29 de junio de 2021

Línea Urquiza: Curso de Conductor de Zorra de Vía y Hi Rail

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Desde el día domingo pasado comenzó el nuevo curos de Conductor de Zorra de Vía y Hi Rail para once (11) trabajadores de la empresa Trenes Argentinos Cargas (Línea Urquiza).

"Los mismos se desempeñan en diferentes cuadrillas a lo largo de la línea y hoy están frente a la gran oportunidad de capacitarse y crecer dentro de nuestro sistema ferroviario", expresa Ferroviarios del Urquiza.

Los trabajadores se reunieron en la seccional Villa Lynch de la Unión Ferroviaria en donde previamente se les realizó un hisopado para que luego se instalen de manera segura y para cuidar a todos los demás involucrados.



Fotos gentileza: Ferroviarios del Urquiza

Por último, Ferroviarios del Urquiza, manifiesta que "el día lunes, y como todo evento y/o actividad que se lleva a cabo en nuestra Seccional, se realizó el acto de apertura protocolar, y la presentación del instructor del Instituto de Formación, Capacitación y Estudios Ferroviarios "6 de Octubre", el compañero Lucas. Como así también, la presentación de cada compañero".

MAFEX apoyará a la Pymes europeas en procesos de contratación pública internacional

Empresas

Redacción Crónica Ferroviaria

MAFEX informa que el proyecto S-ACCESS forma parte de COSME el programa de la UE que pretende fomentar la Competitividad de las Empresas y las PYMEs. S-ACCESS tiene como objetivo fortalecer estratégicamente a las pequeñas y medianas empresas europeas para que participen en las licitaciones de contratación pública en mercados fuera de la UE. MAFEX colaborará con otros clústeres ferroviarios en la definición e implementación de la estrategia de internacionalización para EE. UU., Canadá y Noruega.

La duración del proyecto es de 24 meses, y se ofrecerá un análisis completo de los países objetivo así como servicios de formación y asesoría a PYMEs, misiones de empresas a los países objetivo, entre otras acciones relevantes para apoyar a las PYMEs en la contratación pública en los estos países. El acceso a los mercados de terceros países es esencial para las PYMEs europeas, sobre todo porque el tamaño del mercado de la UE es limitado y el crecimiento es más lento en comparación con algunos mercados de terceros países con mayores redes ferroviarias El proyecto S-ACCESS se desarrollará en dos fases, la preparatoria y la de ejecución, durante las cuales se llevará a cabo el análisis de las PYMEs reunidas en las agrupaciones de socios, así como de los mercados y los procedimientos de licitación y los procesos de contratación pública en los mercados objetivo. Estos han sido seleccionados en base a lo desarrollado previamente en el proyecto PERES y serán Estados Unidos, Canadá y Noruega.

Apoyar un proyecto centrado en las tecnologías ferroviarias europeas contribuirá a reforzar el esfuerzo de la UE hacia una economía más ecológica y digital, siempre que a través de la internacionalización apoyemos la capacidad de recuperación de las PYMEs europeas y su oportunidad de reinvertir en Europa en temas de producción y soluciones más ecológicas y en digitalización. El proyecto S-ACCESS cumple plenamente con el espíritu de la acción. Además, su capacidad para desarrollar y ofrecer un nuevo enfoque de internacionalización aplicable -con pequeños cambios (por ejemplo, la dimensión/complejidad de la integración del sistema, la referencia a las normas, etc.)- a otros sectores industriales europeos se verá facilitada por el hecho de que muchas PYMEs que operan en el sector ferroviario también desarrollan soluciones para otros sectores de carácter público, como la energía, el agua o la defensa.

Alstom España y Fundación ONCE renuevan su convenio de colaboración

Empresas

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Alstom España y la Fundación ONCE mediante un comunicado informan que han renovado el convenio marco de colaboración que iniciaron en 2019, y que tiene por objetivo la cooperación entre ambas entidades para promover la inclusión social de personas con discapacidad en la movilidad ferroviaria. En estos dos años, ambas entidades han colaborado en el desarrollo de proyectos más accesibles e inclusivos, entre los que destacan el nuevo Metro de Barcelona y los futuros trenes de cercanías de Gran Capacidad para Renfe. Además, Fundación ONCE se ha convertido en un asesor estratégico para Alstom a nivel mundial.

La ampliación del acuerdo ha sido suscrita por José Luis Martínez Donoso, director general de Fundación ONCE, Reyes Torres Vicent, directora de Recursos Humanos de Alstom España y Portugal, y Jaime Borrell Botella, director de Desarrollo de Negocio de Alstom España y Portugal.

Mediante esta ampliación, se da continuidad a los proyectos de movilidad iniciados desde hace dos años, con un especial seguimiento a aquellos orientados a la mejora de la usabilidad y comodidad de personas con discapacidad y adultos con edad avanzada, así como los enfocados al desarrollo de soluciones de smart mobility. Alstom y Fundación ONCE han establecido importantes líneas de cooperación estratégica y han puesto en marcha proyectos de investigación, desarrollo e innovación con implementaciones en varios productos del fabricante, con el objetivo de adaptar todas las soluciones ferroviarias a las necesidades de accesibilidad que demandan los pasajeros.

“En Alstom, hemos encontrado un colaborador firmemente comprometido y convencido de la necesidad de desarrollar soluciones de movilidad inclusivas y adaptadas para todo tipo de pasajeros. Nos une un objetivo compartido y la búsqueda constante de soluciones innovadoras en materia de accesibilidad”, señaló el director general de Fundación ONCE, José Luis Martínez Donoso. 

Cooperación entre entidades

Fundación ONCE y Alstom han colaborado en el desarrollo de diferentes propuestas y proyectos, con el objetivo de asegurar que éstos garanticen la accesibilidad y su uso por parte de personas con todo tipo de necesidades específicas. Entre estos proyectos, destaca el suministro de 152 trenes de cercanías de Gran Capacidad para Renfe, o la fabricación de 42 metros de nueva generación para TMB.

Jaime Borrell, director de desarrollo de negocio de Alstom España, destaca que, “no solo se trata de una alianza a nivel local, también hemos podido exportar varios avances e iniciativas a otros centros y equipos de trabajo. Gracias a la colaboración con Fundación ONCE, Alstom España se ha convertido en una referencia en accesibilidad dentro del grupo a nivel mundial”. De hecho, en 2020 el Grupo Alstom reconoció la labor conjunta de Fundación ONCE y Alstom España para la creación de sistemas de movilidad universales, como mejor práctica en materia de Diversidad e Inclusión de la compañía.

“Con el concepto de Diseño Universal, desarrollamos soluciones accesibles y fáciles de usar para toda la población. La inclusión es también un pilar fundamental en nuestra compañía y uno de nuestros valores corporativos. Diseñamos soluciones de movilidad inclusivas en un ambiente de trabajo y una cultura donde todas las diferencias son aceptadas, respetadas y valoradas”, explica Reyes Torres, directora de Recursos Humanos de Alstom España y Portugal.

Como parte de este convenio de colaboración conjunta, Alstom ha comenzado también a trabajar con Inserta Empleo, entidad dependiente de Fundación ONCE especializada en el desarrollo de programas de formación, empleo y consultoría dirigidos a potenciar la inserción laboral de las personas con discapacidad.

Visita equipo de trabajo Alstom España y Fundación Once al centro industrial de Santa Perpetua (Junio 2021) 

De izquierda a derecha, Jaime Borrell (director de desarrollo de negocio Alstom España), José Luis Borau (Jefe área Accesibilidad Medio Físico - dirección de accesibilidad universal e innovación Fundación Once), Santiago Ruiz (técnico de la dirección de Accesibilidad Universal de Fundación ONCE), Sergio Boya (director comercial Cataluña), Miguel Angel Martín (director proyecto Gran Capacidad Renfe).

28 de junio de 2021

Línea Roca: La empresa estatal ferroviaria instaló 45 Tótems de Seguridad en las estaciones

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que puso en funcionamiento desde hoy 45 tótems de seguridad que están ubicados en las estaciones del ramal Plaza Constitución - La Plata de la Línea Roca. La medida fue presentada por el presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci, y se inscribe en el programa Trenes Seguros que la empresa puso en marcha con el objetivo de cuidar a pasajeros y pasajeras dentro del ámbito ferroviario.

Los botones de pánico instalados en cada una de las paradas del ramal La Plata y en la cabecera de Constitución se extenderán a todas las estaciones de las 5 líneas metropolitanas, en el marco del Plan de Modernización que impulsa el ministro de Transporte Alexis Guerrera. Estos botones de pánico están equipados con un pulsador, una cámara y un intercomunicador que al ser activados -por cualquier persona- se establece una comunicación directa con un operador del centro de monitoreo en caso de emergencias o hecho delictivo.

Una vez que el pasajero emite la alerta, un protocolo particular de actuación se pone en marcha y el lugar comienza a ser visualizado para contribuir con el accionar de las fuerzas de seguridad que participan del operativo en la estación.

El anuncio fue efectuado por el presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci, quien indicó: “como nos pidió el presidente, Alberto Fernández, y el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, tenemos que ofrecer no sólo viajes de calidad sino además seguridad para los pasajeros y pasajeras que a diario utilizan nuestros servicios”.

En tanto el gerente de Prevención y Seguridad Integral, Eduardo Feijo, resaltó que “Trenes Seguros fue impulsado para preservar a todos los usuarios del ferrocarril, es por eso que incorporaremos los tótems en las cinco líneas del AMBA”.

Trenes Seguros

La colocación de tótems se inscribe dentro del plan Trenes Seguros que lleva adelante la empresa y que cuenta con 4.000 cámaras y cuatro centros de monitoreo para controlar la seguridad en las instalaciones ferroviarias.

La iniciativa prevé, además, la creación de cuatro nuevos Centros Integrales de Protección Ciudadana (CIPC) desde donde se monitorearán las cámaras de seguridad que se encuentran en las estaciones de las líneas Roca, Sarmiento, Mitre, San Martín y Belgrano Sur.

El proyecto incluye la instalación de 1.500 domos y torres de vigilancia en estaciones, el establecimiento de enlaces con las fuerzas de seguridad de cada territorio y la articulación de  acciones con los centros de monitoreo municipales (CMM), los cuales tendrán acceso al sistema de vídeo vigilancia de la empresa.

Asimismo, se trabaja en el diseño de un nuevo software para aplicar nuevas tecnologías como la integración con lectoras de patentes en los paso a nivel y botones de pánico para celulares por cuestiones de seguridad pública o relacionadas con violencia de género.

Concordia: Una pésima costumbre que se repite constantemente. Atacaron a piedrazos a un tren de carga e hirieron a uno de los conductores

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Redacción Crónica Ferroviaria

Lo que pasa en la ciudad de Concordia (Provincia de Entre Ríos), como en otras zonas "calientes" del país donde al parecer el "deporte" predilecto de los inadaptados que viven en esas zonas es tirarles piedras al paso de los trenes. La situación ya es insoportable, porque no es la primera vez que hieren al personal de conducción.

El incidente ocurrió ayer domingo, luego que desconocidos atacaran a un tren de carga cuando transitaba por la ciudad de Concordia, más precisamente en la zona adyacente al barrio La Tablita, zona "caliente" si las hay", donde delincuentes se "divierten" tirándoles piedras al tren, sobre todo a la locomotora sabiendo que en ella se encuentran trabajadores cumpliendo con su función, lo que agrava mucho más esa actitud delictiva.

En esta ocasión, volvieron a herir a uno de los conductores de la locomotora de nombre Axel Richi, cuando la formación circulaba por un paso a nivel de la ciudad de Concordia. El trabajador sufrió una lesión en uno de sus ojos, luego que lo alcanzara un fragmento de vidrio, que luego de algunos minutos, fue atendido por una ambulancia que provino de la localidad de Benito Legeren

En esta oportunidad, una piedra arrojada por los vándalos, informa LaSemana.com, rompió el vidrio de la cabina del conductor de la locomotora diésel Nro. 9405 de la formación Nº 12 de Trenes Argentinos Carga (Línea Urquiza) que transportaba piedras.

Inmediatamente, se puso en marcha las comunicaciones internas de Trenes Argentinos tomando el mando Alexis Alegre, mientras esperaba un nuevo acompañante para proseguir hacia su destino.

Creemos desde Crónica Ferroviaria, que si no se pena rigurosamente todos estos hechos de vandalismo, que ya se está tornando muy común en nuestro país en lugares muy "calientes" donde las formaciones circulan por barrios de emergencia, lamentablemente vamos a tener que lamentar desgracias personales de los trabajadores ferroviarios.

¿Qué esperan las policías provinciales y la justicia para actuar?

Trenes Argentinos busca capacitar jóvenes para incorporar a sus filas

Actualidad

La problemática del empleo en las nuevas generaciones es algo que preocupa mucho a las autoridades locales. Con la precarización laboral a la vuelta de la esquina, los jóvenes no tiene más remedio que exponer su fuerza de trabajo por un sueldo que está muy por debajo de los estándares que se necesitan en nuestro país para poder subsistir. En este contexto tan hostil, es necesario que el Estado tome cartas en el asunto y genere políticas públicas destinadas a combatir esta triste realidad.

En esta línea, Trenes Argentinos Capital Humano lanzó la segunda edición del Programa de Prácticas Profesionalizantes a Distancia que tiene como objetivo acercar a estudiantes de escuelas técnicas al universo de los ferrocarriles. De esta manera, decenas de chicos accederán a una serie de capacitaciones que le facilitarán en el futuro su ingreso a este ambiente.

En el día de ayer, el programa “Ciudad de Encandilados”, emitido por “Radio la ciudad”, le realizó una entrevista a Damián Contreras, Presidente de Trenes Argentinos Capital Humano, quien contó detalles de este nuevo proyecto y reveló los propósitos que tiene su área para los próximos años.

“Es necesario formar al personal ferroviario en el acompañamiento humano de las nuevas tecnologías. Es por esta razón que el año pasado celebramos un convenio de práctica profesional con las escuelas técnicas de la provincia Buenos Aires. 22 escuelas y 47 alumnos fueron los que participaron en 2020 mientras terminaban el último año de secundaria”, aseguró

En esta oportunidad, el plan prevé que puedan acceder de este beneficio más de 80 chic@s de 30 instituciones educativas diferentes. A su vez, l@s jóvenes tendrán la posibilidad de cursar el programa de manera virtual a partir la Plataforma de Formación Virtual desarrollada íntegramente por Trenes Argentinos Capital Humano.

A propósito de la necesidad de la formación de los futuros profesionales de los ferrocarriles, Contreras aseguró que “se debe llegar al campo laboral con una práctica adecuada”, por lo que este programa tiene la intención de que “los chicos de escuelas técnicas participen y aprendan con nosotros todas cuestiones que tiene que ver con los trenes”. En relación a los sueldos que podrían percibir al ingresar a este espacio, argumentó que el salario promedio oscila entre los $60.000 y $70.000.

Los jóvenes, los más perjudicados

No caben dudas de que una de las situaciones que más expuso la pandemia es la desigualdad de oportunidades. Si de juventudes hablamos, la cosa se empeora aún más. En los últimos tiempos, el desempleo en las nuevas camadas de trabajadores alcanzó picos nunca antes vistos y los números así lo marcan.

Un estudio realizado por el Centro de Estudios Metropolitanos (CEM) concluyó que el desempleo en jóvenes de entre 18 y 30 años alcanzó el 26%. De esta manera, en el medio de la crisis sanitaria, esta problemática trepó 6 puntos porcentuales y superó el 20% que se había contabilizado a inicios del año pasado.

A su vez, se estima que 560.000 personas que iniciaron su camino en el mundo laboral han perdido su empleo en estos meses. La realidad es agobiante y merece que pongamos mucha atención.LaCiudadDiario.com

Seminario virtual: "La Construcción de la "Familia Ferroviaria". Un análisis a partir de la sociabilidad gremial"

Seminario Virtual

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Capital Humano informa que realizará un Seminario Virtual cuyo tema es: "La Construcción de la "Familia Ferroviaria". Un análisis a partir de la sociabilidad gremial" que se llevará a cabo el día jueves 01 de Julio del corriente año a partir de las 15:00 horas y estará a cargo de Florencia D'Uva.

Para consultas, enviar correo electrónico a campus_cenacaf@decahf.gob.ar 


Bahía Blanca: Último destino de la primera etapa del Tren Sanitario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Durante el fin de semana la ciudad de Bahía Blanca fue el último destino de la primera etapa del Tren Sanitario, donde durante el sábado y domingo pasado se realizaron pruebas de VIH y sífilis. Y aplicaron las vacunas del calendario nacional, como la realización de hisopados para detección rápida de COVID-19

Según informaron, de 341 testeos sobre COVID-19 se detectaron 141 casos positivos lo que equivale a un 41% de infectados. Además, aplicaron 218 vacunas correspondientes al Calendario Nacional.

Gentileza: LaBrujula24.com

Durante la tarde del domingo, en el marco del Día Nacional de la Prueba de VIH, se llevaron a cabo testeos tanto de VIH como de sífilis, siguiendo un protocolo que aseguraba su carácter confidencial.

Como se ha mostrado, los datos ilustran el impacto positivo que tiene la presencia del Tren Sanitario en la ciudad de Bahía Blanca. En lo que refiere a los hisopados para detección de COVID, éstos descomprimen los centros de salud, mientras que las vacunas y los testeos refuerzan la atención primaria.

Cabe señalar que el Tren Sanitario continuará atendiendo a la comunidad hasta el próximo miércoles 30. 

Llamado a Licitación para la Reparación General de ocho (8) coches de pasajeros Materfer

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones llama a Licitación Pública Nro. 20/2021 para la Reparación General de ocho (8) coches de pasajeros Materfer pertenecientes a las Líneas Sarmiento y Mitre.

Etapa: única.

Clase: nacional.

Modalidad: llave en mano.

Consulta y retiro de pliegos: sin cargo, desde el 29/6/2021 hasta 5/7/2021. Los interesados deberán descargar los pliegos para participar de la licitación accediendo al sitio web: https://contratacionespublico.sofse.gob.ar/licitaciones?vigente=1, sección “Licitaciones Vigentes”.

Fecha límite para la recepción de ofertas: hasta el 21/7/2021 a las 11.30, en Av. Ramos Mejía 1302, planta baja - Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos de SOFSE-, CABA.

Acto de apertura de ofertas: el 21/7/2021 a las 12.00, en Av. Ramos Mejía 1302, 1º piso – Sala Mitre - CABA. Para mayor información ingresar a www.trenesargentinos.gob.ar.

Consultas y aclaraciones a los pliegos: deberán dirigirse a licitaciones@trenesargentinos.gob.ar, conforme a lo establecido en lospliegos y/o documentación que rija al llamado o convocatoria correspondiente

Alcance de la contratación

1.- La presente contratación tiene como objeto la Reparación General de OCHO (8) Coches Remolcados Materfer para ser utilizados en las Líneas Mitre y Sarmiento.

2.- En tal sentido, se ejecutarán los trabajos y la provisión de materiales necesarios para restablecer las condiciones estructurales y funcionales de los coches; introducir las mejoras que hagan al confort de viaje y realizar las modificaciones que permitan el reemplazo de partes y componentes, que dados los años de explotación, resultan problemáticos para el mantenimiento ya sea por su diseño obsoleto o reposición.

Todos los trabajos deberán realizarse según las tareas enumeradas en la documentación que rige la contratación, y deberá respetarse todas las instalaciones detalladas en los planos adjuntos al PET.

3.- En los términos del Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), la contratación comprende OCHO (8) renglones, a saber:

Reparación General de los siguientes coches de pasajeros 

Coche Materfer CU3652

Coche Materfer CU3684

Coche Materfer FU2625 

Coche Materfer U3232

Coche Materfer U3512

Coche Materfer U3535

Coche Materfer U3635 

Coche Materfer U3741

Para observar el pliego de especificaciones técnicas hacer click en el siguiente link

https://contrataciones-publico.sofse.gob.ar/descarga_licitaciones/Z2lsNTJ5WnZESU1UVFh5WVlWNkJadz09

Plantan 100 árboles en memoria de los trabajadores ferroviarios fallecidos por el COVID-19

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El día sábado pasado el presidente de las empresas Trenes Argentinos Operaciones y Trenes Argentinos Infraestructuras, Martín Marinucci, y otras altas autoridades de dichas empresas ferroviarias se hicieron presentes en la estación López Camelo de la Línea Mitre para plantar 100 árboles en memoria de los trabajadores ferroviarios fallecidos a costa del COVID-19.


"Mi acompañamiento a todas y todos los familiares de las y los fallecidos por coronavirus de Trenes Argentinos y mi agradecimiento profundo a todo el personal que sigue garantizando un servicio esencial como es el transporte público ferroviario", expreso Martín Marinucci.

El Estado Nacional no le renovará contrato a las concesionarias ferroviarias de carga

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El Ministerio de Transporte de la Nación informa que mediante la Resolución 211/2021 de fecha 25 de Junio de 2021, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, rechazó el pedido de prórroga contractual efectuado por las empresas Ferroexpreso Pampeano S.A., Nuevo Central Argentino S.A. y Ferrosur Roca S.A., asignándole la toma de servicio a Trenes Argentinos Cargas (TAC) en la etapa inicial de transición, para avanzar hacia un modelo de uso abierto con participación público- privada.

El Ministerio de Transporte fundamenta su decisión en el análisis de la Comisión Especial de Renegociación de Contratos de la cartera nacional que concluyó en que "las concesiones ferroviarias de cargas arrojan, al cabo de casi 30 años, un balance negativo en términos de estado de la infraestructura (velocidad y ramales perdidos)" y postuló que la experiencia recogida a través del desempeño de Trenes Argentinos Cargas indicaría que el desarrollo del sistema ferroviario en la Argentina y el incremento de su participación en la matriz modal dependen de una concepción y una administración integral de dicha red y que el papel de los actores privados debe circunscribirse a la operación de las cargas que consigan, cuestión en la que su colaboración con el sistema resulta útil y saludable, en atención a su experticia en la gestión comercial, por lo cual recomendaron el rechazo de las solicitudes de prórrogas.

