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1 de noviembre de 2017

Por derogar el PEN el Decreto Nro. 652/2017 los sindicatos ferroviarios dejan sin efecto Estado de Alerta

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

En virtud de la publicación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Decreto Nro. 652/2017 que delegaba la facultad al Ministerio de Transporte de la Nación de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias, los cuatro gremios ferroviarios (Unión Ferroviaria, La Fraternidad, APDFA y ASFA) dispusieron el día 15 de Agosto pasado el Estado de Alerta y Sesión Permanente.


Debido a que en el día de hoy se publicara por parte del PEN el Decreto Nro. 883/2017 de fecha 31 de Octubre de 2017 donde se deroga el Decreto Nro. 652/2017, los cuatro gremios ferroviarios informan a los trabajadores del sector y a la opinión pública en general, que dejan sin efecto el Estado de Alerta y Sesión Permanente.

Derogan Decreto Nro. 652 sobre clausura de ramales y levantamiento de vías

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Después de tanto pregonar en Crónica Ferroviaria estando en contra del Decreto de referencia donde se delegaba al Ministerio de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias, en el día de la fecha el Poder Ejecutivo Nacional sacó el Decreto Nro. 883 de fecha 31 de Octubre de 2017 derogándose el Decreto 652/2017 de fecha 14 de Agosto de 2017.

Para Crónica Ferroviaria es una conquista, ya que fuimos uno más de los muchos que desde el primer momento estuvimos en contra del Decreto 652 que nos hizo acordar a la época nefasta de la década del 90 donde se realizó un verdadero ferrocidio con el transporte ferroviario.



Por fín el gobierno nacional recapacitó y dejó de lado ese funesto decreto. Con la lucha unida de todos los que queremos al ferrocarril se consiguen las cosas.

Para una mayor información transcribimos íntegramente al Decreto Nro. 883/2017 que deroga al Decreto Nro. 652/2017.

VISTO el Expediente N° EX-2017-25752423-APN- DMENYD#MTR, la Ley Nº 27.132, el Decreto-Ley Nº 8302 del 19 de julio de 1957, el Decreto N° 10.300 del 19 de noviembre de 1965, y el Decreto Nº 652 del 14 de agosto de 2017, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.132 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la REPÚBLICA ARGENTINA la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Que por el Decreto Nº 652 del 14 de agosto de 2017 se establecieron normas en relación con los procedimientos de remoción de rieles, durmientes, aparatos de vías y, en general, bienes muebles componentes de infraestructura ferroviaria, de clausura definitiva de ramales ferroviarios, y de levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias.

Que el dictado del citado Decreto generó interpretaciones encontradas.

Que en tal sentido y a los fines de no dejar duda alguna de la política ferroviaria impulsada por el GOBIERNO NACIONAL, resulta oportuno y conveniente la derogación del Decreto Nº 652/17.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Derógase el Decreto N° 652 del 14 de agosto de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Guillermo Javier Dietrich.

17 de octubre de 2017

Encuentro por la Reconstrucción del Sistema Ferroviario Nacional

Evento Ferroviario

Redacción Crónica Ferroviaria

Este fin de semana se realizó un encuentro en la ciudad de Rojas (Provincia de Buenos Aires) realizado por las organizaciones Vías que vuelva el tren, MONAFE y Salvemos al tren en el que se hicieron presente trabajadores ferroviarios, usuarios, vecinos de dicha ciudad y de otras del interior de la provincia y partidos políticos para debatir sobre la Reconstrucción del Sistema Ferroviario Nacional.



Se discutió sobre la situación actual del sistema ferroviario y la necesidad de luchar por la vuelta de los trenes de pasajeros a todos los pueblos de la Provincia de Buenos Aires y del país. 


También, los presentes se pronunciaron en contra del reciente Decreto 652/17 del Poder Ejecutivo Nacional que permite al Ministerio de Transporte de la Nación levantar vías y cerrar ramales, como también contra el remate indiscriminado de los bienes públicos, mal llamados "chatarra ferroviaria".


Asimismo, se decidió realizar una consulta popular a fines del mes de Noviembre próximo en toda la provincia de Buenos Aires, para que la sociedad se exprese por el regreso de los trenes de pasajeros. 

Los organizadores estarán en las estaciones del Área Metropolitana de Buenos Aires y en los pueblos y ciudades del interior, donde se espera la participación de vecinos y usuarios. 


Ademas de la participación de representantes de las asociaciones que organizaron el evento estuvieron presentes gente de SUBI (Somos Usuarios Bien Indignados), Tren para Todos y La Bordó (Línea Mitre). Asimismo, hubo presencia de gente de los siguientes partidos políticos de la zona como: Emancipación Sur, Partido Socialista, Movimiento Evita y Libres del Sur.

14 de octubre de 2017

Ferrocarriles. Instalación en la Agenda Política

Nota de Opinión

Por: Roberto Manuel Vecchi (Movimiento Nacional Ferroviario)

El sistema ferroviario argentino permitió la articulación territorial de nuestro país, llegando en su desarrollo a convertirse en vanguardia del continente latinoamericano hasta mediados del siglo pasado. Precisamente  desde 1955 viene sufriendo las consecuencias de políticas destructivas que llevaron al estado calamitoso que tenemos actualmente.

Con administraciones desastrosas y una campaña de desprestigio se fue abonando el camino para que en la década del 90 se procediera a la privatización y el cierre de ramales.



A casi tres décadas de estas decisiones podemos observar los nefastos resultados. Los concesionarios del transporte de carga no cumplen un servicio público ni enmarcan su actividad dentro de un proyecto de desarrollo de nuestro país.  Obtienen enormes ganancias a expensas de los bienes y subsidios del Estado, destruyen gran parte de la red, locomotoras y vagones e incumplieron las clausulas contractuales con la vista gorda que hicieron las autoridades.

Lo mismo ocurre con las líneas metropolitanas de transporte de pasajeros concesionadas que quedan, sobre todo en la poca transparencia de los subsidios estatales que reciben para prestar un pésimo servicio.

Aún con sus problemas cuando los ferrocarriles los operaba la antigua Ferrocarriles Argentinos, a pesar de los ataques, clausura y recortes de presupuestos que sufría permanentemente, llegaba con servicios de pasajeros y carga a todos los rincones de la red, y  las vías y vehículos se mantenían en buen estado de funcionamiento, cosa que los privados nunca pudieron conseguir; y resultaban menos onerosos para el fisco que las líneas concesionadas.

