Ministerio de Transporte es quizás una prueba de ello, pero una que tiene consecuencias prácticas. A cargo de Ferrocarriles Argentinos SE continúa estando formalmente Martín Ferreiro, un abogado del Ministerio heredado de la gestión macrista: las nuevas autoridades no encontraron relevante ni urgente poner a funcionar a la empresa ferroviaria nacional.

Tener un sistema ferroviario disgregado en distintas ventanillas, sin una cabeza que planifique y coordine a las distintas patas –infraestructura, operación, cargas–, fue precisamente el problema que llevó a Francia a deshacer la reforma de los años 90 y reunificar a todas sus empresas en la SNCF. Fue esa misma iniciativa francesa la que sirvió de inspiración expresa para la ley de Ferrocarriles Argentinos de 2015. También en España la división entre ADIF y Renfe Operadora ha generado distintos inconvenientes que llevaron a plantear su reunificación. Países como Alemania o Italia, aún implementando el acceso abierto, mantuvieron sus empresas ferroviarias nacionales como un conglomerado unido.

Sus cuadros directivos, por lo demás, son fruto de rigurosos procesos de selección entre técnicos de la alta administración pública y trascienden los mandatos políticos. Ese horizonte resulta imposible en la Argentina no por alguna especie de incapacidad nacional, sino ante todo porque el loteo del sector ferroviario, su falta de concepción integral, impide que se desarrollen siquiera sus condiciones de posibilidad.

Hay desde luego un componente simbólico nada desdeñable en recuperar el nombre de la empresa ferroviaria nacional. Pero principalmente se trata de recuperar una estructura de conducción y de cuadros técnicos, una empresa con autonomía de criterio, capaz de proyectar y de defender el desarrollo de los servicios ferroviarios más allá de los gobiernos o de los intereses a menudo cortoplacistas y contrapuestos de los distintos actores. Acciones inconsultas como la clausura del ramal Puente Alsina – Aldo Bonzi del Belgrano Sur o proyectos técnicamente inviables como la reposición de servicios sin la infraestructura adecuada serían más difíciles si existiera una agencia estatal específica y especializada en ejecutar la política ferroviaria.

Ferrocarriles Argentinos desapareció en 1993 y –con todas las diferencias del caso– volvió a desaparecer en 2016, aunque a diferencia de lo ocurrido en el menemismo la ley de 2015 sigue vigente, sólo espera su puesta en práctica.EnelSubte.com

19 de noviembre de 2019

Proyecto de Ley para la ampliación del recorrido del "Tren del Valle" desde Cipolletti (Río Negro) hasta Plottier (Neuquén)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados el Proyecto de Ley solicitando la ampliación del servicio de pasajeros del denominado "Tren del Valle" entre las estaciones Cipolletti (Provincia de Río Negro) y Plottier (Provincia del Neuquén).

Dicho trámite recayó en el Expte. 5026-D-2019 del 07 de Noviembre del corriente año, siendo la firmante de dicho Proyecto de Ley la Diputada Nacional: Alma Liliana Sapag (Mov. Popular Neuquino - Neuquén).

Fundamentos

Las redes de transporte remiten a la puesta en valor de los territorios, pero también a las diferentes modalidades de configuración y apropiación del espacio. Son soporte de actividades productivas y del sistema de asentamientos, actúan y modifican las condiciones de los territorios dando lugar a configuraciones territoriales que posibilitan o potencian el desarrollo socioeconómico. Así, el desarrollo del transporte terrestre con eje en el ferrocarril, posibilitó la disminución de los costos de los traslados y el acceso a nuevos territorios, con más seguridad, mayor capacidad de carga y en menores tiempos.

Los primeros servicios ferroviarios en la Argentina fueron inaugurados entre 1860 y 1870 y crecieron en forma vertiginosa hasta los primeros años del siglo XX. La red del país, después de ubicarse en el décimo lugar del mundo en cuanto a su longitud a mediados del siglo XX, decreció de un total de 43.923 km que tenía en 1960, a 39.779 km en 1976 (Waddell 2007) y a 34.059 km en 1989 (Martínez, 2007). De esta forma, la Argentina llegó a principios del siglo XXI con un sistema ferroviario devastado, producto de sucesivas políticas que atentaron contra aquel ferrocarril que otrora recorría vastas zonas del país.


Fue en la década de 1960 cuando empezó la declinación del ferrocarril, disminuyó el tráfico, la calidad de los servicios y comenzó la clausura de ramales. La competencia con el modo aéreo y el carretero también condicionó la expansión ferroviaria. Las políticas que arrasaron con el sistema comenzaron con el plan Larkin en su intento de reemplazar 10.000km de ferrovías por carreteras, se consolidaron durante la dictadura cívico-militar con su adhesión a la Escuela de Chicago y se profundizaron más aún durante la década de los noventa.

En el marco de la Reforma del Estado se privatizó todo lo que era susceptible de pasar a manos privadas. La empresa ferroviaria nacional, Ferrocarriles Argentinos, no quedó al margen de estas políticas. Se concesionaron 28.000km a operadores de cargas y 800km de rieles en el AMBA para pasajeros.

Dentro de la nueva lógica, los ramales más rentables siguieron operando y otros fueron clausurados. Como consecuencia de ello llegamos a los primeros años del milenio con trenes de cargas operando en aproximadamente el 40% de la red y trenes interurbanos de pasajeros prácticamente inexistentes.

El ferrocarril ha sido una parte importante de la historia de la Patagonia Argentina. Su desarrollo cultural y económico ha tenido mucho que ver con este medio de transporte. A su lado nacieron y crecieron numerosos pueblos que vieron en el tren el eje de sus vidas y también sufrieron con su decadencia y desaparición. En el mes de julio del año 2015, después de 22 años de espera, nuevamente el tren de pasajeros volvió a circular por las vías del Alto Valle de Río Negro y Neuquén. La recuperación de este servicio de pasajeros ha sido recibida con una gran aceptación por parte de los vecinos del Alto Valle, circulando diariamente con un alto porcentaje de su ocupación.

El Tren del Valle, que puede llevar 140 pasajeros sentados, desde que presta servicios traslada diariamente a trabajadores y estudiantes entre las localidades de Neuquén y Cipolletti. Desde que se inauguró, a mediados de 2015, el Tren del Valle viene creciendo en cantidad de pasajeros. Hoy, con 300 mil viajeros al año, es el tercer servicio más importante del interior del país.

Entre Neuquén y Cipolletti hay un tráfico diario de 50.000 personas entre ambas ciudades, en horario pico, recorrer los pocos kilómetros (6.9 KM) que separan ambas ciudades en auto lleva una hora. El Tren del Valle permite hacerlo en no más de 25 minutos. No decimos nada nuevo al afirmar que este medio de transporte es más seguro, más rápido y eficiente, más económico y menos contaminante, descomprime el tránsito vehicular en las desbordadas rutas de la región y, en consecuencia, disminuye la cantidad de siniestros viales que año tras año se cobran vidas humanas.

Señor presidente es imprescindible, para que la región pueda afrontar los desafíos que se le presentan con el desarrollo de Vaca Muerta, extender el servicio que presta el Tren del Valle, entre las ciudades de Cipolletti, en la provincia de Río Negro hasta Plottier en Neuquén. Esta traza estaría cubriendo una distancia de 26.7 km. En su paso por la provincia del Neuquén atravesaría prácticamente toda la ciudad, pasando por el Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón, la terminal de colectivos, terminando en la ciudad de Plottier. Todas estas ciudades son algunas de las más importantes del Alto Valle. El impacto que el paso del tren tendría seria exponencial no sólo facilitándole el traslado a miles de personas, sino modificando los alrededores de todos los pueblos que tendrían estaciones, tal como lo recordamos todos los que tuvimos la suerte de conocer lo que era viajar en tren.

El objetivo del presente proyecto está completamente en sintonía con lo establecido por la Ley 27132, sancionada en el año 2015 la cual declara de interés público nacional la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

El tren no perjudica a ninguna rama o sector del transporte, como se quiere hacer creer, muy por el contrario, el tren no compite sino que se complementa y potencia con el resto, generando un sistema de transporte nacional. Aun teniendo la desventaja de que el Estado Nacional no se ocupa del mantenimiento de las vías ni invierte en nuevas, como sí lo hace constantemente con las rutas que se deterioran como consecuencia del transporte de cargas por camiones.

