22 de septiembre de 2022

Otorgan terrenos ferroviarios en cercanías de estación Empalme Lobos de la Línea Roca

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 162/2022 de fecha 11 de Julio de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que "se otorga a la Cooperativa de Trabajo Agroecológica Lobos Limitada, un permiso de uso precario y gratuito del sector del inmueble de propiedad del Estado Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Transporte de la Nación - Trenes Argentinos Infraestructuras (ADIFSE), comprendido en el inicio del Ramal - José S. Arévalo - Ramal R5 y ZV: Km. 16,092 - Empalme Lobos de la Línea Roca - Ramal R.3 de la localidad y Partido de Lobos (Provincia de Buenos Aires), encontrándose sin catastrar, correspondiente a los CIE Nº: 0600061410/9 y Nº 0600062174/4, que cuenta con una superficie total aproximada de 36.641 m2, según se detalla en el Plano-2022-15455735-APN-DSCYD#AABE, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de llevar adelante la ejecución de un centro integral, con instalaciones de estructuras de tipo desmontables, a los fines de desarrollar allí actividades productivas, educativas y culturales agro-sustentables, en relación con el objeto social de la Cooperativa".

Artículo 2º.- Apruébase el denominado Permiso de Uso - Agencia de Administración de Bienes del Estado - Cooperativa de Trabajo Agroecológica Lobos Limitada, identificado como IF-2022-66600499-APN-DAC#AABE, que como Anexo II integra la presente medida.

Artículo 3°.- La delimitación definitiva del sector de inmueble otorgado deberá ser realizada por la Cooprativa de Trabajo Agroecológica Lobos Limitada y presentada ante esta Agencia de Administración de Bienes del Estado, en un plazo de 60 días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4°.- Notifíquese a la Cooprativa de Trabajo Agroecológica Lobos Limitada, al Ministerio de Transporte de la Nación y a la empresa Trenes Argentinos Infraestructura (ADIFSE).

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi

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