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5 de julio de 2013

LOS OLVIDADOS DE SIEMPRE PIDEN POR LA VUELTA DEL TREN DE PASAJEROS "EL GRAN CAPITÁN"

CARTAS DE LECTORES

Después de la publicación de la carta del señor Fernando F. González de Estación Sol y Verde del Partido de José C. PAZ y con el título de "SE VIENEN LAS VACACIONES DE INVIERNO. OTRO AÑO QUE NO VAMOS A PODER VIAJAR EN TREN A VISITAR A NUESTRA FAMILIA" (http://wwwcronicaferroviaria.blogspot.com.ar/2013/07/se-vienen-las-vacaciones-de-invierno.html) que publicáramos en Crónica Ferroviaria el 01 de Julio de 2013, recibimos decenas de adhesiones solicitando al Estado Nacional la vuelta del tren de pasajeros El Gran Capitán para unir toda la Mesopotamia a través del ferrocarril. Sobre el particular, a continuación transcribimos los correos recibidos.


Señor Director de Crónica Ferroviaria:

En primer lugar brindo todo mi apoyo, al tren de pasajeros El Gran Capitán. Soy estudiante y hace casi un año que no puedo ir a ver a mi familia en Corrientes.

Espero día a día que vuelva a circular el tren porque es mi medio de transporte. No me alcanza para pagar un pasaje en ómnibus, no son todos los que se pueden dar ese lujo.

Como se nota que al gobierno nacional le importa poco y nada a cerca de los pobres, no se dan cuenta que El Gran Capitán es una necesidad para casi toda la Mesopotamia Argentina.

Me da bronca la idea por parte del gobierno de manipular a las personas decidiendo en que medio de transporte hay que viajar. Yo no puedo pagar un pasaje en ómnibus y mucho menos en avión.

Se que al gobierno y a las empresas de ómnibus no les conviene que el tren de pasajeros El Gran Capitán circule, si pensaron que al quitar el tren todos van a viajar en micros, creo que se equivocaron porque yo no voy a viajar en ese medio de transporte, sino que voy a esperar el regreso del tren. Saludos
Miguel Esquivel

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Queridos compatriotas y habitantes!. Que bueno sería que este medio de comunicaciòn tan econòmico e invatible en el transporte de carga, vuelva a circular x estas vías, uniendo a las pcias. de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes y Misiones!.

Cuantos pueblos que nacieron con el ferrocarril, hoy han desaparecido o les queda poco para hacerlo!. He viajado de Buenos Aires a Paso de los Libres en varias oportunidades, y recuerdo cuanta gente viajaba hacia Uruguayana y Río de Janeiro en carnavales, usando este ferrocarril llegando a Paso de los Libres o Posadas!

Sería bueno que el Estado le haga reparar los puentes y cambiar rieles, durmientes y demás a la empresa brasilera ALL, que ha destruido todo lo que ha podido, al amparo de aquellos que deberían bregar por el cuidado y mantenimiento de este ramal y otros que utiliza.

Todos pidamos a Dios que ilumine a nuestros políticos, sindicalistas y habitantes para que este Ferrocarril Urquiza se ponga en marcha en un tiempo tan breve como les sea posible.

Gracias por dejarme expresar mi pedido!!!!!! saludos del Litoral!!!! abrazosssss!!!!!
Javier Neira

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Es algo tan intolerable el tema de los trenes en Argentina, no se puede hablar de Nacional y Popular si se está dando de baja a un tren de pasajeros que trae progreso y crecimiento a los pueblos por donde pasa.

Si lo dan de baja quiere decir que lo que declaman es mentira. Saluda atte.
María Villola

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Mucha Gente que no puede pagar un pasaje en colectivo y que con este medio (el tren de pasajeros) podía viajar a un bajo costo, gente de los pueblos que vendía a los pasajeros comidas y bebidas, gente que trabaja en el tren, como siempre nunca nadie se puso a pensar en todo esto. sólo piensan en una cosa, el dinero!!!.

Ojala se de la posibilidad de que se restauren las vías de los ferrocarriles y que se vuelva a los trenes, en las rutas los camiones no sólo causan accidentes, asi como los colectivos de larga distancia, porque los hacen trabajar sin descanso y deficiencia de las unidades y el gasto en combustible que produce. También se reduciría los accidentes de transito. Saludos
Daniel

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Que vuelva ya El Gran Capitán!. Como misionero y defensor del Ferrocarril General Urquiza que era un orgullo verlo pasando x Hurlingham, donde vivo.

Además era la opción mas barata para volver a mi tierra, y a bordo de él siempre la pase bien, a pesar de todos los problemas que sabía tener.

Hoy día la vía principal está totalmente herrumbrada y el pasto se la está "comiendo",y en el paso a nivel junto a la estación General Sarmiento ya se ocuparon de echar asfalto sobre los rieles. Eso es inaceptable siendo la vía mas importante del Mercosur. Saludos
Germán

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Señor Director de Crónica Ferroviaria

Buenos días, la verdad que esto de estar sin El Gran Capitán es terrible, no podemos gastar el dinero que nos salen los pasajes en bus de cualquiera de las empresas. Dentro de poco tendremos que sacar un préstamo para poder viajar.

Me dicen que las vías están mal …..entonces, cómo siguen funcionando los trenes de carga de A.L.L. Además, si las vías las rompieron ellos, ¿por qué no las reparan?.

Exijo como ciudadano la pronta vuelta del tren de pasajeros El Gran Capitán de TEA que podía viajar sin problemas a mi pueblo. ¿Quién piensa en los pobres en este país?. Saludos
Miguel Ángel Castro

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Tengo mi hijo viviendo en Concordia y soy pensionada gracias a Cristina, pero el pasaje en micro es muy caro. Necesito el tren porque no puedo pagar el pasaje ómnibus y deseo ver a mi nietito.

El tren “EL GRAN CAPITAN ” FUE PARA MI UNA AYUDA ,,y así ver a mi nieto aunque sea cada tanto …señores ayúdenos a compartir y ser felices con nuestros seres queridos ..Saludos
Celestina Manuela Castro

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Señor Director de Crónica Ferroviaria:

Durante muchos años fuimos con El Gran Capitán a la zona del Litoral. Conocí Desde Entre Ríos hasta Posadas y Las Cataratas del Iguazú. Este año quería conocer más de Misiones y no tengo como viajar… en tren es toda una aventura. Imperdible.

Qué lástima que no funcione. Hagamos todo lo posible para que en este país de democracia absoluta todos podamos viajar y conocer la Argentina. Saludos
Adriana y Gustavo

4 de julio de 2013

SAN LUIS: MINISTRO DE INDUSTRIA SE REÚNE CON TITULAR DE LA EMPRESA BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL FERROCARRIL EN LA PROVINCIA

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

El ministro de Industria, Walter Padula, se reunió este lunes con Mariano Bosch, actual titular de la empresa Belgrano Cargas y Logísticas, firma que ha tomado la operatoria de América Latina Logística (ALL), que tiene bajo su órbita el servicio ferroviario y la administración de la infraestructura.

Durante el encuentro, Padula informó de las acciones que realizó el Gobierno provincial en favor del sector productivo, tales como la construcción de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL), la recuperación de ramales y adquisición de una locomotora de última generación -La Puntana.

“Ha sido una reunión muy positiva y hemos puesto en conocimiento a Bosch de todos los proyectos que la provincia tiene en relación a la recuperación de la actividad ferroviaria,  seguramente vamos a estar trabajando de manera conjunta y ojalá en los próximos meses podamos tener un aumento en las operatorias que tanta necesidad tienen nuestras empresas para mejorarla logística, disminuyendo costos para aumentar la competitividad”, sostuvo el ministro.

El ministro de Industria, Walter Padula, se reunió este lunes con Mariano Bosch, actual titular de la empresa Belgrano Cargas y Logísticas

Durante la reunión, la Provincia presentó los planos para arreglar una alcantarilla rota a la altura del Río Nuevo cerca de Villa Reynolds, que impide desde mediados de marzo que se desarrolle con normalidad el servicio de cargas. Desde la ZAL se estaba trabajando con ALL para la solución y ahora lo hará con Belgrano Cargas y Logísticas SA.

También se planteó la necesidad de definir el futuro de un convenio firmado con ALL, en donde se utilizaría la locomotora “La Puntana”, adquirida por el Gobierno provincial, para el transporte de mercaderías de las industrias de San Luis hacia Rosario y Buenos Aires.

En la reunión participaron funcionarios de la Secretaría de Transporte Ferroviario de la Nación. Durante la misma, el ministro puntano solicitó que se le dé continuidad al trámite para poner en marcha el tren de pasajeros que unirá Justo Daract y Villa Mercedes.

