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29 de mayo de 2023

Suman reclamos en Cipolletti por la vuelta del Tren del Valle a Neuquén

Actualidad

Hay dos unidades licitadas listas para usarse pero los conflictos entre Provincia y Vialidad Nacional frenan las gestiones.

José Bunter, titular de la Cámara de Comercio de Cipolletti, habló sobre la reunión que mantuvo con diferentes actores sociales de la ciudad con la intención de reactivar el Tren del Valle. El 31 de mayo se reunirán en Buenos Aires con los referentes del Trenes Argentinos Operaciones.  

Hace más de un año el servicio de trenes que conecta Cipolletti con Neuquén no funciona. El motivo es que en reiteradas ocasiones la estructura del puente ferroviario fue colisionada por vehículos de gran porte. Si bien ahora Trenes Argentinos construyó y habilitó nuevas paradas ferroviarias entre Cipolletti y Plottier, la empresa con la concesión de las vías, Ferrosur Roca, no permite la circulación del tren.    

“La diferencia entre Cipolletti y Neuquén es que la provincia vecina tomó el tren como una política de estado y ese es uno de los planteos que estamos generando” manifestó José Bunter, presidente de la Cámara de Comercio de Cipolletti en LU19.  

Desde la entidad mantuvieron varias reuniones con otras agrupaciones, actores de la ciudad y estudiantes para profundizar el debate sobre la importancia del regreso del tren de pasajeros a la ciudad. “La verdad que el tren es más económico, menos contaminante, más seguro, no tiene cortes de puente y descomprime las rutas” expresó.  

Además, relató que hace algunos meses, en una primera reunión, hubo un compromiso de palabra por parte de Trenes Argentinos Operaciones. “En Buenos Aires nos dieron un compromiso de dos unidades y una de repuesto. Ya están licitadas pero no pueden ponerse de acuerdo la provincia de Río Negro y Vialidad Nacional para realizar las gestiones. Lo que pasará es que pedirán esas unidades en otro lugar del país y se las van a llevar” manifestó.  

Hoy el costo del pasaje de colectivo representa el mayor gasto para quienes deciden estudiar una carrera en otra localidad. “El tren de pasajeros implica para los estudiantes el gasto del 10% del presupuesto actual, teniendo en cuenta que el pasaje de Cipolletti a Villa Regina tiene un costo de casi $1000” manifestó Bunter en diálogo con RÍO NEGRO.    

Puente ferroviario de Cipolletti: cuándo llegan las obras de Vialidad Nacional

Hace más de un año el tren de pasajeros que une Neuquén con Cipolletti se encuentra fuera de circulación producto de un choque que desalineó las vías del tren. Actualmente, el intendente Claudio Di Tella se encuentra a la espera de alguna firma que destrabe la burocracia administrativa en Vialidad Nacional, y finalice el proyecto para avanzar con las obras.   

El mandatario local aseguró que tuvo algunas comunicaciones con el representante de Vialidad Nacional de la Patagonia, quien le manifestó que el proyecto estaba casi listo, pero aún no hay nada concreto. Mucho menos fecha de inicio de obra, manifestó.   

Indicó que “trató de comunicarse con referentes de Vialidad de Nación, pero la comunicación no ha sido posible, no hay respuesta”, expresó. Aseguró que desde el municipio seguirán avanzando en las conversaciones hasta obtener una solución.DiarioRíoNegro.com

19 de mayo de 2023

13 intendentes se unieron para “transformar” sus pueblos con el ferrocarril

Actualidad

Un tren de cargas al Puerto Quequén: cómo es el plan de 13 intendentes para “transformar” sus pueblos. Por ahora, este proyecto no avanzó con una evaluación de las vías y una estimación de la inversión necesaria para reactivar cada tramo.

Un grupo de intendentes de 13 municipios que comprenden la zona de influencia del Puerto Quequén se reúnen desde hace cinco años para motorizar la reactivación del tren de cargas. Este viernes 19 de mayo se reúnen en Tandil para firmar un acta compromiso que establezca este proyecto como una política de estado conjunta.

El intendente de Lobería, Juan José Fioramonti, explicó: “Buscamos tener una propuesta consolidada y lista para cuando aparezcan los inversores porque sabemos que eso en algún momento eso sucederá. Tenemos a 50 kilómetros la salida y la entrada al mundo a través del puerto más importante que permite estar en apenas 20 minutos en alta mar”.

El último tren de carga al Puerto Quequén circuló en los ’90. La privatización del sistema dejó las vías a cargo de Ferrosur Roca del grupo Loma Negra que decidió dejar de operar muchos ramales y concentró su logística para mover el cemento producido en Olavarría.

“Nosotros nos quedamos con las vías y las estaciones muertas. Las fuimos reciclando y poniendo en valor como espacios turísticos y lugares culturales pero siempre mantenemos el sueño de que vuelva a pasar el tren porque nuestros pueblos son ferroviarios”, aseguró Fioramonti.

Y destacó: “Ahora tenemos una gran oportunidad porque hay una necesidad real de mejorar la logística. Con el nivel de producción actual las rutas son imposibles sostener, demandan una inversión cada vez más grande y no es sustentable”.

Además del intendente de Lobería, de esta mesa que impulsa la vuelta del tren de cargas a Quequén participan los jefes comunales de Tandil, Necochea, Ayacucho, San Cayetano, Gonzales Chaves, Balcarce, Benito Juárez, Azul, Tres Arroyos, General Alvarado, General Pueyrredón y General Guido. Este 19 de mayo a las 17 horas se reunirán en Tandil junto a representes de Sociedades Rurales adheridas a Carbap, empresas de servicios, autoridades del Consorcio de Gestión Puerto Quequén, autoridades nacionales y provinciales, organizaciones intermedias y el INTA.

Además de mejorar la logística, los intendentes aseguran que la vuelta del tren de cargas al Puerto Quequén permitirá el desarrollo de emprendimientos para el agregado de valor a las materias primas que se producen en la región, lo que redundará en oportunidades de empleo y desarrollo para numerosos pueblos del interior.

“El puerto sigue exportando los commodities como salen del campo, solamente se puede hacer un proceso de extracción de aceite o vender el pellet”, expresó Fioramonti y agregó: “El tren va a permitir sumar el valor agregado a través de emprendimientos que se radiquen a la vera de las vías como plantas de producción de alimento balanceado, frigoríficos o clasificadoras de cebada. Todo lo que ocurrió hace décadas puede volver reproducirse a la par del desarrollo tecnológico actual”.

El intendente de Lobería está convencido que este proyecto servirá para “adelantarse a algo que en algún momento sucederá porque los inversionistas van a aparecer”, y remarcó: “El tren nos permitirá complementar el transporte de camiones porque actualmente la logística del puerto está excedida y trabada por una mayor producción”.

“Quedó demostrado con el dólar soja que provocó un exceso de la carga que no pudo ser absorvida por el Puerto Quequén por falta de logística provocando que se vaya hacia Bahía Blanca con otros costos”, graficó el dirigente radical”.

Y advirtió: “Las rutas 27, 88, 55, 227 y 286 no dan abasto y hay épocas en las que resulta imposible transitarlas. Esto no es una competencia con el transporte en camiones porque si logramos desarrollar la región ellos también van a trabajar mucho más”.