La Resolución publicada en el Boletín Oficial, aclara que los plazos necesarios establecidos por Trenes Argentinos Cargas e Infraestructura para implementar un esquema de transición no son menores a 10 meses, tiempo en el que vence la concesión de Ferroexpreso Pampeano por lo que, a esa empresa se le instruirá para que continúe con la explotación de los servicios ferroviarios en las mismas condiciones en las que lo venía prestando, hasta el 30 de junio de 2022, en tanto se elabore el plan de transición.

Cabe destacar que los vencimientos de actuales concesiones son: 31 de octubre 2021 para Ferroexpreso Pampeano; 21 de diciembre 2022 en el caso de Nuevo Central Argentino y para Ferrosur Roca la extinción de la concesión es el 10 de marzo 2023

El rechazo de las prórrogas de los contratos de concesión implica la reasunción de la administración de la infraestructura ferroviaria nacional y la totalidad de los bienes que forman parte de los contratos de concesiones, una vez vencido el plazo de cada una de ellas, por parte de Trenes Argentinos Infraestructura. Al mismo tiempo, deberá proponer para aprobación del Ministerio de Transporte el canon a abonar, durante la etapa de transición, por los operadores ferroviarios de cargas y de pasajeros, cargadores o terceros, como retribución por derecho de paso -uso de vía o reserva de capacidad- junto con la definición de su metodología de cálculo y actualización.

Sin perjuicio de los actos ulteriores tendientes a migrar al modelo de operación de acceso abierto, en esta etapa de transición, se asignará a Trenes Argentinos Cargas la prestación de los servicios que actualmente son operados por los concesionarios FerroExpreso Pampeano SAC, Nuevo Central Argentino S.A y Ferrosur Roca S.A., ello una vez vencido el plazo de concesión de cada una de ellas

En línea con lo recomendado por la citada Comisión, Trenes Argentinos Cargas deberá invitar a participar de la celebración de acuerdos de operación a los operadores ferroviarios inscriptos en el Registro de Operadores de Cargas y Pasajeros, hasta tanto se implemente la modalidad de acceso abierto a la Red Ferroviaria Nacional en los términos de la Ley N° 27.132 y el Decreto Reglamentario N° 1027/2018. A su vez, deberá realizar las acciones necesarias para garantizar la continuidad laboral de los actuales trabajadores de las concesionarias ferroviarias.

Finalmente, Ferrocarriles Argentinos Sociedad de Estado (FASE) estará a cargo de la articulación, coordinación y monitoreo de los acuerdos entre Trenes Argentinos Infraestructura y Trenes Argentinos Cargas, y junto a las Secretarías de Planificación y Gestión de Transporte definirán un plan de inversiones prioritarias a ejecutar en la infraestructura ferroviaria que hoy es explotada por los concesionarios.

Para una mayor información transcribimos Resolución Nro. 211 del Ministerio de Transporte de la Nación, donde el ministro Guerrera resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el pedido de prórroga contractual efectuado por la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., en los términos del artículo 3° del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 1144 de fecha 14 de junio de 1991.

ARTÍCULO 2°.- Recházase el pedido de prórroga contractual efectuado por la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A., en los términos del artículo 3° del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 994 de fecha 18 de junio de 1992.

ARTÍCULO 3°.- Recházase el pedido de prórroga contractual efectuado por la empresa FERROSUR ROCA S.A., en los términos del artículo 3° del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 2681 de fecha 29 de diciembre de 1992.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a FERROEXPRESO PAMPEANO S.A. la continuidad del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 1144 de fecha 14 de junio de 1991 con sus actos modificatorios y complementarios, desde la terminación del plazo contractual y hasta el 30 de junio de 2022.Esta prestación se efectuará con carácter precario y podrá ser revocada, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor del operador ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto.Durante el plazo que se extienda esta situación, el operador deberá prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos del Contrato de Concesión, aprobado por el Decreto N° 1144 de fecha 14 de junio de 1991 y el acta acuerdo de renegociación, aprobada por el Decreto Nº 82 de fecha 3 de febrero de 2009, y demás normativa complementaria y reglamentaria.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE para que, a través de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO y con la colaboración de FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, cada uno en el ámbito de sus competencias, lleve a cabo los actos necesarios vinculados con la finalización de las concesiones referidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente medida, conforme el régimen contractual y demás normativa que para el caso resulte aplicable.

ARTÍCULO 6°.- Asígnase a la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., en el marco de las competencias previstas en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 566 de fecha 21 de mayo de 2013, la prestación de los servicios ferroviarios que forman parte integrante de las concesiones referidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente medida, a partir de sus correspondientes fechas de finalización y contemplando el período establecido en el artículo 4° de la presente resolución.

ARTÍCULO 7°.- Asígnase a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, en el marco de las competencias previstas en las Leyes N° 26.352 y N° 27.132 la administración de la infraestructura ferroviaria y de la totalidad de los bienes que integran las concesiones referidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente medida, a partir de su fecha de finalización y contemplando el período establecido en el artículo 4° de la presente resolución, incluyendo la gestión de los sistemas de control de la circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria.

ARTÍCULO 8°.- La ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO podrá celebrar con la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. acuerdos de asignación del mantenimiento y la gestión de los sistemas de control la circulación de trenes en los términos establecidos en el artículo 3° incisos b) y m) de la Ley N° 26.352, texto según Ley N° 27.132, los cuales podrán incluir la asignación gratuita del Material Rodante y la infraestructura necesaria para la operación de los servicios.

ARTÍCULO 9°.- Instrúyese a la  ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a las empresas concesionarias FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. y FERROSUR ROCA S.A. para que, con la participación de la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. y de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, cada uno en el ámbito de sus competencias, realicen el inventario de los bienes que componen las concesiones referidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente medida.Dichos inventarios deberán efectuarse de manera previa al vencimiento del plazo de las respectivas concesiones, contemplando el período establecido en el artículo 4°, y servirán de insumo necesario para el cumplimiento de lo establecido en los artículos 5°, 6°, 7° y 8° de la presente medida.

ARTÍCULO 10.- Dispónese que FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, en el marco de lo previsto por su Estatuto aprobado por el Decreto N° 1924 de fecha 16 de septiembre de 2015, estará a cargo de la articulación, coordinación y monitoreo de los acuerdos entre ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. tendientes a implementar lo establecido en el artículo 8° de la presente medida.

ARTÍCULO 11.- Establécese que la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., en el marco de su normativa interna, deberá invitar a participar a los operadores incluidos en el artículo 2° de la Disposición N° 219 de fecha 29 de marzo de 2021 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y/o aquellos que se inscriban en un futuro en el REGISTRO DE OPERADORES DE CARGA Y DE PASAJEROS creado por el Decreto N° 1924 de fecha 16 de septiembre de 2015, en los procesos correspondientes para operar los servicios ferroviarios asignados por el artículo 6° de la presente medida, hasta tanto se implemente la modalidad de acceso abierto a la Red Ferroviaria Nacional en los términos de la Ley N° 27.132 y del Decreto N° 1027 de fecha 7 de noviembre de 2018.

ARTÍCULO 12.- Encomiéndase a la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. a realizar las acciones necesarias para brindar continuidad laboral a los trabajadores que a la fecha de la presente medida presten servicio en la gestión de los sistemas de control de la circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria de las concesiones referidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente resolución, una vez operado el vencimiento del plazo de concesión de cada una de ellas.A tal fin, deberán respetarse las condiciones laborales, las remuneraciones, categorías laborales, antigüedad y demás derechos adquiridos reconocidos por las leyes laborales y de la seguridad social, convenios colectivos y demás normativa vigente.Igual tratamiento se aplicará al resto de los trabajadores que a la fecha de la presente medida presten servicio en las referidas concesiones, ante el eventual caso que no se celebren acuerdos de operación con operadores en los servicios ferroviarios de las respectivas concesiones, una vez operado el vencimiento del plazo de concesión de cada una de ellas.