Respecto a ese último asunto, el ministro recordó que “su puesta en funcionamiento está supeditada también a este corte en el ramal. Al respecto se mantuvieron reuniones con la Secretaría de Transporte y se espera para los próximos días tener un visto bueno para comenzar a operar”.

28 de junio de 2013

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA POSIBLE ESTATIZACIÓN DEL TREN DE LA COSTA Y LA EMPRESA CONCESIONARIA AMÉRICA LATINA LOGÍSTICA -ALL-

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución solicitando un Pedido de Informes al PEN sobre la posible estatización de las empresas Tren de la Costa y América Latina Logística.

Dicho trámite recayó en el Expte. Nro. 4767-D-2013 del día 17 de Junio de 2013, siendo los firmantes de dicho proyecto de Resolución los Diputados Nacionales Alberto José Pérez, Ivana María Bianchi, Lino Walter Aguilar y Nora Esther Videla todos del Frente Peronista de San Luis.


Fundamentos

El día de ayer, el titular de la cartera de Interior y Transporte, Cdor. Randazzo, anunció la estatización del Tren de la Costa y del ramal de cargas concesionado a la empresa America Latina Logística -ALL--.

Según explicitó el Ministro en conferencia de prensa, la decisión en torno a la cancelación del contrato con la firma ALL se debió a incumplimientos por parte de esta última y, asimismo, a una decisión política de reducir los costos de la logística.

En el caso del Tren de la Costa, los motivos expresados se vincularon a falta de mantenimiento, y la estatización alcanza asimismo, a los bienes comerciales, entre los que se des- taca el Parque de la Costa.

En base a ello, el objeto del presente pedido de informes es conocer pormenorizadamente los distintos aspectos vinculados a la decisión política de rescindir los mencionados contratos de concesión, con el fin de que los ramales en cuestión vuelvan a ser administrados en manos del Estado, a través de la recientemente creada Belgrano Cargas y Logística S.A.


Para ello, consideramos pertinente conocer cuál será el costo fiscal que tendrá para el Estado la decisión de cancelar ambos contratos, en qué incumplimientos han incurrido las empresas concesionarias; a qué importe asciende el presupuesto operativo de ambos ramales; cómo será financiado por el Estado; el monto al que ascienden los subsidios a favor de dichas empresas y, finalmente, cuál es el origen de los recursos con los que el Poder Ejecutivo afrontará los gastos de la medida.

27 de junio de 2013

TRENES "ESTATIZADOS", EN MANO DE PEDRACISTAS, VACIADORES Y SOJEROS

ACTUALIDAD

Una semana antes del nuevo choque de trenes, y a través del ministro Randazzo, el gobierno anunció la estatización del Belgrano Cargas, de los tramos de carga del interior del país de las líneas Urquiza, San Martín y Sarmiento que gerenciaba la brasilera América Latina Logística (ALL) y del Tren de la Costa, también en manos de ALL.

Estas líneas quedarán en manos de “funcionarios públicos” ligados a las mineras y los sojeros y la burocracia de la Unión Ferroviaria (UF) y La Fraternidad (LF).

El “estatizado” Belgrano Cargas pasará a ser una sociedad anónima. Se estableció además que los directores de la nueva empresa sean Marcio Barbosa, Marcelo Bosch, Hugo Vega, Augusto Costa, Sergio Sasia y Pablo de Santos. Las acciones quedarán repartidas en un 40% para Administración De Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Del Estado (Adifse), un 35% para la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad Del Estado (Sofse) y un 25% para la Administración de Puertos. Belgrano Cargas y Logística SA estará a cargo de manejar las líneas que usufructuaba ALL.


Transitoriamente, quedará en manos de Marcelo Bosch, quien es propietario de la empresa crediticia y financiera Lonquimay TP SA, con actividad en la producción agropecuaria. Es dueño y directivo de numerosas empresas del rubro agroganadero -producción y comercialización de granos, así como cría, engorde y venta de ganado. Los otros directivos del “renovado” Belgrano Cargas también tienen historia. Marcio Barbosa es secretario de Interior, administrador en Aerolíneas Argentinas y Austral, y abogado de la misma empresa. Sergio Sasia es el actual secretario general de la Unión Ferroviaria, en reemplazo de Pedraza. Sasia fue gerente de recursos humanos del Belgrano Cargas y ex representante sindical en la línea. Además, es dueño de All Right Clean SRL, una tercerizada de servicios de limpieza.

Hugo Vega, por su parte, es el dirigente de La Fraternidad que rubricaba los acuerdos salariales entre los sindicatos -con Sasia por la UF- y la empresa Belgrano Cargas SA. Entre los directores suplentes se destacan Domingo Galeano -otro histórico en el secretariado nacional de la UF, que fue secretario de la Cooperativa Unión del Mercosur, la empresa tercerizada manejada por Pedraza y su esposa, Graciela Coria- y Claudio Gumezroli, del secretariado de La Fraternidad y dueño de una empresa constructora. Gumezroli fue citado a indagatoria para los próximos días por el juez Claudio Bonadío, en una causa por corrupción ocurrida justamente en el Belgrano Cargas, junto a Pedraza y el ex ministro de Transporte, Ricardo Jaime, entre otros.

Otro designado entre los directores de la empresa “estatal” es Rafael Roldán, ex director de la Agencia Gubernamental de Control del PRO en la Ciudad de Buenos Aires hasta 2012 -el mismo palo de donde provenía el ex secretario Juan Pablo Schiavi.

Los gremios también mantendrán sus garras en la administración de estas líneas ferroviarias a través de Sofse y Adifse, donde sus personeros continúan ocupando puestos clave. En la primera, que manejará el Tren de la Costa, están Agustín Special y Juan Araya, vicepresidente y director respectivamente. Special es miembro del secretariado nacional de La Fraternidad, mientras Araya es abogado de Pedraza y hombre de la Unión Ferroviaria. El presidente de Sofse es Guillermo Justo Cháves, un dirigente ligado a Randazzo, sin experiencia ferroviaria, aspirante a la intendencia de La Plata en 2011, cuando fue derrotado por Pablo Bruera. Por otra parte, Adifse está manejada por el presidente José Nicanor Villafañe, un miembro de La Fraternidad que, además, es dueño mayoritario de Reparferr SA, una tercerizada que proveía servicios en el Belgrano Norte.


La “revolución ferroviaria” prometida por Randazzo es un engendro sin parangón. Fuente: Partido Obrero

18 de junio de 2013

BRASIL: CLIENTES RECLAMAN A LA EMPRESA AMÉRICA LATINA LOGÍSTICA S.A. POR INCUMPLIMIENTOS DE CONTRATOS

EXTERIOR

Além da perda de concessões na Argentina, concessionária enfrenta dificuldades também no país. Nos últimos meses foram quatro processos abertos na ANTT

A perda de oito mil quilômetros de ferrovia na Argentina no início do mês é apenas um dos problemas que atormentam o dia a dia da América Latina Logística (ALL), a maior concessionária da América do Sul. Por aqui, a empresa, que até há bem pouco tempo vendia a imagem de que mantinha uma saúde financeira invejável, tem sido alvo de uma série de reclamações de clientes por descumprimento de contratos e da Agência Nacional de Transportes Terrestres (ANTT) por má conservação dos trilhos - ela administra 13 mil quilômetros de estradas de ferro nas Regiões Sul, Sudeste e Centro-Oeste.


Nos últimos meses, quatro processos foram abertos no órgão regulador contra a ALL - empresa que tem como sócios o Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), o Previ (fundo de pensão dos funcionários do Banco do Brasil) e a Funcef (dos funcionários da Caixa), além de GP Investimentos. A companhia tem entre seus acionistas a 3G Capital, gestora de recursos do empresário brasileiro Jorge Paulo Lemann, que recentemente fechou a aquisição da Heinz.

A ANTT reguladora não quis divulgar o nome dos clientes que estão questionando a concessionária, mas fontes consultadas pelo jornal O Estado de S. Paulo contaram que a lista inclui Agrovia, Rumo Logística, Copersucar e Minermix Mineração.

Leia também: ALL diz que não recebeu comunicado oficial da Argentina
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ALL pede ajuda a Brasília sobre questão argentina, diz jornal

As companhias, que preferiram não se manifestar sobre o assunto, assinaram contratos de longo prazo (em média de 25 anos) com a ALL para transportar seus produtos pelos trilhos. Na maioria dos acordos as empresas investiam na compra de vagões, na recuperação de trechos da malha ferroviária e na construção de terminais de transbordo. Tudo ficava sob a administração da ALL, que dava aos clientes desconto no transporte da carga pela estrada de ferro. De um lado, as empresas reduziam a dependência do transporte rodoviário e do outro a concessionária aumentava a carteira de clientes.

