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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nº 759/2014 de la Comisión Nacional de Regulación
del Transporte (C.N.R.T.) de fecha 20 de Mayo de 2014, publicada en el Boletín
Oficial del día de la fecha, Se aprueba como Anexo I el “Reglamento de Exámenes
para el otorgamiento del Certificado de Idoneidad Profesional y Habilitación
del Personal de Conducción".
Para una mayor información, transcribimos Resolución Nro. 759/2014 de la
Comisión Nacional de Regulación del Transporte, que dice lo siguiente:
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
Bs. As., 20/5/2014
VISTO los expedientes Nº S02-0042792/2014 y Nº S02-14786/2014 del
registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución de la Comisión Nacional de Regulación del
Transporte Nº 659 del 25 de septiembre del año 1997 se transfiere a este
organismo las funciones propias a la habilitación del personal de conducción
que hasta entonces desarrollaba el Centro de Exámenes de Conducción de la
empresa Ferrocarriles Argentinos.
Que resulta necesario a raíz de la evolución tecnológica y científica
adecuar la metodología, programas y procedimientos para la toma de exámenes a
los futuros conductores de tracciones ferroviarias.
Que el factor humano en la circulación ferroviaria es uno de los
componentes fundamentales del sistema y por ello redunda en un beneficio para
el mismo toda mejora que se realice para garantizar adecuados niveles de
capacidad en quienes realizan dicha tarea a diario.
Que la evaluación de los recursos humanos constituye un elemento central
a los fines de consolidar la profesionalización en la conducción de toda
modalidad de transporte y por ello, los parámetros establecidos para la
medición de dichos conocimientos deben adecuarse a los formatos que garanticen
la consolidación de los conocimientos.
Que los procedimientos establecidos para la toma de exámenes en el área
escrita con opciones múltiples y respuestas cerradas serán generadas mediante
un software que permitirá evaluar los conocimientos de los aspirantes para la
conducción, eliminando cualquier tipo de factor de ambigüedad, con una
corrección rápida, mecanizada y objetiva.
Que este mecanismo permitirá contar con datos estadísticos, de desempeño
y evolución de cada aspirante, con análisis de desempeño por ítems, los que
permitirán por un lado a los examinadores en la etapa de evaluación oral,
focalizar en aquellos conceptos que en la etapa escrita hayan obtenido una
menor puntuación y por otro lado, a los docentes a cargo de las capacitaciones
tomar conocimiento sobre aquellos temas en donde pudiera existir alguna
falencia de comprensión y rediseñar los programas de enseñanza para lograr un
mejor desarrollo de los mismos.
Que además, el almacenamiento de los datos que realizará el software
permitirá obtener estadísticas sobre los rendimientos por ítems, por temas,
taxonomía cognitiva por cada aspirante y seguimiento cronológico de
calificaciones, ya que las bases de datos se actualizarán automáticamente luego
de cada evaluación.
Que en el marco de las inversiones que viene realizando el Estado
Nacional en materia ferroviaria, se encuentra prevista la provisión de
simuladores, que permitirán completar los exámenes con prácticas virtuales,
antes de su realización en campo.
Que se requiere modificar y actualizar la forma de evaluación del
programa de estudios vigente, a fin de adaptarlo a los nuevos paradigmas del
conocimiento, los nuevos métodos de enseñanza y la necesidad de profesionalizar
cada vez más la conducción de tracciones ferroviarias, ello también en virtud
del ingreso de las nuevas formaciones que el estado se encuentra adquiriendo
para incorporar al sistema ferroviario.
Que los cuestionarios de las pruebas escritas han sido confeccionados por
los examinadores que actualmente desempeñan su tarea en la COMISION NACIONAL DE
REGULACION DEL TRANSPORTE.
Que por Resolución Nº 659 de fecha 25 de septiembre de 1997 de la
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se resolvió ejercer las funciones
conducentes a la habilitación del personal de conducción de vehículos
ferroviarios que hasta entonces desarrollaba la empresa FERROCARRILES
ARGENTINOS.
Que la GERENCIA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la GERENCIA DE ASUNTOS
JURIDICOS de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE han tomado en
las presentes actuaciones la intervención que les compete.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por los artículos 12° y 13° del ESTATUTO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION
DEL TRANSPORTE aprobado por Decreto Nº 1.388 de fecha 29 de noviembre de 1996,
y por el Decreto Nº 893 del 5 de julio de 2013.
Por ello, EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL
TRANSPORTE RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébese como Anexo I el “REGLAMENTO DE EXAMENES PARA EL
OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL Y HABILITACION DEL
PERSONAL DE CONDUCCION FERROVIARIA”.
ARTICULO 2° — Reemplácese el Anexo I de la Resolución Nº 659 de fecha 27
de diciembre de 1997 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE por
el Anexo II de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — Apruébese como Anexo III los modelos de Comprobante de
Examen y de Certificado de Idoneidad Profesional.
ARTICULO 4° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. FERNANDO MANZANARES, Interventor, Comisión
Nacional de Regulación del Transporte.
Para ver Anexos hacer click en el siguiente link: