14 de octubre de 2015

Uruguay: Celebración del Día del PatrimonioA

Exterior

Redacción Crónica Ferroviaria

La Administración Ferrocarriles del Estado informa que el pasado fin de semana se celebró un nuevo Día del Patrimonio.







El público que se acercó a los talleres ferroviarios ubicados en Peñarol, pudo disfrutar de una visita guiada a cargo del propio personal de AFE y conocer, entre otras cosas, la locomotora a vapor y el coche presidencial.

Chile: Estos son los nuevos trenes que circularán por las futuras líneas 3 y 6

Exterior

Metro de Santiago dio a conocer fotografías con las nuevas máquinas que operarán en las nuevas líneas. Se proyecta su llegada para el próximo año.

La semana pasada se realizó la ceremonia de unión de túneles de un tramo de la nueva Línea 3 de Metro de Santiago, que estará operativa en 2018. Se trata del trayecto que va desde estación Plaza de Armas a estación Universidad de Chile.


Y en junio pasado, la Presidenta Michelle Bachelet encabezó la ceremonia de apertura de túnel que une la futura estación Lo Valledor y el pique Avenida Dos de la Línea 6.

Las obras presentan un 38% de avance en Línea 3, que se extenderá entre las comunas de Huechuraba Quilicura y Conchalí en la estación Los Libertadores y la comuna de La Reina en la estación Fernando Castillo Velasco recorriendo 18 estaciones por seis comunas de la capital.


A su vez, un 58% de avance presentan las obras en la Línea 6, que se extenderá entre Cerrillos y Providencia con 10 estaciones que recorrerán 7 comunas de Santiago. Ambas con sus distintas dimensiones presentan un 43,7% de avance global del proyecto, que ya alcanza más de 30 kilómetros de túnel construido, según detalló la máxima autoridad de Metro, Rodrigo Azócar.

Con un 43% de avance en la construcción de ambas líneas, desde Metro ya dieron a conocer cuáles serán los trenes que circularán por estas nuevas líneas. Se trata de nuevas máquinas que llegarán en 2016 a nuestro país y que tienen como principal característica que la totalidad contará con la capacidad de pilotaje automático.

A través de la página de Facebook de Metro, la empresa detalló que "en caso de emergencia, podrán evacuar a través de una puerta frontal, ya que desde la cabina se desplegará una rampa. Como su alimentación será por vía aérea, los rieles no estarán energizados", acompañando este texto con cuatro fotografías de los nuevos trenes.

En Respecto de las mejoras en seguridad, cada tren contará con 52 cámaras de seguridad. Además, cada vagón tendrá un intercomunicador que permitirá el contacto, en caso de emergencia, entre pasajeros y el centro de control. Otra diferencia con los actuales será que todos los coches incluyen pantallas informativas, que entregarán información operativa y comercial a los pasajeros.

Finalmente, es importante destacar que todos los trenes funcionarán con aire acondicionado, medida que ayudará a sobrellevar las adversas condiciones de viaje cuando hay altas temperaturas en la capital.Publímetro.cl

13 de octubre de 2015

Se aprueba Régimen de Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos S.E. y sus Sociedades Controladas

Actualidad 

Redacción Crónica Ferroviaria:

Mediante Resolución Nro. 2210/2015 de fecha 07 de Octubre de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha,  se aprueba el Régimen de Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado y sus Sociedades Controladas, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Para una mayor información, transcribimos Resolución Nro. 2210/2015 que dice lo siguiente:

VISTO el Expediente N° S02:0090627/2015 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, fue creada e integrada mediante los Decretos Nros. 660 del 24 de junio de 1996 y 1388 del 29 de noviembre de 1996 respectivamente, como resultado de la fusión entre la ex COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y la ex COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que mediante el artículo 2° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias se creó la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE) con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su estatuto, la que tiene a su cargo la administración de la infraestructura ferroviaria actual, la que se construya en el futuro, su mantenimiento y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes.

Que asimismo, por el artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias se constituyó la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su estatuto, la que tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para la operación del servicio ferroviario a su cargo y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que les sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE).

Que por el artículo 1° del Decreto N° 566 del 21 de mayo de 2013 y sus modificatorios, se creó la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, en la órbita de este Ministerio bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias y las normas de su estatuto, la que tiene por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, equipos, terminales de carga, servicios de telecomunicaciones, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que les sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, pudiendo asimismo realizar todas las demás actividades complementarias y subsidiarias de la red nacional ferroviaria de cargas.

Que en el artículo 5° de la Ley N° 27.132 se dispuso la constitución de la sociedad FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, en la órbita de este Ministerio, con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su estatuto, la que tiene por objeto integrar y articular las distintas funciones y competencias que tienen asignadas las sociedades creadas por la Ley N° 26.352 y por el Decreto N° 566 de 21 de mayo de 2013 y la articulación de todo el sector ferroviario nacional.

Que por otro lado, y teniendo en cuenta que las normas vigentes que atribuían las competencias a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE hacían referencia a la operación de los servicios ferroviarios a cargo de empresas concesionarias y no a cargo de operadores estatales, a pesar de que la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) opera en forma directa varios servicios ferroviarios, mediante el Decreto N° 1661 del 12 de agosto de 2015 se adecuaron las competencias de control y fiscalización de dicha Comisión, previstas en los Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1388/96, y se eliminaron otras, que la Ley N° 26.352 había asignado a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE).

Que el artículo 2° del Decreto N° 1661/15 establece que este Ministerio tendrá a su cargo el dictado de las normas complementarias y aclaratorias del régimen de sanciones aplicable a los operadores ferroviarios estatales, de conformidad con lo previsto en los incisos e) y f) del artículo 10 del estatuto que se aprueba como Anexo I de dicha medida.

Que en consecuencia, en esta instancia corresponde aprobar el Régimen de Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado y sus Sociedades Controladas, con el objeto de garantizar un servicio ferroviario más eficiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 1661 del 12 de agosto de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Régimen de Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado y sus Sociedades Controladas, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse los criterios mínimos de fiscalización y control, que como Anexo II forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO I
RÉGIMEN DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO Y SUS SOCIEDADES CONTROLADAS

ARTÍCULO 1°.- El presente régimen reglamenta el ejercicio de las facultades de fiscalización y control de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, respecto de la infraestructura ferroviaria y la operación por parte de sociedades estatales o con participación estatal mayoritaria ante la detección de deficiencias e irregularidades respecto de cuestiones vinculadas a la seguridad, a la calidad del servicio, al mantenimiento del sistema y de la administración de la infraestructura, como así también, ante el incumplimiento de directivas emanadas de dicho órgano de control.

ARTÍCULO 2°.- Las inspecciones y controles que realiza la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE podrán motivarse

a) En la planificación interna del organismo, de acuerdo a criterios de controles periódicos, sistemáticos y/o aleatorios.
b) En denuncias de particulares, asociaciones de usuarios canalizadas a través del Consejo Consultivo de Usuarios y de otros organismos públicos presentadas ante la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE directamente, a través de los distintos medios formales que ofrece el organismo para recibirlas.
c) En requerimientos de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°.- Cuando se constatase la existencia de posibles deficiencias e irregularidades en la infraestructura ferroviaria, en la operación o en la prestación del servicio de transporte ferroviario, se procederá a labrar un acta que deberá contener mínimamente:

a) Lugar, fecha y hora de realización de la inspección que dio motivo al acta.
b) La denominación de la sociedad objeto de inspección.
c) Una exposición circunstanciada de las irregularidades y/o deficiencias detectadas.
d) El nombre, cargo y firma del agente actuante.
e) En caso de corresponder, la firma del personal de la sociedad que hubiere participado junto con el agente en la inspección; en caso de negativa, se dejará constancia de la misma sin que ello afecte la validez del instrumento.

ARTÍCULO 4°.- La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE analizará las actas de inspección y si comprobare la existencia de deficiencias o irregularidades, notificará a la sociedad correspondiente remitiendo copia de las actas, realizando el encuadre normativo de la infracción y otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día hábil siguiente de la notificación aquí prevista, para formular los descargos que estime corresponder.

Asimismo, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE deberá intimar a la sociedad a subsanar las deficiencias o irregularidades detectadas en un plazo que se establecerá según la gravedad y entidad de las mismas.

ARTÍCULO 5°.- Si al momento de la constatación se detectaren circunstancias que de manera inminente pudieren poner en riesgo la seguridad de los usuarios, de los trabajadores o terceros, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE requerirá la implementación de medidas preventivas en forma inmediata, independientemente de la prosecución del trámite sancionatorio aquí previsto.

ARTÍCULO 6°.- Si producido el descargo al que se hace mención en el artículo 4° del presente, o vencido el plazo para hacerlo la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE considera que no han existido deficiencias o irregularidades, previo informe técnico, se procederá al archivo de las actuaciones, notificándose de ello a la sociedad inspeccionada.

ARTÍCULO 7°.- Si producido el descargo al que se hace mención en el artículo 4° del presente o vencido el plazo para hacerlo, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE considera que se encuentran probadas las deficiencias o irregularidades, se procederá a elaborar un informe, el que deberá contener:

a) La relación circunstanciada de los hechos objeto de inspección y/o investigación.
b) El análisis de los elementos de juicio acumulados.
c) Las disposiciones legales, reglamentarias o normativas que se consideren aplicables.
d) La sanción que se sugiere aplicar.
e) La sugerencia en caso de corresponder, de que se aplique el procedimiento previsto en el artículo 12 de esta reglamentación.
En base a ello, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE procederá a dictar la correspondiente resolución sancionatoria.

ARTÍCULO 8°.- Ante deficiencias o irregularidades comprobadas o ante el incumplimiento de las directivas emitidas, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, en primer término, aplicará un llamado de atención. Si la circunstancia que lo motivó se reiterase o se mantuviese, aplicará un segundo llamado de atención y si aquélla persistiese, impondrá un apercibimiento.