A Agrovia, por exemplo, comprou 669 vagões, mas até agora apenas 16% do volume previsto no contrato está sendo cumprido pela ALL. No caso da Rumo, a parceria prevê investimento de 1,2 bilhão de reais na duplicação da malha, construção de pátios e terminais e compra de vagões e locomotivas. O objetivo é permitir que 80% do açúcar produzido pela Cosan (dona da Rumo) seja transportado pelos trilhos até 2015. Mas, segundo fonte ligada à companhia, apesar dos investimentos, apenas cerca de 30% do contrato estava sendo honrado pela ALL.


A principal reclamação é de que, com a supersafra de grãos, a ALL estaria desviando vagões e locomotivas dos clientes para atender a outras demandas no Centro-Oeste, cuja rentabilidade seria maior. A vantagem é tamanha que a ALL prefere pagar multa (ou compensações) a honrar o contrato assinado, diz um executivo do setor.

Compensações — Em nota, a ALL afirmou que tem cumprido todas as regras contratuais e que a prestação de serviço é regida por cláusulas compensatórias. Se o volume previsto não for honrado, a empresa faz um ressarcimento ao cliente. Além disso, a concessionária destaca que tem feito os investimentos acordados. Mas questões externas, como demora na emissão da licença ambiental para trechos de duplicação, atraso na expansão da estrutura portuária por parte dos clientes e entraves no compartilhamento de trechos com outras ferrovias, dificultaram a execução de uma parcela do volume contratado. "Tais situações, pontuais e excepcionais, têm sido objeto de contrapartidas compensatórias contratuais por parte da companhia."

O diretor da ANTT, Carlos Fernando do Nascimento, afirma que a expectativa é resolver o conflito até o fim do mês. "Já solicitamos aos clientes que nos enviem mais informações sobre os prejuízos que o descumprimento dos contratos tem causado. A partir daí, vamos verificar que medidas adotar." Para ele, é importante que os clientes colaborem com o trabalho da agência e denunciem erros, abusos e perdas causadas pelas concessionárias.

Por ser a maior empresa ferroviária do país, com a administração de quatro concessões, a ALL é também a campeã de multas na ANTT. São 71 milhões de reais em punições por vários tipos de irregularidades, afirma Nascimento. Mas a maioria está na Justiça, já que a empresa não concorda com a decisão da agência reguladora. "Até hoje ela só pagou 1 milhão de reais em multas. O restante está judicializado." A ANTT já determinou cronogramas para que a empresa recupere uma série de trechos em situação precária - ou sem condições - de tráfego. Em algumas áreas, os dormentes - madeiras que sustentam os trilhos - estão podres.

A concessionária destaca, entretanto, que desde o início da concessão investiu mais de 7 bilhões de reais em melhorias na malha ferroviária, em vagões e locomotivas e registrou um crescimento de volume médio de mais de 10% ao ano desde 1997. "Ou seja, aumentamos em mais de seis vezes o volume transportado em 16 anos de operações. Em 2012, movimentamos cerca de 60 milhões de toneladas de carga", afirmou a ALL.

Privatização — A história da companhia começou com as privatizações das malhas administradas pela Rede Ferroviária. Em 1997, um grupo liderado pelo GP Investimentos arrematou a malha sul, de 7.304 km nos estados do Rio Grande do Sul, de Santa Catarina, do Paraná e de São Paulo. Depois de colocar ordem na casa e tornar a operação lucrativa, os sócios decidiram fazer o IPO (oferta pública de ações) da empresa, em 2004. Nessa época, eles já haviam comprado a Delara, cujo dono se tornou um dos principais sócios da ALL.


Dois anos mais tarde compraram uma das principais concorrentes, a Brasil Ferrovias, que vivia uma grave crise financeira. A aquisição permitiu forte crescimento da empresa, mas também elevou o endividamento da companhia para algo em torno de 3,8 bilhões de reais (dívida líquida em março de 2013). No ano passado, a Cosan anunciou a compra de 5,67% da ALL por quase 900 milhões de reais. A proposta aguarda aprovação no Conselho Administrativo de Defesa Econômica (Cade), mas a aquisição tem sofrido resistência por parte dos sócios do grupo, especialmente dos estatais.VEJA (Nota enviada por nuestro colaborador en Brasil Ing. Paulo Ferraz)

16 de junio de 2013

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS ESTATIZACIONES ANUNCIADAS SOBRE LAS EMPRESAS FERROVIARIAS TREN DE LA COSTA Y AMÉRICA LATINA LOGÍSTICAS (ALL) Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución solicitando pedido de informes al PEN sobre diversas cuestiones relacionadas con las estatizaciones anunciadas sobre las empresas ferroviarias Tren de la Costa y América Latina Logística y otras cuestiones conexas.

Dicho trámite recayó en el Expte.4574-D-2013 del 06 de Junio del corriente año, siendo la firmante de dicho proyecto de Resolución la Diputada Nacional Ivana María Bianchi (Frente Peronista - San Luis)

Fundamentos

El Gobierno rescindió los contratos por incumplimiento; la empresa Belgrano Cargas y Logística se ocupará de los ramales; el Ministro no descartó "seguir avanzando" en las estatizaciones.

El ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, anunció hoy en conferencia de prensa la estatización del Tren de la Costa y ALL, un ramal de cargas.

Randazzo aseguró que, en el caso de ALL, "hubo una decisión política vinculada por un lado al incumplimiento del contrato, y por el otro a reducir los costos de la logística, para que a través del transporte la producción sea más competitiva".

El Ministro argumentó que la concesión a ALL se firmó en 1999, y que desde entonces varios informes revelaron incumplimientos de contrato. "Se realizó una auditoría en 2012, y como resultado se obtuvo que la empresa tenía multas que superaban el 30% de la garantía del contrato, incumplimiento del programa de inversiones, abandono de ramales, y levantamiento de vías, entre otras", comentó.

La empresa que se encargará de la gestión de los ramales de ALL será Belgrano Cargas y Logística SA, recientemente creada a partir de la estatización del Belgrano Cargas.

A su vez, se anunció la estatización del Tren de la Costa, también por incumplimiento de contrato. Randazzo destacó la falta de mantenimiento de vías por parte de la empresa que obtuvo la concesión, y aclaró: "Rescindimos también los bienes comerciales del Tren de la Costa, es decir, el Parque de la Costa. Si queremos defender bien los bienes del Estado, corresponde que estos bienes vuelvan al Estado, ya que cuando se concibió la concesión, se la pensó como un paquete, ramal y parque".


En relación a la recientes estatizaciones, el Ministro afirmó que desde su ministerio no descartan tomar "ningún tipo de decisión": "Si tenemos que avanzar sobre otras líneas de carga y pasajero, lo haremos".

Para concluir la conferencia, Randazzo explicó que los costos de las estatizaciones para el Estado son "cero", y que la CNRT, junto a la Secretaría de Transporte y la Procuración del Tesoro Nacional estudiarán la posibilidad de demandar a las empresas concesionarias por daños y perjuicios.


Es necesario conocer con más detalle las razones que motivaron esta medida, así como las cuestiones vinculadas con el empleo de los actuales trabajadores que se plantean en el presente pedido de informes.

14 de junio de 2013

MENDOZA: LEGISLADORES RECORRIERON LOS TALLERES DE A.L.L. Y RESALTARON EL POTENCIAL DE REPARACIÓN DE LOCOMOTORAS

ACTUALIDAD

Tras el quite de concesión que impulsó el Gobierno Nacional, diputados provinciales llegaron hasta los terrenos ferroviarios de calle Belgrano y, tras una recorrida, reconocieron el trabajo que ahí se realiza. Galería de fotos.

La quita de concesión que el Estado Nacional realizó con la firma América Latina Logística, de capitales brasileños, sigue repercutiendo en el ámbito ferroviario, en el cual (pese a lo que muchos creen) Mendoza no está exento. Es que la comisión de Obras Públicas de la Cámara de Diputados recorrió los talleres que la empresa tenía en calle Belgrano y resaltó el potencial de reparación que tiene el lugar.


Así, los diputados Cristian González, Jesús Riesco, Luís Francisco y Marina Femenía llegaron a los talleres de ALL en la quinta sección mendocina, los cuales a pesar de su estado de abandono tienen el reconocimiento de ser los más grandes de Latinoamérica en materia de reparación de locomotoras.