Tamangueyú, el punto nodal de este proyecto

Sobre los ramales que buscan reactivar, Fioramonti detalló: “Nuestro ramal viene desde Tandil, pasa por Lobería y termina en Quequén. Sin embargo en Tamangueyú, un pueblo ferroviario que se fundó antes que Lobería, confluyén otras vías que también buscamos reactivar como la que viene desde Balcarce que trae producción de General Guido, Coronel Vidal y se conecta también con Miramar y Mar del Plata”.

“Por otra parte, el ramal norte viene desde Saladillo y Azul, otra del Sudeste pasa por San Cayetano, Tres Arroyos, González Chavez, Benito Juárez y también se une a Tandil, al igual que el de Ayacucho”, mencionó.

“Es como un rompe cabeza y nuestro desafío será juntar a todos los actores. Vamos paso a paso. Hemos empezado con los acopiadores que están a la vera de las vías, la empresa Nequén, una prestadora de servicios portuaria important y el presidente del Consorcio del Puerto Quequén. Todos se mostraron muy motivadas con la vuelta del tren”, aseguró.

Sobre la reunión de este viernes, Fioramonti anticipó: “Vamos a llevar adelante un acta compromiso que exprese que este proyecto nos supera a los dirigentes, es una política de Estado que deben seguir impulsando quienes nos sucedan. Buscamos poner este proyecto en agenda como algo esencial”.Semanario.com

Pedido de Informes al PEN sobre cuestiones relacionadas con el Contrato de Concesión de la empresa FerroSur Roca S.A.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Resolución solicitando un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional sobre diversas cuestiones relacionadas con el contrato de concesión para la explotación integral del sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la Línea Roca suscripto entre el Estado Nacional y la empresa Ferrosur Roca. S.A.

Dicho trámite recayó en el Expte. 2103-D-2023 del 16 de Mayo del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Resolución del Diputado Nacional Pablo Cervi (Evolución Radical - Neuquén).

Fundamentos

El presente Proyecto, reproduce parcialmente el obrante en el Expte. 3579-D-2022, también de mi autoría, atento que, a la fecha del reingreso del mismo, el vencimiento de la concesión ferroviaria para la explotación integral del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la Línea General Roca otorgada a Ferrosur Roca S.A., ha operado el 10 de marzo de 2023.

El reingreso del Proyecto requiriendo informes, se fundamenta en la importancia que reviste dicho tramo ferroviario, no solo para la Provincia del Neuquén, sino que tiene implicancias nacionales, siendo que, si no se resuelve adecuadamente el punto, la localidad de Zapala podría perder peso económico y estratégico afectando, por ende, la consolidación y el desarrollo de Vaca Muerta.

El Decreto N°2681 de fecha 29 de diciembre de 1992 aprobó el Contrato de Concesión para la explotación integral del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la Línea General Roca (con exclusión del corredor Altamirano-Miramar y sus tramos urbanos) suscripto entre el Estado Nacional y la firma Ferrosur Roca S.A.

Conforme lo expuesto por la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependiente de la Secretaría de Gestión de Transporte a través del Informe N°IF-2021-55048898-APNSSTF#MTR de fecha 18 de junio de 2021, el vencimiento de la concesión que involucra a la empresa Ferrosur Roca S.A. acaecerá en fecha 10 de marzo de 2023.

La firma Ferrosur Roca S.A., por su parte, presentó la solicitud de prórroga del Contrato de Concesión, en los términos del artículo 25 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la Resolución N°145 de fecha 31 de enero de 1992 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Ahora bien, por el artículo 3° de la Ley N°27.132 se estableció que el Poder Ejecutivo Nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Ferrosur Roca S.A.

Es por todo esto que la Resolución 211/2021 del Ministerio de Transporte le asignó a la Administración de Infraestructuras Ferroviaria Sociedad del Estado la administración de la infraestructura ferroviaria y la totalidad de los bienes que forman parte del contrato de concesión, una vez vencido el plazo de concesión, incluyendo la gestión de los sistemas de control de la circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria.

De acuerdo a dicha resolución, en esta etapa de transición se le asigna a la empresa Trenes Argentinos Cargas la prestación de los servicios que actualmente son operados por la concesionaria Ferrosur Roca S.A., una vez vencido el plazo de concesión.

Asimismo, y en virtud de las competencias asignadas a Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, dicha sociedad, una vez finalizado el contrato de concesión con Ferrosur Roca S.A., va a articular, coordinar y monitorear los acuerdos a celebrarse entre Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. y Belgrano Cargas y Logística S.A., los cuales podrán incluir la asignación gratuita del material rodante y la infraestructura necesaria para la operación de los servicios, junto con su respectivo mantenimiento y el control de circulación de trenes.

De acuerdo al artículo 3° de la Resolución 211/2021 del Ministerio de Transporte, entonces, se rechazó la prórroga contractual que mantenía la empresa Ferrosur Roca S.A. sobre la Línea General Roca hasta el 10 de marzo de 2023.

Con la finalización de dicha concesión, el Estado Nacional tomará posesión de esa porción de la red ferroviaria, la cual tiene una trascendencia fundamental para el desarrollo económico de diferentes localidades.

Frente a este hecho debemos remarcar que la localidad de Zapala es punta de rieles del sector ferroviario concesionado a Ferrosur Roca S.A., y que durante los últimos años el servicio de cargas ha sido descontinuado, generando perjuicios económicos a dicha localidad.

Es importante remarcar que la localidad de Zapala se encuentra en el centro geográfico de la provincia del Neuquén, lo que le da factibilidad para ser el distribuidor de todos los bienes producidos en la región, disminuyendo los costos logísticos y de transporte de la producción regional.

Así mismo, contar con la reactivación ferroviaria hacia la localidad de Zapala daría un impulso vital para el desarrollo de la zona franca que se ubica en dicha localidad.

Por otra parte, la concreción de dicho proyecto brindaría una reactivación económica vital para la zona centro de la provincia de Neuquén, dando las herramientas necesarias para el desarrollo de las PYMES del sector minero y como así también a los sectores de servicios, impactando directa e indirectamente en la generación de empleo en las diferentes localidades de la zona.

Además, la localidad de Zapala es un punto neurálgico para la concreción de un tren bioceánico que conecte el Océano Atlántico con el pacífico por intermedio del paso internacional Pino Hachado. Esta obra significativa sería fundamental para lograr posicionar nuestros productos en el mercado asiático.

En el mismo sentido y citando el artículo 1° de la ley 27.132 “Declárase de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo”, es que entendemos como trascendente hacer este pedido de informes para tomar conocimiento si existe un proyecto de reactivación de la traza mencionada, observando que la normativa vigente declara de interés público la reactivación ferroviaria, para generar la integración del territorio nacional y desarrollar las economías regionales

8 de mayo de 2023

La empresa concesionaria Ferrosur Roca se niega a mantener las vías y Transporte advirtió que puede quitarle la concesión

Actualidad

La empresa Ferrosur, concesionaria desde 1992 de toda la Línea Roca –con excepción de los tramos urbanos del AMBA- impugnó a principios de febrero la nueva normativa de seguridad y mantenimiento que entró en vigencia a fines de diciembre último.

La Secretaría de Gestión de Transporte de la Nación desestimó un recurso de reconsideración presentado por la concesionaria privada de cargas Ferrosur Roca que había rechazado la aplicación de una norma técnica de tolerancias de seguridad y mantenimiento de vía, argumentando que no se le había consultado previamente.