Cuando se discurre sobre el ferrocarril en Argentina parece que coexistieran dos realidades diferentes que subsisten simultáneamente desligadas y enfrentadas entre si.

Por un lado está la realidad expuesta por la mayor parte de la  dirigencia política, los medios de comunicación y el poder económico, socios en la globalización; para los cuales el ferrocarril es absolutamente secundario, innecesario, algo asociado al pasado, decadente, deficitario e inútil, ajeno a los intereses nacionales.

En contraposición está la otra realidad, dramática y dolorosa; la de miles de pueblos que desaparecieron o están en vía de hacerlo, productores y economías regionales que son arruinados por los costos de fletes del transporte automotor, millones de personas que anhelan y piden QUE VUELVA EL TREN.  Por eso tenemos que llevar a nuestros vecinos, compañeros de trabajo o estudio, a la sociedad toda, los argumentos para valorar las ventajas y posibilidades  de contar con un sistema ferroviario

Por qué defendemos el ferrocarril

El ferrocarril como medio de transporte tiene ventajas e inconvenientes. Los inconvenientes para el ferrocarril son las altas y abruptas elevaciones, pero Argentina tiene un territorio preeminentemente plano y se puede llegar a casi todas las capitales provinciales sin tener que sortear grandes accidentes geográficos, por lo que los inconvenientes para este sistema se ven reducido al mínimo. 

Por otro lado, dada la inmensa extensión de nuestro territorio con recursos diversos dispersos en toda la geografía, el ferrocarril resulta el medio más  idóneo y conveniente para el transporte de cargas y pasajeros ya que es mucho más económico que el transporte automotor y aéreo, tiene mayor capacidad de transporte, es mucho más seguro, mas rápido y sin dudas más cómodo para los pasajeros, es menos contaminante y el único medio por ahora que puede funcionar exclusivamente con energía eléctrica, que es más económica, limpia y puede provenir de fuentes renovables que nuestro país tiene en abundancia.  

Además el ferrocarril tiene la ventaja de poder funcionar efectivamente bajo cualquier condición climática, y las vías, con un adecuado mantenimiento, tiene un tiempo de vida útil muchísimo más prolongada que una ruta. El funcionamiento de los trenes descongestionaría las carreteras con lo que los accidentes viales se reducirían considerablemente. Los vehículos ferroviarios, con un mantenimiento adecuado, poseen una durabilidad superior a cualquier otro medio. Tanto el mantenimiento como la reparación puede hacerse, y se hacía, en talleres del propio ferrocarril, y en Argentina se fabricaban locomotoras, coches motores, trenes eléctricos, coches,  vagones, rieles y demás elementos que requiere el sistema, lo cual le otorgaba a nuestro país una autonomía tecnológica que el transporte automotor y aéreo no tienen.

Por las características de nuestro país y las ventajas del sistema, el ferrocarril resulta económica y estratégicamente conveniente para el Estado, para las personas y para todas las actividades productivas agropecuarias e industriales, con el adicionamiento de permitir que los recursos de la nación permanezcan en el país, y producir nuevos empleos en todas las regiones, incluso en aquellos pueblos pequeños. Lejos de ser el pasado, el  ferrocarril constituye una herramienta moderna para plantear el desarrollo sustentable de la nación.

La política ferroviaria de Macri 

La actual administración viene priorizando el desarrollo del transporte de carga en consonancia con los intereses de los grandes grupos económicos locales y extranjero.

Así vemos como el Estado facilita e invierte en la recuperación de ramales o en la construcción de los mismos atendiendo las necesidades de las empresas petroleras que operan en el yacimiento Vaca Muerta en la provincia de Neuquén o en el norte para llevar la producción de la Aceitera General Deheza al puerto de Rosario para citar solo algunos ejemplos. Mientras tanto condena al olvido el transporte de pasajeros del interior e incluso acaba de promulgar el Decreto 562/17 que autoriza al Ministro de Transporte a clausurar ramales de manera definitiva y a disponer de los bienes ferroviarios.

Dicho Decreto no especifica que áreas se prevé clausurar y levantar el material que se piensa vender, y lo que es peor, no está apoyado en algún informe que avale la inutilidad del material a vender, ni  la necesidad de nuevas clausuras. Esto constituye un nuevo ataque al sistema ferroviario y al patrimonio nacional, sin considerar  los verdaderos y legítimos intereses y necesidades de la nación.

Desde el interior de la Provincia de Buenos Aires convocamos a: 

Repudiar el Decreto 652/17, difundiendo su contenido y articulando acciones legales para su derogación. Generar actividades como un  abrazo a las Estaciones ya sea para pedir que vuelva el Tren donde fue levantado el servicio o que se brinde un servicio acorde a las necesidades de los pueblos y localidades allí donde se mantiene un funcionamiento mínimo e insuficiente.

9 de octubre de 2017

Por la Reconstrucción del Sistema Ferroviario Nacional

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

*Anulación del Decreto 652/17 que autoriza la clausura definitiva de ramales ferroviarios y el levantamiento de vías, para negociados inmobiliarios.


*No al remate de nuestros bienes públicos, mal llamados "chatarra ferroviaria".

*Recuperación y modernización del Sistema Ferroviario, principalmente el de pasajeros.

*Servicios nocturnos para los trenes metropolitanos

*Desarrollo de la Industria Ferroviaria Nacional. Apertura y funcionamiento de los talleres.

*Por la vuelta del Tren a todos los pueblos del interior de la Provincia de Buenos Aires, y del País.

Te invitamos a que te acerques al encuentro para fortalecer la lucha en defensa del Ferrocarril y su recuperación!

Convocan:
VIAS - Que Vuelva El Tren
Movimiento Nacional Ferroviario (Mo.Na.Fe)
Salvemos al Tren

Autoconvocados por los Trenes

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

Tengo el agrado de dirigirme a usted con el fin de informarle que estamos muy preocupados por el texto insertado en el Decreto Nro. 652/2017 del Poder Ejecutivo Nacional donde delega al Ministerio de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva, proceder al levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias.

Por lo tanto, queremos invitar a toda la comunidad pues sólo la participación de muchos va a poder frenar este arbitrario avasallamiento del patrimonio nacional que este decreto permite al autorizar el cierre definitivo de ramales y el levantamiento de toda la infraestructura. 