A su vez, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE podrá imponer sanciones de apercibimiento de manera directa, cuando se trate de un hecho que presente extrema gravedad.

El apercibimiento traerá aparejado la comunicación de las circunstancias que dieron motivo a su aplicación a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y a FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, de corresponder.

ARTÍCULO 9°.- La falta de respuesta a requerimientos de información, la obstrucción a la realización de inspecciones y el incumplimiento de las intimaciones y/o directivas en materia seguridad y calidad dictadas por la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE darán lugar a las sanciones de llamado de atención y apercibimiento.

ARTÍCULO 10.- Contra las sanciones impuestas por la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE las sociedades podrán hacer USO de los recursos previstos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorios y en el Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).

ARTÍCULO 11.- La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE elaborará anualmente un informe, con avances semestrales, que contendrá un análisis circunstanciado de las actuaciones labradas, de las sanciones impuestas y del desempeño de las sociedades inspeccionadas, a fin de ser puesto en conocimiento de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y de FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, de corresponder.

ARTÍCULO 12.- Cuando las características y gravedad del caso lo requieran, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE también podrá poner en conocimiento de las actuaciones labradas, de las sanciones impuestas y del desempeño de las sociedades inspecciones, en forma inmediata a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR. Y TRANSPORTE y a FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, de corresponder.

ANEXO II
CRITERIOS MÍNIMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE realizará
inspecciones al menos, sobres los conceptos que se enuncian a
continuación:

12 de octubre de 2015

El engaño de la C.N.R.T. Un nuevo atropello a la representación de los usuarios

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Como ya es de dominio público, hace unos meses la CNRT aprobó, por Resolución Nro. 175/15, la creación de un Consejo Consultivo de Usuarios dentro de su órbita.

Para poder participar de este supuesto “Consejo Consultivo” se debe contar con una personería jurídica,  FILTRO para las agrupaciones, quedando de esta forma la representación de los usuarios del ferrocarril en manos de organizaciones que no tienen relación alguna con el transporte ferroviario y que no tienen un historial de actividad conocido en materia ferroviaria.


Ahora el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, junto con la CNRT, van más allá con su atropello a la representación de los usuarios y se prestan a elegir, en sesión extraordinaria del Consejo Consultivo, los representantes de usuarios (titular y suplente) ante el Directorio de Nuevos Ferrocarriles Argentinos Sociedad Estado, la nueva empresa creada por el gobierno, para gestionar las líneas ferroviarias estatizadas. ¿Cuál es el problema?.

Ambos representantes saldrán del seno de ese Consejo Consultivo de Usuarios constituido por las agrupaciones mencionadas anteriormente. Esto es una clara maniobra para dejar afuera de toda discusión a las agrupaciones de usuarios genuinas que conocen la realidad de los distintos ferrocarriles, en nuestro caso la Línea Sarmiento, y que vienen desde hace tiempo reclamando y peleando junto a los usuarios por un mejor servicio.

En pocas palabras, la representante de la "Asociación de defensa de la lechuga", y "Vecinos para la Victoria" (y algunos dirigentes políticos afines al ministro) serán quienes participen en el directorio de Nuevos Ferrocarriles Argentinos Sociedad Estado para definiciones del transporte ferroviario de pasajeros.

Cabe destacar también, el compromiso de funcionarios de la CNRT (reunión mantenida con ellos el 31/08) para llevar ante el Consejo Consultivo nuestra propuesta de incorporar en el mismo a varias agrupaciones que venimos trabajando en la Línea Sarmiento desde hace tiempo. La sesión posterior a nuestra reunión tuvo lugar el 16 de Septiembre, y el tema NUNCA fue tratado.

No solo faltaron a su palabra, sino que, además, preparaban esta “movida” para dejar afuera a las agrupaciones de usuarios y poner, en representación de los usuarios, a personas que no viajan en tren y que son afines a sus propósitos.

Como resumen de todo nos queda la amarga sensación de que el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, la Secretaria de Transporte de la Nación y la CNRT quieren que tanto en el Consejo Consultivo como en el Directorio de Nuevos Ferrocarriles Argentinos Sociedad Estado la representación de los usuarios sea totalmente "testimonial", debido a que no es más que una cáscara vacía porque no hay una representación real de los usuarios del ferrocarril, pero les permite decir en sus discursos que incorporan al usuario en las decisiones.

Los Usuarios hemos sido nuevamente defraudados por promesas incumplidas, que, en épocas electorales, creímos. Otra vez el Ministerio del Interior y Transporte, la Secretaria de Transporte, y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte han dibujado maniobras estratégicas para seguir sin controles y en forma impune seguir ignorando a quienes utilizamos el tren
Usuarios Organizados Del Sarmiento

Línea Belgrano Sur: Pese a la suspensión de servicios se sigue trabajando

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria - Fotos: Pablo Salgado

Tal como lo informara Crónica Ferroviaria en notas anteriores sobre las obras que se están efectuando en las estaciones de la Línea Belgrano Sur de los ramales Buenos Aires - González Catán y Buenos Aires - Marinos del Crucero General Belgrano, en el día de la fecha se siguió trabajando en forma ardua para que a partir del día Miércoles 14 de Octubre comiencen a circular normalmente.