Así lo estableció el área dependiente del Ministerio de Transporte a través de la Resolución 19/2023, publicada en el Boletín Oficial, que le otorga un plazo de cinco días a la empresa para mejorar o ampliar los fundamentos del recurso que presentó.

Ferrosur, empresa concesionaria desde 1992 de toda la Línea Roca –con excepción de los tramos urbanos del AMBA- impugnó a principios de febrero la nueva normativa de seguridad y mantenimiento que entró en vigencia a fines de diciembre último.

La misma implica una clasificación uniforme para toda la red, con parámetros técnicos para las vías que deben ser cumplidos por los operadores privados y estatales, definiendo valores límites para los parámetros geométricos, cantidad mínima de materiales en buen estado, límites de desgaste en rieles y mantenimiento del perfil del balasto, entre otros puntos.

El objetivo es “optimizar el mantenimiento de la vía férrea y los parámetros técnicos de seguridad con miras a lograr la modernización y eficiencia” del sistema. Ferrosur pidió dejar sin efecto la misma argumentando que en su contrato de concesión toda modificación a las reglamentaciones requiere una consulta no vinculante previa con la firma, cosa que, según la firma, no había ocurrido.

Además, señaló que implicaría una ampliación de sus obligaciones, “sin previa aceptación de esa parte y sin contrapartida en aportes económicos del Estado”.

No obstante, la Subsecretaría de Transporte Ferroviario consideró que al tratarse de una cuestión de seguridad que no tiene incidencia en el “control de la circulación”, no aplicaba la realización de una consulta previa.

También señaló que la firma “no fundamentó ni explicó adecuadamente las razones por las cuales considera que existiría una ampliación de las obligaciones asumidas y, mucho menos aún, acreditado de manera alguna el supuesto perjuicio económico”.

Tras esta, la Secretaría de Gestión del Transporte determinó hoy que los argumentos de la concesionaria “carecen de fuerza suficiente”, por lo que desestimó el recurso. Las áreas de Transporte también le recordaron a Ferrosur que su concesión finalizará a la brevedad, y que la prórroga de plazos otorgada a fines del año pasado resulta de carácter precario, “lo que implica que podrá ser dejada sin efecto por el Estado Nacional cuando así lo decida”.

A fines de diciembre último, el Estado extendió por un máximo de 18 meses las concesiones de carga tanto de Ferrosur como de Ferro Expreso Pampeano y Nuevo Central Argentino (NCA), a la espera de nuevas licitaciones bajo la modalidad de acceso abierto, la cual prevé que cualquier operador pueda transportar carga con origen y destino en cualquier punto de la red –es decir, abriendo la competencia entre ellos-, con el Estado pasando a administrar la infraestructura.

Esta prórroga se dio pese a que previamente, en 2021, Transporte rechazó la extensión de las concesiones por tener “un balance negativo en término de estado de la infraestructura (velocidad y ramales perdidos)”. Del mismo modo, Transporte también prorrogó el mes pasado las concesiones privadas de las líneas Urquiza (a cargo de Metrovías) y Belgrano Norte (Ferrovías), pese a que el Estado ya se encarga de la infraestructura de ambas.

Al contrario del resto de la red metropolitana que fue estatizada entre 2007 y 2015 y que es operada en la actualidad por Trenes Argentinos, Transporte prevé realizar una nueva licitación a privados para reconcesionar la operación y mantenimiento de ambas líneas, que, de todas formas, actualmente es cubierta con subsidios por parte del Estado.Fuente: SemanarioJunín.com

3 de mayo de 2023

Se desestima el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 19/2023 de fecha 27 de Abril de 2023 de la Secretaría de Gestión de Transporte dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:

Artículo 1°.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA, en los términos del artículo 84 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos (conf. Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 - T.O. por el Decreto N° 894/17), contra la Resolución N° 87 de fecha 27 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en atención a las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

Artículo 2°.- Notifíquese la presente medida a FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA en los términos de los arts. 40 y 43 del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017). Hágase saber a la interesada que, en el término de CINCO (5) días, podrá mejorar o ampliar los fundamentos del recurso de alzada interpuesto en subsidio.

Artículo 3°.- Remítanse las actuaciones al MINISTRO DE TRANSPORTE a fin de que prosiga la tramitación del recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración, en virtud de lo dispuesto por el artículo 88 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. por Decreto N° 894/17).

Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. María Jimena López

Para una mayor interpretación, transcribimos los Considerandos de dicha Resolución

Consideración

Que por el Decreto N° 2681 de fecha 29 de diciembre de 1992, se aprobó el Contrato de Concesión para la explotación integral del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LÍNEA GENERAL ROCA (con exclusión del corredor ALTAMIRANO-MIRAMAR y sus tramos urbanos) suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la firma FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA (en formación).

Que por el Decreto N° 2017 de fecha 25 de noviembre de 2008, fue ratificada el ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PÚBLICOS y la empresa concesionaria FERROSUR ROCA S.A. en fecha 19 de mayo de 2008, que contiene los términos de la renegociación llevada a cabo y establece las condiciones de adecuación del Contrato de Concesión que fuera aprobado por el Decreto N° 2681/92.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 87 de fecha 27 de diciembre de 2022, se sustituyó el artículo 1° de la Resolución N° 87 de fecha 1° de julio del 2019, ambas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el que se aprobó la “NORMA TÉCNICA DE TOLERANCIAS DE SEGURIDAD Y MANTENIMIENTO DE VÍA” (IF-2022-117044723-APN-GLS#SOFSE).

Que la mentada Resolución N° 87/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE fue notificada a la firma FERROSUR ROCA S.A. en fecha 2 de enero de 2023, según surge de la constancia de notificación electrónica del Sistema de Gestión Documental Electrónica identificada como IF-2023- 00274659-APN- SECGT#MTR.

Que, FERROSUR ROCA S.A., por intermedio de la presentación N° RE-2023-03799598-APN-DGDYD#JGM, en fecha 10 de enero de 2023 solicitó vista de las actuaciones N° EX-2022-116271222-APN-DGD#MTR por las que se dictó la Resolución N° 87/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE. La misma fue concedida en fecha 19 de enero de 2023, según surge de la constancia de notificación electrónica del Sistema de Gestión Documental Electrónica N° IF-2023-07292652-APN-DNTTF#MTR.

Que, en dicho contexto, FERROSUR ROCA S.A. en fecha 1° de febrero de 2023, a través del documento N° RE2023-12199314-APN-DGDYD#JGM, interpuso un recurso de reconsideración “(...)en los términos del artículo 84 y concordantes del Decreto N° 1759/1972, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 (el “RPA” y la “LPA”, respectivamente), a fin de impugnar la Resol-2022-87- APNSECGT#MTR de fecha 29 de diciembre de 2022 (la “Resolución”), con el objeto de que tal acto sea revocado y dejado sin efecto”.

Que, por la misma presentación, FERROSUR ROCA S.A. señaló que: “(...)para el hipotético caso que el recurso de reconsideración sea rechazado, interpongo en subsidio, en legal tiempo y forma y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 y concordantes del RPA, recurso de alzada, solicitando que las actuaciones sean elevadas por ante el Superior para su resolución. Formulo expresa reserva de ampliar los fundamentos del recurso en los términos del art. 88 del RPA.”