Ya hay varios focos: Playa de Cargas ubicada en Federico Lacroze frente a Chacarita, Catalinas Sur 2 de terrenos ferroportuarios, terrenos ferroviarios en cercanías de Estación Colegiales y sus 6 has, y lo terrible de rotular y despojarse de todo el material ferroviario como chatarra, que ya comenzaron en Córdoba.

Le solicito encarecidamente si puede hacer trascender a través de Crónica Ferroviaria toda esta movida. Desearíamos a su vez invitarlo a acompañarnos en esta jornada si le fuera posible, y desde ya agradecerle mantenernos informados día a día sobre novedades que surjan en el ámbito ferroviario. Con toda mi estima. 
Elda Cedro
Autoconvocados por los Trenes
indignadostren@gmail.com

27 de septiembre de 2017

Pedido de regreso del servicio de pasajeros Puente Alsina - Aldo Bonzi de la Línea Belgrano Sur

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

Como todos sabemos, la primera suspensión de servicios luego del controvertido Decreto 562/2017 de levantamiento de ramales se llevó a cabo hace pocos días, a las mismas puertas de la Capital Federal.

Entendiendo que esta medida afecta a los sectores mas humildes y con menos llegada a los medios, y temiendo que sea el inicio de otros cortes de ramales; un puñado de vecinos conectados por Internet decidimos empezar a actuar fuera de las redes sociales.


Tomamos la iniciativa desde cero de hacer una petición on line dirigida a los intendentes de los partidos que atraviesa el ramal y realizar un acto en las inmediaciones de la estación, que mañana ya tendrá lugar, fecha y horario.

Entendemos que tantos usuarios angustiados por la pérdida de nuestros trenes tenemos que organizarnos y conocernos de a poco para avanzar firmemente en algo tan difícil como anhelado por todos: el regreso de los trenes de pasajeros a lo largo y a lo ancho del país.

Les dejo la petición, agradeciendo mucho que pueda ser publicada en el portal.

https://www.change.org/p/sres-intendentes-nestor-grindetti-mart%C3%ADn-insaurralde-y-ver%C3%B3nica-magario-por-el-regreso-del-ramal-puente-alsina-aldo-bonzi-y-por-todos-los-trenes-de-pasajeros?recruiter=5047606&utm_source=share_petition&utm_medium=email&utm_campaign=share_email_responsive

Atentamente
Liliana Soto
adopcionesresponsables@hotmail.com

18 de septiembre de 2017

Mi rechazo abierto al Decreto Nro. 562/2017

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

En Crónica Ferroviaria leo con suma preocupación la vigencia del Decreto 652/2017, que delega en el Ministerio de Transporte el levantamiento de ramales ferroviarios y sus infraestructuras asociadas entra en colisión con la Ley 27.132 que en su artículo 1ro. dice: Decláranse de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo". 

El decreto en cuestión entra en colisión con dicha ley, que ordena al Estado a reactivar líneas y promover el desarrollo ferroviario, una deuda pendiente desde la siniestra reforma del Estado en los 90, que no sólo liquidó al ferrocarril, sino una poderosa industria asociada, la más avanzada de la región.


El decreto entra en una “nebulosa”, dado que el inciso 18 del artículo 75 de la Constitución Nacional, señala claramente que es facultad del Congreso la construcción de ferrocarriles. Consideramos que el levantamiento de ramales, debería ser facultad del Congreso, que puede delegar en el Poder Ejecutivo Nacional el carácter operativo de la medida.

El decreto en cuestión, una suerte de reedición del Plan Larkin, no fue objeto de crítica de medios masivos de comunicación. Tampoco las provincias se han manifestado al respecto. Es altamente probable que exista un lobby interesado que el ferrocarril quede en el pasado.

Es una verdad evidente las ventajas para el transporte terrestre de largas distancias de cargas y pasajeros. No sólo costos, sino también en materia de seguridad. La reconstrucción del ferrocarril tiene un impacto estratégico.

El sector ferroviario precisa a todas luces profundos cambios, especialmente en materia de gestión, organización e infraestructura asociada. Pero tengo la plena certeza que la reconstrucción de las redes ferroviaria, implicará que muchos pueblos no mueran, reducir el costo “argentino”, y si existiera un plan de fomento industrial, dar vida a talleres y fábricas, que el talento nacional pueden dar vida y generar productos de alta calidad, además de generar millares de empleos.

El ferrocarril tiene valor estratégico, integra al país, especialmente áreas aisladas haciendo rentable muchas economías regionales. Tiene un fin social, porque habilita que personas de menores recursos puedan viajar a distancias importantes, conecta pueblos. En otras palabras el ferrocarril es DESARROLLO e INTEGRACIÓN.

Lamentable las políticas hasta la fecha, condicionando al país con logistica extranjera, sin un mínimo de participación industrial nacional. Una solución barata de corto plazo, pero de alto costo en el largo plazo. La ausencia de políticas reales de reconstrucción que permita un servicio eficiente.

El ferrocarril fue factor de modernización y progreso, concepto que aún mantiene vigencia. Nuestro rechazo abierto al decreto en cuestión por condicionar el desarrollo a largo plazo de nuestro país. Lo saluda a Ud. atentamente.
Dr Jorge Alejandro Suárez Saponaro
Abogado – magíster en Defensa nacional
carpintero_jorge@yahoo.com.ar

14 de septiembre de 2017

Tandil: Piden informes a la Nación por el tren de pasajeros, el futuro de los trabajadores y de la Estación

Actualidad

El Concejo Deliberante tratará, en la sesión ordinaria de hoy, un proyecto de resolución que impulsó el bloque de concejales del Frente para la Victoria-PJ, a partir de los rumores por el posible desmantelamiento de la Estación de trenes. El objetivo es obtener información del Ministerio de Transporte acerca de la posible restitución del servicio de pasajeros, como así también sobre el futuro de los catorce trabajadores de Tandil que no fueron traspasados a Ferrocarriles Argentinos y de la antigua Estación.

La votación del proyecto se desarrollará un día antes de la audiencia que el intendente Miguel Lunghi mantendrá con funcionarios de la cartera que conduce Guillermo Dietrich. Según anunció el área de prensa del Municipio, uno de los temas a tratar en esa audiencia será la chance de reactivar el tren de pasajeros.