A partir de dicho día los servicios de pasajeros entre las estaciones Buenos Aires - Marinos del Crucero General Belgrano se cumplirían solamente con locomotoras General Motors modelo G22 y los itinerarios entre Buenos Aires - González Catán se realizarían con las nuevas triplas de coches motores  fabricados por la empresa CNR Corporation Limited ("Tianjin North Company Car") de la República Popular de China.


En el día de hoy la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria estuvo realizando viajes de prueba con formaciones diésel y de los nuevos coches motores, para verificar la altura de los andenes elevados en las estaciones de la Línea Belgrano Sur.

La llamada Ley de los "Nuevos Ferrocarriles Argentinos", es una norma confusa

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

En estas elecciones los candidatos, como es de suponer, realizan toda suerte de promesas y hablan de promover las economías regionales. Uno de los factores que será determinante de dicho desarrollo es el ferrocarril, sin que ello no implique la necesidad de invertir en nuestras carreteras, puertos y desarrollo de las vías navegables, cuyo potencial, lamentablemente, nunca ha sido tomado en cuenta.

El grado de deterioro de la infraestructura ferroviaria, ha llegado a tal punto, que precisan acciones de largo plazo y fuertes inversiones para recuperar capacidades. Se han adoptado soluciones de corto plazo en el marco de acuerdos con China, importando moderno material eléctrico (fabricados en en ese país, pero de tecnología japonesa) que en el corto plazo son una solución, pero no en el largo.


El sistema adoptado con China es un crédito de proveedores, sin proceso licitatorio, ni competencia, por lo cual está sujeto a las condiciones y costos que imponga el proveedor. Por ejemplo, el gobierno turco negoció con China un acuerdo mucho más ventajaso, que incluyó la instalación de plantas industriales para la producción de material ferroviario. Esto lamentablemente no ha sido tomado en cuenta por el nuevo marco normativo de promoción y desarrollo ferroviario.

La Argentina cuenta con la sabia Ley nacional Nro. 2873: Ley que reglamenta la construcción y explotación de todos los ferrocarriles de la república. Esta norma permitió la expansión de la red ferroviaria hasta llegar a casi 40.000 km. A pesar de las criticas (por políticas de haber favorecido al monopolio británico en su momento) contribuyó al desarrollo de una sólida infraestructura, talleres asociados (germen de la otrora poderosa industria ferroviaria argentina) y el desarrollo para cientos de pueblos del interior. 

La ley habla de una Dirección Nacional de Ferrocarriles, con facultades de regulación, control y gestión de líneas de pasajeros y transporte. Por otro lado, la norma establecía un marco regulatorio que se puede actualizar vía reglamentaria para la explotación y construcción de ferrocarriles.  Este instrumento puede, con algunas modificaciones, ser la herramienta adecuada para el desarrollo y despertar ferroviario nacional.

La llamada Ley de los "Nuevos Ferrocarriles Argentinos", es una norma confusa, mas allá de la buena intención del legislador. La empresa creada al efecto, una versión del "otro yo" de Ferrocarriles Argentinos, es un ente de promoción de políticas específicas y coordinación. Existiendo para ello organismos específicos y la existencia de una norma que es la ley 2873, que sigue vigente y es más que clara al respecto en materia de promoción y regulación del sector.  Por otro lado, se transfieren acciones del Estado en diversas sociedades ferroviarias a Ferrocarriles Argentinos SE.

El artículo 7º de la norma que crea "Operadora Ferroviaria SE", es una redundancia, dado que esta entidad fue creada en su momento, pero con atribuciones de mantenimiento de infraestructuras y responsabilidades de ADIF SE.  En otras palabras, vuelve a crearse una estructura que atenta contra el uso racional de recursos, repitiéndose errores del pasado. Luego la ley en su artículo 19 reforma un decreto que creaba la sociedad Belgrano Cargas S.A.

La norma no contiene previsiones en materia de promoción y reactivación de la industria ferroviaria, promover convenios con autoridades provinciales para el desarrollo de redes locales y dar una solución a la red metropolitana de ferrocarriles.

La red ferroviaria metropolitana precisa una política específica, como hemos visto en el suplemento de economía del diario La Nación del 13 de septiembre de 2015, donde claramente queda demostrado el estado todavía precario de la red.  Aquí hay que convocar a las autoridades municipales, la Ciudad de Buenos Aires, la Nación y la Provincia de Buenos Aires, además de usuarios, cámaras empresarias, profesionales y sindicatos para establecer soluciones integrales.