Ahí, las cámaras de SITIO ANDINO acompañaron a los legisladores y pudieron captar en carne propia la situación en la que están las locomotoras de la firma a la que se le quitó la concesión, que sirven como muestra para describir el abandono de todo el sistema ferroviario nacional.


Sin embargo, las conclusiones a las que se llegaron fueron más que alentadoras, ya que los trabajadores destacaron que los talleres tienen un enorme potencial de crecimiento y de recuperación de vagones, los cuales, siempre que se tome la decisión política y se realicen las inversiones necesarias, hasta podrían ser construidos en Mendoza.


“En estos talleres trabajan directamente 160 personas y otros 7 contratados. Aquí se realiza la reparación integral de locomotoras tanto en mantenimiento preventivo como correctivo”, explicó Daniel Astudillo, titular de la Asociación del Personal de dirección de Ferrocarriles Argentinos (A.P.D.F.A).


Además, los trabajadores se mostraron altamente satisfechos con el proceso de reestatización de los ferrocarriles que impulsa el Gobierno. “Creemos que el sistema ferroviario debe volver a ser un sistema, ya que los concesionarios habían segmentado todo de forma independiente, no integral”, indican.


En cuanto al principal inconveniente del sistema ferroviario actual, Astudillo reconoció que si bien las locomotoras que se utilizan para el transporte de carga son de hace 40 años, las mismas se encuentran en “buen estado”, por lo que el mayor obstáculo está en la falta de cuidado de las vías y estaciones a lo largo y ancho del país.

Por su parte, el legislador Cristian González, presidente de la comisión de Obras, explicó que la visita tiene que ver con el trabajo de un foro integrado por ex ferroviarios que pidieron una recorrida por los talleres.

“Hemos quedado asombrados de lo que existe en la provincia, talleres con capacidad para realizar múltiples tareas, esto tiene un potencial enorme para crecer con una fuerte inversión estatal. Todos nos vamos sorprendidos e ilusionados”, opinó el legislador.


En todos los casos, tanto trabajadores como gremialistas y legisladores coincidieron en la importancia de reactivar el sistema ferroviario nacional, el cual está “prácticamente desmantelado” y sería de gran ayuda no sólo para las economías regionales, sino también para el transporte de pasajeros.SitioAndino.(Nota enviada por el señor Luis Aguiar)

10 de junio de 2013

EL TRISTE RECORD DE LA EMPRESA QUE ESTATIZA HOY RANDAZZO

ACTUALIDAD

Sin grandes cambios, y luego de la tragedia de Once, el Gobierno quiere demostrar que el sistema ferroviario está bajo la lupa.

Recientemente, el Ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, anunció que el tren de carga más grande del país, el Belgrano Cargas, pasaba a ser gestionado por el Estado. Dentro de sus autoridades para que la controlen, nombró a los socios de José Pedraza, preso por el asesinato del joven militante Mariano Ferryra.

Ahora, es el turno de la empresa América Latina Logística Central SA (ALL Central), que tiene a su cargo la explotación del corredor ferroviario que une Buenos Aires y Santa Fe con Cuyo, la cual también pasará a manos del Estado

Según el último informe de El Auditor, la Auditoría General de la Nación (AGN) reveló que es la firma “con mayor frecuencia de descarrilamientos: es cinco veces mayor al resto de los concesionarios de cargas”.

Sin embargo, esa es solo una de las alarmantes observaciones que hizo el organismo de control. Entre 2004 y 2011 “se registraron 642 descarrilamientos accidentales”, de los cuales “el 90% tiene como causa principal el (mal) estado de las vías y el material rodante”.


Además, insólitamente, se detalló que “el material rodante que se sale de las vías no es removido por el concesionado, sino que queda abandonado en el lugar del siniestro”.

Del informe se desprende que desde que en 1993 ALL Central se hizo cargo de la concesión, “nunca abonó el canon”. Hasta junio del año pasado, la deuda, con intereses incluidos, ascendía a $237,5 millones. De nada valieron las intimaciones que la CNRT les envió en 1997, 2001,2003, 2004 y 2012.

Además, la empresa tiene una deuda con ANSES, ya que el 30% de lo recaudado en concepto de canon estaba destinado al Sistema de Seguridad Social administrado por ese organismo. Ese déficit representaba a mediados del año pasado unos $22.6 millones, sin contar intereses.
Asímismo, durante el 2011 ALL Central facturó $370 millones.

Al principio, ALL Central prometió un plan de inversiones por U$S349 millones, que debían completarse al finalizar el 2008. Sin embargo, la AGN, luego de analizar el período 2004/2011, detectó que “sólo habían completado el 9,75%” de los trabajos.

“Los incumplimiento del plan de inversión y mantenimiento son causa directa del alto nivel de deterioro de las vías”, rescata el informe, que además aporta datos contundentes: al inicio del contrato de los 5.584 kilómetros de vías, el 95% estaba en perfecto funcionamiento. En 2011, sólo el 47% lo estaba, encontrándose otro igual porcentaje “fuera de circulación”.

Se encontraron “rieles con alto grado de deterioro, superando el final de su vida útil, fijaciones flojas e inexistentes y clepes elásticos mal alineados”.

Puntualmente, en el ramal que une las provincias de San Luis y Mendoza se constató que “las instalaciones estaban en muy mal estado y se verificó una gran cantidad de descarrilos como consecuencia de la falta de manutención”.

Por estas horas, esta firma ostenta el record de descarrilamientos, que es “cinco veces mayor al resto de los concesionarios de cargas”.

En el informe, aprobado en 2013, el organismo de control manifestó que “los pasos a nivel que están ubicados a lo largo de la red ferroviaria concesionada a ALL Cenral presentan deficiencias de seguridad por ineficacia de la empresa y de las autoridades viales”. De hecho, “de las 150 barreras automáticas que había que incorporar solo se instalaron 20”. También se observo “la existencia de malezas y arbustos que obstruyen la visión y la falta de una correcta señalización, hechos que incrementan el riego de accidentes en los cruces”.

Con respecto a las sanciones, entre 2004 y 2011, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) “dictó 71 resoluciones sancionatorias por casi $23.5 millones, faltas catalogadas como “muy graves”.

Pese a ello, la AGN informa que “para que sean efectivamente aplicadas, los plazos son prolongados”. De hecho, los auditores tomaron una muestra de 11 expedientes de multas y “solo en un caso se aplicó efectivamente la penalidad”. El resto de los casos “lleva una demora de hasta 3 años”.


El diario Página/12 publicó en su edición del 22 de mayo que los ramales que tiene a cargo ALL central están “prácticamente abandonados” y que “la empresa se quiere ir del país”. Que termine rápido el cuento, a ver si todavía tienen que pagarle la deuda millonaria al Estado nacional. Este martes, Randazzo anunciará su estatización, ¿cambiarán las cosas?TribunadePeriodistas

9 de junio de 2013

ENTRE RÍOS: EL GOBIERNO PROVINCIAL PROPUSO REACTIVAR TREN DE PASAJEROS ENTRE EL LÍMITE DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y FEDERICO LACROZE

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Tras el anuncio de la quita de la concesión por parte de Nación a la empresa brasilera América Latina Logística S.A., y la reestatización del trazado del Ferrocarril General Urquiza, el gobierno de la Provincia de Entre Ríos informa que ya encaró un plan de acciones que avanzará en etapas.

Informan que "Junto al gobierno nacional ya se está trabajando para reactivar el tramo ferroviario que recorre la costa del río Uruguay en la provincia. Lo que redundará en la revitalización productiva de la región. Lo reveló este sábado el gobernador Sergio Urribarri durante los actos por el aniversario de General Campos, en el departamento San Salvador”.

“Tenemos muchas cosas por hacer en lo que nos queda de gestión, y en ese sentido quiero contar algo que todavía no había querido hacer público, y es que a las 24 horas de conocida la noticia de la decisión de la presidenta Cristina Kirchner, de estatizar el ramal del Ferrocarril Urquiza, nos reunimos con el ministro del Interior, Florencio Randazzo en Buenos Aires", relató el mandatario entrerriano.


"Me acompañaron el ministro de Infraestructura de la provincia, Juan Javier García y el responsable de la Unidad Ejecutora, Carlos Molina. Le planteamos un proyecto que tenemos para reactivar el Ferrocarril Urquiza, nuestro servicio de pasajeros, a lo largo del límite con Corrientes hasta la estación porteña de Federico Lacroze. Para que nuevamente nuestros pobladores entrerrianos de más de 20 estaciones puedan trasladarse en un tren de pasajeros confortable como los que ya tenemos", precisó Urribarri.