El proyecto de resolución, que va dirigido al ministro de Transporte de la Nación y tiene carácter de urgente, pide conocer las razones por las cuales en la Resolución 517-E/2017 no se menciona al Ramal Tandil-Plaza Constitución, que formaba parte de la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial (Ferrobaires).


La medida ministerial a la que alude ratificó el acta acuerdo del traspaso de los trenes a la Nación que fue rubricada por la Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires el 11 de julio del año pasado, como así también las actas redactadas por la Unidad Operativa de Transferencia y sus actuaciones.

La misma resolución, en su artículo 2, estableció que debe “hacerse efectiva la reversión de la concesión de la explotación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros” y menciona varios corredores, pero no figura el ramal Plaza Constitución-Tandil.

Los empleados y el predio histórico

En tanto, la medida ministerial también dispuso “la cesión de 1044 agentes” que tendrán asignación “en la Administradora de Recursos Humanos Ferroviarios Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria presentado por la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, ante la Unidad Operativa de Transferencia”. Sin embargo, quedaron más de mil trabajadores en situación de incertidumbre, entre los que se cuentan los 14 ferroviarios que desarrollaban sus actividades en esta ciudad, bajo la órbita de Ferrobaires.

Por ese motivo, los concejales también requieren información sobre “cuál es la situación de los más de mil agentes que prestaban funciones en la unidad ejecutora, entre los que se cuentan catorce que pertenecen a nuestra ciudad, y no han sido parte del Traspaso a Ferrocarriles Argentinos” y consultaron qué criterios de selección se utilizaron para disponer el nuevo destino.

Por último, reclamaron precisiones debido a que “teniendo en cuenta la no restitución del servicio y la publicación del Decreto 625/2017, ¿en qué situación queda la Estación de trenes de nuestra ciudad?”.

Este último punto surgió a partir del citado decreto presidencial, publicado el 14 de agosto pasado, que ordenó: “Delégase en dicho Ministerio (de Transporte) la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias”.

Además, el artículo 2 estableció que “los rieles, durmientes, aparatos de vías y el resto de los bienes muebles que compongan la infraestructura ferroviaria que se encuentra ubicada en el sector que se resuelva remover quedarán en poder de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, conforme lo establecido por la Ley 26.352 y sus modificatorias”.

En tanto, en el artículo 2 solicitaron remitir una copia de la resolución del Legislativo a la gobernadora de la provincia de Buenos Aires María Eugenia Vidal.

Vías operativas

A más de un año de la suspensión del servicio del tren de pasajeros, los concejales del FPV-PJ consideraron que “la decisión de la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires fue de carácter intempestiva, y se basó en un accidente ocurrido en la localidad de Rawson, el día 30 de junio de 2016, el cual sin embargo, fue producto de un error humano”.

En igual sentido, consignaron que la medida de interrumpir el servicio por parte de la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial (Ferrobaires) se basó en los informes elaborados por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte y la Auditoría General de la Nación, “en los que califican de crítico el estado de la empresa y de deficiente el estado de las vías y del material rodante, pero se permite, llamativamente, que sigan circulando los trenes de carga”.

Ante esa situación, los ediles señalaron que “si los motivos tuvieran el suficiente respaldo en la realidad, la suspensión del servicio debería ser total, puesto que no desaparecería la mentada peligrosidad para los trabajadores, a quienes se los colocaría en una situación de inseguridad laboral inaceptable; máxime cuando el peso de la carga transportada no haría más que profundizar la problemática y afianzar día a día la peligrosidad de trasladarse por la traza ferroviaria”.

Sumado a estos argumentos, recordaron que el ramal Tandil-Constitución fue restablecido en 2012 y las vías estaban en condiciones de ser utilizadas, pero además no existió “desde ese momento hasta la fecha ningún tipo de accidente fatal por la utilización de las vías, ni ha mediado informe de la autoridad competente advirtiendo sobre el deterioro sustancial de las mismas”.ElEcodeTandil.com

12 de septiembre de 2017

2do. Encuentro por la Recuperación y el Control Popular de los Ferrocarriles

Evento Ferroviario

Redacción Crónica Ferroviaria

La agrupación Autoconvocados por los Trenes mediante un comunicado informan que se encuentran "muy preocupados por el Decreto 652/17 del PEN por lo que organizamos esta jornada a la que queremos invitar a toda la comunidad, pues sólo la participación de muchos va a poder frenar este disponer arbitrario del patrimonio nacional, que este decreto permite al autorizar el cierre definitivo de ramales y el levantamiento de toda la infraestructura". 



"Ya hay varios focos: Playa de Federico Lacroze frente a Chacarita, Catalinas Sur 2 de terrenos ferroportuarios, Estacion Colegiales y sus 6 has, y lo terrible de rotular y despojarse de todo el material ferroviario como chatarra que ya comenzaron en Córdoba", terminan expresando los organizadores

Chivilcoy: Manifestar total desacuerdo con el Decreto 652/17

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Proyecto de Resolución Nro. 325 de fecha 11 de Septiembre de 2017 presentado por la concejal María Laura Razzari del Partido Feminista del Concejo Deliberante de Chivilcoy, manifestando el total desacuerdo con el Decreto Nro. 652/2017 del Poder Ejecutivo Nacional donde delega al Ministerio de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias.



Dicho Proyecto de Resolución expresa lo siguiente:

“El carácter integrador desde el punto de vista socio cultural y económico del ferrocarril para la ciudad de Chivilcoy”.

“Que este HCD con la participación de todos los bloques integrantes ha firmado un Acta Compromiso el 21/07/2017 con la Seccional del Sindicato ‘La Fraternidad’ a efectos de dar tratamiento a las propuestas de esta asociación gremial destinadas a restablecer servicios de transportes ferroviarios sobre el ramal Ex Sarmiento desde el área Metropolitana hacia la ciudad de Chivilcoy”.

“Que este HCD en la sesión del día 27/07/2017 aprobó por unanimidad el proyecto de resolución caratulado ‘Sindicato La Fraternidad, solicitando la extensión del servicio ferroviario diario a Chivilcoy’. Expediente 4031-183513, int. 229 - C”.