Muchas localidades mejorarían su situación si contaran con servicios regulares y eficientes, además de pensar en la interconexión con la capital provincial. Viajar de la zona norte o oeste hacia La Plata es un viaje épico. A ello se une la ausencia de conexiones eficientes entre distintos ramales.

Debemos reflotar la Red Expreso regional pensado en 1973 con adaptaciones a la realidad actual y aprovechando la extensión de la red de subterráneos, el Metrobús, el Premetro y los olvidados proyectos de trenes livianos en la Ciudad de Buenos Aires (¿alguien se acuerda de la idea de unir Retiro con La Boca a través del tranvía de Puerto Madero?).

Las empresas concesionarias como el Estado, han descuidado el patrimonio ferroviario, hoy tomado por barriadas pobres y que deben ser relocalizadas a fin de poder brindar seguridad al servicio y contar con espacios para almacenamiento de cargas, transporte multimodal, etc.

Consideramos que sería bueno reconstruir Ferrocarriles Metropolitanos, como empresa operadora de la red de pasajeros, no sólo dentro del Área Metropolitana, sino hasta lugares como Mercedes, Zárate, Lobos, Las Heras o Chascomús.  La infraestructura (mantenimiento de vías, electrificación, señalización, instalaciones, estaciones, étc) estarán en manos de otra empresa estatal específica para el área metropolitana. Esta empresa debería ser formada por capitales privados, la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad de Buenos Aires y el Estado nacional.

ADIF SE debería seguir existiendo, con un modelo de gestión descentralizada y convirtiéndose en una herramienta para reconstruir talleres, puentes, señales, redes, estaciones (en cooperación con municipios y autoridades provinciales), etc. 

Esta empresa poseedora de un rico patrimonio inmobiliario, puede explotarlo generando recursos para el desarrollo de determinados espacios, recuperación de áreas urbanas, pueblos y también para la promoción de radicación de industrias y otras actividades productivas, gracias a la existencia de talleres e instalaciones ociosas. Mientras que Ferrocarriles Argentinos sería una empresa de operación de trenes de cargas y pasajeros, pero con una estructura de sociedad anónima, facilitando la asociación con otras empresas y funcionar como un operador privado más, lo que no impediría mantener líneas de fomento.

Los cambios a tener en cuenta abarcarían (tomado de la excelente obra del Dr. Alberto Roccatagliata)  y debería ser receptadas por el marco legal:

*  Acuerdos operativos interlíneas, por medio del cual un ferrocarril pueda operar en la línea de otro, algo usual en Estados Unidos y Canadá, en relación a líneas cortas y redes regionales.

*  Organización integral con operador dominante, pero abierto  a la circulación de terceros (derecho de uso via).

*  Separación de las empresas ferroviarias públicas de los Estados y gobiernos. Establecimiento de un contrato programa.

*  Fortalecimientos de los entes de control y regulación.

*  Promoción de los joint ventures.

*  Autofinanciamiento y autonomía económica de las agencias/empresas ferroviarias.

Es precisa una legislación que defienda la industria ferroviaria, el país cuenta con universidades, técnicos, instalaciones que pueden ser de suma utilidad, con los recursos y hasta con socios estratégicos (China, Japón, Alemania, etc.).

Esperemos que el próximo gobierno tome conciencia de la importancia del ferrocarril como motor del desarrollo no sólo de las economías regionales, sino como impulso a la recuperación de una potente industria de alto valor estratégico, que podrá generar millares de empleos (como en el pasado) en muchas pequeñas localidades y ciudades del interior del país.

Lo saluda a Ud con la más alta consideración.
Dr. Jorge Alejandro Suárez Saponaro

APDFA: Firma convenio de cooperación con Ferrobaires y con la Facultad de Ciencias Sociales

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Desde el año 2012 la Seccional APDFA (Ferrosur Roca S.A.) tomó contacto con la Facultad de Ciencias Sociales de Olavarría a fin de diseñar una oferta académica que les ofreciera a los afiliados la posibilidad de continuar su carrera ferroviaria.

Según la seccional Ferrosur Roca S.A. de APDFA, "esto surgió fruto de algunas inquietudes de nuestros compañeros afiliados recogidas a través de una encuesta de opinión realizada precisamente por profesionales de esa facultad. También producto de analizar lo sucedido con las privatizaciones en los 90, respecto de la disolución de la carrera ferroviaria".


"Cabe decir que la incorporación de profesionales universitarios a puestos de jefatura en la empresa, dejaba sin oportunidades de crecimiento a experimentados ferroviarios que no contaban con un título de pregrado o grado".

"Fue así que la idea fue tomando forma hasta que finalmente se formó un equipo integrado por profesionales de la Facultad y de la Seccional, para dar a luz a la Tecnicatura o Licenciatura de Relaciones Laborales con orientación ferroviaria".


Continúa expresando el comunicado de la sección Ferrosur Roca S.A. de APDFA "que una vez superada esta instancia, se buscaron diferentes alternativas políticas e institucionales para impulsar el proyecto a fin de habilitar la apertura de la carrera conforme a las exigencias administrativas y legales que ello conlleva".