Que, si bien en el libelo recursivo, la firma FERROSUR ROCA S.A. calificó dicho remendio como “ recurso de reconsideración con alzada en subsidio”, en los términos de los artículos 84, 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. por Decreto N° 894/17); en virtud del principio de informalismo a favor del administrado establecido en el artículo 1° inciso c) de la Ley N° 19.549 y, en atención al principio iura novit curia, corresponde darse al presente remedio procesal el trámite del Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio, en concordancia con los artículos 84, 88, 89 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. por Decreto N° 894/17).

Que en su presentación, la firma transcribió lo dispuesto por la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual, en cuanto a que: “A fin de ejercer el control y regulación de la circulación de los trenes en la red concesionada, la AUTORIDAD DE APLICACIÓN verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos por la legislación vigente. El CONCEDENTE podrá modificar dichas reglamentaciones tendiendo a garantizar una adecuada circulación de trenes en toda la Red Troncal Nacional, para lo cual la AUTORIDAD DE APLICACIÓN elaborará las modificaciones necesarias a las reglamentaciones vigentes, previa consulta no vinculante con el CONCESIONARIO”; en ese sentido, la concesionaria señaló que, de los antecedentes de la resolución, resultaría evidente que la referida consulta previa a los concesionarios no había ocurrido, circunstancia que según aquélla, tornaría al acto administrativo nulo de nulidad absoluta, en los términos del artículo 7°, inciso c) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por intermedio del Informe N° IF-2023-36980511-APN-SSTF#MTR de fecha 4 de abril de 2023, considera que la norma técnica del asunto es una norma de seguridad y atañe exclusivamente a la vía, definiendo un conjunto de valores límites de los parámetros geométricos, cantidad mínima de materiales en buen estado, límites de desgaste en los rieles, mantenimiento del perfil del balasto, etcétera.

Que por consiguiente dicha dependencia consideró que: “(…)resulta fácilmente comprensible que se trata netamente de una cuestión de seguridad y que tiene incidencia en la conservación de la vía y no en el control de la circulación, por lo que la “consulta previa a los concesionarios” pretendida, requeriría, a todo evento, de un presupuesto de hecho que en modo alguno se asemeja a lo contenido en la norma que se pretende poner en crisis.”.

Que en otro orden de ideas, FERROSUR ROCA S.A. sostuvo que la Resolución N° 87/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE implicaría una ampliación de las obligaciones asumidas por ella en su Contrato de Concesión y en el Acta Acuerdo de Renegociación, sin previa aceptación de esa parte y sin contrapartida en aportes económicos del Estado, y que a su vez, se estaría imponiendo con la norma impugnada un mayor costo, causándole así un aparente perjuicio económico.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por conducto del Informe N° IF-2023- 36980511-APN-SSTF#MTR de fecha 4 de abril de 2023, entiende que la concesionaria no ha fundamentado ni explicado adecuadamente las razones por las cuales considera que existiría una ampliación de las obligaciones asumidas, y mucho menos aún, acreditado de manera alguna el supuesto perjuicio económico que invoca en su escrito recursivo.

Que asimismo, la mentada Subsecretaría añade que las manifestaciones argüidas por la concesionaria en su presentación recursiva, solo revisten el carácter de “meras discrepancias” con lo dispuesto en la Resolución N° 87/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y que a pesar del esfuerzo argumental que desarrolla, en modo alguno logra rebatir ni desvirtuar la necesidad de reemplazar la norma actual por otra nueva que fije los parámetros técnicos límite, en una clasificación uniforme para toda la red, a partir de la cual se pueda desprender todo el universo de normas técnicas cuyas obligaciones dependerían de la mencionada clasificación, separando entonces los conceptos de mantenimiento de los mencionados límites de seguridad.

Que la empresa - además - advirtió que “...de las tres concesionarias de cargas, dos de ellas han cumplido el plazo del contrato de concesión y una tercera (Ferrosur) lo cumplirá a la brevedad, y que la prórroga de plazos otorgada por la Resolución MT 960/2022, resulta de carácter precario, lo que implica que podrá ser dejada sin efecto por el Estado Nacional cuando así lo decida (...).”

Que dicha SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, en el mismo informe N° IF-2023- 36980511-APN-SSTF#MTR de fecha 4 de abril de 2023, enuncia que respecto a la causa del acto recurrido, como uno de los requisitos esenciales de todo acto administrativo, según el artículo 7°, inciso b) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549, no puede ser otra que la propia de la actuación administrativa, es decir, la satisfacción del interés público, y éste se halla tanto en el resultado del dictado de la medida impugnada como en los antecedentes de los que surge.

Que la mencionada repartición agrega que el ESTADO NACIONAL actuó, en todo momento, de acuerdo con lo consignado en el Contrato de Concesión, y conforme a las prerrogativas que el resto de la normativa legal aplicable le otorgaron, sin incidir en un comportamiento antijurídico, ni extralimitarse en sus facultades regladas, ponderando todos y cada uno de los indicadores apropiados, y elevando a consulta de los organismos competentes, distintas alternativas que adoptar, convenientes a la realidad imperante.

Que por último, la firma solicitó que se deje sin efecto la resolución recurrida, o se suspenda en su aplicación a esa concesionaria, “hasta tanto se puedan intercambiar opiniones tal como lo dispone el Acta Acuerdo en su cláusula Segunda y se complemente con el acto administrativo previo que disponga el aporte económico del Estado para mantener el equilibrio contractual y lo que por derecho corresponda.”

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE en el mentado informe N° IF-2023-36980511-APN-SSTF#MTR, sostiene que toda vez que la concesionaria solicitó la suspensión de los efectos del acto administrativo, sin haber acreditado fehacientemente los perjuicios graves que su ejecución le podría ocasionar, ni se ha fundado satisfactoriamente una nulidad absoluta y, no mediando razones de interés público que asì lo ameriten, no corresponde hacer lugar al pedido.

Que igualmente esa Subsecretaría agrega que la Resolución N° 87/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE goza de presunción de legitimidad y por ende fuerza ejecutoria, es decir que de ningún modo se suspende su ejecución y/o sus efectos por el hecho de hallarse impugnada (todo ello de conformidad con el artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549).

Que aquella dependencia, en su intervención, concluye que, no hallándose nuevas consideraciones que logren modificar el temperamento adoptado en la resolución recurrida y careciendo los argumentos vertidos por la concesionaria de fuerza suficiente para desvirtuar las razones que llevaron a dictar el acto impugnado, corresponde desestimar el recurso.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE tomó la intervención de su competencia por señalando que: “(...) corresponde asignar al recurso interpuesto por FERROSUR ROCA S.A. mediante la presentación identificada como N° RE-2023- 12199314-APN-DGDYD#JGM, el trámita correspondiente al recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, en virtud del principio de informalismo a favor del administrado establecido en el artículo 1° inciso c) de la Ley N° 19.549 y, en atención al principio iura novit curia, todo ello en concordancia con los artículos 84, 88, 89, 90 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. por Decreto N° 894/17)”.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 84 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. Decreto N° 894/17), y el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Tren del Valle: Hace 15 meses que el servicio de pasajeros no llega a Cipolletti (Río Negro)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de ayer Crónica Ferroviaria publicó una nota donde desde la Municipalidad de Cipolletti (Río Negro) informaban que el intendente se ofreció a realizar las obras en el puente ferroviario sobre la Ruta Nacional 151, pero que Vialidad Nacional no habría terminado el proyecto definitivo de la obra.