“Que la Ley Orgánica de la empresa Ferrocarriles Argentinos N° 18.360 estableció que en la aplicación de su régimen de explotación podría, entre otras cuestiones, proponer al Poder Ejecutivo Nacional, la habilitación, clausura temporaria o definitiva o el levantamiento o reubicación de ramales, desvíos y otros servicios”.

“Que es política habitual de este HCD, proteger y reconocer todas aquellas políticas públicas de diversas gestiones que entienden las necesidades fundamentales de la comunidad, como lo fueron el cambio de las vías del Sarmiento, el Mitre y el San Martín u la adquisición en el año 2013 de 1060 vagones y 111 locomotoras”.

“Que por lo expuesto, el Bloque Feminista eleva su tratamiento ante este Honorable cuerpo el siguiente proyecto de resolución:

“Artículo 1°: Manifestar el total descuerdo con el Decreto 652/17 donde se delega en el ministro de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias”.

“Artículo 2°: Informar mediante copia de la presente, a los HCD de la provincia de Buenos Aires”.

8 de septiembre de 2017

Juntan firmas contra el decreto de Macri que autoriza a clausurar y levantar ramales ferroviarios

Actualidad

La Unión Ferroviaria del oeste lanzó hoy una campaña para juntar firmas contra el decreto del presidente, Mauricio Macri, que autoriza al ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, a clausurar y levantar ramales ferroviarios.

La Unión Ferroviaria Seccional Gran Buenos Aires Oeste que dirige Rubén "Pollo" Sobrero lanzó hoy una campaña a través de una página web para juntar firmas contra el decreto que autoriza al Ministerio de Transporte a cerrar y levantar ramales ferroviarios.


"Ante esto los ferroviarios de la Bordó Nacional, Unión ferroviaria, Cuerpo de delegados y, comisión ejecutiva de la Línea Sarmiento rechazamos y exigimos la nulidad del decreto 652/2017. Mediante la junta de firmas de trabajadores ferroviarios, usuarios, vecinos, organizaciones políticas y, sindicales que compartimos este reclamo; Estamos comprometidos/as a seguir luchando por la reestatizacion de los ferrocarriles, bajo control de los trabajadores y usuarios, entendiendo que es el único camino para la reactivación de todo el sistema ferroviario", apuntan a través de un comunicado.

"Este decreto posibilita a la Secretaría de Transporte, manejada por Dietrich, hacer desaparecer físicamente todos los ramales que crea necesario con el único objetivo de vender sus tierras".

Tal como había anticipado INFOCIELO, y según lo dispuesto en el Boletín Oficial del 15 de agosto, el presidente de la Nación, Mauricio Macri, delegó en su ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, la posibilidad de clausurar definitivamente un ramal y levantar el tendido de vías, rieles e infraestructura de sostén.

Hasta ese momento cualquier decisión de desafectación de vías requería un decreto del presidente de la Nación, sin embargo ahora, el titular de la cartera de Transporte podrá decidir libremente sobre la clausurar definitiva de rieles e instalaciones, con el objetivo de "aliviar el trámite burocrático" de "mínimas desafectaciones", explicaron desde este ministerio.

El dirigente gremial y referente del Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT) Sobrero aseguró que "este decreto posibilita a la Secretaría de Transporte, manejada por Dietrich, hacer desaparecer físicamente todos los ramales que crea necesario con el único objetivo de vender sus tierras".

Este decreto es consecuencia del pseudo triunfo de Cambiemos". "Este decreto es consecuencia del pseudo triunfo de Cambiemos", expresó esta tarde Norberto Rosendo, desde "Salvemos al tren", en diálogo con QM NOTICIAS; y aseguró que en los próximos meses "en el interior van a hacer un desastre".InfoCielo.com

6 de septiembre de 2017

Proyecto de Ley: Deróguese el Decreto 652/2017 para clausurar ramales, levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Ley solicitando se derogue el Decreto Nro. 652/2017 por la cual se delega al Ministerio de Transporte de la Nación, la facultad para clausurar en forma definitiva ramales ferroviarios y proceder al levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias.

Dicho trámite recayó en el Expte. 4678-D-2017 del 04 de Septiembre del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Ley los Diputados Nacionales: Victoria Analía Donda Pérez (Libres del Sur - CABA), Graciela Cousinet (Libres del Sur - Mendoza) y Federico Augusto Masso (Libres del Sur - Tucumán), Gabriela Alejandra Troiano (Partido Socialista - Buenos Aires) y Horacio Fernando Alonso (Federal Unidos por una Nueva Argentina - Buenos Aires).


Fundamentos

El pasado 14/08/2017 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación el decreto 652/2017, por el cual se decreta:

ARTÍCULO 1º.- Delegase en el MINISTRO DE TRANSPORTE la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias.

ARTÍCULO 2º.- Los rieles, durmientes, aparatos de vías y el resto de los bienes muebles que compongan la infraestructura ferroviaria que se encuentra ubicada en el sector que se resuelva remover, quedarán en poder de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo establecido por la Ley Nº 26.352 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Este decreto lleva las firmas del presidente Mauricio MACRI, Marcos Peña, y Guillermo Javier Dietrich.

Entendemos que es imprescindible derogar este decreto por su manifiesta ilegalidad. Esta se desprende de una rápida lectura a la ley 27.132, publicada en mayo de 2015 en el Boletín Oficial, donde se declara de interés público nacional la política de reactivación ferroviaria.

Sin perjuicio de la vigencia de dicha ley, el decreto 652/2017 delega en el Ministro de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios de manera definitiva. Dicha norma sería un decreto o reglamento autónomo, fundado en las facultades que surgen del art. 99 inciso 1° de la Constitución Nacional; aunque también pareciera ser un decreto reglamentario de una ley vigente, propio del artículo 99 inciso 2°.

Lo alarmante es que este decreto delega en el Ministro de Transporte una atribución que la ley 27.132 tampoco le habría encomendado al Presidente de la nación. En realidad, la ley 27.132 persigue un fin completamente opuesto al del decreto, pues le delega al Presidente la adopción de las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional (art. 3). Por lo que, encontrándose plenamente vigente la ley 27.132 y los principios de política ferroviaria establecidos en ella, no es posible entender, la razón de ser del decreto bajo análisis en el presente proyecto de ley.

En ninguna parte de la ley 27.132 se encuentra la facultad para clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y para proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias, toda vez que la ley vigente declara de interés público nacional y como objetivo prioritario de nuestro país la reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional.