Por otra parte, el costo del pasaje en tren es un factor de inclusión social, el tren nos hermana y nos iguala. Y, en este sentido, se beneficiaría especialmente un importante número de estudiantes de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo) que se trasladan a través de las ciudades del Alto Valle.

El país todo necesita del desarrollo de la red de ferrocarriles, especialmente la región patagónica y sobre todo el Alto Valle de Río Negro y Neuquén. No nos podemos permitir más la falta de políticas a largo plazo, la nula planificación y la puesta en marcha de políticas espasmódicas que asignan recursos sin tener en claro para qué. El tren es motor de desarrollo.

14 de noviembre de 2019

Hablando sin saber

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila, realizó una disertación en el Rotary Club Internacional en esa oportunidad otorgó un reportaje a la agencia oficial Télam donde dijo, entre otras cosas que: "Es necesario trazar un plan a largo plazo, despegado de las cuestiones políticas. Una política de Estado con los trenes, con inversiones, con mantenimiento, con continuidad, porque cuando nos detenemos a pensar qué hacemos con ellos (los trenes), por cada año que perdemos analizando nos cuesta tres recuperarlo".

Parece, al leer lo que dice el señor Orfila, que no hubiese estado al frente de una empresa tan importante del área ferroviaria durante cuatro años. Entonces uno se pregunta, ¿por qué no llevó a cabo lo que expresa".

Posteriormente, dice que "los trenes deben seguir funcionando y mejorando, tenemos que recuperar un servicio que fue fundamental para la conectividad de los pueblos (sic), para las economías regionales, pero para eso es imprescindible que se trabaje seriamente y con visión de futuro. Nosotros, en esta gestión, hemos avanzado y mucho, pero queda todavía por hacer y espero que quienes se hagan cargo en el futuro sigan trabajando en función de ese objetivo".

Presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila

Patético. Durante su gestión (tal vez lo ignora) se dejaron de prestar servicios en varios trenes de pasajeros de corta, media y larga distancia quedando, por consecuencia, pueblos aislados, entre otros:

Línea Roca

Temperley - Saladillo - General Alvear;
Plaza Constitución - 25 de Mayo
Plaza Constitución - Tandil
Plaza Constitución - Divisadero Pinamar
Plaza Constitución - Bahía Blanca (vía Pringles)

Línea Urquiza

Paraná - Basavilbaso - Concepción del Uruguay
Basavilbaso - Villaguay - Concordia
Paraná - Oro Verde

Línea Sarmiento

Bragado - Realicó - General Pico (La Pampa)
Once de Septiembre - General Pico (La Pampa)
Once de Septiembre - Santa Rosa (La Pampa)

Línea San Martín

Retiro - Alberdi (Provincia de Buenos Aires)
Retiro - Rufino (Provincia de Santa Fe)

Línea Belgrano

Puerto Vilelas - Puerto Tiról (Provincia del Chaco)
Resistencia - Cacuí (Provincia del Chaco)
Puente Alsina - Aldo Bonzi (Provincia de Buenos Aires)

A todos esos servicios hay que agregarles las estaciones intermedias en las que realizaban paradas dichos trenes que mediante un plumazo fueron suprimidos dejando a sus habitantes sin el sistema de transporte ferroviario.

Continuó expresando que: "Hay que armar un plan federal de inversiones, porque los privados que hoy tienen la concesión de las vías no han invertido como tenía que ser. Yo corro (con trenes que pueden ir a 130 km. x hora) a 50 ó 70, porque la infraestructura no da para otras cosa. Los concesionarios fijan la velocidad, me dan la autorización de vías y las precauciones y se da en algunos casos el absurdo que le fijan una velocidad inferior a nuestros trenes de pasajeros que a los de cargas de ellos".

"Las vías, expresó, deben estar en manos del Estado, que se debe encargar de mantenerlas, repararlas y cambiarlas llegando el caso, y cobrarles a los privados, sean carga o pasajero, un canon. De esa manera, el control está en manos del Estado y es el que regula el funcionamiento del servicio, como sucede en todas partes del mundo", expreso Orfila.

Desde CRÓNICA FERROVIARIA, y viendo lo que expresa el presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones (SOFSE), todavía no entendemos cómo no se lleva a la práctica los alcances de la Ley 27.132 "Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios. Declaración de interés público nacional" que fuera sancionada el 15 de Abril de 2015, Promulgada el 20 de Mayo de 2015 y Reglamentada mediante Decreto Nro. 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde se aprueba la reglamentación de la Ley 27.132 que fuera aprobada por el Congreso Nacional y donde su artículo 3º expresa claramente lo siguiente:

Artículo 3° — El Poder Ejecutivo nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes.

Por último, dijo algo que ya nos llena de estupor por su falta de conocimiento, "hoy podríamos estar corriendo a Mar del Plata en 3 horas 30 minutos cuando lo hacemos en 5 horas 30 minutos. A Tucumán podríamos ir en 15 horas cuando hoy lo estamos haciendo el 22 horas (sic), lo mismo a Bahía Blanco, Córdoba o Rosario que demoramos cinco horas cuando lo podríamos hacer en tres porque las vías están nuevas".

Que cada cual saque sus propias conclusiones. Nosotros creemos que estamos ante una persona que en cuatro años de gestión se interiorizó muy poco de los ferrocarriles, y solamente sale a expresar cosas que no son verdad (por no decir mentiras).

Señor Orfila: El relato es muy distinto a la realidad.

7 de noviembre de 2019

¿Cuál es el listado de obras clave que la Bolsa de Comercio de Rosario le presentará al presidente electo Alberto Fernández?

Actualidad

Obras ferroviarias

En materia ferroviaria, las principales obras y trabajos de consultoría que están en marcha son, por un lado, la recopilación de antecedentes de factibilidad, análisis socio-ambiental y económico y elaboración de proyecto ejecutivo para la construcción de mejoras en los accesos ferroviarios a los puertos al norte y sur del Área Metropolitana de Rosario. Son dos trabajos de consultoría separados que están en marcha y a punto de finalizarse.

Por otro, la construcción de la nueva playa ferroviaria y ramal de conexión a terminales portuarias y fábricas de Timbúes en la localidad de Oliveros. Es una obra que se encuentra en marcha. Comprende el nuevo Ramal Oliveros -Timbúes, construcción de un puente sobre Río Carcarañá y los accesos ferroviarios a los puertos de esa zona, con participación del sector privado en la financiación. En Febrero de 2019 se iniciaron las obras para que acceda el Ferrocarril Belgrano Cargas a terminales portuarias y fábricas que no tenían acceso ferroviario: ACA, Aceitera General Deheza, COFCO, Louis Dreyfus y Renova en Timbúes.


Hoy en día, los granos que ingresan por año a estas terminales lo hacen exclusivamente por camión. Cuando finalicen las obras el ingreso se hará en forma directa por tren, conectando por primera vez en la historia la vía principal del Belgrano Cargas con cinco de los puertos cerealeros más grandes del país. El nuevo ingreso directo de los trenes supondrá una rebaja de los costos logísticos del 27%.

Reestructuración del Sistema Ferroviario de Cargas de la República Argentina. El debate sobre el “Open Access”. A la fecha, en Argentina subsisten tres concesiones vigentes en el sistema ferroviario de cargas, las cuales vencerán en los próximos años: año 2021 Ferroexpreso Pampeano SA (FEPSA), año 2022 Nuevo Central Argentino (NCA) y año 2023 Ferrosur Roca. En el año 2015 se sancionó la Ley Nacional N° 27.132 donde en su artículo 4to establecía la modalidad de acceso abierto (Open Access) a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas y de pasajeros.

El “Open Access” o modalidad de acceso abierto para operar los servicios de transporte de cargas es un modelo de gestión del sistema ferroviario que busca reconvertir y potenciar los ferrocarriles de cargas en Argentina, generando una renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria con una fuerte incorporación de tecnologías y servicios. El nuevo modelo de gestión tendría las siguientes características:

Es un sistema donde existe separación vertical, es decir que hay separación de niveles funcionales entre quienes tienen a su cargo la infraestructura de vías y quienes realizan la operación de trenes.