Desde el 31 de Enero de 2022, el servicio no conecta Neuquén con Cipolletti debido a que la concesionaria privada de carga del tendido de vía, Ferrosur Roca S.A., impide la circulación de formaciones por el sector. 

Puente sobre la Ruta Nacional Nro. 151 en Río Negro

Según Trenes Argentinos Operaciones, la decisión se fundamenta en que el puente ferroviario que se halla sobre la ruta nacional 151 es víctima de desplazamientos continuos debido a que camiones de gran porte chocan contra su estructura, lo que genera riesgos para la circulación de trenes de pasajeros.

Trenes Argentinos Operaciones informa que realiza las gestiones ante Vialidad Nacional y el municipio para que se puedan realizar las obras necesarias para garantizar la seguridad operacional y retornar con el servicio hasta esa ciudad.

18 de abril de 2023

La empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A., incendio y juicio: deberes de los concesionarios

Actualidad

La Justicia bahiense revocó el sobreseimiento de dos directivos de la firma por un gran siniestro en la estación Corti que provocó cuantiosos daños en 4 establecimientos rurales.

Rutas que no reciben el mantenimiento adecuado, interrupciones o baja de tensión en el servicio energético, problemas con la calidad del agua, obras públicas que no guardan las medidas de seguridad necesarias. Todos, en mayor o menor medida, padecemos, protestamos o exigimos por servicios públicos de mejor calidad.

En ese abanico de responsabilidades no solo aparece el Estado sino también las empresas que tienen concesionadas las prestaciones, que no siempre miden los deberes a su cargo.

Y más allá de que se trata de cuestiones contractuales, pueden surgir sanciones penales si no se cumplen las obligaciones asumidas, aún cuando sea de manera no dolosa.

Si bien los reclamos sociales podrían verse como infinitos al lado de cada respuesta adecuada y en término, cada tanto la Justicia da muestra de la dimensión que tiene el rol de los concesionarios y su responsabilidad ante la sociedad.

Ahora es el turno de dos directivos de Ferrosur Roca, que tendrán que responder en juicio por un incendio que causó un estrago en una zona de campos cercana a la estación Corti, sobre la ruta 51.

Fue el 9 de enero de 2018, sobre las 9.30, cuando un tren de cargas de esa empresa, que circulaba en el sentido Bahía Blanca-Coronel Pringles, originó un incendio de pastizales por la falta de mantenimiento de las zonas contiguas a las vías por las que circulaba.

El fuego se propagó y avanzó hacia distintos campos vecinos, generando pérdidas millonarios.

Detalle de los destrozos

El establecimiento rural "El Deslinde", ubicado sobre la ruta 51, titularidad de la firma CIPA S.A., vio afectadas 264 hectáreas, 8.850 mts de alambrado de siete hilos con postes de quebracho, 5 tranqueras, 50% del parque con plantaciones cultivadas (13 has de árboles de 5 a 35 años) y cañerías de riego y goteo de riego de dicho parque.

"Tres Mojones", propiedad de Mario Cesar Mora, perdió casi 2 mil metros de alambrado, 2 tranqueras, 1 tranquerón, 1 llave de paso y caños de una bebida y 160 hectáreas de pastizales con valor forrajero.

A "Los Olivos", a cargo de Alejandra, Paula Eugenia y Pedro Walter Wustschert, les destrozó más de 13 mil metros de alambrados (80% del total), con sus tranquerones, dañó la base de dos molinos y sus respectivos cercos de eucaliptus y tamariscos e imposibilitó que una de las dueñas continuara con la producción ganadera, viéndose obligada a vender el rodeo de unos 200 bovinos.

Por último, el fuego alcanzó las 292 hectáreas en el "El Capricho", de Susana Laura y Horacio Elio Gentili, y afectó 8.160 metros de alambrado, dos tranqueras de madera, 13 colmenas y un monte de eucaliptus de unos 50 años. Como daño irreversible, provocó pérdidas en la materia orgánica del suelo y provocó la voladura de la capa arable.

Claudio Daniel Vergalito, líder de Infraestructura, y Federico Guillermo Held -su superior-, gerente de Operaciones, fueron acusados de violar el deber de cuidado correspondiente y actuar de manera negligente o sin observar los reglamentos.

Pruebas para avanzar

El juez de Garantías Nº 2, Guillermo Mércuri, había dictado el sobreseimiento de Vergalito y Held pero el fiscal Rodolfo De Lucia apeló la medida y la Cámara Penal revocó la decisión y ambos tendrán que ir a juicio.

La Sala I, con los votos de los jueces Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou, entendieron que ambos incumplieron los deberes de cuidado del corredor ferroviario de la línea Roca, que incluye mantenimiento de rodados, infraestructura y equipos, además de desmalezamiento, corte de pasto y riego con herbicida.

Según la información de la empresa. Held tenía a su cargo la supervisión de áreas operativas como transporte y recursos operativos e infraestructura, entre otras y que Vergalito comandaba el sector operativo de infraestructura (gerenciado por Held), encargado del mantenimiento de vías y obras.

Para la fiscalía, en primera instancia se omitió valorar elementos que ponen en evidencia la obligación de los acusados para extremar las medidas, como la época del año, la temperatura y el viento en esa zona.

"La conducta imprudente por la que se los acusa no consistió en no haber inspeccionado personalmente el estado de las vías, sino en la falta de adopción de medidas tendientes a hacer cumplir el mantenimiento de las vías (impuesto legal y contractualmente)", agregó De Lucia.

La Cámara Penal coincidió con el acusador.

"Se cuenta con elementos de convicción suficientes para acreditar la materialidad ilícita y la participación de los procesados, con el grado de probabilidad necesario para elevar la presente causa a juicio", dijo.

Las pericias determinaron que "las emisiones incandescentes" producidas por el paso del tren (chispas por partículas metálicas) fueron productoras de un foco ígneo en las malezas secas que se ubicaban en las adyacencias de la vía de circulación.

Las chispas por partículas metálicas se desprendieron de la circulación ferroviaria.

A su vez, algunos testigos que arribaron cuando comenzaba el incendio confirmaron que el mismo se inició al lado de las vías y que había en el lugar un tren de unos 500 metros.

Un baqueano dijo que los pastizales del terraplén estaban "altísimos" y que no había cortafuego del lado de la vía y otro relató que hacía años que la empresa no realiza mantenimiento.

"Contrariamente a lo sostenido por el juez grado, considero que la omisión del cumplimiento de esos deberes de mantenimiento y desmalezado resulta atribuible, en forma personal, a los procesados", expresó el camarista Barbieri, con la adhesión de su colega Soumoulou.

"Las tareas de mantenimiento que se ha omitido realizar resultaban propias del ámbito de sus competencias y responsabilidades funcionales", agrego.

Lleva más de 30 años

Historia. En marzo de 1993 Ferrosur Roca comenzó a operar la concesión del transporte de cargas, con 3.110 kilómetros de vías del ex Ferrocarril Roca.

Territorio. La red operada atraviesa las provincias de Neuquén, Río Negro, La Pampa y Buenos Aires, uniendo los distintos polos productivos, desde Zapala hasta el conurbano.