Esta medida de clausura de los ramales ferroviarios de manera definitiva va en contra de la ley 27.132, sino también de la concepción de federalismo y se enmarca en una política de ajuste, achicamiento del Estado y desguace de sus bienes. Por otra parte, el objetivo de conectividad del país, desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo, no tienen punto de conexión alguna con este decreto, y que sí motiva la mencionada ley.
También es destacable la pobreza argumentativa de sus considerandos. Además, no quedan claros cuáles han sido los motivos políticos, económicos y jurídicos que lo llevaron a la sanción del Decreto 652/2017.

El intendente de Tafí Viejo, Javier Noguera, cuestionó la decisión del Gobierno nacional, que delegó en el ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva a través del decreto 652/2017, y dijo: cuestionó la medida relacionada con un tema que toca en uno de los puntos más sensibles para Tafí Viejo, dada su historia ferroviaria, enlazada con los Talleres, que, en su momento de esplendor, fueron los más grandes de Latinoamérica. “Rechazamos todo intento del gobierno nacional de cerrar ramales ferroviarios en el país. Con estas decisiones vamos a contramano del mundo”.

La senadora nacional santafesina María de los Ángeles Sacnun presentó, acompañada por Pino Solanas, un proyecto de comunicación solicitando al Poder Ejecutivo Nacional que informe sobre "los motivos políticos, económicos y jurídicos que lo llevaron a la sanción del Decreto 652/2017 en donde delega al Ministerio de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias".

5 de septiembre de 2017

"La decisión de cerrar el tren a Tandil ya se tomó y se comunicará después de Octubre"

Actualidad

Alejandro “Topo” Rodriguez, el tandilense que orbita en la política provincial desde que fue puesto como ministro de asuntos agrarios del exgobernador Daniel Scioli y actualmente es Jefe de Gabinete de la intendenta de La Matanza, Verónica Magario, sorprendió en las últimas horas al afirmar por Twitter que “hace más de un año, María Eugenia Vidal clausuró el tren de pasajeros a Tandil sin previo aviso y sin clarificar cómo seguiría a futuro. Ahora ya sabemos cómo sigue: el Gobierno de Macri ya decidió el cierre definitivo del tren”, afirmó.


“La decisión está tomada, sólo falta que se conozca la Resolución del Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich” aseguró y advirtió que “la comunicarán después de las elecciones de octubre”.

El “Topo”, como se lo conoce desde su infancia en la ciudad, además reveló que “no quieren que Macri pague el costo del cierre definitivo de ramales, por eso aprobó un Decreto que le transfiere esas decisiones a Dietrich”.

Aunque no es posible confirmar la versión de Rodríguez, el hombre parece contar con buena información. Habrá que esperar a después de Octubre para conocer la verdad del anuncio, aunque lo cierto es que hace más de un año que el ramal permanece cerrado para los trenes de pasajeros.LaOpinióndeTandil.com (Nota enviada por nuestro colaborador señor Jorge Zatloukal)

30 de agosto de 2017

Pedido de informes al PEN sobre dictado del Decreto Nro. 652/2017 que faculta a clausurar ramales ferroviarios y proceder al levantamiento de las vías

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Resolución solicitando un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional sobre dictado del Decreto Nro. 652/2017 que faculta al Ministerio de Transporte de la Nación a clausurar ramales y proceder al levantamiento de las vías y otras instalaciones ferroviarias.

Dicho trámite recayó en el Expte. 4519-D-2017 del 28 de Agosto del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Resolución los Diputados Nacionales: Victoria Analía Donda Pérez (Libres del Sur - CABA), Graciela Cousinet (Libres del Sur - Mendoza) y Federico Augusto Masso (Libres del Sur - Tucumán).


Fundamentos

El pasado 16 de agosto del corriente, el Presidente Mauricio Macri, mediante el decreto 652/2017, delegó al Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias.

En los considerandos del decreto no se desarrollan los criterios de oportunidad, mérito y conve-niencia sobre los que se funda dicha decisión administrativa. Sólo se menciona que esta decisión serviría para “agilizar los trámites que se desarrollan en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE” en pos de “eficiencia y racionalidad”.

Previo al dictado del decreto cuestionado, la decisión de cerrar un ramal debía efectuarse mediante un decreto presidencial. Resulta alarmante y preocupante que se haya delegado esta tarea al Ministerio de Transporte, favoreciendo así la arbitrariedad del Ministro, lo que dificulta el trabajo de los organismos de control y por lo tanto favorece la malversación de bienes públicos y negocios inmobiliarios.

En un contexto de dificultades económicas, donde el gobierno prepara un ajuste luego de las elec-ciones de octubre, esta medida podría afectar la difícil situación de los pueblos del interior y de las economías regionales cuyo desarrollo están vinculados al ferrocarril.

No debemos olvidar que durante la década de los 90, la política del menemismo fue el cierre de ramales ferroviarios que trajo desocupación e incomunicación a muchos pueblos del interior de nuestro país.

No queremos volver a esa situación.

29 de agosto de 2017

¿Presente?, no, ausente. Nuevo faltazo de Dietrich a la Comisión de Obras Públicas

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Tal como lo informara Crónica Ferroviaria con nota titulada: "Vuelven a citar al Ministro de Transporte a la Cámara de Diputados de la Nación por Decreto 562/2017" de fecha 23 de Agosto pasado, donde informábamos del faltazo que el Ministro de Transporte de la Nación, Guillermo Dietrich, hiciera al no asistir por "problemas de agenda" a la Cámara de Diputados de la Nación citado por la Comisión de Obras Públicas para dar explicaciones por el Decreto Nro. 562/2017, por lo que el presidente de dicha comisión volvió a citar al ministro para el día de hoy.


Lamentablemente, tenemos que informar que el señor Ministro de Transporte de la Nación, Guillermo Dietrich, en el día de la fecha volvió a faltar a la cita para que informe sobre los posibles levantamiento de ramales, de la infraestructura de vía y de otras instalaciones ferroviarias que cita el Decreto 562/2017.

Por lo visto, parecería ser que el señor Guillermo Dietrich no tiene nada que expresar sobre el contenido de dicho decreto, aunque haya mandado una nota en la primera convocatoria expresando que "no tiene planificado cerrar ningún ramal ni ningún tren", pero lo bueno hubiese sido dar la cara ante la Comisión de Obras Públicas que lo citó y explicar en forma sucinta de la verdadera intención que tiene el gobierno nacional sobre los ferrocarriles.

