ACTUALIDAD
Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Mediante Decreto Nro. 1244/2013 de fecha 28 de Agosto de 2013 del Poder Ejecutivo Nacional, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se crea la Unidad Ejecutora de la Obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito - Moreno de la Línea Sarmiento
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Créase la UNIDAD EJECUTORA de la Obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO, como unidad desconcentrada dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de llevar adelante la totalidad de las acciones tendientes al desarrollo de la obra citada precedentemente.
Art. 2° — La UNIDAD EJECUTORA creada por el artículo precedente, estará presidida por UN (1) Coordinador de Infraestructura designado por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS e integrada por UN (1) Coordinador de Enlace Ferroviario propuesto por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y UN (1) Coordinador de Enlace Económico Financiero propuesto por la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, todos ellos de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 3° — Las Coordinaciones que se crean por el artículo precedente tendrán las siguientes funciones:
a) El Coordinador de Infraestructura ejercerá la representación y conducción general de la Unidad Ejecutora, llevando adelante las acciones tendientes a la administración e inspección de la obra Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO.
b) El Coordinador de Enlace Ferroviario asistirá al Coordinador de Infraestructura, en lo referente a la aplicación de las políticas públicas en materia ferroviaria así como la vinculación con los diferentes actores del sistema de transporte.
c) El Coordinador de Enlace Económico Financiero asistirá al Coordinador de Infraestructura llevando adelante la evaluación, propuesta y articulación de los mecanismos financieros que permitan el desarrollo de la obra.
Art. 4° — Facúltase a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a dictar los actos administrativos que resultaren necesarios, a fin de posibilitar el correcto cumplimiento del objeto de la citada UNIDAD EJECUTORA, aprobar su reglamento de funcionamiento e integrar los equipos de trabajo que fueren necesarios para la consecución de su objeto.
Art. 5° — La UNIDAD EJECUTORA de la obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO se disolverá una vez cumplido el objeto para el cual fue creada.
Art. 6° — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL —Recursos Humanos— en la parte correspondiente a la Jurisdicción 56 - Categoría 07 - Actividades Comunes a los Programas de Obras Públicas, para el ejercicio 2013, de acuerdo al detalle obrante en la planilla que como ANEXO forma parte integrante del presente.
Art. 7° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 8° — Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Hernán G. Lorenzino. — Julio M. De Vido.
Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Mediante Decreto Nro. 1244/2013 de fecha 28 de Agosto de 2013 del Poder Ejecutivo Nacional, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se crea la Unidad Ejecutora de la Obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito - Moreno de la Línea Sarmiento
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Créase la UNIDAD EJECUTORA de la Obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO, como unidad desconcentrada dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de llevar adelante la totalidad de las acciones tendientes al desarrollo de la obra citada precedentemente.
Art. 2° — La UNIDAD EJECUTORA creada por el artículo precedente, estará presidida por UN (1) Coordinador de Infraestructura designado por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS e integrada por UN (1) Coordinador de Enlace Ferroviario propuesto por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y UN (1) Coordinador de Enlace Económico Financiero propuesto por la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, todos ellos de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 3° — Las Coordinaciones que se crean por el artículo precedente tendrán las siguientes funciones:
a) El Coordinador de Infraestructura ejercerá la representación y conducción general de la Unidad Ejecutora, llevando adelante las acciones tendientes a la administración e inspección de la obra Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO.
b) El Coordinador de Enlace Ferroviario asistirá al Coordinador de Infraestructura, en lo referente a la aplicación de las políticas públicas en materia ferroviaria así como la vinculación con los diferentes actores del sistema de transporte.
c) El Coordinador de Enlace Económico Financiero asistirá al Coordinador de Infraestructura llevando adelante la evaluación, propuesta y articulación de los mecanismos financieros que permitan el desarrollo de la obra.
Art. 4° — Facúltase a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a dictar los actos administrativos que resultaren necesarios, a fin de posibilitar el correcto cumplimiento del objeto de la citada UNIDAD EJECUTORA, aprobar su reglamento de funcionamiento e integrar los equipos de trabajo que fueren necesarios para la consecución de su objeto.
Art. 5° — La UNIDAD EJECUTORA de la obra de Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO se disolverá una vez cumplido el objeto para el cual fue creada.
Art. 6° — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL —Recursos Humanos— en la parte correspondiente a la Jurisdicción 56 - Categoría 07 - Actividades Comunes a los Programas de Obras Públicas, para el ejercicio 2013, de acuerdo al detalle obrante en la planilla que como ANEXO forma parte integrante del presente.
Art. 7° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 8° — Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Hernán G. Lorenzino. — Julio M. De Vido.