"Porque vale recordar que en estos últimos tres años hemos adquirido más de 10 formaciones ferroviarias 0km que circulan de Concepción del Uruguay a Paraná, de Paraná a Colonia Avellaneda y de Basavilbaso a Villaguay. Con esos trenes nuevos queremos prestar ese servicio y creo que nos va a ir bien”, anunció el mandatario, en el discurso central que brindó, en el marco del acto por el centenario de la localidad de General Campos.

El gobernador, explicó que en la reunión que mantuvo junto a su equipo con el ministro Randazzo, le informó al funcionario nacional que la provincia viene desarrollando un trabajo de cuatro años de investigación y mediciones, desde la Unidad Ejecutora Ferroviaria “y que nos poníamos a disposición para hacerlo viable, porque no debería pasar tanto tiempo para reactivar aunque sea el tramo que va de Corrientes hasta Federico Lacroze. En este sentido seguiremos hablando con él a lo largo de las sucesivas etapas que lleve el proceso de estatización”.

“General Campos y muchos pueblos y ciudades de la provincia ya no van a ser lo que eran antes porque las autovías de la Ruta 14 y Ruta 18 van a traer una mayor corriente de turistas e inversiones productivas. Y así juntando ladrillo por ladrillo vamos a seguir haciendo una General Campos y una Entre Ríos que para nuestros hijos y futuras generaciones será un gran orgullo", señaló Urribarri.

"Y con respecto a las críticas, no hay que dejarse llevar por agravios de gente que no hace nada. No hay que responderles a esos sectores que a través de algunos medios de comunicación intentan enlodar a la gente que trabaja. ¿Qué si cometemos errores? Por supuesto, todos los humanos los cometemos, pero en nuestro caso, todos los días trabajamos y si algún error cometemos lo subsanamos haciendo la correspondiente autocrítica", precisó el gobernador de la Provincia de Entre Ríos

Repercusión del anuncio de reactivación ferroviaria


“La verdad que hacía mucho que veníamos insistiendo ante distintas autoridades para que sancionaran a la empresa dueña de la concesión, porque nunca cumplió con lo que debía cumplir. Dejó que se deterioraran las vías y así abandonó ramales y material rodante, en distintos puntos, incluso aquí cerca. El anuncio del gobernador nos trajo mucha alegría y sabemos que no le será fácil porque desde sectores interesados todavía tratarán de poner trabas legales al proceso de estatización del Ferrocarril Urquiza”, explicó el intendente de General Campos.

7 de junio de 2013

POSADAS: EN LA MESOPOTAMIA 109 PUEBLOS ANSÍAN POR EL REGRESO DEL TREN "EL GRAN CAPITÁN"

ACTUALIDAD

La estatización de la empresa férrea América Latina Logística despertó anhelos de regreso del tren Gran Capitán que dejó sin servicio a 109 pueblos en la región. Movimientos ferroviarios nacionales celebraron la medida y piden que se reactiven servicios en la región Mesopotamica.

El titular de la Asociación de Ferroviarios Desocupados de Argentina, Martín Rodríguez, habló sobre la recuperación y la reestatización del servicio de trenes. "La compañía ALL-América Latina Logística- nos dejó sin servicio de trenes a los más humildes", señaló.

América Latina Logística (ALL) dejó de tener a su cargo el servicio de ferrocarril de cargas y el mantenimiento de las vías férreas de la región. “Decimos basta a la corrupción, ALL perjudicó los horarios del tren e inclusive las vías”, dijo Rodríguez celebrando la reestatización del servicio y agregó “queremos que vayan presos los directivos del ALL”.


A partir de la medida nacional los ferroviarios recuperan más de 200 puestos de trabajo, más los puestos informales creados en las 109 estaciones entre Misiones y Buenos Aires, de vecinos de los distintos pueblos que se dedicaban a vender comida, o servicio de remises y taxis, entre otras cosas.

En Posadas, usuarios y trabajadores del servicio de tren se reunirán para pedir por el Gran Capitán. La convocatoria es para el viernes a la tarde. “Con el Gran Capitán, Misiones, Corrientes y Entre Ríos crecen, las economías regionales de los pueblos crecen. Es una necesidad para todos”, manifestó. Por su parte, la Unión Ferroviaria avaló también la reestatización de la empresa ferroviarias América Latina Logística (ALL) llevada a cabo por el Gobierno nacional. Por medio de un comunicado de prensa, el titular del sindicato, Sergio Sasia, sostuvo que la sociedad tiene "la necesidad de contar con un sistema de transporte ferroviario eficiente, seguro y competitivo, para ello se torna necesario impulsar la modernización, como ya en parte se está haciendo, y el recupero de los ferrocarriles bajo el control del Estado argentino".

"Los ferroviarios apoyamos y acompañamos estas iniciativas llevadas adelante, porque constituyen un pilar fundamental para lograr ese objetivo", amplió el gremialista, quien también es secretario adjunto de la Federación Ferroviaria Argentina (FFA).


Previamente, el gremio de maquinistas, la Fraternidad, también había respaldado la decisión oficial. Moarandu

6 de junio de 2013

LA EMPRESA BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. SERÁ LA OPERADORA DE LAS LÍNEAS QUE TENÍA CONCESIONADAS LA EMPRESA AMÉRICA LATINA LOGÍSTICA S.A.

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Mediante Resolución Nro. 490/2013 de fecha 05 de Junio del corriente año del Ministerio del Interior y Transporte, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se asigna gestión y operación de los servicios de transporte ferroviario de carga a la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A. de aquellas líneas ferroviarias donde operaba la ex concesionaria América Latina Logística S.A.

Dicha Resolución dice lo siguiente:

Resolución 490/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0072282/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1771 del 29 de octubre de 2008 se dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999.


Que por Resolución Nº 585 del 22 de octubre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se dispuso la intervención administrativa de la gestión llevada adelante por la sociedad OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.) en virtud del Contrato celebrado con fecha 13 de junio de 2006, para la operación de los servicios incluidos en la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999.

Que mediante la Resolución Nº 28 del 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se dio por concluida la gestión y operación del contrato de gerenciamiento celebrado oportunamente con la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), de fecha 13 de junio de 2006.

Que por el artículo 2° de la referida Resolución se instruyó a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO para que constituyan una Sociedad Anónima con sujeción al régimen establecido por la Ley Nº 19.550, cuyo objeto consiste en la explotación comercial, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura y de los equipos y de todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO.

Que en el artículo 3° de la Resolución Nº 28 del 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se designó al Sr. Marcelo Mariano BOSCH (D.N.I. 22.656.043) como interventor operativo de la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999, hasta que quede regularmente constituida la sociedad prevista en el artículo 2° de dicha Resolución.

Que mediante el artículo 1° de la Resolución Nº 90 del 1 de marzo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se le encomendó a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO para que presten la colaboración necesaria por cuenta y orden del Interventor Operativo designado mediante la Resolución Nº 28 del 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el artículo 2° de la Resolución Nº 90 del 1 de marzo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE faculta al Interventor Operativo de la Concesión, a solicitar especialmente a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO colaboración en los procesos de pagos y adquisición de bienes y servicios y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO la colaboración en los procesos de cobro y emisión de carta de porte, que garanticen la continuidad, regularidad y seguridad del servicio público de transporte ferroviario de cargas.

Que mediante el Decreto Nº 566 de fecha 21 de mayo de 2013 se dispuso la constitución de la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales —t.o. 1984— y sus modificatorias y las normas de su Estatuto, en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, teniendo por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura, equipos, terminales de cargas y servicios de telecomunicaciones y todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO y de los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.

Que mediante Resolución Nº 469 de fecha 30 de mayo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se dispuso la rescisión del contrato de concesión para la explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, con excepción de los tramos urbanos RETIRO-PILAR y ONCE DE SETIEMBRE-MERCEDES, aprobado por Decreto Nº 41 de fecha 13 de enero de 1993 y resoluciones complementarias, correspondiente a la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, en ejercicio del derecho conferido por el Contrato de Concesión, artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones.

Que en virtud de la misma norma, se dispuso la rescisión del Contrato de Concesión para la explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS, aprobado por Decreto Nº 504 de fecha 24 de marzo de 1993 y resoluciones complementarias, correspondiente a la concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA, en ejercicio del derecho conferido por el Contrato de Concesión, artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones.