Estas faltas constantes del ministro de no asistir a dar explicaciones ante los diputados nacionales, deja en duda de que en un futuro el gobierno nacional tome resoluciones que nadie desea.

Pedido de informes verbales al Ministro de Transporte sobre la potestad de clausurar ramales o levantamiento de vías

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Resolución solicitando un pedido de informes verbales al Ministro de Transporte de la Nación sobre la potestad de clausurar ramales o levantamiento de vías 

Dicho trámite recayó en el Expte. 4462-D-2017 del 24 de Agosto del corriente año, siendo el firmante de dicho Proyecto de Resolución el Diputado Nacional: 
José Luis Gioja (Frente para la Victoria - PJ - San Juan).


Fundamentos 

Vengo a elevar a Ud. el presente proyecto de Resolución, que tiene la finalidad de solicitar la concurrencia del Ministro de Transporte de la Nación, Guillermo Dietrich, a la Cámara de Diputados de la Nación a efectos de informar sobre una serie de puntos vinculados a su cartera, conforme lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Nacional.

La razón principal del presente proyecto consiste en esclarecer la situación de la red ferroviaria a partir del dictado del Decreto n°652/2017.

I. El Decreto n°652/2017

En fecha 15 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto n° 652/2017.

Este Decreto dispone en su artículo 1: “Delégase en el Ministro de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias”.

Y su artículo 2 establece: “Los rieles, durmientes, aparatos de vías y el resto de los bienes muebles que compongan la infraestructura ferroviaria que se encuentra ubicada en el sector que se resuelva remover, quedarán en poder de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, conforme lo establecido por la Ley Nº 26.352 y sus modificatorias”.

II. Fundamentos normativos de la delegación

El Decreto se halla fundado en el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional y en el artículo 13 de la Ley de Ministerios, que en su texto vigente prescribe: “Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que determine expresa y taxativamente por decreto”.

Por otro lado, la delegación consiste en la transferencia del ejercicio de una competencia específica de un órgano en otro. A partir de lo cual se infiere que solo puede delegarse el ejercicio de una facultad atribuida por una norma de manera expresa.

Por ende, para determinar la validez del Decreto es preciso establecer si existen las facultades en cabeza del Poder Ejecutivo de la Nación (PEN) para “clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias”.

En los considerandos del Decreto n° 652/2017 se citan tres normas: el Decreto nº 10.300, la ley 18360 y la ley 27132. Sin embargo, de ninguna de ellas se desprende la potestad delegada para clausurar definitivamente ramales ferroviarios.

III. El régimen ferroviario – Antecedentes – Potestades del Poder Ejecutivo de la Nación

Aquí se propone un breve repaso sobre normas vinculadas al régimen ferroviario que permite concluir que nunca se previó expresamente la facultad del PEN para decidir por sí mismo la clausura de ramales ferroviarios en forma definitiva:

1) Ley General de Ferrocarriles Nacionales, 2873, promulgada en el año 1891: no atribuyó facultades de cierre o clausura de ramales o líneas al Poder Ejecutivo de la Nación ni a otros órganos.

2) Decreto Ley n° 8302/1957, “Reorganización de la Dirección Nacional de Ferrocarriles”. El artículo 2 determinaba en su inciso 11 que correspondía a la Dirección Nacional de Ferrocarriles, organismo centralizado del Ministerio de Transportes, “informar al Ministerio de Transportes sobre la refundición, división o redistribución de las líneas ferroviarias y sobre la clausura definitiva de líneas, ramales, desvíos o estaciones. Aprobar la clausura temporaria de ramales, desvíos o estaciones”.

3) Decreto nº 10300 del 19 de noviembre de 1965, aclaratorio del Decreto Ley n° 8302/1957. Su artículo 1 preveía que la Secretaría de Estado de Transporte podría “elevar a la aprobación del Poder Ejecutivo los asuntos relativos a la refundición, división o redistribución de las líneas ferroviarias y a la clausura definitiva de líneas ramales, desvíos o estaciones (inciso 11)”.
Y en su artículo 2 se especificó que la Dirección Nacional de Ferrocarriles tendría la potestad de “Aprobar la clausura temporaria de ramales, desvíos o estaciones (segundo párrafo del inciso 11”.

4) Ley Orgánica de la Empresa Ferrocarriles Argentinos 18360, promulgada en 1969, fijó en su artículo 18 inciso a que Ferrocarriles Argentinos podría “proponer al Poder Ejecutivo la habilitación, clausura temporaria o definitiva y el levantamiento o reubicación de ramales, desvíos y otros servicios. La Secretaría de Estado de Transporte dará intervención a los organismos especializados que determine la reglamentación, a fin de resolver sobre las propuestas dentro de un plazo de ciento veinte (120) días, a contar desde la elevación efectuada por Ferrocarriles Argentinos. En aquellos casos en que las propuestas se relaciones con la clausura y levantamiento de ramales, si fueran rechazadas, deberá determinarse por el Poder Ejecutivo a qué cuenta se transferirá el déficit resultante de su mantenimiento”.

5) Ley de Ferrocarriles Argentinos, 27132, promulgada en el año 2015. El artículo 3 establece: “El Poder Ejecutivo nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes”.

En función de las normas citadas, puede afirmarse que:

1) No existe una potestad otorgada de forma expresa al PEN para clausurar de manera definitiva ramales ferroviarios.
2) En ese sentido, cabe subrayar que el artículo 3 de la Ley 27132 asigna competencias al PEN que no coinciden con las del art. 1 del Decreto n°652/2017. Se tratan de diferentes supuestos y facultades.
3) Ahora bien, podría inferirse que existió en regímenes previos una competencia implícita del PEN para intervenir en procedimientos concernientes a la clausura definitiva o temporaria de ramales ferroviarios.
4) No obstante, los procedimientos resultaban diferentes según se tratara de clausuras temporarias o definitivas (conf. art. 2 inc. 11 del Decreto Ley n°8302/1957 y artículos 1 y 2 del Decreto n°10300).
5) La clausura definitiva de ramales implicaba la consecución de procedimientos especiales y la participación de órganos concretos de forma previa (conf. Ley 18360, art. 18 inc. a).
6) El Decreto n°652/2017 no realiza estas aclaraciones, no propone un procedimiento transparente ni la intervención de organismos especializados.