La empresa o grupo empresario que tenga a su cargo la infraestructura de vías deberá ocuparse de la ejecución de las obras sobre la red ferroviaria, el mantenimiento de vías y el control de tráfico. La red ferroviaria de cargas podría dividirse en 7 corredores con ramales asignados (con la posibilidad de un octavo). En cada corredor se seleccionaría un grupo empresario por el sistema de Participación Público Privada. Cada grupo o firma debería ocuparse de las funciones indicadas al principio de este punto.

La posible conformación del nuevo sistema, que se encuentra en estudio y revisión por parte del Gobierno Nacional. Los posibles corredores se encuentran definidos de la letra “A” a la “G”.

Las empresas que sean operadoras contarán con material rodante propio con el cual transportarán las cargas. Podrán trasladar cargas propias o de terceros. Se ocuparán de la conducción y movilidad de los trenes, la planificación de la operación y su ejecución, la prestación de servicios de transporte a terceros y la comercialización de estos servicios. Por transitar sobre la red ferroviaria rehabilitada, abonarán el cánon correspondiente.

Puede haber numerosos operadores, lo cual asegura competencia, equidad y transparencia.

Es un sistema que busca la separación de actividades comerciales y de servicios que son en sí diferentes, con una mayor transparencia en las inversiones del estado y una fuerte participación de nuevos inversores. La determinación de cánones de circulación de trenes no deberá afectar la competencia intra e intermodal.

El sistema busca el crecimiento del sistema ferroviario de cargas en Argentina.

La ley 27.132 que estableció el sistema del Open Access data del año 2015. Posteriormente se sancionó el decreto N° 1027/2018 que reglamentó la ley nacional 27.132 y en su art. 4 delega en el Ministerio de Transporte la facultad de adecuar los contratos de concesión vigentes siempre que no excedan los 10 años de plazo. El Open Access quedará vigente a partir del vencimiento de la última concesión prorrogada.

El Gobierno actual no procedió a renovar ninguno de los contratos de concesión actuales.ON24.com

13 de septiembre de 2019

APDFA: Documento aprobado por la Asamblea Extraordinaria de Delegados

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Aconsejamos a nuestros lectores tomarse un tiempito y poder leer íntegramente el documento que sacó la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles y Puertos Argentinos que fuera aprobado por la Asamblea Extraordinaria de Delegados sobre el presente y futuro del medio de transporte ferroviario. Imperdible.

Ferrocarriles Argentinos. Su situación 

"Los Ferrocarriles Nacionales, con múltiples empalmes internacionales y accesos a los puertos más importantes del país, son una herramienta de gobierno, integradora del territorio nacional, acumulando responsabilidades claves en el desarrollo económico, distribución poblacional, geoestratégico y defensa nacional".

"Asamblea Anual de Delegados de A.P.D.F.A. -Comisión de Política Ferroviaria. Icho Cruz, Córdoba" Empresa estructuradora por excelencia, creadora de sus propios roles industriales, de la estabilidad social y económica de las poblaciones que el riel atraviesa y del ordenamiento de los territorios, Ferrocarriles Argentinos fue objeto de agresiones institucionales que fueron limando sus misiones fundacionales.


Desde el Plan Larkin en el año 1961 hasta su liquidación final producida en el año 2001, con excepción de los gobiernos nacionales, el liberalismo, conocedor del poder organizador del riel, no escatimó esfuerzos en desestructurar la empresa de bandera férrea de los argentinos, tal es así, que de los aproximadamente 44.000 Km de vías que integraron la red, hoy solo se encuentran operativos aproximadamente un tercio de la misma.

Hacia finales de la década de los noventa, nuestra Asociación, que permaneció de pie defendiendo el patrimonio nacional, elaboraba a partir de la alta misión ferroviaria, un proyecto de empresa , la ENAFE (Empresa Nacional de Ferrocarriles), que ingresó en el Parlamento Nacional, adquiriendo desde el año 2000, dos veces estado parlamentario.

Había que revertir los signos resultantes de una política que desagregó el Sistema Ferroviario Nacional, en cumplimiento del Consenso de Washington y que se evidenció con trágicos reflejos en el comercio de las distintas regiones, la desindustri · ión del país a partir del cierre de los Talleres Ferroviarios, el debilitamiento demográfico y cultural de diversas zonas del país y la desaparición de las previsiones de la defensa nacional.

La Empresa Madre, Ferrocarriles Argentinos, sería liquidada a fines del año 2000, al igual que la Empresa FE.ME.SA (Ferrocarriles Metropolitanos Sociedad Anónima). Hubo un interregno de difícil transición, hasta que la última normativa sancionada, la 27.132, restablece el dominio del Estado en los Ferrocarriles, a través nuevamente de la Empresa Ferrocarriles Argentinos, en el dominio integral de la explotación de las redes, por encima de las empresas ya existentes.

La Ley 27.132, sancionada en el año 2015, dispuso que los Ferrocarriles vuelvan a manos del Estado Nacional. La importancia de esta normativa se expresa en la Administración de la Infraestructura Ferroviaria por parte del Estado Nacional, hasta ese momento en manos de las concesiones y el establecimiento de las modalidades de acceso abierto a la red ferroviaria nacional, incorporando en su estructura orgánica a las empresas SOF.SE (Sociedad Operadora Ferroviaria, sociedad del estado) y la ADIF.SE (Administradora de la Infraestructuras Ferroviarias, sociedad del estado), ya existentes por imperio de la ley 26.352. A estas dos empresas, se sumó el Belgrano Cargas y Logística, corredor cerealero del noroeste argentino.

En reasumir la plena administración de la infraestructura se expresaba la posibilidad de desafectar bienes, rescatar o renegociar los contratos de concesión. La modalidad de acceso abierto a la red, derriba el uso exclusivo de los ramales que se les había adjudicado las concesiones por contrato, es decir la corrida de las formaciones de punta a punta, o sea en "block", permitiendo a los pequeños y medianos productores cargar sus productos en determinado punto del corredor, evitando volcar la producción al medio alternativo.

Nada de esto ha sucedido. A la desestructuración del sistema ferroviario ocurrido en la década del 90, se suma por parte del actual gobierno, una visión recortada del ferrocarril, poniendo sólo el acento en la Empresa Belgrano Cargas y Logística (BCyL) sólo para el transporte de la soja con destino a puertos, para su exportación, desestimando la diversidad de carga existente en La Región, como por ejemplo forestales, minerales, etc. Asimismo, podemos nombrar el abandono de las cargas vitivinícolas y frutihortícolas proveniente de la zona de Cuyo, fundamental para las economías regionales. No sólo consistió la política empresaria en la pérdida de los tráficos típicamente ferroviarios, sino que impacta de lleno en todo el sistema de transporte, como por ejemplo la pérdida constante de personal idóneo aproximadamente más de 200 cesantes, el abandono de mantenimiento de la red, como de hecho de las estaciones y galpones ferroviarios.

En toda la red del F.C. Gral. Belgrano, Cargas y Logística (B.C.y L.) se desestimó la corrida de trenes interurbanos de pasajeros. El más claro ejemplo lo tenemos con la línea Urquiza Cargas, siendo el primer paso de este gobierno en suspender el tráfico internacional y la conexión existente con los países limítrofes de Paraguay, Brasil y Uruguay, con la consecuencia de la pérdida de mano de obra calificada y de brindar transporte apropiado a las economías regionales, esto significo la anulación de la conexión ferroviaria con el Mercosur respondiendo claramente a la ausencia de criterios estratégicos y geopolítico invalidado por la actual gestión con el fin de desarticular, desintegrar y reducir la potencialidad de la región.

La condición operativa de Ferrobaires, venida en decadencia a partir del 2016, queda en completa desarticulación técnica y operativa, a raíz de la resolución de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires de suspender la totalidad de los servicios ferroviarios dentro del territorio provincial, dejando aislados a numerosos pueblos y ciudades que tenían en el ferrocarril la única posibilidad de transporte, comunicación social y desarrollo de sus economías regionales (400 ciudades abandonadas, instalaciones, depósitos y talleres) el costo social de 1500 despedidos. Solo quedan algunos corredores por ejemplo el corredor turístico Bs As-Mar del Plata.

La sanción de la Ley 27.132 de creación de los Ferrocarriles Argentinos -le modificaron el nombre-, hoy se llama Trenes Argentinos y la empresa que nos convoca jamás fue implementada. La idea central de la misma, explicitada en su art. 1°, define como "objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y carga, la renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías".