Diversidad. Transporta distintos productos, como la producción minera en Zapala, la cerealera en Tandil y la fruta estacional del Alto Valle como carga refrigerada (tren con generador de energía), lo cual mantiene la cadena de frío.

En Bahía. En nuestra zona se encarga de soda cáustica, policloruro de vinilo (PVC), derivados hacia puertos y centros industriales del Gran Buenos Aires.Fuente:LaNueva.com

28 de marzo de 2023

Gravísimo descarrilamiento de formación de la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. en Kilo 5

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de ayer en horas de la noche se produjo un gravísimo descarrilamiento de una formación con portacontenedores de la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. en Kilo Cinco de la Línea Roca; el mismo procedía de Empalme Norte. 



El accidente fue de tal magnitud que algunos de los vagones portacontenedores saltaron de las vías quedando alojados, algunos semi volcados, invadiendo las vías donde circulan los trenes de pasajeros de la zona local y de larga distancia.




Eso hizo que personal ferroviario de la empresa Ferrosur Roca S.A. tengan que saltar en forma urgente a las vías principales de la Línea Roca para, por medio de señales, hacer parar a las formaciones que estaban circulando en ese momento, lo que podría haber sido una catástrofe.



Creo que esta empresa concesionaria ya ha dado muchísimas señales de desinversión y de falta de interés en el sistema ferroviario. No sabemos todavía qué actitud tomará el Ministerio de Transporte de la Nación sobre todos los inconvenientes que viene teniendo Ferrosur Roca S.A.



Esperamos que al finalizar este año la concesión de dicha empresa, se tome la misma actitud que con América Latina Logística S.A. ¿o se hará como decía un conocido referee del fútbol argentino: "Siga, siga"?.

22 de marzo de 2023

Otra vez Ferrosur Roca S.A. descarrilando trenes

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Ayer publicamos un descarrilamiento de una formación de la empresa concesionaria privada Ferrosur Roca S.A. en cercanías de la estación Sierra de la Ventana, hoy tenemos que hacer lo mismo con otro que sucedió en cercanías de la estación Azul (Provincia de Buenos Aires).

El hecho ocurrió a las 20:00 horas del día de ayer cuando una formación de dicha empresa privada de cargas circulaba por la ciudad de Azul, al llegar al paso a nivel de la Avda. Piazza se produjo el descarrilamiento de la tolva cementera Nro. 841049.

Dicho accidente, si bien no hubo que lamentar víctimas, sí ocasionó demoras en el tráfico automotor, ya que estuvo interrumpida la circulación por la zona.

Ferrosur Roca S.A., una empresa que deja mucho que desear.

21 de marzo de 2023

Descarrilamiento de formación de la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. en cercanías de Sierra de la Ventana

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En la mañana del día de hoy se produjo el descarrilamiento de varios vehículos del tren de carga Nro. 494 de la empresa concesionaria privada Ferrosur Roca S.A. compuesta por 60 vagones que se dirigía hacia Kilo Cinco.

Dicho accidente se produjo en el paso a nivel que se encuentra ubicado frente a la estancia El Retiro en cercanías de Sierra de la Ventana, donde por el descarrilamiento de varios vagones se produjo el destrozo de casi 100 metros de la infraestructura de vía.

Según informa el medio FM 103.7 Reflejos, ese paso a nivel se sitúa sobre el viejo camino de tierra que va desde Sierra a Saldungaray, a pocos metros del corralón municipal, y es el que habitualmente utilizan los camiones compactadores para descargar en el basural a cielo abierto.

Fotografías gentileza: FM 103.7 Reflejos

Debido a esta obstrucción cada uno de los vehículos pesados debe transitar poco más de 25 kilómetros extra, ya que necesariamente tienen que tomar la ruta 72 hasta Saldungaray y recién ahí retomar.

15 de marzo de 2023

Bahía Blanca: Cuatro personas detenidas por sustraer material ferroviario

Actualidad

El procedimiento fue realizado por efectivos de la Policía Federal. Habían utilizado herramientas para cortar un vagón de tren.

Personal de la Policía Federal aprehendió a cuatro personas acusadas de sustraer material perteneciente a la empresa Ferrosur Roca S.A.en la zona de Paraje Calderón, informaron fuentes oficiales.

Los voceros señalaron que el operativo fue llevado adelante por un grupo de efectivos destinados en Ingeniero White y que dependen de la Superintendencia de Transporte de la fuerza.

Indicaron que los uniformados sorprendieron a los sospechosos y secuestraron en su poder un camión con grúa, una camioneta, teléfonos celulares y una importante cantidad de herramientas que estaban utilizando, como tubos de oxígeno y garrafas, entre otras cosas.

En este sentido, mencionaron que en el camión habían cargado un vagón de tren que previamente habían cortado con los elementos incautados.

En el caso tomó intervención el Juzgado Federal Nº 2.LaNueva.com

9 de marzo de 2023

Mañana se rehabilita el servicio de pasajeros Buenos Aires - Bahía Blanca de la Línea Roca

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que el servicio de pasajeros entre Plaza Constitución - Bahía Blanca de la Línea, comenzará a funcionar nuevamente mañana. Los boletos para este primer viaje y su vuelta han sido adquiridos en su totalidad. 

Como se recordará, el servicio se había interrumpido el 26 de Octubre pasado debido al deterioro de la estructura del puente sobre el río Salado que no garantizaba las condiciones de seguridad de pasajeros y pasajeras. 

Estación Bahía Blanca Sur de la Línea Roca

Los trabajos de acondicionamiento fueron realizados por la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A., la empresa de cargas titular del tendido de vías, para recuperar los óptimos niveles de seguridad operacional.

La prestación circulará con dos frecuencias semanales, los martes y viernes desde la ciudad autónoma de Buenos Aires, a las 13:06. Mientras que los miércoles y domingos partirán desde la localidad bahiense a las 21:01.

Los pasajes están a la venta  para lo que resta del mes de marzo y abril. Tienen un costo de 3.240 pesos en primera, 3.890 en pullman y 11.350 en camarote para dos personas.

Los usuarios y usuarias podrán adquirir sus tickets en Retiro, Constitución, Once y las estaciones intermedias o mediante la web (con un 10 % de descuento). Los jubilados tienen un 40% de rebaja y las personas con certificado único de discapacidad (CUD) viajarán sin cargo obteniéndolo a través de la página oficial de la compañía.

Ante cualquier duda o consulta, se puede ingresar en https://www.argentina.gob.ar/transporte/trenes-argentinos 

25 de febrero de 2023

Anticipo de Crónica Ferroviaria. El 10 de Marzo comienza la corrida del tren de pasajeros a Bahía Blanca

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Tal como lo anticipara Crónica Ferroviaria (https://wwwcronicaferroviaria.blogspot.com/2023/02/linea-roca-el-tren-de-pasajeros-plaza.html), la empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que el servicio de la Línea Roca que une Plaza Constitución (C.A.B.A.) y Bahía Blanca (Provincia de Buenos Aires) comenzará a funcionar nuevamente el próximo 10 de Marzo luego que la empresa concesionaria de carga Ferrosur Roca S.A., culminara los trabajos que debía realizar en el puente sobre el río Salado.

El servicio se había interrumpido el 26 de Octubre pasado por pedido de la transportadora de cargas, debido a que el deterioro de la estructura no garantizaba las condiciones de seguridad de pasajeros y pasajeras, y fijó un plazo de cuatro meses para concluir los trabajos. Por esta razón Trenes Argentinos no pudo ofrecer en ese lapso el servicio que conecta con el sur de la provincia de Buenos Aires.

