14 de octubre de 2013

SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE CORTA DISTANCIA. SE ESTABLECE LA GRATUIDAD PARA TODOS LOS CIUDADANOS QUE GOCEN DE JUBILACIÓN Y/O PENSIÓN Y/O RETIRO, RESIDENTES EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Ley solicitando que en el servicio de Transporte Público de pasajeros de corta distancia, se establezca la gratuidad para todos los ciudadanos que gocen de jubilación y/o pensión y/o retiro, residentes en la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Dicho trámite recayó en el Expte.6877-D-2013 del 04 de Octubre del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Ley los Diputados Nacionales María Graciela Ocaña (Unidad para el Desarrollo Social y la Equidad - Buenos Aires) y Gerardo Fabián Milman (GEN - Buenos Aires).


Fundamentos

La mayor parte de los jubilados y pensionados en la República Argentina, perciben el haber mínimo o se encuentran comprendidos en los intervalos de prestación inmediatos a dicho valor. Es decir que nuestros adultos mayores enfrentan una situación económica extremadamente difícil.

Es por ello que consideramos que la medida propuesta en la presente ley permitirá reducir un costo de la vida cotidiana. Conjuntamente, se fomentará la movilidad y el traslado nuestros adultos mayores impulsando el contacto con sus seres queridos.

Nuestro país tiene una gran deuda con las generaciones que nos precedieron y que con su esfuerzo y trabajo sentaron las bases de una Argentina grande. Es necesario comenzar a saldar la enorme deuda social con los adultos mayores. La medida propiciada en este proyecto, deber ser un elemento, entre tantos que deberán adoptarse para cumplir con nuestros jubilados.

Es el Estado Nacional, quien debe garantizar la libre accesibilidad y la gratuidad en el transporte para la generación que tanto dio a nuestro país. Es nuestro deber, como integrantes de esta Honorable Cámara, promover todas las medidas tendientes a cubrir todas las necesidades básicas de nuestros adultos mayores como así también mejorar su calidad de vida.

Nuestra Carta Magna, obliga a legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y del pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y por los tratados Internacionales sobre derechos humanos vigentes, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.


En virtud de lo expuesto, considero que la presente Ley, resulta una herramienta que ayude a nuestros jubilados a obtener un alivio financiero.

1 comentario:

  1. En realidad ya existe la gratituidad para jubilados en los trenes, con solo presentar el carnet, y no es necesario ser residente en la región, por lo que el proyecto es retrogrado. Deberia decir "se extiende la gratituidad a los subterraneos.

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