La empresa ferroviaria del futuro Ferrocarriles Argentinos. Una empresa federal

Una Empresa cuya identificación sea El Federalismo, enclavado en el seno de su más alta conducción. Aspiramos a que sea el continente de las aspiraciones y necesidades de nuestro país, en el nivel de su infraestructura férrea.

A los fines de asegurar la representación de las regiones socio-económicas en el Directorio de la Empresa Ferrocarriles , proponemos la incorporación en su Directorio de un representante del Consejo Federal de Inversiones (CFI); un representante del NOA, un representante del NEA; un representante de la Región de Cuyo, un representante de la Región Central; un representante de la Región Patagónica; un representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un representante de la Provincia de Buenos Aires, Propiciamos asimismo un Consejo Asesor, también integrado por las organizaciones sindicales con representación ante el Ministerio de Trabajo, asociaciones de usuarios, asociaciones de productores agrarios, forestales, mineros, etc., por profesionales de la carrera de Ingeniería Ferroviaria de la UBA, de la UTN, y otras Universidades que dicten Cátedras del Transporte y por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Que vuelva a incorporar la misión del Planeamiento Estratégico a los fines de emprender la tarea de redimensionamiento de la red, para conectar las distintas regiones económicas nivelando de esta manera las zonas deprimidas de nuestra geografía.

El Planeamiento Estratégico deberá incorporar también la alta misión de la defensa nacional, para proponer cubrir los espacios más vulnerables de nuestro país: centro y sur de nuestra geografía.

Recobrar la capacidad industrial, poniendo en pié en sus distintas especialidades a los Talleres Ferroviarios, otrora la industria metal mecánica más grande de Sudamérica, constituyendo un polo importante de investigación y desarrollo tecnológico. Librado el acceso a la red, queremos incrementar el tráfico de carga, reponer los servicios de pasajeros al interior, consolidar nuestra extensa geografía y promover con los estudios de probabilidades factibles, nuevos tendidos en la Región Patagónica y Central del País.

Asimismo, para el logro de estos objetivos debemos consolidar a la empresa ferroviaria bajo un nuevo esquema de gestión. En fin, aportar a la Ley 27.132 una visión más representativa y federal, para esta vez, acometer con visión estrictamente ferroviaria y con visión prospectiva el diseño del ferrocarril de los próximos cien años.

Dada la íntima relación entre la evolución histórica del sistema ferroviario y la composición de las estructuras productivas y distribución territorial de la población por sectores sociales, de cómo el Estado estructure este medio de transporte dependerá cómo se conforme territorial mente la nación futura.

Nuestras Propuestas

• Creación en el ámbito del Ministerio de Transporte de una Unidad Funcional que estudie y diseñe políticas atinentes a "Sistemas Logísticos y Transporte", originando en las Empresas Ferrocarriles Argentinos y Administración General de Puertos una dependencia funcional de símiles características para ir generando actitudes culturales desde esta integralidad de formación de técnicos y profesionales.

• Creación en el Ministerio de Transporte de la Unidad Funcional de Planeamiento Estratégico, a los efectos, con su símil de Ferrocarriles Argentinos redimensionar la red ferroviaria, impulsando el tendido de la red del

* Ferrocarril Transpatagónico

* Ferrocarril Trasandino del Sur, para estructurar a través de la red férrea los territorios australes del país, espacios de extrema vulnerabilidad, ante la necesidad de movilizar las riquezas de nuestra Patagonia y asimismo como elemento imprescindible de la defensa nacional, en esa extensa área cruzada por situaciones de conflicto.

• Creación en el ámbito de la Empresa Ferrocarriles Argentinos de la Unidad "Complejo Industrial Ferroviario" a los fines de volver a poner a punto, de acuerdo a las necesidades de la red actual y futura la fabricación de material  rodante, tractivo, repuestos y todo elemento de la infraestructura, diseñando para cada establecimiento las líneas de producción, concurriendo a la innovación tecnológica que se llevaba a cabo en nuestros Talleres.

• Propiciar la recreación de la Fábrica Argentina de Locomotoras (FADEL). Importancia del Binomio Puertos- Ferrocarriles. La conectividad puerto-ferrocarril es una combinación estratégica para el desarrollo complementario de las unidades logísticas y de transporte comprendidas. Una adecuada conectividad ferroviaria, no solamente amplía el "hinterland" portuario y con ello la captura de nuevas cargas y servicios de valor agregado para el puerto, sino que no aporta congestión al entorno urbano que lo rodea.

En una publicación "Integración puerto-ferrocarril: desafíos y oportunidades para América Latina" de la CEPAL, se consigna: Aspectos geográfico-económicos, estructura de la industria, tipos de comercio exterior e institucionalidad, son algunos de los elementos exitosos que influyen en una complementación exitosa.

Así, por ejemplo, a concentración y ubicación geográfica, se relacionan de una manera importante en volúmenes potenciales a transportar y con ello, en la competitividad del ferrocarril, cuestión especialmente importante en el caso de las materias primas como los minerales o productos agrícolas a granel.

"La distribución geográfica de la producción o de los mercados de consumo representa uno de los principales inductores para un desarrollo portuario basado en la conectividad ferroviaria".

Europa y los ferrocarriles 

En el Documento Reto 2050, los ferrocarriles europeos se encaminan hacia la articulación de sus Políticas Ferroviarias en relación a las siguientes definiciones: "El ferrocarril se encuentra en el corazón de un sistema de transporte integrado, atractivo, en el que cada modo aprovecha sus capacidades al máximo, posibilitando una economía europea más competitiva."

"Es el centro del desarrollo de una estrategia que se ha traducido en un enorme descenso de las emisiones de gases de efecto invernadero y en la disminución de la dependencia del petróleo y que ha paliado el reto de la congestión". " ... es el factor que posibilita la movilidad sostenible que impulsa el crecimiento económico y el dinamismo social".

A esas definiciones y a esos logros tendremos que tender en las futuras políticas de estado referidas al sistema nacional ferroviario, estructurador y potencializador por excelencia de nuestras sociedades y nuestras economías. Definamoslo como una herramienta estratégica de gobierno al servicio de las altas misiones expuestas precedentemente.

Conclusiones finales 

1) Vigencia plena de la Ley 27132 que establece como objetivo prioritario de la República Argentina, la política de reactivación de los Ferrocarriles de pasajeros y cargas en el marco de la creación de la Empresa Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado.-

2) Acondicionamiento de la vía en las redes troncales y restablecimiento del servicio interurbano de pasajeros.-

3) Cumplir con la decisión de reasumir la plena administración de toda la infraestructura, y a través de la organización de planeamiento que se instituya, estudiar la posibilidad de rescatar los contratos de concesión y determinar la libre accesibilidad a la red nacional ferroviaria de pasajeros de carga.

4) Poner en funcionamiento la estratégica línea Urquiza (paralizada casi en su totalidad incomprensiblemente), eje de consolidación geopolítica de la cuenca del plata e instrumento básico junto con los puertos del litoral del comercio interno y de ultramar, robusteciendo el Mercosur en la hidrovía Paraná- Uruguay.

5) Que los espacios relativos a la Planificación y los estudios vuelvan a instalarse en el seno de la más alta conducción empresaria a los fines de rediseñar la red y posibilitar la construcción del Ferrocarril Transpatagónico en la conflictiva zona austral de nuestro País y la región centro oeste, con ausencia de infraestructuras férreas y baja densidad demográfica.

6) Restablecer las vinculaciones Internacionales de la línea Urquiza: Concordia - Salto Grande con la República Oriental de Uruguay; Paso de los Libres - Uruguayana con la República Federativa del Brasil y Posadas- Encarnación con la República del Paraguay.-

7) Restablecer las vinculaciones Internacionales con la República de Bolivia a través de los enlaces en la Quiaca y Yacuiba, a los fines de restablecer los enlaces físicos con las Repúblicas del continente.-

8) Como parte de una política de estado que tienda a reinstalar la cultura ferroviaria desde las generaciones más jóvenes, a partir de la reapertura de los talleres ferroviarios la reinstalación de las escuelas de aprendices que otrora permitieron el desarrollo de la industria ferroviaria.