Los pasajes estarán a la venta, para lo que resta del mes de Marzo, a partir del miércoles 1ro. de dicho mes y tendrán un costo de $3.240,00 Primera Clase, $3.890,00 en Clase Pullman y $11.350 en Dormitorio para dos personas.

La prestación circulará con dos frecuencias semanales como lo venía haciendo últimamente, los días martes y viernes desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mientras que los miércoles y domingos partirán desde la ciudad de Bahía Blanca.

Los usuarios podrán adquirir sus boletos en las estaciones Retiro, Plaza Constitución, Once de Septiembre y las estaciones intermedias o mediante la web (con un 10 % de descuento). Los jubilados tienen un 40% de rebaja y las personas con certificado único de discapacidad (CUD) viajarán sin cargo obteniéndolo a través de la página oficial de la compañía.

Cabe recordar que desde el 1° de Diciembre es obligatorio confirmar el viaje entre las 72 y hasta las 24 horas antes de comenzar el recorrido. Los pasajeros y las pasajeras deberán ingresar a www.trenesargentinos.gob.ar y realizar el trámite en el botón Confirmación de viaje.

Para ello, es necesario ingresar el número de reserva y código de seguridad que se recibirán en el momento de adquirir el ticket. Una vez efectuado el procedimiento, por correo electrónico llegará el boleto para viajar

La decisión y los plazos de la obra de recuperación de la infraestructura del puente fueron decididos por la empresa Ferrosur Roca S.A. concesionaria de carga y de quien depende el tendido de vías, debido a la necesidad de reparar el deterioro que produjo en la estructura el dragado del curso del agua.

24 de febrero de 2023

Línea Roca: El tren de pasajeros Plaza Constitución - Bahía Blanca volvería a circular el viernes 10 de Marzo

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Por versiones que llegaron a nuestra mesa de redacción de C.F., parecería, no es nada oficial por el momento, que el servicio del Tren de Pasajeros Nro. 333 que une Plaza Constitución con Bahía Blanca de la Línea Roca con paradas en estaciones intermedias, volvería a circular a partir del viernes 10 de Marzo de 2023.

Al parecer, los trabajos de reparación del puente ferroviario sobre el río Salado, que estuvo a cargo de la empresa concesionaria de cargas Ferrosur Roca S.A., ya estarían finalizados, por lo que se daría el visto bueno para la rehabilitación del servicio de pasajeros.

Como se recordará, la suspensión de los servicios fue a partir del mes de Octubre del año 2022, informando la empresa estatal ferroviaria Trenes Argentinos Operaciones que el mismo estaría suspendido hasta el mes de Febrero de 2023 debido a problemas de estructura del citado puente ferroviario.

Desde Crónica Ferroviaria esperamos que se hagan realidad las versiones que circulan en el ámbito ferroviario, y que dicho tren de pasajeros vuelva cuanto antes ya que son varias las voces que se alzaron solicitando la rehabilitación del servicio.

23 de febrero de 2023

¿Qué va a pasar con el tren de pasajeros que une Buenos Aires con Bahía Blanca?

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

Soy un asiduo lector de Crónica Ferroviaria, y a la vez usuario del tren de pasajeros que une Buenos Aires con Bahía Blanca, y mucho me preocupa que estemos llegando a fin del mes de Febrero, límite que puso la empresa Trenes Argentinos Operaciones para la rehabilitación del servicio que hoy se encuentra suspendido, y nada se sepa sobre su retorno.

Temo que al dejar pasar el tiempo por parte de la empresa TAO, dicho servicio de pasajeros vaya quedando en el olvido, lo que perjudicaría a miles de usuarios que por una u otra razón lo tomamos casi con frecuencia.

Ya todos sabemos que usar otro medio de transporte nos es muy oneroso, a la vez que no se viaja con la comodidad como se lo hace con el tren, aunque éste último tarde más horas de viaje, pero por esto y por el valor del boleto lo prefiero mil veces.

Sé que hay muchos usuarios de "El Bahía", que son de estaciones intermedias, que están solicitando a sus intendentes municipales realicen las gestiones ante el Ministerio de Transporte de la Nación y la empresa TAO para que apure de una vez la reparación del puente ferroviario que cruza el río Salado a la empresa concesionaria de cargas Ferrosur Roca S.A. que es la que "maneja a piacere" los ramales que tienen a su cargo, y que nada le interesa que los trenes de pasajeros circulen por "sus vías".

Creo que ya es hora que una vez que se termine el contrato de concesión de esa empresa de carga, el gobierno nacional se ponga los pantalones largos y no se lo renueve, ya que es una de las peores concesionarias que hoy tienen a su cargo los trenes de carga.

Sin más, saludo a usted atentamente.

Adalberto Pardales

adalbertopardales1950@gmail.com

14 de febrero de 2023

Por interrupción del paso, vecinos reclaman ante la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A.

Actualidad

Vecinos del paraje La Colorada manifestaron, nuevamente, sus quejas ante la situación que produce, en forma periódica, la formación de Ferrosur Roca S.A. al interrumpir la circulación desde y hacia ese sector de esta comunidad.

Así lo aseguraron vecinos, en diálogo con este diario. Pero no fue la primera vez en reclamar por el tema. Se recordó, en efecto, que el 14 de Agosto pasado los vecinos presentaron, ante la Presidencia del Concejo Deliberante, una nota exponiendo la problemática.

"Nos dirigimos a usted en nuestro carácter de vecinos del paraje 'La Colorada', calle 151 y Arroyo Azul, a los fines de solicitar se arbitren los medios necesarios que impidan que la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. o el que corresponda, estacione sus trenes interrumpiendo en forma reiterada la libre circulación de nuestra única vía de acceso a nuestras casas de residencia y chacras luego de días de lluvia".

Por otro lado, se indicó: "Entendemos que tal empresa está fuera de la cantidad de vagones permitidos para circular, que nos encontramos en la zona denominada 'urbana complementaria' de nuestra ciudad, que el abuso expresado viola la Constitución Nacional. Por ello, recurrimos a vuestra intervención para que se arbitren los medios que impidan la continuidad de esta conducta".

A pesar de haber realizado esta presentación en el Concejo Deliberante, los vecinos de La Colorada, no obtuvieron respuesta, pasados más de cinco meses. Este hecho produjo indignación en los vecinos.

El hecho que determinó el reclamo, en tanto, continuó produciéndose. Días pasados uno de los vecinos tomó contacto con EL TIEMPO luego de documentar el hecho, a través de fotografías y videos de la formación ferroviaria detenida en paraje La Colorada.

El video fue publicado en la edición digital de este diario, en tanto las fotografías son las que acompañan esta nota. Los vecinos afirman que la formación se detiene varios minutos, incluso ha habido casos de media hora, una hora.

En alguna oportunidad, al acercarse hasta la formación ferroviaria, uno de los vecinos pudo comprobar que, de acuerdo a lo que le comentó uno de los trabajadores de Ferrosur Roca S.A., estaba al aguardo de "un compañero que viene desde Olavarría".

En su relato registrado en video, un vecino explica: "Esto es como Ferrosur interrumpe una vía pública, en la ciudad de Azul. Y esto se viene repitiendo hace años, cortando el acceso a los vecinos, a sus propiedades, y lo que es peor, a sus viviendas".