IV. La nota del Ministerio de Transporte

Ante la convocatoria de la Comisión de Obras Públicas de la Cámara de Diputados de la Nación para exponer sobre el Decreto n°652/2017, el Ministro Guillermo Dietrich remitió una nota a través de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias y Administración, dependiente de la Jefatura de Gabinete, por la cual expresó que no podría asistir a la reunión prevista y, a su vez, dio razones y justificaciones para el dictado del referido decreto.

En primer lugar, el Ministro aseveró, sin otorgar mayores precisiones, que “a través del Decreto n°652/2017 el Presidente de la Nación le delega al Ministerio de Transporte una facultad que el Poder Ejecutivo tenía asignada desde 1957 (ley 8302, reglamentada por el Decreto n°10300 del 19 de noviembre de 1965) y que permite disponer de bienes ferroviarios en desuso”.

A continuación, el Ministro escribió que: “muchos asentamientos informales que se están urbanizando en todo el país se encuentran en terrenos ferroviarios. Este decreto permitirá al Ministerio de Transporte de la Nación agilizar los procesos a la hora de formalizar el nuevo uso de esas tierras e integrar a estas comunidades al ejido urbano”. Cuestiones que, por cierto, no fueron enunciadas entre los considerandos del Decreto n°652/2017 por el PEN.

A su vez, el Ministro aclaró qué procedimiento se seguiría para la desafectación de bienes en esos supuestos: “será la Secretaría de Planificación la que evaluará en cada caso en el que se decida darle un nuevo uso al bien ferroviario abandonado, si el espacio a ceder tiene o no uso actual o potencial. Este uso puede estar destinado, en primera instancia, al propio ferrocarril y, en segunda instancia, a otro transporte urbano o de cargas en general (por ejemplo, centros de trasbordo o centros logísticos). La evaluación se hará en conjunto con la Administración de Infraestructura Ferroviaria (ADIF), la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), todos organismos que depende del Ministerio de Transporte”.

Por último, y como cierre de la nota, el Ministro precisó que “No tenemos planificado cerrar ningún ramal ni ningún tren operativo. Al contrario, entendemos que el tren es fundamental para desarrollar el país, generar trabajo y mayores oportunidades, y por ello trabajamos todos los días para recuperar los trenes de cargas y de pasajeros”.

En suma, pese a que el Ministro de Transporte registró fines loables en su nota, de aquella surge una discordancia con el texto del Decreto n°652/2017. Este tiene como objeto que el Ministro de Transporte cierre ramales y levante vías, pero el destinatario de la delegación responde que no proyecta ejercer la primera de las competencias. Además, basa su defensa de la legitimidad de la segunda potestad delegada por el decreto en finalidades (mejorar la situación habitacional de asentamientos “informales” e integrar a las comunidades que ocupan bienes y terrenos ferroviarios) que no están previstas ni sugeridas en aquel (ni en su articulado ni sus considerandos).

Por lo tanto, la nota del Ministro consagra contradicciones con el Decreto n°652/2017.

V. Acerca del artículo 2 del Decreto n°652/2017

Si bien se pueden detectar fallas en la delegación operada por el artículo por el artículo 1 del Decreto n°652/2017, su artículo 2 tampoco está exento de errores jurídicos.

Ello se debe a que el artículo 2 estipula que los bienes desafectados ante una clausura definitiva quedarían “en poder de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, conforme lo establecido por la Ley Nº 26.352 y sus modificatorias”.

Sin embargo, el artículo 3 inciso a de la ley 26352 dispone que ADIF tendrá una serie de funciones y competencias, entre la que se enumera primero la de: “La administración de la infraestructura ferroviaria, de los bienes necesarios para el cumplimiento de aquella, de los bienes ferroviarios concesionados a privados cuando por cualquier causa finalice la concesión, o de los bienes muebles que se resuelva desafectar de la explotación ferroviaria. La administración de los bienes inmuebles que se desafecten de la explotación ferroviaria estará a cargo de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS”.

Es decir que los bienes desafectados quedarían en poder de ADIF de manera ilegal, puesto que la ley referida prescribe que deberían quedar a cargo de otro organismo, la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

VI. La importancia de los ferrocarriles

De acuerdo a lo expuesto, se considera necesario que se derogue el Decreto n°652/2017, o bien que se dicte un nuevo decreto modificatorio que enmiende sus deficiencias jurídicas.

En ese orden de cosas, se estima que debió precisarse cuál es la facultad delegada, dado que del análisis normativo no surge una norma que atribuya al PEN expresamente la competencia para clausurar de manera definitiva ramales ferroviarios.

Aunque se infiriese que esa competencia existe, de los regímenes ferroviarios previos se desprende que debe atravesarse un procedimiento transparente y claramente detallado para determinar las clausuras.

Por otro lado, urge corregir el artículo 2 del Decreto n°652/2017, el cual se halla en franca contradicción con el artículo 3 inciso de la Ley 26352.
Para finalizar, corresponde destacar que, si bien el Ministro de Transporte ha comunicado –de manera informal- que no pretenden cerrar ramales ferroviarios, es evidente que el ferrocarril tiene una importancia estratégica para el desarrollo del país. La falta de previsión de normas sobre clausuras atiende a que el Estado debe promover lo opuesto: el crecimiento de la red ferroviaria. En paralelo, el carácter de servicio público que reviste el transporte ferroviario determina la prevalencia de la continuidad y regularidad del servicio antes que su terminación. La clausura o cierre deben ser excepcionales.

El ferrocarril es una pieza clave del progreso institucional y material de nuestra República y así fue reconocido por Juan Bautista Alberdi en sus famosas “Bases”: “Él (FERROCARRIL) hará la unidad de la República Argentina mejor que todos los congresos…Sin el ferrocarril no tendréis unidad política en países donde la distancia hace imposible la acción del poder central”.

El ferrocarril, además, se concibe como un instrumento nacional y por eso es este Congreso el encargado de regular la política ferroviaria. Así se ha asentado en reciente normativa legislativa, como las leyes 26352 y la 27132.

De hecho, el artículo 1 de la Ley 27132 ha establecido que “Decláranse de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo”.

La clausura de ramales ferroviarios, por ende, quebranta nuestro orden normativo vigente.