9) Propiciar la creación de escuelas técnicas de nivel medio con orientación ferroviaria en todo el país, para ir generando conciencia del ferrocarril como herramienta del desarrollo.

El próximo gobierno deberá definir si prorroga o no las concesiones de empresas privadas de carga

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Es ya sabido que las concesiones de las empresas privadas de carga, que vieron la luz allá por la década del 90, les vencerá muy pronto. La primera será FerroExpreso Pampeano S.A. en 2021, Nuevo Central Argentino S.A. en 2022 y un año más tarde a Ferrosur Roca S.A., por lo tanto, el encargado de decidir si le prorroga o no la concesión a dichas empresas será el próximo gobierno.

Como se recordará, el actual gobierno nacional mediante Decreto 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 establece la posibilidad de efectuar prórrogas por un plazo de diez años y poner en marcha, con posterioridad, un sistema nuevo denominado Open Access.


Según lo expresa el Artículo 2º de dicho Decreto: "Delégase en el Ministerio de Transporte de la Nación la facultad prevista en el artículo 3º de la Ley Nº 27.132, a efectos de llevar adelante la adecuación de los Contratos de Concesión vigentes".

"En el marco de dicha adecuación deberán analizarse, entre otros aspectos, la posibilidad de extensión de plazo contractual por un plazo no mayor a diez (10) años, el régimen de inversiones, la previsión de reembolsos por mantenimiento de terceros en la red, las pautas para la realización de obras por terceros en la red, la asignación de material rodante durante el plazo de concesión y la administración por parte de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. de la zona de acceso a puertos".


Con relación al nuevo sistema denominado Acceso Abierto o Open Access el Decreto arriba mencionado expresa en el Artículo 4º lo siguiente: "Establécese que la plena implementación de la modalidad de acceso abierto en toda la red ferroviaria, tendrá lugar al día siguiente al vencimiento del plazo del último Contrato de Concesión, considerando el plazo de extensión que pueda ser otorgado, en el marco de la adecuación contractual a que se refiere el artículo 2º del presente".


"No obstante, el Ministerio de Transporte de la Nación podrá dar inicio en forma anticipada a la modalidad de acceso abierto en los sistemas y subsistemas que se encuentren en condiciones, luego de efectuadas las inversiones previstas".

Este sistema de Acceso Abierto surgió de la Ley 27.132 de fecha 15 de Abril de 2015 que fue sancionada cuando en el Ministerio del Interior y Transporte estaba a cargo de Florencio Randazzo. La pregunta que surge es. Si las elecciones presidenciales las gana el Frente para Todos (como ocurrió en las PASO), ¿prorrogará las concesiones a las actuales empresas que hoy tienen a su cargo el transporte de cargas?. Eso estará por verse.

Habría que estudiar muy bien a cada una de ellas y ver cuáles fueron las inversiones que realizaron desde la década del 90 hasta ahora, ya que todas dejan mucho que desear.

El material rodante y tractivo que hasta hoy están usando, en su gran mayoría son producto del traspaso que le hizo el Estado en el gobierno de Menem. Sólo Ferrosur Roca incorporó al plantel de locomotoras algunas nuevas 0 km., las otras dos empresas ninguna. Ni hablar de vagones que prácticamente un 100% son de la época de Ferrocarriles Argentinos, y de la infraestructura de vía y estaciones que tienen a su cargo que dan lástima.

Usufructuaron casi todo del Estado Nacional. Pero bueno, no es culpa del chancho, sino del que le dá de comer.

12 de marzo de 2019

Tandil: Dirigentes políticos vuelven a la carga por la vuelta del tren de pasajeros

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Parecería ser que los reclamos por la vuelta del tren de pasajeros entre Plaza Constitución y Tandil (vía Rauch) de la Línea Roca que quedara suspendido por orden de la actual gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, allá por Junio de 2016 cuando el servicio era operado por la empresa provincial Ferrobaires, vuelven a renacer después de estar parados por unos meses.

Según medios periodísticos de Tandil, se reunieron la ciudad de Las Flores (Provincia de Buenos Aires) dirigentes del Frente Renovador de Tandil junto a funcionarios de otros distritos para participar de un encuentro que busca articular un nuevo pedido al gobierno de la Provincia de Buenos Aires por el servicio de trenes de pasajeros.

Formación de la ex empresa Ferrobaires en estación Tandil

En el encuentra estuvieron presentes el Intendente de la Municipalidad de Miramar, Germán Di Césare, concejales de las ciudades de Rauch y de Montes, asesores de la diputada nacional Marcela Passo y el dirigente tandilense Marcelo Valle. La disertación principal estuvo a cargo de Marcelo Serrano, referente ferroviario de la ciudad de Tandil.

El principal argumento que emplearán para oficializar la postura, se basa en el espíritu de la Ley Nacional 27.132 promulgada el 15 de Abril de 2015 y reglamentada en Noviembre de 2018.

En el Artículo 1º de dicha Ley expresa lo siguiente: "Decláranse de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo".

El Artículo 2° expresa que "Se establece como principios de la política ferroviaria lo siguiente:

a) La administración de la infraestructura ferroviaria por parte del Estado nacional;

b) La participación pública y privada en la prestación y operación de los servicios de transporte público ferroviario;

c) La interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte;

d) La maximización de las inversiones y de los recursos empleados para la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de eficiencia y seguridad;

e) La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la prestación del servicio ferroviario;

f) La protección de los derechos de los usuarios, con atención especial a las personas con discapacidad o con movilidad reducida, garantizando sus derechos al acceso a los servicios de transporte ferroviario en adecuadas condiciones de calidad;

g) La promoción de condiciones de libre accesibilidad a la red nacional ferroviaria de cargas y de pasajeros, basada en los principios de objetividad, transparencia y no discriminación.

Las reuniones continuarán en el mes de Abril del corriente año en la ciudad de Tandil.

Va a costar mucho tratar de convencer a las autoridades nacionales para que acepten la puesta en servicios de los trenes de pasajeros que en su oportunidad operaba la empresa estatal Ferrobaires. El Ministerio de Transporte de la Nación está más abocado en abrir Metrobuses que volver al ferrocarril. 

7 de febrero de 2019

Marcelo Orfila: "Son escasas las posibilidades de la vuelta del tren de pasajeros a Bahía Blanca por vía Pringles"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Para CRÓNICA FERROVIARIA las declaraciones del presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila, no son sorpresivas. Ya hemos informado largo y tendido de que los trenes de pasajeros regionales, de media y larga distancia para este gobierno no son prioridad; es más, nos atreveríamos a decir que no les interesa.

En el día de ayer, Orfila estuvo de recorrida por algunas municipalidades de la Provincia de Buenos Aires que se encuentran a orillas de la Línea Roca por vía General Lamadrid, como son Tornquist y Coronel Suárez. En el día de hoy estará visitando la ciudad de Bahía Blanca.

Presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila

Entrevistado por la prensa, expresó, entre otras cosas, que "tenemos un plan de inversión enorme(?), en una infraestructura que estuvo abandonada durante 70 años, durante los cuales nadie invirtió nada. La industria ferroviaria requiere permanentemente inversión del Estado, y nosotros tenemos planes concretos con más de 600 obras en ejecución", típico de una declaración en año electoral.

Cuando fue abordado por los vecinos y el grupo Que Vuelva el Tren reclamándole que se reactive el servicio de pasajeros Plaza Constitución - Bahía Blanca (vía Coronel Pringles), ahí Orfila no supo qué decir y se vio obligado a expresar que "son escasas las posibilidades de la vuelta del tren de pasajeros a Bahía Blanca por vía Pringles".

A lo que a continuación dijo que "son vías privadas (?), están en muy mal estado y no hay posibilidad de reactivarlo. Dependo de que alguien haga la vía; yo no tengo presupuesto para hacerlo", se sinceró.

¿Las vías son privadas?

Parecería que el presidente de la empresa Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila, desconoce la Ley 27.132 que mediante Decreto Nro. 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde se aprobó la reglamentación de dicha Ley que fuera aprobada por el Congreso Nacional el 15 de Abril de 2015 y promulgada el 20 de Mayo del mismo año.

La Ley 27.132 tiene como objetivo llevar adelante una política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios y fue declarada de interés público nacional.

Su Artículo 3º expresa lo siguiente: El Poder Ejecutivo nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes.