ARTÍCULO 13.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO para que, con la colaboración de la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., proponga para aprobación por parte del MINISTERIO DE TRANSPORTE el canon a abonar, durante la etapa de transición, por los operadores ferroviarios de cargas y de pasajeros, cargadores o terceros, como retribución por derecho de paso -uso de vía o reserva de capacidad-, junto con la definición de su metodología de cálculo y actualización, en los términos del artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 1027 de fecha 7 de noviembre de 2018.El canon establecido y sus actualizaciones serán comunicados periódicamente a FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO para su conocimiento, debiendo garantizarse la transparencia y publicidad de los mismos.La sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. fijará las contraprestaciones y modalidades de las mismas, atendiendo a un criterio comercial y que a su vez impulse el desarrollo del sistema de cargas ferroviarias, a pagar por los operadores por el uso y mantenimiento del material rodante, de las instalaciones fijas, así como cualquier otro servicio o prestación adicional que así lo requieran.

ARTÍCULO 14.- Instrúyese a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para que con la colaboración de FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, elaboraren un informe tendiente a establecer los actos administrativos necesarios para la plena implementación de la modalidad de acceso abierto a la Red Ferroviaria Nacional, en los términos de la Ley N° 27.132 y el Decreto Reglamentario N° 1027 de fecha 7 de noviembre de 2018.

ARTÍCULO 15.- Instrúyese a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, para que, con la participación de BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A., definan un plan de inversiones prioritarias a ejecutar en la infraestructura ferroviaria para la implementación del modelo de acceso abierto en adecuadas condiciones, en los términos del artículo 8º del Decreto N° 1027 de fecha 7 de noviembre de 2018 y en concordancia con el artículo 14 de la presente medida.

ARTÍCULO 16.-  Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, a FERRROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, a BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., a FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., a NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. y a FERROSUR ROCA S.A.ARTÍCULO 17.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

ARTÍCULO 17.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alexis Raúl Guerrera

26 de junio de 2021

Continúa la obra de montaje del Sistema de Señalamiento con Enclavamiento Electromecánico tramo Villa Ballester - Zárate de la Línea Mitre

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Benito Roggio Transporte informa que sigue avanzando con los trabajos montaje del Sistema de Señalamiento con Enclavamiento Electromecánico en el tramo Villa Ballester – Zárate de la Línea Mitre, obra adjudicada por la empresa Trenes Argentinos Infraestructura a través de la Licitación Pública Nacional Nº28. ⁣

Dicha empresa lleva adelante el desarrollo de la ingeniería, provisión, instalación y puesta en marcha de este nuevos sistema 

"Gracias a la instalación de esta nueva tecnología se proporcionará un movimiento protegido y eficiente de los trenes, lo que redunda en una mayor seguridad operativa en el transporte de pasajeros", expresa la empresa BRt. 

Santa Fe: Saquearon en estación Frontera una formación de Trenes Argentinos Cargas de la Línea Belgrano

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de ayer, alrededor de las 17:00 horas, una formación de la empresa estatal Trenes Argentinos Cargas que había salido de la estación San Francisco (Córdoba) y que se dirigía al Puerto de Rosario, al llegar a la estación Frontera (Provincia de Santa Fe) ubicada en el Ramal CC de la Línea Belgrano, fue saqueado por delincuentes.

Al parecer, por versiones de testigos, un grupo de personas abrió las boquillas de tres vagones tolvas conteniendo maíz, lo que hizo que el cereal se desparramara por el lugar haciendo que estas personas comenzaran a saquear en bolsas y baldes la mercadería.

De acuerdo a las versiones, los trabajadores ferroviarios llamaron a la Policía y si bien los efectivos se hicieron presentes en el lugar, no intervinieron en el saqueo.

Por estas horas continúa la investigación por el saqueo a un tren en Frontera, ocurrido este viernes por la tarde.

Línea Roca: Ramales Plaza Constitución - Bosques/Gutiérrez (Vías Temperley y Quilmes) trenes circularán con recorrido limitado por obras

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que el domingo 27 de Junio del corriente año los trenes de pasajeros del servicio Plaza Constitución - Bosques / Gutiérrez, vía Quilmes, circularán con recorrido limitado entre las estaciones Pza Constitución y Berazategui de la Línea Roca, por trabajos en zona de vías. 

Los trenes entre Plaza Constitución y Bosques /Gutiérrez, vía Temperley, se cancelarán, exceptuando los siguientes servicios que circularán: Pza. Constitución - Temperley de 06:31 hs. y 20:51 hs. y Temperley - Pza. Constitución de 07:15 hs. y 21:35 hs. El servicio Bosques - Gutiérrez no circulará.

El inconveniente se debe a que se trabajará en la obra de renovación de vía. 

25 de junio de 2021

Trenes Argentinos Infraestructura ya movilizó 38.000 toneladas de durmientes para el ferrocarril de carga

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Esta semana Trenes Argentinos Infraestructura informa que movilizó 38.787 toneladas de durmientes de hormigón desde el puerto de Rosario hacia la estación de Rufino con el objetivo de modernizar los trenes de carga. De esa manera, se garantizará la optimización de la logística del transporte de mercancías.


El arribo de este material es el resultado del acuerdo que la firma estatal realizó con la compañía de construcción China Machinery Engineering Corporation (CMEC). El objetivo del convenio bilateral es la financiación de obras que estimulen la economía nacional y permitan el desarrollo de los argentinos y las argentinas.

Además, gracias a este traslado se efectuó un ahorro de dinero para el Estado, ya que no se deberá pagar más el costo de almacenamiento en el puerto. Ya se acopiaron 111.456 unidades, las cuales se utilizarán para reemplazar los actuales durmientes de madera.

Este acontecimiento está enmarcado en el Plan de Modernización del Transporte Ferroviario que el Gobierno nacional lleva adelante en todo el país. Con este propósito, en diciembre de 2020, el presidente Alberto Fernández firmó cuatro convenios con empresas chinas para renovar las líneas Belgrano Cargas, San Martín Cargas y el tren Norpatagónico.

Concretamente, en los próximos años se invertirán 4.695 millones de dólares para la reactivación de estos tres ferrocarriles con el objetivo de impulsar las economías regionales. Así, podrán transportar sus productos de forma más eficiente y sustentable hacia los principales puertos del país para su exportación.

Llamado a Licitación para la fabricación y suministro de dos locomotoras diésel eléctrica de trocha ancha (1.676 mm) para servicios de pasajeros de larga distancia

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones llama a Licitación Pública Nacional e Internacional Nro. 23/2021 para la fabricación y suministro de dos locomotoras diésel eléctrica de trocha ancha (1.676mm) para servicios de pasajeros interurbanos y de larga distancia.

Etapa: única.

Clase: nacional e internacional.

Modalidad: llave en mano.

Consulta y retiro de pliegos: sin cargo. Los interesados deberán descargar los pliegos para participar de la licitación accediendo al sitio web: https://contrataciones-publico.sofse.gob.ar/licitaciones?vigente=1, sección “Licitaciones Vigentes”.


Fecha límite para la recepción de ofertas: hasta el 20/7/2021 a las 11.30, en Av. Ramos Mejía 1302, planta baja - Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos de SOFSE-, CABA.

