Mostrando entradas con la etiqueta Decreto. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Decreto. Mostrar todas las entradas

11 de diciembre de 2023

Nombramiento del nuevo Ministro de Infraestructura (Obras Públicas, Transporte y Comunicaciones)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 10/2023 de fecha 10 de Diciembre de 2023 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de hoy, se designa en el cargo de Ministro de Infraestructura al Licenciado Guillermo José Ferraro.

Lic. Guillermo José Ferraro actual Ministro de Infraestructura

El Licenciado Ferraro, amén de la cartera de Infraestructura, también tendrá a su cargo las Secretarías de Obras Pública, Transporte y Comunicaciones.

Ferraro, que hasta el mes de Abril pasado se desempeñó como director de la filial local de la consultora internacional KPMG, fue funcionario en la Secretaría de Industria durante el interinato presidencial de Eduardo Duhalde, entre 2002 y 2003; y anteriormente, entre 1988 y 1991, fue subsecretario de Información y Telecomunicaciones de la provincia de Buenos Aires.

2 de noviembre de 2023

Contrato préstamo CAF para Programa de Mejora de la Seguridad y Confiabilidad del Servicio Ferroviario en la Región Metropolitana de Buenos Aires

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 572/2023 de fecha 01 de Noviembre de 2023 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba el modelo de contrato de préstamo del Banco de Desarrollo de América Latina por un monta de u$s 70 millones que serán destinados a financiar el "Programa de Mejora de la Seguridad y Confiabilidad del Servicio Ferroviario en la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA)".

Para una mejor información, transcribimos el decreto en cuestión.

Artículo 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (USD 70.000.000) destinado a financiar el “Programa de Mejora de la Seguridad y Confiabilidad del Servicio Ferroviario en la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA)”, que consta de las “Condiciones Particulares” integradas por VEINTISIETE (27) Cláusulas, de las “Condiciones Generales” integradas por CUARENTA Y OCHO (48) Cláusulas, de UN (1) Anexo Técnico y de UN (1) Anexo “Formularios para Operaciones de Manejo de Deuda”, que como ANEXO I (IF-2023-128084249-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante del presente decreto.

Articulo 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.

Artículo 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo CAF cuyo modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Artículo 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Mejora de la Seguridad y Confiabilidad del Servicio Ferroviario en la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA)” al MINISTERIO DE TRANSPORTE a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), que actuará como responsable con competencia primaria en la materia, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que actuará como responsable de la coordinación y administración financiera del Programa.

Artículo°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Alberto Fernández - Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa

8 de septiembre de 2022

Bolivia: Presidente de la Nación aprueba decreto de Tren Metropolitano

Exterior

El decreto supremo (DS) 4792 aprobado en el Gabinete posibilitará que en Cochabamba cuente con las líneas Roja y Verde del Tren Metropolitano.

El presidente de Bolivia, Luis Arce, informó este miércoles se aprobó un decreto que crea rutas de tren para la transportación en Cochabamba, como parte de los proyectos de transporte masivo gestionados por el gobierno.

“Estamos listos para arrancar operaciones de uno de los sistemas de transporte más modernos del país en beneficio de la población, principalmente de nuestra Llajta querida”, subrayó el jefe de Estado.

La Operadora del Tren Metropolitano de Cochabamba "Mi Tren" es la institución pública encargada de garantizar el servicio de transporte de pasajeros. | Foto: ABI

El decreto supremo (DS) 4792 aprobado en el Gabinete posibilitará que en Cochabamba cuente con las líneas Roja y Verde del Tren Metropolitano, uno de los megaproyectos de transporte masivo que encara el Gobierno.

Por su parte, la línea Roja que tiene una extensión de 5,5 kilómetros, pasará por el mercado San Antonio, El Arco, Santa Bárbara, Alejo Calatayud, la OTB Universitario, el politécnico, El Molino y la Estación Municipal de Agronomía.

Entre tanto la línea Verde (con un recorrido de 27 kilómetros) pasará por la estación central de San Antonio, el cementerio, el aeropuerto, el parque Mariscal, la avenida Beijín, Villa Busch, La Merced, Santa Rosa, el barrio Ferroviario, la estación municipal de Colcapirhua, Piñani, la avenida Ferroviaria y termina en la estación municipal de Quillacollo.

La Operadora del Tren Metropolitano de Cochabamba "Mi Tren" es la institución pública encargada de garantizar el servicio de transporte de pasajeros, la administración y el mantenimiento.

El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Edgar Montaño, hizo el domingo una inspección a las obras y aseguró que “vamos a poner en punto y en marcha para septiembre la inauguración de la línea Roja y de la línea Verde”.TeleSurTVNet.com

10 de mayo de 2021

El PEN declara Monumento Histórico Nacional a las estaciones terminales Plaza Constitución, Retiro (B), Once de Septiembre y Federico Lacroze

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 315/2021 de fecha 07 de Mayo de 2021 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, el Presidente de la Nación decreta lo siguiente:

Artículo 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ESTACIÓN PLAZA CONSTITUCIÓN “ex-FERROCARRIL DEL SUD”, sita en la Avenida BRASIL Nros. 1110/42 esquina LIMA Nros. 1748/90, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. (Datos catastrales: Circunscripción: 3; Sección: 16; Manzana 67).

Estación Plaza Constitución de la Línea Roca

Artículo 2°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ESTACIÓN FERROCARRIL GENERAL BELGRANO, sita en la Avenida RAMOS MEJÍA Nros. 1308/1430, esquina Avenida DEL LIBERTADOR, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos catastrales: Circunscripción: 20; Sección: 3; Manzana: 66A).

Estación Retiro de la Línea Belgrano Norte

Artículo 3°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ESTACIÓN TERMINAL ONCE DE SEPTIEMBRE, sita entre la Avenida PUEYRREDÓN Nros. 90/110, las calles BARTOLOMÉ MITRE Nros. 2811/2995, TTE. GRAL. JUAN DOMINGO PERÓN y PLAZA MISERERE, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos catastrales: Circunscripción: 9; Sección: 13; Manzana: 87).

Estación Once de Septiembre de la Línea Sarmiento

Artículo 4°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ESTACIÓN TERMINAL LACROZE “ex-FERROCARRIL GENERAL URQUIZA”, sita en la Avenida FEDERICO LACROZE Nros. 4017/97, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos catastrales: Circunscripción: 15; Sección: 49; Manzana:177).

Estación Federico Lacroze de la Línea Urquiza

Artículo 5°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

Artículo 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alberto Fernández - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer

28 de abril de 2021

Se encomienda en forma provisoria la firma y la atención del despacho al Ministro de Obras Públicas, Gabriel Nicolás Katopodis

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 269/2021 de fecha 27 de Abril de 2021 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, el Presidente de la Nación decreta lo siguiente:

Artículo 1º.- Encomiéndase en forma transitoria la firma y la atención del despacho del Ministerio de Transporte de la Nación al señor Ministro de Obras Públicas, doctor Gabriel Nicolás Katopodis.

Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fernández, Alberto - Santiago Andrés Cafiero