Que asimismo, la mencionada Resolución asignó a la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de las competencias previstas en el Decreto Nº 566 de fecha 21 de mayo de 2013, la operación del servicio ferroviario y la administración de la infraestructura ferroviaria que integran las concesiones rescindidas mediante la Resolución Nº 469 de fecha 30 de mayo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que teniendo en cuenta que la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA se encuentra en proceso de formación y que los servicios de transporte ferroviario de carga comprendidos en los contratos de concesión que se rescinden por la Resolución Nº 469 del 30 de mayo del 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, constituyen un servicio público, resulta imprescindible adoptar un remedio excepcional que permita asegurar la regularidad y continuidad del servicio.

Que en consecuencia, hasta tanto quede regularmente constituida la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, resulta conveniente asignar al interventor operativo de la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999, la gestión y operación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, con excepción de los tramos urbanos RETIRO-PILAR y ONCE DE SETIEMBRE-MERCEDES; y de la Línea GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS.

Que asimismo, a los mismos efectos previstos en el considerando anterior, resulta necesario encomendar a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO para que presten la colaboración necesaria, en los términos y con los mismos alcances previstos en la Resolución Nº 90 del 1 de marzo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1° — Asígnase al interventor operativo de la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999, señor Marcelo Mariano BOSCH (D.N.I. 22.656.043), desde la rescisión de los contratos previstos en los artículos 1° y 2° de la Resolución Nº 469 de fecha 30 de mayo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE hasta tanto quede regularmente constituida la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, la gestión, y operación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, con excepción de los tramos urbanos RETIRO-PILAR y ONCE DE SETIEMBRE-MERCEDES; y de la Línea GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS.

Art. 2° — Encomiéndese a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO para que presten la colaboración necesaria por cuenta y orden del señor al interventor operativo de la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999, que permita el normal funcionamiento de los servicios referidos en el artículo 1° de la presente medida.

Art. 3° — El interventor operativo de la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1037 del 20 de septiembre de 1999, señor Marcelo Mariano BOSCH (D.N.I. 22.656.043), de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la presente, podrá solicitar especialmente a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO colaboración en los procesos de pagos y adquisición de bienes y servicios y a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO la colaboración en los procesos de cobro y emisión de carta de porte, que garanticen la continuidad, regularidad y seguridad de los servicios públicos de transporte ferroviario de cargas referidos en el artículo 1° de la presente medida.

Art. 4° — La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.


Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.

APDFA: SUSPENDE PARO PROGRAMADO PARA EL DÍA DE HOY

GREMIALES

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA


5 de junio de 2013

RED NACIONAL FERROVIARIA. SE RESCINDE CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA EMPRESA AMÉRICA LATINA LOGÍSTICA S.A.

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Mediante Resolución Nro. 469/2013 de fecha 30 de Mayo de 2013 del Ministerio del Interior y Transporte, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se rescinde contrato de concesión de la empresa América Latina Logística S.A.

Los considerandos de dicha resolución son los siguientes:

Resolución 469/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0020985/2012 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el crecimiento del ferrocarril argentino supo ser ejemplo de desarrollo en Sudamérica, contando en el año 1947 con una red de más de CUARENTA Y TRES MIL (43.000) Kilómetros de vías. Esta impronta fue potenciada a partir del primer gobierno del General Juan Domingo PERON, quien con la nacionalización de los ferrocarriles, adoptó un papel nacional activo en la gestión y explotación de tales servicios.


Que en el año 1948 se creó la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS la cual tenía como objeto la titularidad de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros y de cargas en la República Argentina y se desarrollan los denominados ferrocarriles de fomento, construidos por el Estado para brindar conectividad, aun cuando no fueran totalmente rentables.

Que en dicho marco se desarrolla el Ferrocarril General Belgrano, el más extenso de la red, que se construyó de este modo a cargo de la empresa de Ferrocarriles del Estado.

Que el crecimiento del ferrocarril se mantuvo en forma constante hasta el año 1955, fecha en la cual declina el interés político en su sostenimiento y finalmente resulta seriamente afectado a partir del año 1958, por aplicación del denominado “Plan Larkin” el cual fue el primer factor del desmantelamiento del ferrocarril argentino.


Que el plan consistió en abandonar el TREINTA Y DOS POR CIENTO (32%) de las vías férreas existentes, despedir a SETENTA MIL (70.000) empleados ferroviarios, y reducir a chatarra todas las locomotoras a vapor, al igual que SETENTA MIL (70.000) vagones y TRES MIL (3.000) coches, con la idea de que se comprase todo esto en el mercado exterior.

Que en el año 1974, en el tercer mandato presidencial del General Juan Domingo PERON, se retoma la política de desarrollo de los ferrocarriles, iniciándose un período de modernización del sector, mediante la electrificación ferroviaria, al autorizarse posteriormente las obras correspondientes a la electrificación del Ferrocarril ROCA.

Que con la finalización de dicha obra, en el año 1982 se dio certificado de defunción a la industria ferroviaria, correspondiendo a dicho hito el último riel cocido en la fábrica argentina SOMISA.

Que, efectivamente, en los años 80, con la dictadura militar que azotó la República Argentina, se profundiza la política liberal de abandono del servicio, aun cuando el mismo estaba en manos del Estado, y así, FERROCARRILES ARGENTINOS ingresa en un profundo deterioro, con un alto déficit operativo, obsolescencia técnica, falta de mantenimiento de los bienes e infraestructura y bajo nivel de inversión.

Que ello llevó a la irremediable declinación del nivel de calidad en el servicio, contribuyendo a la caída de la demanda de pasajeros y de transporte de cargas, junto con un alto nivel de evasión.

Que en base a dicha situación, y el colapso general en que se encontraba el sistema económico argentino, con su punto más agudo en el año 1989, es que en el marco de las Leyes Nros. 23.696 y 23.697 se agudiza la política liberal, en la denominada Reforma del Estado y Privatizaciones de las haciendas públicas productivas.

Que, en dicho marco, se decide la privatización de los ferrocarriles metropolitanos de pasajeros y de cargas, mediante la técnica de la concesión.

Que, con fundamento en la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado; el “Memorándum de Entendimiento para la Reestructuración Ferroviaria y su Programa Anexo”, aprobado por Decreto Nº 2740 de fecha 28 de diciembre de 1990 y en base al Decreto Nº 666 de fecha 1º de septiembre de 1989, se inició el proceso de transferencia de los ramales a los concesionarios privados de transporte ferroviario de cargas y pasajeros, bajo la figura de la explotación integral del servicio, incluyendo  el modo de la prestación, el mantenimiento e inversión en infraestructura y en material rodante y el mantenimiento de los bienes inmuebles que se transfirieron.

Que, la privatización de los servicios ferroviarios y la visión del servicio como un negocio privado profundizaron la crisis del sector.

Que, en efecto, en búsqueda del mayor beneficio, la política pública inspirada en el neoliberalismo de la época, llevaron al cierre de los talleres ferroviarios y la reducción dramática de los recursos humanos, mediante retiros voluntarios y despidos, llevando a la paradoja de contratar un préstamo del Banco Mundial por DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MILLONES (U$S 700.000.000.-) para el pago de indemnizaciones por despido y prescindibilidad de personal, arrojando como resultado que de los NOVENTA MIL (90.000) empleados ferroviarios al inicio de la privatización se redujeran a menos de DIEZ MIL (10.000).

Que a poco que se comenzó a aplicar el sistema, en el año 1997, se dictan los Decretos Nros. 543 de fecha 12 de junio de 1997 y 605 de fecha 1º de julio de 1997, los cuales, reconociendo el fracaso del sistema, inician a menos de 3 años de la fecha de suscripción de los contratos, la renegociación de los mismos, abandonando los objetivos iniciales de mejora del servicio prevista en los pliegos licitatorios.

Que desde el año 1998 se verifica un período de grave recesión in crescendo en el sector, que va a colapsar en el año 2000 y que finalmente desembocara en la sanción de la Ley Nº 25.561, que declara la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que en la misma fecha se empieza a evidenciar un gravísimo deterioro del sistema ferroviario nacional, denunciándose la existencia de actos vandálicos y usurpaciones producidas en numerosas estaciones y zonas de vía.

Que a su vez, la Red Metropolitana ya se encontraba con un deterioro general en la calidad del servicio, por falta de mantenimiento e inversiones en infraestructura, coincidiendo lamentablemente con el deterioro general sufrido por el resto de las actividades económicas y la sociedad.

Que cabe destacar que al 25 de mayo del año 2003, con la asunción del Presidente Néstor Carlos KIRCHNER, el Gobierno Nacional se encontró con un escenario devastador: más de QUINCE MIL (15.000) kilómetros de vías fuera de servicio, cientos de estaciones clausuradas y abandonadas y con ello pueblos aislados.