Acto de apertura de ofertas: el 20/7/2021 a las 12.00, en Av. Ramos Mejía 1302, 1º piso – Sala Mitre - CABA. Para mayor información ingresar a www.trenesargentinos.gob.ar.

Consultas y aclaraciones a los pliegos: deberán dirigirse a licitaciones@trenesargentinos.gob.ar, conforme a lo establecido en los pliegos y/o documentación que rija al llamado o convocatoria correspondiente

La contratación se realizará con la modalidad “llave en mano”, y tendrá el siguiente alcance: 

* El diseño, la fabricación, las pruebas en fábrica hasta su aprobación y la entrega de las locomotoras, junto con los Consumibles Iniciales conforme al apartado 7.1. 

* La entrega de la Documentación Técnica, en los términos del apartado 12. 

* La prestación del servicio de Capacitación Técnica al personal técnico que designe el Comitente, en los términos del apartado 13. 

* La prestación del servicio de Asistencia Técnica, en los términos del apartado 14. 

Para mayor información hacer click en el siguiente link

https://contrataciones-publico.sofse.gob.ar/descarga_licitaciones/MGxWajhEZGZwQjNtK3EyVG83M0xBQT09

Establecen el uso obligatorio de los comprobantes electrónicos denominados "Carta de Porte para el Transporte Ferroviario de Granos" y "Carta de Porte para el Transporte Automotor de Granos"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución General Conjunta Nro. 5017/2021 de fecha 23 de Junio de 2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Prensa y del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelven lo siguiente: 

TÍTULO I

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y FERROVIARIO DE GRANOS

A- ALCANCE

ARTÍCULO 1°.- Establecer el uso obligatorio de los comprobantes electrónicos denominados “Carta de Porte para el Transporte Ferroviario de Granos” y “Carta de Porte para el Transporte Automotor de Granos” (ambos, en adelante, “Carta de Porte”), como únicos documentos válidos para respaldar el traslado de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y de legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, así como de aquellas semillas aún no identificadas como tales por la Autoridad Competente, a cualquier destino dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA mediante el transporte automotor o ferroviario.

Queda exceptuado de lo dispuesto en el párrafo precedente, el traslado realizado por transporte internacional cuando corresponda a operaciones de importación y/o exportación, y se encuentre respaldado por la documentación aduanera que corresponda de acuerdo con la normativa vigente.

Los referidos comprobantes sustituyen, a los efectos del traslado de los bienes indicados en el primer párrafo, al remito establecido por la Resolución General Nº 1.415 del 7 de enero de 2003 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), sus modificatorias y complementarias.

B- SUJETOS OBLIGADOS

ARTÍCULO 2°.- Podrán solicitar la “Carta de Porte” los sujetos incluidos en el SISTEMA DE INFORMACIÓN SIMPLIFICADO (SISA) conforme a lo dispuesto en la Resolución General N° 4.310 del 17 de septiembre de 2018 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), que seguidamente se indican:

a) Productores de granos que, a la fecha de solicitud del comprobante, se encuentren registrados en carácter de tales, ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), y de corresponder, en la categoría “Planta de Acopio de Productor” del REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA), que funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de acuerdo con lo previsto por la Resolución N° RESOL-2017-21-APN-MA del 23 de febrero de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, sus modificatorias y complementarias.

b) Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas por la Autoridad Competente para el ingreso y/o egreso de granos, que se encuentren declaradas en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA).

c) Autorizados mediante resolución fundada de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

ARTÍCULO 3°.- Los operadores de granos indicados en el inciso b) del artículo precedente deberán informar un estado de matrícula habilitado en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA), para obtener la “Carta de Porte”.

C- SOLICITUD DE EMISIÓN. REQUISITOS. PROCEDIMIENTO

ARTÍCULO 4°.- A efectos de tramitar la “Carta de Porte”, los sujetos mencionados en el Artículo 2° deberán reunir los requisitos que se detallan a continuación:

a) Poseer Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa.

b) Tener registrados y aceptados los datos biométricos, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General N° 2.811 del 20 de abril de 2010 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), su modificatoria y complementarias, para los titulares de la Clave Fiscal y sus autorizados.

c) En caso de corresponder, haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y de los recursos de la seguridad social, de los últimos DOCE (12) períodos fiscales o del lapso transcurrido desde el inicio de actividades o del cambio de carácter frente al gravamen, si éste fuera menor, vencidos a la fecha de presentación de la solicitud, así como la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al último período fiscal vencido a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido de acuerdo con lo previsto en la Resolución General Nº 4.280 del 24 de julio de 2018 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y su modificatoria, y tener actualizado el domicilio fiscal declarado en los términos del Artículo 4° de la Resolución General N° 2.109 del 9 de agosto de 2006 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5°.- La solicitud de emisión se efectuará ingresando al servicio denominado “Carta de Porte Electrónica” habilitado en el sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) (http://www.afip.gob.ar), utilizando la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, obtenida conforme al procedimiento previsto por la Resolución General N° 3.713 del 21 de enero de 2015 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), sus modificatorias y complementarias. Allí deberán seleccionar la opción “Solicitud Carta de Porte Automotor” o “Solicitud Carta de Porte Ferroviaria”, según corresponda.

Asimismo, podrán utilizar el procedimiento de intercambio de información basado en el “WebService” habilitado a tal fin, cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el aludido sitio institucional.

D- AUTORIZACIÓN DE EMISIÓN. DENEGATORIA. SITUACIONES ESPECIALES

ARTÍCULO 6°.- La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) autorizará la solicitud, otorgando un código de emisión denominado “Código de Trazabilidad de Granos Electrónico”, por cada “Carta de Porte” autorizada.

ARTÍCULO 7°.- El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA y/o la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) podrán limitar, denegar o autorizar excepcionalmente su emisión, en virtud del resultado de la evaluación del comportamiento fiscal del solicitante, realizado a través de controles sistémicos, verificaciones, fiscalizaciones y/o sobre la base de parámetros objetivos de medición, magnitud productiva, económica y/o uso de los comprobantes que así lo ameriten, así como de la calificación asignada por el SISTEMA DE INFORMACIÓN SIMPLIFICADO AGRÍCOLA (SISA).

En caso de verificarse la existencia de alguna causal que amerite la limitación o denegación, el juez administrativo interviniente notificará la misma al Domicilio Fiscal Electrónico del solicitante, fundamentando las razones que le dieron origen.

ARTÍCULO 8°.- De tratarse de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), que inicien actividades o adquieran la calidad de sujetos obligados de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 2°, se otorgarán autorizaciones parciales durante los TRES (3) primeros meses.

ARTÍCULO 9°.- En todos los casos, la “Carta de Porte” se confeccionará con anterioridad al inicio del traslado de los bienes y los acompañará hasta su destino final, debiéndose exhibir cuando la Autoridad Competente así lo solicite.

E- OTRAS DISPOSICIONES

ARTÍCULO 10.- El sistema permitirá la carga anticipada de datos que serán guardados en estado “Borrador”, para su posterior “Aceptación” dentro de las SETENTA Y DOS HORAS (72 HS.) previas al inicio del traslado de los bienes.

ARTÍCULO 11.- Queda prohibido el tránsito y/o la descarga de mercadería que no se encuentre debidamente respaldada por su respectiva “Carta de Porte”, o que cuente con dicho comprobante emitido en forma ilegible y/o adulterado.

ARTÍCULO 12.- Una vez obtenido el comprobante, éste será válido desde la fecha de inicio del traslado y hasta el plazo en días que le asigne el sistema de acuerdo con los datos de localidad de origen y de destino declarados.