Señor Orfila, las vías son del Estado Nacional. 

22 de enero de 2019

¿El presidente de Trenes Argentinos Operaciones, Marcelo Orfila, sabrá de la existencia de la Ley 27.132?

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Ya hace días que el mandamás de la empresa estatal Trenes Argentinos Operaciones viene pregonando por los medios periodísticos afines, queriendo asustar a la empresa Nuevo Central Argentino para que realice las inversiones necesarias en el mejoramiento de la infraestructura de vía para garantizar una velocidad mayor en el servicio de trenes de pasajeros que une Córdoba con Retiro, según informa el medio La Voz de Córdoba.

Lo mismo hizo la semana pasada cuando intimó a la concesionaria de carga Nuevo Central Argentino S.A. para que se haga cargo y opere las 35 barreras automáticas que se instalaron hace dos años en distintos pasos a nivel del tramo Zárate - Rosario de la Línea Mitre, y que todavía están sin funcionar por el problema sobre quién se hará cargo del mantenimiento de las mismas.

Esto último, CRÓNICA FERROVIARIA lo denunció hace tiempo con nota titulada "¿Qué pasa con las obras que se realizaron en parte del ramal Zárate - Rosario de la Línea Mitre y están paralizadas?" (http://wwwcronicaferroviaria.blogspot.com/2018/11/que-pasa-con-las-obras-que-se.html) de fecha 26 de Noviembre de 2018, y que todos nuestros lectores se enteraron gracias a nosotros.

Estación Córdoba

Orfila remarcó ahora al diario La Voz, que la formación de pasajeros de la empresa Trenes Argentinos Operaciones circula "sobre la vía de un tercero" (?) que debe ocuparse del mantenimiento, ya que cuenta con un contrato desde 1993 (en realidad, a partir de 1992), recordó. "Hicimos un estudio de traza marcándole dónde tienen que hacer las obras, y ya se los intimó para que mejoraran las precauciones", agregó.

Parece ser que ahora el señor Marcelo Orfila (Presidente de Trenes Argentinos Operaciones) se entera que el tren de pasajeros que une Buenos Aires con Córdoba tarda más de 14 horas para recorrer 695 km., cuando esto está pasando ya hace varios años debido a que la empresa NCA pone trabas constantes para que dicho tren circule a paso de hombre. Ahora bien, cuando dice que el tren de pasajeros circula "sobre la vía de un tercero", desde CRÓNICA FERROVIARIA le preguntamos si ignora la Ley 27.132.

Dicha Ley 27.132 que fue sancionada el 15 de Abril de 2015, promulgada el 20 de Mayo de 2015 sobre "Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios. Declaración de interés público nacional", y que fuera reglamentada mediante Decreto Nro. 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día 08 de Noviembre de 2018, expresa en su Art. 3º que "el Poder Ejecutivo Nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes".

Ahora bien, la nota del diario cordobés termina diciendo: "pero en una reciente reglamentación, a través del Decreto 1027/2018, quedó abierta la puerta para extender por 10 años la concesión de las empresa concesionarias de carga a partir de la fecha de caducidad de las concesiones, sin más trámite y sin nuevas exigencias de inversiones.

Claro, el presidente de Trenes Argentinos Cargas sabiendo que este es un año electoral y las autoridades nacionales tienen que demostrar lo que hicieron, no hablemos de la parte económica porque todos sabemos los sinsabores que viven los habitantes de nuestro país por la pésima política implementada, y por los errores propios cometidos. En cuanto a lo ferroviario en lo que tiene que ver con los trenes de pasajeros regionales, media y larga distancia el resultado del balance de estos cuatro años son catastróficos donde en vez de sumar servicios de pasajeros estos se vieron reducidos a su mínima expresión.

18 de enero de 2019

Todavía siguen sin resolver quién se tiene que hacer cargo de operar una obra terminada hace casi dos años

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

CRÓNICA FERROVIARIA en modo de primicia, publicó una nota con el título "¿Qué pasa con las obras que se realizaron en parte del ramal Zárate - Rosario de la Línea Mitre y están paralizadas?" (http://wwwcronicaferroviaria.blogspot.com/2018/11/que-pasa-con-las-obras-que-se.html) de fecha 26 de Noviembre de 2018 donde informamos, entre otras cosas, lo siguiente:

"Al parecer, la empresa Trenes Argentinos Infraestructura (ADIFSE) llamó a licitación Pública Nro. LP40 del 2016  para la instalación del sistema de barreras automáticas en el corredor Buenos Aires - Rosario (Etapa I) y que fuera adjudicada a la empresa Kioshi S.A. (proveedor de equipos la empresa Electrans) con un monto de contrato de más de $ 87 millones y un adicional de más de $ 26 millones".


"El objeto de la obra, es para la provisión, instalación y puesta en servicio de 35 pasos a nivel entre Buenos Aires y Rosario (Provincia de Santa Fe), ya estando instalados varias barreras automáticas en los distintos PAN del ramal, pero sin estar en uso todavía por conflictos entre la empresa estatal y la concesionaria privada de cargas sobre quién se hará cargo del mantenimiento de las mismas".

"Desde un primer momento la empresa N.C.A. se negó mediante notas elevada a la empresa Trenes Argentinos Infraestructura expresando que no existe razón contractual y normativa para poner sobre la empresa dicha obligación de realizar los citados trabajos de mantenimiento de dichas barreras automáticas".

"Es más, según un informe, la empresa concesionaria privada de carga desde un primer momento expresa que está en desacuerdo con la instalación de dichas barreras automáticas en "su" corredor, diciendo que su contrato de concesión no está previsto el mantenimiento de dichas barreras, como así tampoco el de las dos infraestructuras de vía que el Estado Nacional renovó en el corredor Buenos Aires - Rosario".


"Pero lo más trágico, y que debería ser investigado, es que llegado el día de la puesta en servicio del sistema de barreras automáticas, y al no participar la empresa concesionaria privada de carga, la empresa Trenes Argentinos Infraestructura se retrotrajo de dejar operativas las barreras, por lo que hasta el día de hoy no funcionan y están sus sistemas sin custodia, con el agravante que pueden ser vandalizados el mecanismo que hace al funcionamiento de dichas barreras".

Hasta aquí lo que informó CRÓNICA FERROVIARIA en dicha nota, ya que hacía un tiempo nos había llegado a nuestra mesa de redacción, un problema que estaba sucediendo desde hace un par de años en parte del ramal Zárate - Rosario de la Línea Mitre entre la empresa Trenes Argentinos Infraestructura y la concesionaria Nuevo Central Argentino por la instalación de barreras automáticas y que no se había hecho publico hasta que decidimos en esa oportunidad realizarlo.

Ahora parece ser que la empresa Trenes Argentinos Operaciones intimó a la concesionaria de carga Nuevo Central Argentino S.A. para que se haga cargo y opere las 35 barreras automáticas que se instalaron hace dos años en distintos pasos a nivel del tramo Zárate - Rosario de la Línea Mitre, y que todavía están sin funcionar por el problema que más arriba informamos.


El motivo de la intimación, es, primero, resolver el problema y segundo de esa forma poder reducir el tiempo de viaje entre Retiro y Rosario que actualmente para cubrir un poco más de 300 km. que separan a dichas ciudades, el tren de pasajeros tarda 6 horas 45 minutos.

Ahora bien, la Ley 27.132 sancionada el 15 de Abril de 2015, promulgada el 20 de Mayo de 2015 sobre "Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios. Declaración de interés público nacional", y que fuera reglamentada mediante Decreto Nro. 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día 08 de Noviembre de 2018, expresa en su Art. 3º que "el Poder Ejecutivo Nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes".

Asimismo, en el Artículo 5º del Decreto Nro. 1027/2018, dice que: "Instrúyese al Ministerio de Transporte de la Nación, para que a través de la Secretaría de Gestión de Transporte, realice los actos necesarios para la revisión, actualización, complementación y aprobación de las normas técnicas referidas al transporte ferroviario. A modo enunciativo, deberán revisarse, actualizarse y/o complementarse las normas referidas a: mantenimiento de vías; reglamentos operativos; mantenimiento del material rodante; habilitación del material rodante; homologación de talleres de mantenimiento de material rodante; habilitación de todo el personal vinculado con la seguridad; cerramiento de la zona de vías; y desvíos particulares".