Que en dicho escenario, es donde se inscriben los Contratos de Concesión correspondientes a las actualmente concesionarias denominadas, AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 786/90 se efectuó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA GENERAL SAN MARTIN y remanente de la LINEA DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO con exclusión de sus tramos urbanos RETIRO - PILAR y ONCE DE SEPTIEMBRE - MERCEDES, conforme al pliego aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 5/91.

Que por Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 362/90 se procedió a convocar la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional que integra la LINEA GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS.

Que mediante Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1496/91, en sus artículos 1° al 6°, se dispone dejar sin efecto el procedimiento Licitatorio convocado por la Resolución del ex MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 362/90; declarar perdida la garantía de mantenimiento de oferta; dar aviso a las Compañías Aseguradoras; intimar al CONSORCIO al pago de la garantía y en caso de resultar infructuosa la intimación mencionada, iniciar las acciones que correspondan.

Que de acuerdo a lo establecido en sus artículos 7° al 13, se dispone llamar a nueva Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional que integra la LINEA GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1457 de fecha 23 de diciembre de 1992 se procedió a adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA SAN MARTIN y remanente de la LINEA DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO con exclusión de sus tramos urbanos RETIRO - PILAR y ONCE DE SEPTIEMBRE - MERCEDES al CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL, integrado por IMPSA S.A.I.C.F. - ROMAN MARITIMA S.A. - TRANSAPELT S.A. - GERVASIO HUGO BUNGE.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 78 de fecha 13 de enero de 1993 se procedió a adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS al CONSORCIO FERROCARRIL MESOPOTAMICO, integrado por IMPSA S.A.I.C. y F. - ALESIA S.A. - OLMATIC S.A. y PETERSEN THIELE y CRUZ S.A.

Que dentro del término previsto por el Pliego de Bases y Condiciones, las adjudicatarias dieron cumplimiento a su obligación de constituirse bajo la forma de Sociedad Anónima, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.550, con el nombre de BUENOS AIRES AL PACIFICO - SAN MARTIN S.A. (en formación) y FERROCARRIL MESOPOTAMICO - GENERAL URQUIZA S.A. (en formación) para las Líneas SAN MARTIN y GENERAL URQUIZA, respectivamente.

Que con fecha 29 de diciembre de 1992 y 15 de enero de 1993 se firman los correspondientes Contratos de Concesión y sus Anexos entre las partes, los cuales resultaron aprobados en definitiva por el Decreto Nº 41 de fecha 13 de enero de 1993, para el caso del FERROCARRIL BUENOS AIRES AL PACIFICO y por el Decreto Nº 504 de fecha 24 de marzo de 1993, para el caso del FERROCARRIL MESOPOTAMICO.

Que por Resoluciones del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Nros. 266 y 409 de fechas 17 de agosto de 2001 y 12 de octubre de 2001, respectivamente se autorizó a las concesionarias a modificar el nombre de las Sociedades por AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA, para el caso de la LINEA URQUIZA con exclusión del tramo electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS, PROVINCIA DE BUENOS AIRES  y AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, para el caso de LINEA SAN MARTIN con exclusión de sus tramos RETIRO - PILAR y ONCE DE SEPTIEMBRE - MERCEDES, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que como consecuencia de la grave crisis económica y social imperante en el año 2001, se sancionó la Ley Nº 25.561, declarando la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, previendo en su artículo 9º la renegociación de los contratos, incluidos los de prestación de servicios públicos.

Que mediante el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003, se creó la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS (UNIREN) en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la cual tiene a su cargo, entre otros, el proceso de renegociación del Contrato de Concesión otorgado a AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA.

Que en dicho ámbito, la citada Unidad tramitó diversas renegociaciones, incluyendo la de los contratos de concesión tratados en la presente Resolución, pero dicho trámite no cumplimentó el procedimiento de aprobación correspondiente.

Que ello es así, en tanto en materia del cumplimiento de las obligaciones previstas en el Contrato de Concesión, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de Organo de Control, realizó las inspecciones correspondientes y verificó numerosos incumplimientos de los concesionarios y por ello, fueron gravemente sancionados a través de las Resoluciones Nros. 217/2010, 220/2010, 355/2010, 365/2010, 555/2010, 557/2010 y 564/2010 todas de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), entre otras.

Que las inspecciones e informes realizados por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), en su carácter de Organo de Control estatal en materia ferroviaria, son insumos de trabajo en la tarea de control que realiza la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, organismo de control externo, dependiente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que posteriormente, la accionista mayoritaria realizó diversas transferencias accionarias, sin la previa aprobación del Concedente y a la fecha no fueron ratificadas.

Que en virtud de los incumplimientos informados y atento a la falta de aprobación de las transferencias accionarias aún pendientes, es que por Nota Nº 834 de fecha 10 de marzo de 2011 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, se devuelven a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, las actuaciones por medio de la cual tramita la renegociación de la Concesionaria aludida, a los fines de su ponderación.

Que por otra parte, la Resolución Nº 1770 de fecha 19 de septiembre de 2008 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), dispuso la obligación de presentar, con anterioridad al 30 de noviembre de cada año, los planes anuales de mantenimiento correspondientes al año siguiente por parte de todos los prestadores de los servicios ferroviarios de pasajeros y de carga del país, respecto a las siguientes especialidades: (i) vía y obras; (ii) material rodante; (iii) señalamiento y comunicaciones y (iv) energía eléctrica.

Que en el marco de la citada resolución, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) ha objetado las gestiones del concesionario correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, lo que ha motivado la aplicación de sanciones que tramitan por los Expedientes Nros. S01:0079808/2010, S01:0206875/2011, S01:0079796/2010 y S01:0206859/2011 todos del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nros. S02:0007500/2013 y S02:0007501/2013 ambos del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que, en particular, por Nota CNRT (I) Nº 246 de fecha 13 de febrero de 2012, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) remitió un informe elaborado por la Gerencia de Seguridad en el Transporte, donde se detalla el grado de cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 1770 de fecha 19 de septiembre de 2008 de la mencionada Comisión.

Que en dicho informe se resaltan los graves incumplimientos de las obligaciones a cargo de la Empresa AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA, lo que dio lugar a graves e innumerables sanciones aplicadas por falta de mantenimiento adecuado.

Que a su vez el órgano de control informó del inicio de una acción de daños y perjuicios por incumplimiento contractual, entablada ante la justicia por el desmantelamiento de la infraestructura ferroviaria, la cual estaba afectando a los dos ramales concesionados.

Que posteriormente, la Nota CNRT (I) Nº 927 de fecha 23 de julio de 2012 expresa que: “… tanto ALL Central S.A. como ALL Mesopotámica S.A. presentan críticas situaciones respecto al nivel de cumplimiento de sus obligaciones contractuales y el mayor grado de incumplimiento en relación con sus planes de mantenimiento, circunstancias que se vienen evidenciando desde hace varios años y que motivaron la aplicación de numerosas multas por distintas causas…”.

Que cabe destacar que las sanciones pecuniarias aplicadas a la fecha, si bien en virtud de lo previsto por el artículo 1º del Decreto Nº 1090 de fecha 25 de junio de 2002, fueron remitidas a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS para su inclusión en el proceso de renegociación contractual, su finalidad correctiva no pudo generar que la concesionaria modificara su conducta, cumplimentando sus obligaciones, a fin de adecuar el servicio a las condiciones establecidas en la normativa vigente.

Que en virtud de estas circunstancias, mediante Nota Nº 1165 de fecha 11 de septiembre de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, remitida a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, manifiesta en relación a los procesos de renegociación pendientes de las firmas AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, que: “...atento lo prescripto en el Acta de fecha 28 de febrero de 2012, se solicita que, a la mayor brevedad posible, propicie las alternativas que considere convenientes dentro del ámbito de su competencia, a los fines de asegurar la continuidad del servicio de transporte de cargas.”, acompañando a tales fines los Expedientes Administrativos Nros. S01: 0424099/2011 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sobre Estado de Deuda de Canon de la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA al 31 de julio de 2011 y S01:0424077/2011 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS referente al Estado de Deuda de Canon de la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA al 31 de julio de 2011; la NOTA Nº S01:0025414/2012 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS sobre Multa impuesta a la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, mediante la Resolución CNRT Nº 155/12; Expediente Nº S01:0053979/2012 (Copia) del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS caratulado como Informe de la CNRT sobre cumplimiento del contrato y Resolución CNRT Nº 1.770/2008 sobre Planes de Mantenimiento en el Sistema Ferroviario; TRAMITE INTERNO Nº S01:00456191/2012 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS sobre Intimación cursada a la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA por canon adeudado mediante la Resolución CNRT Nº 289/12; TRAMITE INTERNO Nº S01:0051183/2012 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Intimación cursada a la concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA por canon adeudado por conducto de la Resolución CNRT Nº 303/12.