"Este recorrido fue constante y hoy se abre una nueva instancia posible a través de la empresa provincial Ferrobaires, y gracias al apoyo del Coordinador Ejecutivo, Jorge Medrano, y del Administrador General, Ing. Antonio Maltana".

"Esta posibilidad surge además, gracias al aporte de integrantes de comisión directiva de APDFA, de la Facultad de Ciencias Sociales Olavarría y por gestiones realizadas por directivos de la Seccional APDFA Ferrosur Roca".

"Por otro lado, la puesta en marcha de esta carrera o carreras, beneficiará a todos los ferroviarios y además abre una instancia de formación con futuro laboral para los jóvenes olavarrienses y de todo el país. Esto, porque el perfil académico que tendrían sus egresados sería único, en relación a todas las ofertas que hoy existen en las diferentes universidades nacionales".

"En línea con lo expresado, se efectuaron diversos contactos y reuniones, hasta que finalmente este viernes 9 de octubre a la madrugada arribó a Olavarría, el Coordinador Ejecutivo de Ferrobaires Jorge Medrano".

"Este funcionario llegó para organizar un evento en el que se va a firmar un "Convenio de Cooperación" entre la Facultad, Ferrobaires y APDFA, en apoyo a la creación de carreras de pregrado o grado de Relaciones Laborales con Orientación Ferroviaria".

"Como es de esperar, también el Ing. Maltana responderá consultas e inquietudes sobre futuras estrategias de Medios de Transporte a nivel Nacional, en caso de llegar al gobierno Daniel Scioli".

Por último, expresa el comunicado de APDFA Seccional Ferrosur Roca S.A. que "esta actividad, que contará con la presencia de diversas autoridades que oportunamente confirmaremos, se realizará el próximo martes 20 de octubre a partir de las 12,00 hs. en el salón 5C de la Facultad de Ciencias Sociales ubicada en la ciudad de Olavarría (Provincia de Buenos Aires)".

Uruguay: Pasajeros piden cancelar contrato con concesionario de Estación Central

Instituciones

Redacción Crónica Ferroviaria

La Asociación Grupo de Pasajeros en un comunicado de prensa sobre la situación de la Estación Central "General Artigas" ubicada en la ciudad de Montevideo (República Oriental del Urugual), expresa lo siguiente:

La rescisión del contrato del Estado con el concesionario Glenby S.A. es reclamada por el Grupo de Pasajeros en defensa de la Estación Central, ante las múltiples irregularidades constatadas durante todo el proceso del proyecto inmobiliario conocido como “Plan Fénix”.  Si no se reactiva la terminal para el uso ferroviario, los trenes de pasajeros quedan condenados a ser un medio de transporte marginal en el área metropolitana, y se perjudica el transporte de carga al puerto.


Las irregularidades salieron a la luz en la “Comisión Investigadora sobre gastos en entes y servicios 2000-2005”.  En sus actas se lee que Glenby fue la única empresa que se presentó al llamado para el proyecto del “Plan Fénix” en la Estación Central, y que su actual abogado, Daniel Martins, estaba en la comisión asesora de la adjudicación.  El primer contrato entre el BHU (por intermedio de una sociedad anónima) y la empresa fue firmado en setiembre de 2001.

Entre 1997 y 1999 el BHU (Banco Hipotecario del Uruguay) gastó 3,2 millones de dólares en la reparación de techos y fachadas, pero dichas obras fueron de mala calidad, ya que seguía entrando agua en el edificio y se utilizaron materiales de bajo costo que se deterioraron rápidamente.

También se gastaron 15 millones de dólares en la nueva terminal de trenes, ubicada 500 metros hacia el norte, y en un lugar de difícil acceso para los pasajeros, que hizo que los servicios de trenes de la línea Montevideo-Progreso-25 de Agosto perdieran 100.000 pasajeros al año y aumentaran los costos de la operativa de carga, al no poderse utilizar la playa de maniobras de la Estación Central para los trenes al puerto.  Adicionalmente se pagaron entre 300.000 y 400.000 dólares para sacar al concesionario del Restaurant del Ferrocarril, y 200.000 dólares por mes, entre 2002 y 2007, para mantener las oficinas de AFE en otro lugar, además de gastos operativos.

Posteriormente, los contratos con Glenby fueron modificados, favoreciendo a la empresa y perjudicando al BHU.  El 28 de febrero de 2003 se pacta con Glenby la entrega de los inmuebles, pero como todavía estaban operando los trenes desde allí, su representante (Barboni) rechaza la entrega y posteriormente inicia juicio por incumplimiento.  Al mismo tiempo, el BHU también inicio acciones legales contra Glenby por incumplimiento al no hacerse cargo de los bienes.

