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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 95-E/2018 de fecha 05 de Febrero de 2018 ddel Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se deja sin efecto la Resolución N° RESOL-2017-305-APN-MTR de fecha 19 de Mayo de 2017 por la cual se aprobaron los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Planos para la contratación de la obra pública “Red de Expresos Regionales de la Región Metropolitana de Buenos Aires - RER Etapa 1, Fase 1, Estación Plaza Constitución Subterránea”.
Para una mayor información, transcribimos íntegramente la Resolución Nro. 95-E/2018 que expresa lo siguiente:
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2017, para la contratación de la Obra Pública: “Red de Expresos Regionales de la Región Metropolitana de Buenos Aires - RER Etapa 1, Fase 1, Estación Plaza Constitución Subterránea” bajo el régimen de la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064.
Que mediante Resolución N° RESOL-2017-305-APN-MTR de fecha 19 de Mayo de 2017, se aprobaron los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Planos para la contratación de la obra pública “Red de Expresos Regionales de la Región Metropolitana de Buenos Aires - RER Etapa 1, Fase 1, Estación Plaza Constitución Subterránea” y se autorizó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional.
Que en atención a la delegación dispuesta por el Articulo N° 5 de la resolución ut supra citada, la Dirección de Cooperación Técnica y Administrativa de Obras Públicas de Transporte dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TECNICA Y ADMINISTRATIVA realizó la convocatoria estableciéndose la fecha, hora y lugar de presentación de las ofertas, y su apertura.
Que originariamente se fijó como fecha límite de presentación de ofertas el día 02 de agosto de 2017 a las 12.30 hs, y como fecha de apertura de las mismas el día 2 de agosto de 2017 a las 14:30 hs. en la sede del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que la publicidad y difusión dada en los medios establecidos en el Artículo N° 10 de la Ley N° 13.064 y en el Artículo N° 32 del Decreto N° 1023/2001, motivó consultas por parte de interesados, emitiéndose en consecuencia las Circulares con Consulta N° 1 y 2; y adicionalmente se incorporaron a la documentación licitatoria planos y estudios finales a través de las Circulares sin Consulta N° 1 y 2.
Que a tenor de las consultas recibidas por potenciales oferentes y la nueva documentación incorporada al Pliego de Bases y Condiciones, la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE prorrogó a través de la Circular sin Consulta N° 3 la fecha de apertura de ofertas, estableciéndose la misma para el día 02 de octubre de 2017 a las 14:30 hs y posteriormente a través de la Circular sin Consulta N° 4, se dispuso como fecha definitiva para la celebración del acto de apertura de ofertas el día 12 de enero de 2018 a las 14:30 hs.
Que mediante Nota N° NO-2017-30030607-APN-SECOT#MTR, la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE informó que resultaba necesario dejar sin efecto el proceso licitatorio, a fin de continuar con el análisis del proyecto, dada la complejidad que conlleva la obra.
Que, asimismo informó que sería necesario evaluar mecanismos de contratación y financiamiento modernos, que posibiliten la concreción de la Obra en sus múltiples etapas y que propicien un avance en conjunto, dada la interdependencia en todas ella, para la concreción del proyecto en su totalidad.
Que en consecuencia se emitió la Circular sin Consulta N° 5 a través de la cual se suspendió la apertura de ofertas de la Licitación Pública Nacional e Internacional Red de Expresos Regionales de la Región Metropolitana de Buenos Aires - RER Etapa 1, Fase 1, Estación Plaza Constitución Subterránea”.
Que atento a ello, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia según surge del documento GDE NO-2017-30030607-APN-SECOT#MTR corresponde formalizar y dejar sin efecto el llamado a Licitación dispuesto.
Que según lo dispuesto en el párrafo segundo del Artículo N° 20 del Decreto N° 1023/2001, “las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes”.
Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha manifestado que “En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación el organismo licitante podrá, por causas justificadas, dejar sin efecto la licitación. La simple anulación de la licitación o el hecho de que sea dejada sin efecto no puede ser cuestionada por las partes, ya que es una facultad que todos los regímenes de contrataciones públicas” (conf. Dictámenes 174:78).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias asignadas al MINISTERIO DE TRANSPORTE por la Ley de Ministerios N° 22.520, lo dispuesto por el Decreto N° 375/2016 y el principio de paralelismo de las competencias.
Por ello, EL MINISTRO DE TRANSPORTE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° RESOL-2017-305-APN-MTR de fecha 19 de Mayo de 2017 por la cual se aprobaron los Pliegos de Condiciones Generales, Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Planos para la contratación de la obra pública “Red de Expresos Regionales de la Región Metropolitana de Buenos Aires - RER Etapa 1, Fase 1, Estación Plaza Constitución Subterránea”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.