Por lo tanto, y para bien del sistema de transporte ferroviario y de la inversión realizada, que todavía no se pudo llevar a la práctica por el tira y afloja de la empresa Trenes Argentinos Infraestructura con la concesionaria privada Nuevo Central Argentino S.A., debería el Ministerio de Transporte de la Nación tomar cartas en el asunto y hacerse cargo cuanto antes de la puesta en servicio del sistema de barreras automáticas instaladas desde hace tiempo en el ramal Buenos Aires - Rosario de la Línea Mitre.

No puede ser que se realiza una gran inversión con dineros públicos para mejorar un ramal ferroviario, y todavía sus elementos de seguridad que ya están colocados y probados, no funcionen por la inoperancia de vaya a saber quién o quiénes. Esto es muy grave.

8 de noviembre de 2018

Después de más de tres años de promulgada la Ley 27.132 se aprueba su reglamentación

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 1027/2018 de fecha 07 de Noviembre de 2018 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba la reglamentación de la Ley 27.132 que fuera aprobada por el Congreso Nacional el 15 de Abril de 2015 y promulgada el 20 de Mayo del mismo año.

Dicha ley tenía como objetivo llevar adelante una política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios y fue declarada de interés público nacional.

Ahora dicha Ley 27.132, después de más de tres años de promulgada se aprueba su reglamentación decretando el Presidente de la Nación, lo siguiente:

Artículo 1º.- Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 27.132 para la implementación de la modalidad de Acceso Abierto para el transporte ferroviario de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional que, como ANEXO I (IF-2018-56177788-APN-MTR), forma parte integrante del presente Decreto.


Artículo 2º.- Delégase en el Ministerio de Transporte de la Nación la facultad prevista en el artículo 3º de la Ley Nº 27.132, a efectos de llevar adelante la adecuación de los Contratos de Concesión vigentes.

En el marco de dicha adecuación deberán analizarse, entre otros aspectos, la posibilidad de extensión de plazo contractual por un plazo no mayor a 10 años, el régimen de inversiones, la previsión de reembolsos por mantenimiento de terceros en la red, las pautas para la realización de obras por terceros en la red, la asignación de material rodante durante el plazo de concesión y la administración por parte de la Administración de Infraestructura Ferroviaria Sociedad del Estado de la zona de acceso a puertos.

Artículo 3º.- Instrúyese al Ministerio de Transporte de la Nación, a definir un plan de transición para la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A., a fin de garantizar que no se generen asimetrías en las condiciones de competitividad con los restantes operadores.

Artículo 4º.- Establécese que la plena implementación de la modalidad de acceso abierto en toda la red ferroviaria, tendrá lugar al día siguiente al vencimiento del plazo del último Contrato de Concesión, considerando el plazo de extensión que pueda ser otorgado, en el marco de la adecuación contractual a que se refiere el artículo 2º del presente.

No obstante, el Ministerio de Transporte de la Nación podrá dar inicio en forma anticipada a la modalidad de acceso abierto en los sistemas y subsistemas que se encuentren en condiciones, luego de efectuadas las inversiones previstas.

Artículo 5º.- Instrúyese al Ministerio de Transporte de la Nación, para que a través de la Secretaría de Gestión de Transporte, realice los actos necesarios para la revisión, actualización, complementación y aprobación de las normas técnicas referidas al transporte ferroviario. A modo enunciativo, deberán revisarse, actualizarse y/o complementarse las normas referidas a: mantenimiento de vías; reglamentos operativos; mantenimiento del material rodante; habilitación del material rodante; homologación de talleres de mantenimiento de material rodante; habilitación de todo el personal vinculado con la seguridad; cerramiento de la zona de vías; y desvíos particulares.

Artículo 6º.- Establécese que en el plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente, todos los operadores – tanto públicos como privados– deberán remitir a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. un listado del material rodante propiedad del Estado Nacional, detallando su titularidad, la operación a la cual se encuentra afectado, y toda otra información que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. considere pertinente requerir.

Artículo 7º.- Instrúyese al Ministerio de Transporte de la Nación a elaborar las pautas para un régimen sancionatorio, con el objeto de establecer las responsabilidades que incumben a cada uno de los operadores por la utilización de la infraestructura cuando se opere bajo la modalidad de acceso abierto.

Dichas pautas deberán ser incorporadas en los instrumentos que se celebren para la Asignación de Ventanas de Paso, Autorización de Uso de Vía y Asignación de Material Rodante, en forma obligatoria, ya sea que fueran instrumentados por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. o por un tercero.

Artículo 8º.- Instrúyese al Ministerio de Transporte de la Nación, para que a través de la Secretaría de Gestión de Transporte, establezca la forma en que será realizada la reasunción paulatina y por etapas, de la infraestructura por parte del Estado Nacional, a fin de favorecer la competencia y el crecimiento de la carga transportada por ferrocarril y la participación del modo en la matriz nacional de cargas.

A tal fin, deberá definir sistemas y subsistemas de los distintos sectores de la red, estableciendo prioridades de inversión y la metodología adecuada para llevarlas adelante.

Artículo 9º.- Sustitúyese el artículo 2º del Decreto Nº 1924 de fecha 16 de septiembre de 2015, por el siguiente:

“La Comisión Nacional de Regulación del Transporte establecerá los requisitos y calidades que deberán reunir las personas humanas o jurídicas para su inscripción en el Registro de Operadores de Carga y de Pasajeros creado por el artículo precedente, pudiendo establecer un arancel anual por gastos administrativos de inscripción y habilitación”.

Artículo 10º.- Incorpórase como incisos k) y l) al artículo 9º del ANEXO I del Decreto Nº 1388/96 y su modificatorio, los siguientes:

“k) Analizar los sistemas de comunicaciones y efectuar las recomendaciones tendientes a su unificación;

l) Habilitar el material rodante, por sí o por terceros, previendo el trámite de la habilitación en forma previa a la puesta en operación por primera vez, luego de una revisión general, modificación en su configuración o características, o en caso de accidente grave”. establecidas en el ANEXO III del Decreto Nº 1388/96, y su modificatorio los siguientes:

“10. Analizar los sistemas de comunicaciones y efectuar las recomendaciones tendientes a su unificación.

11. Otorgar, por sí o por terceros, la habilitación al material rodante.”

Artículo 12º.- Incorpórase como inciso k) al artículo 8º del ANEXO I del Decreto Nº 1388/96, y su modificatorio el siguiente:

“k) Resolver los conflictos que se susciten por la implementación de la modalidad de acceso abierto”.

Artículo 13º.- Incorpórase como punto 17 a las Acciones de la Gerencia de Control de Gestión Ferroviaria, establecidas en el ANEXO III del Decreto Nº 1388/96, y su modificatorio el siguiente:

“17. Intervenir en los conflictos que se susciten por la implementación de la modalidad de acceso abierto”.

Artículo 14º.- Instrúyese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte para que, en el marco de la elaboración del proyecto de optimización de su estructura organizativa dispuesto por el artículo 11 del Decreto Nº 632 del 6 de julio de 2018, incorpore las previsiones que resultaren pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo previsto en presente decreto y en el Anexo que lo integra.

Artículo 15º.- Facúltase al Ministerio de Transporte de Nación a dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la reglamentación que se aprueba por el artículo 1º del presente.

Artículo 16º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 17º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Macri - Marcos Peña - Guillermo Javier Dietrich

En una palabra, se trata de un sistema que apunta a abandonar a mediano plazo el modelo actual de vías concesionadas a operadores determinados, para permitir que cualquier operador que reúna ciertas condiciones pueda ofrecer sus servicios de transporte.

18 de enero de 2018

El tren de pasajeros Villa María - Córdoba vendió más pasajes que el Buenos Aires - Córdoba

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Aunque el tren de pasajeros que une Villa María con la ciudad de Córdoba y viceversa el promedio de velocidad que desarrolla sea de 40 km. por hora (tarda 4 horas 40 minutos para recorrer 150 km.), debido al mal estado en que se encuentran las vías todavía concesionadas (¿y los términos de la Ley 27.132 de estatización de los ferrocarriles?)  a la empresa de carga Nuevo Central Argentino, sigue aumentando su caudal de pasajeros.