En 2005, el directorio de la sociedad administradora votó, a pesar de ordenes en contrario del propio directorio del BHU, desistir recíprocamente de los juicios, cosa que lleva finalmente a que el Estado perdiera el pleito con Glenby en 2011 y que la justicia obligara a la entrega de los inmuebles.  El Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Uruguay concluyó que el ex presidente de la sociedad mantuvo "una conducta profesional que ha incurrido en graves violaciones a normas insertas en el Código de Ética".

Una auditoria del BHU, que luego analizó la comisión parlamentaria, concluyó que Barboni “gozó de favoritismos y privilegios” de las administraciones de ese banco entre 1995 y 2005 y que las perdidas millonarias ocasionadas por esos negocios son “imposibles de cuantificar”.  Una de las ex presidentas del BHU, la contadora Graciela Pérez Montero, afín al Partido Colorado, denunció en varias ocasiones los manejos irregulares.

En 2011 Glenby debía recibir los bienes según lo dictaminado por la justicia, ya que gracias al suceso de 2005, terminó ganando el pleito contra el Estado, para desarrollar su proyecto.  Pero sostuvo que no era lo que correspondía, sino que debían pagarle por daño emergente y lucro cesante y reclamó 1.040 millones de dólares, lo que fue desestimado.

Debido a estos hechos, el Grupo de Pasajeros sostiene que se debe rescindir el contrato con Glenby y elaborarse un “plan maestro” para los distintos espacios de los terrenos y edificio que conforman la Estación Central, transformando el lugar en un centro intermodal de transporte. 

El barrio de la Aguada se vería beneficiado con la afluencia de público.  También quedarían libres parte del edificio principal, los galpones sobre la calle Paraguay y lo que era la playa de cargas para otros emprendimientos, sin afectar la operativa ferroviaria. 

Sin la Estación Central, los servicios de trenes de pasajeros quedan relegados a ser un medio de transporte marginal en el área metropolitana debido a la inconveniente ubicación de la terminal de Montevideo además de perjudicar al servicio de carga.

10 de octubre de 2015

Línea Belgrano Sur: Primer día sin servicios, pero con novedades

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de ayer publicamos una nota con el nombre de "Línea Belgrano Sur: Algunos de los chimentos se van cumpliendo" y para testificarlo por medio de fotografías, hoy estuvimos visitando dicha Línea.

En la nota expresábamos que "ya se encontraban en el lugar el material tractivo y rodante que serían depositados en playa de maniobras Tapiales donde se encontraban las maquinarias de vía, ya que estuvieron trabajando para habilitar vías que se hallan en el lugar". Pues bien, como se pueden ver en las fotos ya están las locomotoras que ayer citamos (F-611, F-613 y F-624) y algunos coches de pasajeros Materfer con el esquema de la ex empresa Ugofe.




También expresábamos que todos los coches con dicho esquema íban a ser separados y colocados en dicho lugar. Bueno, es justo decir que en esta nos equivocamos a medias, ya que observamos en la playa de maniobras Tapiales que a algunos de ellos ya se les había colocado la planchuela en los estribos para andenes altos con el fin de seguir prestando servicios.



Durante el día de hoy se estuvo trabajando a fondo en el Depósito de Locomotoras Tapiales para colocar las planchuelas arriba citadas en los coches de pasajeros Materfer, para así dejar aptos a todos ellos para el día miércoles 14 de Octubre que es cuando comienzan nuevamente a prestar servicios de pasajeros en los ramales Buenos Aires - González Catán y Buenos Aires - Marinos del Crucero General Belgrano.

Además, pudimos observar el trabajo que se está llevando a cabo en algunas estaciones de la Línea Belgrano Sur, como en el caso de estación Ing. Castello, donde se estaba laborando en la eliminación de los techos de los refugios.




Vista de construcción de andenes provisorios altos Estación Ing. Castello

Obra de construcción de andenes provisorios altos en estación Marinos del Fournier

Curiosidades

Transitando por la traza ferroviaria entre las estaciones Tapiales y Marinos del Fournier, pudimos observar, no exento de curiosidad, cómo se le fue ganando terreno al ferrocarril por parte de viviendas linderas al mismo.



Negro el 13. Dejaron el palo de telégrafo con el numerador de kilometraje dentro de la propiedad
Vista de la prolongación de las casas en terrenos ferroviarios (lado Tapiales)

Es tan burda esta situación (son terrenos federales) que dejaron dentro de "sus propiedades" un palo telegráfico con el numerador de kilometraje. Insólito. 

9 de octubre de 2015

Línea Belgrano Sur: Algunos de los chimentos se van cumpliendo

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Tal como lo informáramos en nuestra nota titulada Línea Belgrano Sur: Algunos chimentos (http://wwwcronicaferroviaria.blogspot.com.ar/2015/10/linea-belgrano-sur-algunos-chimentos.html) de fecha lunes 05 de Octubre pasado, algunos de los varios chimentos que comentábamos en dicho artículo se están haciendo realidad.



Tal el caso que el próximo fin de semana dejarán de prestar servicios de pasajeros en los ramales (Buenos Aires - González Catán; Buenos Aires - Marinos del Crucero General Belgrano y Aldo Bonzi - Puente Alsina) entre los días 10 y 13 de Octubre próximo para realizar diversas obras en estaciones y material rodante. No así Aldo Bonzi - Puente Alsina que los trenes circularán normalmente.



