26 de diciembre de 2024

Mendoza: Decretan la compra de más duplas de Metrotranvía

Metrotranvía

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 1933 de fecha 03 de Octubre de 2024 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, publicada en el Boletín Oficial Nro. 32.260 del Gobierno de la Provincia de Mendoza del día 24 de Diciembre de 2024, donde la Vicegobernadora de la Provincia decreta lo siguiente:

Artículo 1º- OTÓRGUESE a favor de la Sociedad de Transporte de Mendoza, Sociedad Anónima Unipersonal de Participación Estatal (STM- S.A.U.P.E.) un aporte irrevocable de capital por la suma de Pesos Ochocientos Cuarenta Millones ($840.000.000,00).

Artículo 2°- AUTORÍCESE al señor Ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial de la provincia de Mendoza a suscribir oportunamente el Convenio pertinente a fin de efectivizar el aporte dispuesto por el artículo precedente, forma de capitalización y el plazo, conforme lo establece la Resolución N° 2400/2015 de la Dirección de Personas Jurídicas y la Ley General de Sociedades N° 19550.

Artículo 3°- El pago del aporte irrevocable será efectivizado conforme la disponibilidad financiera y previa presentación del convenio suscripto entre el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial de la provincia de Mendoza y la Sociedad de Transporte de Mendoza, Sociedad Anónima Unipersonal de Participación Estatal (STM- S.A.U.P.E.).

Artículo 4º- La presente norma legal será refrendada por los señores Ministro de Hacienda y Finanzas y Ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial.

Artículo 5°- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente será atendido por intermedio de la Tesorería General de la Provincia con cargo al Presupuesto de Erogaciones Vigente– Ejercicio 2024, Unidad de Gestión de Crédito 696158, Clasificación Económica 52100, Financiamiento 000, Unidad de Gestión de Gasto 696158.

Artículo 6º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DRA HEBE CASADO

ABG. NATALIO L. MEMA RODRIGUEZ

LIC. VICTOR FAYAD 

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