6 de abril de 2015

Manual sobre derechos y obligaciones de los usuarios del servicio ferroviario de pasajeros

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 386/2015 de fecha 1° de Abril de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:

Artículo 1° — Apruébase el “MANUAL SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO FERROVIARIO DE PASAJEROS” que, como Anexo I forma parte de la presente resolución.


Artículo 2° — Establécese que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico actuarte en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, será la encargada de difundir, aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las previsiones contenidas en el MANUAL que se aprueba por el artículo 1° de la presente, en el marco de sus respectivas competencias.

Artículo 3º — El “MANUAL SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO FERROVIARIO DE PASAJEROS” entrará en vigencia a partir de la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, otorgándose un plazo de TREINTA (30) días para que los concesionarios y operadores ferroviarios adecuen su cartelería y demás mecanismos de información a los estándares aprobados en éste.

Artículo 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

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