ARTÍCULO 13.- El comprobante “Carta de Porte” es intransferible, no pudiendo ser objeto de cesión, préstamo, endoso ni transferencia alguna, ya sea a título oneroso o gratuito.

En caso de contingencia, desvío de la carga o rechazo del comprobante, el sujeto obligado a ingresar al servicio indicado en el Artículo 5° será el que -para cada caso- se indica seguidamente:

a) Por contingencia: el titular emisor.

b) Por desvío: el responsable en destino.

c) Por rechazo: el titular emisor.

ARTÍCULO 14.- El sujeto emisor de la “Carta de Porte” será responsable de los KILOGRAMOS (KG.) consignados en dicho comprobante.

ARTÍCULO 15.- El responsable en destino deberá confirmar el arribo de la “Carta de Porte” a través del servicio indicado en el Artículo 5°.

ARTÍCULO 16.- Los datos de la “Carta de Porte” estarán visibles desde su emisión para todos los usuarios de la misma y se podrán consultar mediante Clave Fiscal en el servicio mencionado en el Artículo 5°.

TÍTULO II

CARTA DE PORTE AUTOMOTOR FLETE CORTO. TRASLADOS A PLANTAS DE ACOPIO CON ORIGEN PRODUCTOR

ARTÍCULO 17.- Los sujetos indicados en el inciso a) del Artículo 2°, calificados con Estado 1 ó 2 por el SISTEMA DE INFORMACIÓN SIMPLIFICADO AGRÍCOLA (SISA), podrán amparar el traslado de granos mediante un comprobante especial denominado “Carta de Porte Automotor Flete Corto”, el que deberá ser emitido por los sujetos mencionados en el inciso b) de dicho artículo que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Se encuentren inscriptos en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA) con actividad “ACOPIADOR”.

b) Registren Estado 1 ó 2 en el SISTEMA DE INFORMACIÓN SIMPLIFICADO AGRÍCOLA (SISA).

c) El traslado se realice a la planta de acopio más cercana.

d) La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del sujeto emisor se corresponda con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del sujeto en destino.

e) Posean la autorización mediante Clave Fiscal por parte del productor indicado en el inciso a) del Artículo 2°, conforme lo establecido por los artículos siguientes.

ARTÍCULO 18.- A los fines de emitir la “Carta de Porte Automotor Flete Corto”, el sujeto emisor deberá acceder al servicio indicado en el Artículo 5°, opción “Carta de Porte Automotor - Flete Corto”, e ingresar los datos requeridos por el sistema.

De comprobarse errores y/o inconsistencias, el sistema indicará los mismos.

Una vez finalizada la carga, el comprobante quedará en proceso de emisión hasta la aceptación del productor.

ARTÍCULO 19.- Para finalizar el proceso de emisión de la “Carta de Porte Automotor Flete Corto”, el sujeto productor deberá ingresar a la opción “Carta de Porte Automotor - Flete Corto” a fin de gestionar la aceptación o rechazo del comprobante pendiente de emisión.

Una vez finalizada la transacción con la carga de datos requeridos y su respectiva aceptación, el sistema generará la “Carta de Porte Automotor Flete Corto”.

ARTÍCULO 20.- En la “Carta de Porte Automotor Flete Corto” no podrá utilizarse, en ningún caso, el rubro “cambio de domicilio de descarga”. De producirse un rechazo de la carga, sólo se habilitará su regreso a origen.

TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES

A- INCUMPLIMIENTOS. EFECTOS

ARTÍCULO 21.- El incumplimiento a lo establecido en la presente norma conjunta hará pasible a los responsables de las sanciones previstas en la Ley de Procedimiento Fiscal Nº 11.683 (texto ordenado por el Decreto Nº 821/98) y sus modificaciones y/o en el Capítulo XI del Decreto-Ley N° 6.698 del 9 de agosto de 1963 y sus modificatorias y/o el Decreto Nº 253 del 3 de agosto de 1995, según corresponda.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, dicho incumplimiento será causal de suspensión y, en su caso, exclusión del REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA), previsto por la Resolución N° RESOL-2017-21-APN-MA del 23 de febrero de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, sus modificatorias y complementarias.

B- INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

ARTÍCULO 22.- La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y los MINISTERIOS DE TRANSPORTE y DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, intercambiarán la información relacionada con el presente régimen, a través del servicio “e-ventanilla” con Clave Fiscal, a los fines de su utilización en el ámbito de sus respectivas competencias.

Dicho intercambio de información procederá en la medida en que no se vean vulneradas las limitaciones previstas en el Artículo 101 de la Ley Nº 11.683 (texto ordenado por el Decreto Nº 821/98) y sus modificaciones, y en la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326.

C- DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 23.- Derogar, a partir de la fecha de aplicación obligatoria de la presente, la Resolución Conjunta General N° 2.595, Resolución N° 3.253 y Disposición N° 6 del 14 de abril de 2009 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), la ex - OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA) y de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, respectivamente, la Resolución General N° 2.678, Resolución N° 7.534 y Disposición Nº 17 del 21 de septiembre de 2009, de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), la ex - OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA) y de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, respectivamente y las Resoluciones Generales Nros. 2.607 del 18 de mayo de 2009, 2.806 del 26 de marzo de 2010, 2.809 del 13 de abril de 2010, 2.845 del 1 de junio de 2010, 3.163 del 18 de agosto de 2011 y 3.292 del 21 de marzo de 2012, y el Título II de la Resolución General N° 3.593 del 18 de febrero de 2014, todas ellas de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP); sin perjuicio de su aplicación a los hechos y situaciones acaecidos durante sus respectivas vigencias.

Toda cita efectuada en normas vigentes respecto de las mencionadas normas, debe entenderse referida a la presente norma conjunta, para lo cual, cuando corresponda, deberán considerarse las adecuaciones normativas que resulten de aplicación al caso.

ARTÍCULO 24.- La presente norma conjunta entrará en vigencia el primer día hábil del tercer mes inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

No obstante, sus disposiciones resultarán de aplicación obligatoria a partir del primer día hábil del segundo mes posterior a la fecha mencionada en el párrafo anterior.

En consecuencia, los formularios de “Carta de Porte” podrán tramitarse conforme a lo previsto en la Resolución Conjunta General N° 2.595, Resolución N° 3.253 y Disposición N° 6 del 14 de abril de 2009 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), de la ex - OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA) y de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, respectivamente, hasta la citada fecha de aplicación obligatoria.

ARTÍCULO 25.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mercedes Marco del Pont - Luis Eugenio Basterra - Alexis Raúl Guerrera

Homologación del acuerdo celebrado entre la APDFA y la empresa Ferrosur Roca S.A.

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 55/2021 de fecha 01 de Febrero de 2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el ministro resuelve lo siguiente:


Artículo 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (A.P.D.F.A), por la parte sindical, y la empresa FERROSUR ROCA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante en el RE-2020-91759979-APN-DGD#MT del EX-2020-91760376- -APN-DGD#MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Artículo 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento obrante en el RE-2020-91759979-APN-DGD#MT del EX-2020-91760376- -APN-DGD#MT.

Artículo 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítase las actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.

Artículo 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Artículo 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti

Inauguraron nuevo acceso ferroviario en Itín (Chaco)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Cargas informa que se inauguró el nuevo acceso ferroviario a la empresa de origen chino Cofco Intl Argentina ubicado en la localidad de Itín (Provincia de Chaco), donde una formación de la Línea Belgrano compuesta por 30 vagones tolvas cerealeros de dicha empresa estatal ferroviaria realizó la carga de soja para exportación.