Se espera que, con la exposición pública a través de los medios de comunicación, se concrete una respuesta por parte de las autoridades correspondientes, al tiempo que se avance en el trámite iniciado en el Concejo Deliberante.Fuente:ElTiempo.com

25 de enero de 2023

Cañuelas: Nuevamente descarrila formación de la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Otra vez la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. dando la nota en un incidente ferroviario. Ya hemos publicado en varias oportunidades descarrilamientos (que supimos, pero hubo varios más que pasaron desapercibidos y no se obtuvo fotos como para informar) y otros accidentes ocurridos por esta empresa privada de cargas que lamentablemente, como las otras concesionarias, vienen ocurriendo por la falta de inversiones que durante los últimos 30 años de la firma del contrato de concesión no han realizado, y menos en la infraestructura de vía. Solamente hicieron parches en los lugares donde descarrilaron dejando precauciones que aún persisten desde hace varios años porque jamás les interesó levantarlas.




Fotografías gentileza a quién corresponda

En el día de ayer, en la playa de maniobras Cañuelas donde la empresa Ferrosur Roca S.A. tiene la concesión, se registró el descarrilo y casi vuelco de una tolva pedrera, ya que por lo que muestran las fotografías, habría sucedido al querer maniobrar la formación no se percataron que en el cambio de vía había otra que no daba lugar al paso de dicho tren. ¿Error humano?, tal vez...

24 de enero de 2023

Descarrilaron trece tolvas pedreras de la empresa concesionaria FerroSur Roca S.A. en cercanías de Olavarría

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Otra vez la empresa concesionaria de cargas Ferrosur Roca S.A. vuelve a ser noticia, no por haber realizado alguna inversión en ferrocarriles, sino lo de siempre, descarrilar sus formaciones y destruir todo a su paso.

El descarrilamiento sucedido en el día de ayer en cercanías de Olavarría (Provincia de Buenos Aires), cuando una formación de esa empresa concesionaria privada de carga trece (13) tolvas cargadas de piedra y arena se salieron de las vías destruyendo la infraestructura de vía que ahora deberá ser reparada.

Fotografías gentileza: Infoeme.com

El hecho sucedió aproximadamente a las 11:00 horas a unos 300 metros antes del cruce con la Ruta 51. Por suerte no hubo que lamentar heridos en el accidente.

28 de diciembre de 2022

Se extenderán por espacio de 18 meses las concesiones de las tres empresas privadas de transporte ferroviario de cargas

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El Ministerio de Transporte de la Nación informa que a través de la Resolución 960/2022 (que transcribimos más abajo), que se publicó en el Boletín Oficial del día de la fecha, el Gobierno nacional extenderá de manera temporal las concesiones de las empresas privadas de cargas Ferroexpreso Pampeano S.A., Nuevo Central Argentino S.A., y Ferrosur Roca S.A., con carácter precario por el término máximo de 18 meses y pudiendo ser revocadas en cualquier momento.

Esta medida se origina luego de que el Ministerio de Transporte de la Nación, por medio de Trenes Argentinos Cargas, realizó el primer esfuerzo concreto en más de 30 años de efectuar una licitación de operación de servicio de transporte ferroviario de cargas en modalidad abierta para ser explotada por más de un operador sobre la misma vía, quedando la misma desierta y en la que no se presentó ningún oferente. De esta manera, debido al precedente que deja esta licitación y en pos de preservar las fuentes de trabajo y las cadenas logísticas que lleva adelante el sistema ferroviario de cargas, se tomó la decisión de extender el uso de vías por un plazo de 18 meses de forma precaria -a diferencia de la gestión anterior que buscaba extender por 10 años- y revocables en cualquier momento a Ferroexpreso Pampeano S.A., Nuevo Central Argentino S.A., y Ferrosur Roca S.A.

En el mientras tanto, Trenes Argentinos Cargas llevará adelante la preparación de una nueva licitación para cada línea, en pos de lograr el objetivo en el corto plazo de un sistema de cargas abierto y mixto -tal como indica la ley 27.132- para continuar el desarrollo de las economías regionales, bajar los costos logísticos y seguir aumentando el volumen transportado.

Cabe destacar que en un plazo máximo de 4 meses, las empresas concesionadas deberán poner a disposición de Trenes Argentinos Infraestructura y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)  el inventario de los bienes, que posteriormente a ser aprobado, será remitido a la Secretaría de Gestión de Transporte con la finalidad de avanzar en el diseño de los instrumentos técnicos y jurídicos necesarios para la implementación de la modalidad de acceso abierto a la Red Ferroviaria Nacional.

MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN

Resolución 960/2022

RESOL-2022-960-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2022

EL MINISTRO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 4º de la Resolución N° 211 del 25 de junio de 2021, con las modificaciones de la Resolución N° 353 de fecha 9 de junio de 2022, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANÓNIMA, la continuidad del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 1144 de fecha 14 de junio de 1991, con sus modificatorios y complementarios, por el plazo de DIECIOCHO (18) meses contados a partir del 1° de noviembre de 2022.

Asimismo, instrúyese a NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA y a FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA la continuidad de los Contratos de Concesión aprobados por los Decretos N° 994 de fecha 18 de junio de 1992 y N° 2681 de fecha 29 de diciembre de 1992, con sus modificatorios y complementarios, por el plazo de DIECIOCHO (18) meses, contados a partir de la finalización de cada uno de los plazos contractualmente establecidos, con más las prórrogas que estuvieran vigentes al momento del dictado de la presente resolución.

Estas prestaciones se efectuarán con carácter precario y podrán ser revocadas, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor de los operadores ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto.

Durante el plazo que se extienda esta situación, los operadores deberán prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos de los respectivos Contratos de Concesión, actas acuerdo de renegociación, y demás normativa complementaria y reglamentaria.”.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que, a los efectos de dar cumplimiento a las instrucciones impartidas en los artículos 9° y 14 de la Resolución N° 211/21 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, dentro del plazo de CUATRO (4) meses contados a partir del dictado de la presente medida, las empresas concesionarias FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. y FERROSUR ROCA S.A. deberán poner a disposición de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, el inventario de los bienes afectados a la concesión.

Esta remisión deberá efectuarse en el formato y soporte que al efecto indiquen la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE con el detalle del estado y ubicación geográfica actual de cada uno de los bienes.

La ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE podrán requerir a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. su asistencia a los efectos de cotejar los datos remitidos y verificar la precisión de la información brindada.

Una vez verificada la información, la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE procederá a la aprobación del inventario de bienes, con los efectos previstos en el artículo 9° de la Resolución N° 211/21 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Aprobado que fuera el inventario de bienes, el mismo será remitido a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de utilizarlos como insumo para elaborar los informes previstos en el artículo 14 de la Resolución N° 211/21 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en los términos indicados por dicha norma, con el objeto de avanzar en el diseño de los instrumentos técnicos y jurídicos necesarios para la implementación de la modalidad de acceso abierto a la Red Ferroviaria Nacional, en los términos de la Ley N° 27.132 y el Decreto Reglamentario N° 1027 de fecha 7 de noviembre de 2018.

ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. el dictado de los actos necesarios y la adopción de las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, a FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y notifíquese a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Diego Alberto Giuliano