7 de octubre de 2025

Se desafacta de la concesión de la empresa FerroExpreso Pampeano S.A. y del uso ferroviario el inmueble y cuadro de la estación Mouras (Provincia de Buenos Aires)

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1512/2025 de fecha 03 de Octubre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se informa en su Artículo 1° que se desafecta de la concesión y del uso ferroviario el inmueble otorgado a la empresa Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima, ubicado en la calle Circunvalación S/N°, dentro del Cuadro de Estación Mouras, Localidad Salazar, Partido de Daireaux, Provincia de Buenos Aires, identificado con el CIE 0600068687/22, con una superficie aproximada de ochenta y cuatro mil seiscientos tres con cuarenta y cuatro metros cuadrados (84.603,44 m2), conforme el plano que como anexo (IF-2025-92422093-APN-AABE#JGM), forma parte integrante de la presente resolución.

Para una meyor información transcribimos lo que resuelve el Ministro de Economía de la Nación:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase de la concesión y del uso ferroviario el inmueble otorgado a la empresa Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima, ubicado en la calle Circunvalación S/N°, dentro del Cuadro de Estación Mouras, Localidad Salazar, Partido de Daireaux, Provincia de Buenos Aires, identificado con el CIE 0600068687/22, con una superficie aproximada de ochenta y cuatro mil seiscientos tres con cuarenta y cuatro metros cuadrados (84.603,44 m2), conforme el plano que como anexo (IF-2025-92422093-APN-AABE#JGM), forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) y la participación de Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima, según el plano (IF-2025-92422093-APN-AABE#JGM) y teniendo en cuenta las restricciones, afectaciones y extremos informados en los documentos IF-2025-64151663-APN-DSCYD#AABE y RE-2025-79985288-APN-DGDYD#JGM.


ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Luis Andres Caputo

4 comentarios:


  1. Cada vez menos
    Dany Aguirre

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  2. Los negocios de estos degenerados
    Dario Horacio Robotti

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  3. Y la empresa desde que año opera estos ramales? espero la respuesta
    Jose Luis Alberto Vazquez

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  4. Yo soy Apolitico y miran para otro lado..... mientras te rifan hasta el último durmiente.. Cristian Chiappex

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