El acceso ferroviario de Itín es el segundo desvío que se construyó durante lo que va del año en el Norte del país por la firma Cofco Intl Argentina, y ya comienza una nueva obra en un punto de la provincia de Santiago del Estero.

Talleres Laguna Paiva entrega a Trenes Argentinos Cargas 6 vagones íntegramente reparados

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de ayer se procedió a la entrega por parte de los Talleres Ferroviarios de Laguna Paiva, hoy pertenecientes al Grupo EMEPA S.A., a la empresa Trenes Argentinos Cargas de seis (6) vagones Código 77 para la Línea Belgrano.

Este sistema de reparación general que se realiza a los vagones que se encontraban abandonados en las distintas playas y talleres ferroviarios para llevarlos nuevamente a prestar servicios en los distintos ramales de la línea, están dentro del Plan de Modernización del Transporte Ferroviario.

Todo esto hace que los distintos talleres ferroviarios que se encontraban ociosos tiempo atrás, hoy se vean beneficiados con órdenes de trabajo.

Asumió el nuevo presidente de la empresa Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de la fecha fue designado en la Asamblea General Ordinaria número 15 de Accionista como nuevo presidente de la empresa estatal Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, Rodrigo Rufeil.

El actual presidente de la empresa Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, Rodrigo Rufeil

Durante al acto de asunción, Rufeil señaló que "estoy muy orgulloso de asumir este nuevo desafío en mi carrera y vengo a aportar mi experiencia en la gestión al sistema ferroviario".

En ese sentido, agregó que "entre todas las empresas que integran el grupo vamos a trabajar en equipo para continuar con el avance del Plan de Modernización del Transporte Ferroviario y fortalecer el servicio para beneficio de todos los argentinos y argentinas" 

Rufeil actualmente tiene licencia como legislador provincial por Córdoba y fue intendente durante dos períodos de la ciudad cordobesa de La Calera. Asimismo, fue Ministro de Desarrollo Social y Secretario de Gobierno del gobierno de Córdoba.

Del encuentro participaron el Vicepresidente de FASE y titular de Trenes Argentinos Cargas, Daniel Vispo y representantes del Ministerio de Transporte y la Comisión Fiscalizadora.

Desde Crónica Ferroviaria deseamos el mejor de los éxitos en sus funciones al señor Rodrigo Rufeil.

Avanza rápidamente la obra de renovación de vía en Empalme Bancalari de la Línea Mitre

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Tal como lo viene informando Crónica Ferroviaria, sigue avanzando sin pausa la obra de renovación de la infraestructura de vía en el Empalme Bancalari de la Línea Mitre.

El presidente de las empresas Trenes Argentinos Operaciones e Infraestructuras, Martín Marinucci, estuvo en el día de la fecha presente observando los trabajos y recorriendo la obra.



Los trabajos incluyen la colocación de nuevos rieles y dos aparatos de vía, durmientes de hormigón, fijaciones elásticas y soldaduras aluminotérmicas. 


Hay que recordar que una vez finalizada la obra permitirá unir los ramales Victoria - Capilla del Señor y Villa Ballester - Zárate, además de conectar los talleres ferroviarios de Victoria con los de José León Suárez para facilitar el traslado de formaciones de trenes eléctricos entre ambos depósitos de la Línea Mitre. 

Una obra muy necesaria y esperada después de muchos años. 

CAF obtiene el tercer contrato en Alemania en una semana

Empresas

La intención de CAF de potenciar su mercado europeo se ha focalizado estos últimos días en Alemania, donde por espacio de una semana ha obtenido tres contratos de importantes dimensiones. Tras los alcanzados con el operador Ruhrbahn GmbH para Essen y Mülheim y el firmado en Friburgo con un presupuesto conjunto de 200 millones de euros, ayer dio a conocer un nuevo acuerdo en Renania del Norte para suministrar más de 60 unidades de tren junto con su mantenimiento por 30 años.

La firma con sede en Beasain y las autoridades alemanas de transporte ZV VRR y NWL que operan en Renania del Norte-Westfalia emitieron ayer sendos comunicados en los que ambas partes valoran el acuerdo alcanzado e inciden en la capacidad de estas unidades de tren de contribuir al mantenimiento del medio ambiente gracias a la incorporación de sistemas que evitan la emisión de contaminantes.

En concreto, CAF destacó el avanzado grado tecnológico de estas unidades eléctricas, que circulan por vías con catenaria pero que también incorporan baterías que se van cargando durante su funcionamiento, de forma que pueden salvar los tramos que no la tienen. Según aseguró, se trata del contrato de mayor envergadura del mundo de unidades con este tipo de tecnología.

Por su parte, las autoridades alemanas, que comunicaron que la adjudicación de este proyecto se materializará dentro de diez días tras concluir el plazo de presentación de alegaciones, también resaltaron el carácter ecológico del suministro, una de las razones por las que han apostado por CAF junto con la monetaria, puesto que la firma guipuzcoana presentó, según indicaron, la oferta más económica "en términos de entrega, mantenimiento y consumo energético durante el ciclo de vida".

Las operadoras germanas incidieron en que estas unidades eléctricas "no solo son más silenciosas, sino que tampoco emiten gases contaminantes", uno de los objetivos del área de Renania del Norte-Westfalia al que están destinadas, que ha procurado que "los fabricantes de vehículos diseñen y desarrollen más vehículos de bajo rendimiento y eficientes energéticamente".

De hecho, esta región se encuentra inmersa en un proceso de renovación de la flota de transporte para sustituir los actuales trenes diésel por otras unidades eléctricas al constatar, según destaca, que con la incorporación de vehículos eléctricos ha caído a menos del 10% la proporción de kilómetros diésel del transporte ferroviario.

Por su parte, CAF valoró este nuevo encargo en Alemania por tratarse de un mercado muy exigente, lo que aporta valor añadido a la oferta de la firma ferroviaria, que además tiene previsto convocar un alto número de concursos en los próximos años.

Posición ventajosa

Este último contrato, cuyo presupuesto no ha trascendido, junto con los obtenidos hace una semana sitúan a CAF en una ventajosa posición para las siguientes adjudicaciones previstas en el mercado alemán.

En Essen y Mülheim an der Ruhr el acuerdo comprende en suministro de 51 unidades LVRs y sus correspondientes repuestos que darán servicio en una línea que suma 155 kilómetros de recorrido y más de 150 millones de pasajeros al año. La entrega de estas unidades se prevé realizar entre los años 2024 y 2026.

Por su parte, el contrato alcanzado con la entidad municipal VAG Freiburg establece el suministro de ocho tranvías más para la ciudad de Friburgo, que sustituirán a los vehículos GT8N que operan desde principio de los años 90 y se unirán a los 17 tranvías Urbos ya entregados por la compañía de Beasain.NoticiadeGipuzkoa.es

24 de junio de 2021

Descarrilan vagones de una formación de Trenes Argentinos Cargas

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Al parecer continúan los descarrilamientos de trenes de distintas empresa ferroviarias de carga por los diversos ramales que se encuentran a lo largo y ancho del país.

El ocurrido en el día de la fecha, fue en el Km. 1.040 en cercanías de la estación Quirós (Provincia de Catamarca) perteneciente al Ramal CC de la Línea Belgrano, cuando el tren de cargas Nro. 5004 de la empresa estatal Trenes Argentinos Cargas circulaba por el lugar, sufrió el descarrilamiento de algunos vagones.

Todo el día estuvo trabajando gente de vía y obras para poder encarrilar a los vehículos accidentados y reparar la infraestructura de vía dañada y así dejar expedito dicho ramal al tráfico ferroviario.