Que en este grave estado de situación contractual, se dicta la Resolución Nº 749 de fecha 13 de noviembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por la cual se dispuso la realización de Auditorías Integrales a las empresas AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA a los fines de determinar los pasivos regulatorios y/o contractuales que pudieren existir y realizar el inventario de los bienes entregados en concesión y su estado.

Que por Nota CNRT (I) Nº 1.517 de fecha 28 de noviembre de 2012, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) remite sendos informes elaborados por la Gerencia de Concesiones Ferroviarias y por la Gerencia de Seguridad en el Transporte, que actualizan el grado de cumplimiento y las multas aplicadas a las concesionarias al mes de octubre de 2012, concluyendo en el primero de ellos que “…evaluadas todas las cuestiones que a juicio de esta Gerencia deben ser tenidas en cuenta en el ámbito del proceso de renegociación, no puede soslayarse en el presente análisis que estas empresas han incumplido reiterada y gravemente sus obligaciones contractuales, acciones que en muchos casos se encuadran en lo normado por el articulado del Pliego de Bases y Condiciones como causales de rescisión por culpa del concesionario, a saber: multas aplicadas que superan el 30% de la Garantía del Contrato; incumplimiento del pago del canon por más de SEIS (6) meses, incumplimiento al programa anual de inversiones, abandono de ramales, levantamiento de vías y traslado de activos sin autorización, etc. …”.

Que por su parte y en el marco del proceso de renegociación llevado a cabo con las concesionarias en los términos de la Ley Nº 25.561 y del Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003, la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, manifestó mediante Nota Nº 28 de fecha 5 de diciembre de 2012 y en base a lo informado por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), una evaluación negativa sobre el nivel de cumplimiento contractual del concesionario y que se encuentra en condiciones de aplicar la rescisión del Contrato de Concesión prevista en el Artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones, destacando que la aplicación del mencionado Artículo es facultativa para la autoridad concedente.

Que por Nota CNRT (I) Nº 96 de fecha 14 de marzo de 2013, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) remitió un nuevo informe elaborado por la Gerencia de Seguridad en el Transporte, en donde se detalla el grado de cumplimiento a lo establecido por la Resolución CNRT (I) Nº 1770 de fecha 19 de septiembre de 2008, durante el año 2012, concluyendo que en relación a la situación de la concesionaria de cargas AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA “…se considera que requiere la adopción en tiempo y forma de medidas regulatorias de orden superior, con el fin de revertir el sostenido decaimiento que las respectivas empresas e instituciones han demostrado no estar en condiciones de corregir.”.

Que finalmente la auditoría instruida concluyó en su Informe Preliminar que las concesionarias han incumplido reiteradamente y gravemente sus obligaciones contractuales, por ejemplo, multas aplicadas que superan el TREINTA POR CIENTO (30%) de la garantía del contrato, incumplimiento del canon por más de SEIS (6) meses, incumplimiento al programa anual de inversiones, abandono de ramales, levantamiento de vías y traslado de activos sin autorización.

Que en este marco, los incumplimientos de las concesionarias agravan el déficit histórico en el estado general de la infraestructura, equipamiento y material rodante y redunda en el deterioro de la capacidad y calidad de los servicios prestados.

Que el cúmulo de sanciones aplicadas a las concesionarias, sin haber modificado su conducta, dan lugar a la aplicación de la máxima sanción, ello es la rescisión.

Que todo lo expuesto coloca al poder concedente en una posición inequívoca respecto al ejercicio de su facultad rescisoria, como garante del servicio público de transporte ferroviario de cargas y de la infraestructura ferroviaria que es un bien del dominio público estatal inalienable.

Que esta rescisión opera por culpa exclusiva de las concesionarias AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA y AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA, en virtud de sus graves y reiterados incumplimientos, que configuran los extremos establecidos en el artículo 40.2 de los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables a los contratos de concesión que se rescinden por la presente.

Que el artículo 40.2 de los Pliegos de Bases y Condiciones mencionados expresan que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS podrá resolver la concesión por culpa del concesionario con pérdida de garantía de cumplimiento del contrato, entre otros casos, cuando el Concesionario incumpliese reiterada y gravemente sus obligaciones contractuales y, habiendo sido intimado fehacientemente por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS no las cumpliera.

Que en virtud del dictado de los Decretos Nros. 874 y 875, ambos de fecha 6 de junio de 2012, la potestad aludida en el considerando anterior corresponde ahora al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el Decreto Nº 566 de fecha 21 de mayo de 2013 creó la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales —t.o. 1984— y sus modificatorias y las normas de su Estatuto, teniendo por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura, equipos, terminales de cargas y servicios de telecomunicaciones y todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO y de los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.

Que en consecuencia, resulta conveniente asignar a la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA la operación del servicio ferroviario y la administración de la infraestructura ferroviaria que integran las concesiones de los contratos que se rescinden por la presente medida.

Que para el resguardo del patrimonio del ESTADO NACIONAL, deben adoptarse las acciones conducentes a la preservación de los bienes afectados al referido servicio público.

Que en este sentido, corresponde instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE para que, con la debida intervención de la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA y de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, realice un inventario de los bienes que componen las concesiones que se rescinden por la presente medida, estableciendo su estado de situación, debiendo intervenir para su confección la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que también resulta necesario conocer en toda su extensión los eventuales daños patrimoniales que ha sufrido el ESTADO NACIONAL en virtud de los contratos de concesión que se rescinden por la presente medida, a los efectos de entablar las acciones legales conducentes para reparar dichos daños y todas aquellas acciones de responsabilidad que correspondan.

Que en consecuencia, corresponde instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, para que, con la intervención de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION (PTN), organismo desconcentrado del PODER EJECUTIVO NACIONAL, una vez efectuada la correspondiente liquidación del contrato conforme el régimen contractual aplicable, determinen los eventuales daños y perjuicios que fueren ocasionados al ESTADO NACIONAL, durante la ejecución de los contratos de concesión que se rescinden por la presente medida, a los efectos de iniciar las acciones administrativas y legales que correspondan.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado intervención en el ámbito de las competencias que le son propias.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorios y por el artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones de los Contratos de Concesión que se rescinden por la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º — Rescíndese el contrato de concesión para la explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, con excepción de los tramos urbanos RETIRO - PILAR y ONCE DE SEPTIEMBRE - MERCEDES, aprobado por Decreto Nº 41 de fecha 13 de enero de 1993 y resoluciones complementarias, correspondiente a la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, en ejercicio del derecho conferido por el Contrato de Concesión, artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones, con fundamento en los considerandos de la presente medida.

Art. 2º — Rescíndese el Contrato de Concesión para la explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea GENERAL URQUIZA, con exclusión del tramo urbano electrificado FEDERICO LACROZE - GENERAL LEMOS, aprobado por Decreto Nº 504 de fecha 24 de marzo de 1993 y resoluciones complementarias, correspondiente a la concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA; en ejercicio del derecho conferido por el Contrato de Concesión, artículo 40.2 del Pliego de Bases y Condiciones, con fundamento en los considerandos de la presente medida.

Art. 3° — Asígnase a la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de las competencias previstas en el Decreto Nº 566 de fecha 21 de mayo de 2013, la operación del servicio ferroviario y la administración de la infraestructura ferroviaria que integran las concesiones referidas en los artículos 1° y 2° de la presente medida.

Art. 4° — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE para que, con la debida intervención de la sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA y de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, realice un inventario de los bienes que componen las concesiones a que se refieren los artículos 1° y 2° de la presente medida, estableciendo su estado de situación. Para la confección del inventario deberá tomar intervención la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 5° — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, para que, con la intervención de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION (PTN), organismo desconcentrado del PODER EJECUTIVO NACIONAL, una vez efectuada la correspondiente liquidación del contrato conforme el régimen contractual aplicable, determinen los eventuales daños y perjuicios que fueren ocasionados al ESTADO NACIONAL, durante la ejecución de los Contratos de Concesión previstos en los artículos 1° y 2° de la presente medida, a los efectos de iniciar las acciones administrativas y legales que correspondan.

Art. 6º — Invítase a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION para intervenir en la determinación a que se refiere el artículo precedente, en el marco de su competencia.

Art. 7º — Comuníquese a la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS organismo creado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 8° — Comuníquese a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696 y a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO creada por el artículo 20 de la Ley Nº 25.561.

Art. 9º — La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.


Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.