Tres de las locomotoras GE modelo U-12 y U-13 que serán separadas del servicio

También dijimos que "durante esos días se separarían entre 15 y 17 coches de pasajeros y 5 locomotoras (no nos especificaron cuáles) que serían depositados en playa de maniobras Tapiales donde se encontraban las maquinarias de vía, ya que estuvieron trabajando para habilitar vías que se hallan en el lugar. Asimismo, se aprovecharía dicho corte de servicios para colocarles planchuelas a los coches remolcados para los andenes altos".

Ya se están separando y llevando al lugar especificado más arriba, los coches de pasajeros Materfer que están pintados con los colores de la ex empresa UGOFE (LBS). También se encontraría en el lugar las locomotoras General Electric modelo U-12 y U-13 Nros. F-611, F-613 y F-624.

¿Qué pasa con las locomotoras Henschel?

Lo que no tenemos información es qué se va hacer con las tres (3) locomotoras Henschel (ex Feve de España) que se encuentran desde hace tiempo radiadas del servicio a un costado del Depósito de Locomotoras Tapiales.


Locomotoras Henschel (ex Feve)

Teníamos conocimiento que hasta el retiro de dichas máquinas dos (2) al menos funcionaban normalmente, no así una que desde ya hace años se encuentra parada.

Sería correcto que estando en condiciones de marcha un par de ellas, sean transferidas a donde hacen falta como para prestar servicios de pasajeros por ramales que se encuentran regulares en su infraestructura de vía por su bajo peso por eje.

En sus momentos de esplendor cuando prestaban servicios de pasajeros en los distintos ramales de la Línea Belgrano Sur

Si vemos que ya se empiezan a separar coches de pasajeros, no es descabellada esta idea. Faltaría un poco más de información por parte de la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria sobre qué es lo que se va a ser con dichas locomotoras y material rodante de la Línea Belgrano Sur.

Metrovías S.A.: Cronograma de servicios del día 12 de octubre de 2015

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Metrovías S.A. informa los cronogramas de sus servicios para el día lunes 12 de octubre de 2015. Durante el feriado, los servicios se prestarán bajo el sistema de horarios de los días domingo:


Subte: operará entre las 08:00 y 22:00 horas.

Premetro: operará entre las 08:00 y 21:00 horas. 

Línea Urquiza: operará entre las 00:50 y 23:50 horas desde la cabecera Federico Lacroze y entre las 03:12 y 23:35 desde la terminal General Lemos, con frecuencias de 30 minutos entre cada formación.

Línea Mitre: Nuevos horarios servicios de pasajeros ramal Victoria - Capilla del señor

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

La empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria informa sobre los nuevos horarios en los servicios de pasajeros en el ramal Victoria - Capilla del Señor de la Línea Mitre.


Los nuevos itinerarios comenzaron a regir a partir del día 08 de Octubre de 2015.

Para ver el nuevo cronograma de horarios hacer click en el siguiente link

Línea Mitre: Nuevos horarios servicios de pasajeros ramal Villa Ballester - Zárate

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

La empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria informa sobre los nuevos horarios en los servicios de pasajeros en el ramal Villa Ballester - Zárate de la Línea Mitre.


Para ver el nuevo cronograma de horarios hacer click en el siguiente link

Ferroclub Argentino Lynch en "La Noche de los Museos"

Instituciones

Redacción Crónica Ferroviaria

El Ferroclub Argentino Lynch estará presente en la Noche de los Museos a realizarse el día 31 de Octubre del corriente año entre 20,00 horas y las 03,00 horas del día 01 de Noviembre en estación Federico Lacroze de la Línea Urquiza


Llamado a Licitación Pública Nro. 64/2015 para el Servicio de Limpieza y Desmalezado del servicio Presidente Sáenz Peña - Chorotis (Provincia del Chaco)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria llama a Licitación Pública Nro. 64/2015 para el Servicio de Limpieza y Desmalezado del servicio Presidente Sáenz Peña - Chorotis (Provincia del Chaco).


Etapa: Única.-

Consulta y adquisición de Pliegos: Desde 13/10/2015 hasta 26/10/2015 Lun. a Vier. 10.00 a 12:30 y 14:30 a 17:30 en Av. Ramos Mejía 1358, 2º
Piso - CABA. “Oficina de Contratos”.-

Fecha límite de Recepción de Ofertas: Hasta 06/11/2015 a las 11.30 hs en Av. Ramos Mejía 1302 Planta Baja – CABA. En "Mesa de Recepción de Ofertas".

Acto de Apertura de oferta: El día 06/11/2015 a las 12.00 hs. en Av. Ramos Mejía 1358, 2°Piso -C.A.B.A.- Oficina de Contratos.-

Valor del Pliego: $ 2.000 + IVA