Estación Villa María (Línea Mitre) formación ex Ferrocentral

Tal es así, que según los últimos datos de transportar en el año 2016 61.787 pasajeros, el 2017 lo hizo con 75.959 o sea un 17% más.

El éxito del uso del transporte ferroviario de pasajeros se debe, aunque tarde más que el ómnibus, como siempre es referido al valor del boleto, ya que en tren sale $ 12,50 punta a punta y por colectivo vale $205,00.

Tren Villa María - Ciudad de Córdoba (Línea Mitre) con formación ex Ferrocentral

Por último, según el diario La Voz, en cuanto al tren que une Buenos Aires con la capital cordobesa (tarda 19 horas en cubrir dicho tramo para recorrer 695 km.), debemos decir que durante el año 2017 transportó 72.374 contra los 75.959 pasajeros que lo hizo el servicio Villa María - Córdoba. 

12 de septiembre de 2017

Pedido de informes al PEN sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la Ley 27.132

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Resolución solicitando un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la Ley 27.132, sobre declarar de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los servicios de pasajeros y de carga.

Dicho trámite recayó en el Expte. 4804-D-2017 del 07 de Septiembre del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Resolución el Diputado Nacional: Alejandro Ramos (Frente para la Victoria - PJ - Santa Fe).

Estación Bragado. Izq. Tren de pasajeros Bragado - Realicó - General Pico. Der. Tren de pasajeros Bragado - General Pico - Santa Rosa de la Línea Sarmiento

Fundamentos

Desde la sanción de la ley 27.132 hasta la actualidad han pasado poco más de dos años en los que se han llevado a cabo numerosas obras, acuerdos e inversiones con el fin de mejorar la red de transporte de carga y pasajeros.

También se viene desarrollando un proceso de inversión y recuperación del transporte de cargas, resultando ser este un factor clave en el desempeño y crecimiento de las economías provinciales para la colocación de sus productos, y para el fortalecimiento y crecimiento de las economías regionales en pos de una red ferroviaria federal.

Este cambio que se viene implementando en materia ferroviaria, pone de manifiesto la importancia que tiene el sistema ferroviario, siendo un aspecto central de la vida de millones de argentinos, y en este contexto, fue que en el artículo 1º de la Ley 27132 declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Por otro lado, dicha ley establece la modalidad de acceso abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas, de modo que cualquier operador ferroviario pueda transportar carga con origen y destino en cualquier punto de la red, independientemente de quien detente la titularidad o tenencia de las instalaciones del punto de carga o destino, así se lograra aumentar el tráfico y la competitividad en el sector.

Todo ello es necesario a fin de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, así como el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Con el fin de poder contar con información detallada de los avances realizados en materia ferroviaria es que solicito se brinde información sobre las distintas medidas llevadas a cabo desde la sanción de la ley 27.132, como así también los obstáculos que han impedido la reglamentación de la misma.

17 de agosto de 2017

Expresar repudio por dictado del Decreto 652/2017 que faculta al Ministerio de Transporte clausurar definitivamente ramales ferroviarios

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Resolución para expresar repudio por el dictado del Decreto Nro. 652/2017 que faculta al Ministerio de Transporte de la Nación, a clausurar definitivamente ramales ferroviarios y proceder al levantamiento de vías y demás instalaciones.

Dicho trámite recayó en el Expte. 4330-D-2017 del 15 de Agosto del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Resolución la Diputada Nacional: Ana Carolina Gaillard (Frente para la Victoria - PJ - Entre Ríos).

Estación Betbeder ramal Paraná - Basavilbaso de la Línea Urquiza

Fundamentos

El objeto del presente proyecto es el de manifestar el rechazo a cualquier intento del Gobierno Nacional por desmantelar el sistema ferroviario existente en el territorio de nuestro país.

En el día de la fecha, se ha publicado en el Boletín Oficial, el Decreto Nro 652/2017, por el cual en su artículo 1ro, se delega al Ministro de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder a la remoción de las vías e infraestructura ferroviaria.

En el mes de Abril del año 2015, este Congreso Nacional, sancionó la Ley 27132 cuyo artículo 1 enuncia: “ARTÍCULO 1° — Decláranse de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo”.

Asimismo, en la ley mencionada se establecen los principio de la política ferroviaria, la asunción por parte de Poder Ejecutivo Nacional de la administración de la infraestructura ferroviaria y los sistemas de control, y la constitución de las sociedades del Estado para la administración del transporte férreo y todo el material que lo constituye. En su artículo 9, la ley establece la constitución del Directorio de dicha Sociedad de siete integrantes, incluso con representación de los trabajadores y de los usuarios.

El espíritu que la Ley marca, se encuentra constituído por el artículo 2, que establece entre diversos aspectos, la interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte; la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de eficiencia y seguridad; y la protección de los derechos de los usuarios, con atención especial a las personas con discapacidad o con movilidad reducida, garantizando condiciones de calidad.

El Decreto que se pretende imponer, no solo ataca, estos y otros principios y disposiciones establecidos por la Ley mencionada, sino que a la vez, nos retrotrae a la triste situación vivida con los Ferrocarriles Argentinos durante la década del 90, lo que ha traído como resultado, por ejemplo en la provincia de Entre Ríos, el cierre de estaciones y cancelación de destinos, afectando de manera irreversible la economía de decenas de pueblos, e incluso la de la provincia en su faz productiva agraria e industrial.

Por lo enunciado, y la gravedad de las consecuencias de cualquier medida que afecte el ya diezmado y resentido mapa ferroviario de nuestro país, vengo a solicitar el acompañamiento del presente proyecto de Resolución.

22 de agosto de 2016

Denuncia por la actitud tomada por la suspensión de los servicios de la empresa provincial Ferrobaires

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

Le escribo en representación de un grupo vecinos de las localidades de Villa Ventana, Sierra de la Ventana y  Saldungaray y el jefe de estación de Sierra de la Ventana, quienes nos estamos reuniendo regularmente una vez por semana todos los miércoles a las 17:30 hs en dicha estación desde el corte del servicio de la empresa provincial Ferrobaires. 

Durante estas reuniones hemos redactado un petitorio, en el cual denunciamos la violencia que ha generado la medida, cancelando la totalidad del servicio sin brindar una alternativa a la población, y entendiendo que es obligación del Estado nacional (ley 27.132) garantizar un servicio público de trenes, exigimos al Gobierno Provincial y/o Nacional:


* La inmediata restitución del servicio de Ferrobaires.

* Que arbitre los medios para garantizar un servicio de calidad y con tarifas accesibles. 

* Que establezca un canal de diálogo permanente para informar a la población acerca de las medidas y acciones concretas que se realizarán en el camino de la restitución. 

Con este petitorio hemos recolectado cerca de 2500 firmas, de las cuales presentamos 2174  en el consejo deliberante y al intendente de Tornquist, Sergio Bordoni el pasado martes 16 de agosto. 


A la luz de las últimas novedades respecto a una posible ampliación del servicio de trenes argentinos que cubre el tramo vía Lamadrid, junto con la posible incorporación de un servicio que recorra el tramo vía Pringles hasta Olavarría con trasbordo al tren vía Lamadrid; y, de acuerdo a los testimonios que hemos recogido a lo largo de este reclamo, queremos expresar que estas soluciones nos resultan inadecuadas e insuficientes, debido a que sostenemos que los trenes constituyen un servicio netamente social y de promoción y desarrollo de las comunidades, y la propuesta antedicha no comprende la parada por varias estaciones de ambos tramos, no comprende el servicio de encomienda, no contempla una tarifa social, y sí impone a los usuarios del ramal vía Pringles un trasbordo a mitad de la noche, siendo esto un perjuicio para los usuarios. 

Nos proponemos convocar a toda la comunidad a sumarse a este justo reclamo y también comunicarnos con localidades vecinas para coordinar acciones en conjunto. Quien quiera acercarse a nuestras reuniones, será bienvenida/o. 

Nuestra próxima actividad será :

Sábado 27 de agosto 18:30 hs Cine - Debate en la estación de Sierra de la Ventana. 
LA PRÓXIMA ESTACIÓN de Pino Solanas (2008)
Documental sobre la historia de los ferocarriles en Argentina.
Traé lo que quieras para sentirte cómodo/a y compartir un mate y una merienda. 

https://www.facebook.com/events/882811221822952/

Saluda a Ud. muy atte.
Paula Florencia Bertrán