5 de abril de 2023

Línea Urquiza: Se extiende el plazo de concesión de la empresa Metrovías S.A. por 18 meses a partir del 30 de Marzo de 2023

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 187/2023 de fecha 03 de Abril de 2023 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el ministro del área resuelve lo siguiente:

Artículo 1°.- Extiéndese el plazo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 1325 de fecha 18 de diciembre de 2017, con las modificaciones introducidas por las Resoluciones N° 360 de fecha 18 de junio de 2019 y N° 76 de fecha 26 de marzo de 2020, todas ellas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; por el término de DIECIOCHO (18) meses contados a partir del 31 de marzo de 2023, a efectos de llevar adelante todos los actos que correspondan para adecuar la documentación licitatoria en los términos expresados en el decreto N° 170 de fecha 30 de marzo de 2023 y sustanciar el procedimiento establecido por el Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Artículo 2°.- Establécese que si la adjudicación del proceso licitatorio se realizase con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en el artículo anterior, la prestación a cargo de la empresa METROVÍAS S.A. finalizará con la toma de posesión por el adjudicatario, sin derecho a reclamo alguno por este concepto y debiendo oportunamente colaborar y facilitar el ordenado cambio de operador del servicio.

Asimismo, establécese que las disposiciones contenidas en los artículos 3° a 6° de la Resolución N° 76 de fecha 26 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE continuarán siendo de aplicación por el plazo de extensión referido en el artículo 1° de la presente resolución.

Artículo 3°.- Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, a la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la empresa METROVÍAS S.A.

Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Diego Alberto Giuliano

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