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2 de agosto de 2016

Chile: Metro de Valparaíso incorporó 36 nuevos conductores de trenes

Exterior

Redacción Crónica Ferroviaria:

La Empresa de Ferrocarriles del Estado informa que tras un intenso proceso de formación teórica y práctica, los nuevos conductores recibieron su certificación y las llaves de los trenes. En la ceremonia participó la Seremi del Trabajo, Karen Medina, que destacó la capacitación y creación de nuevos empleos.

La filial Metro de Valparaíso dio la bienvenida a los 36 nuevos conductores que, tras un intenso proceso de formación y pruebas de certificación, se integraron a la empresa.


Tras un intenso proceso de formación teórica y práctica, los nuevos maquinistas recibieron su certificación y las llaves de los trenes.

Durante el periodo de capacitación teórica y práctica que se extendió por más de seis meses, los postulantes adquirieron los conocimientos técnicos y desarrollaron las competencias necesarias para asumir un puesto clave para la empresa y para el transporte público de la región de Valparaíso.

“Metro de Valparaíso está experimentando un importante proceso de crecimiento para enfrentar los desafíos actuales y futuros. Queremos responder eficientemente a las expectativas de nuestros usuarios y la incorporación de este nuevo grupo de maquinistas es un paso importante para fortalecer nuestros servicios”, indicó la gerenta general de Metro Valparaíso, Marisa Kausel.

Al mismo tiempo, Kausel destacó que con este proceso, Metro de Valparaíso está creando nuevos puestos de trabajo de calidad, para la región de Valparaíso.

En ese contexto, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medida, felicitó la iniciativa de Metro Valparaíso de capacitar y generar nuevos empleos. “Esto va en línea con lo que hemos venido haciendo en materia de fortalecimiento del capital humano, productividad y crecimiento para la región. Es una muestra de que capacitar a las personas por una oportunidad de trabajo, significa también mejorar un servicio, lo que sin duda, es una buena noticia y esperamos que estos ejemplos se repitan", aseguró. 

28 de octubre de 2015

España: Competencia propone reducir la formación de los maquinistas de tren para abaratar costes a las privadas

Exterior

* Se pregunta si es necesario que demuestren que conocen cada ruta
* Compara el transporte ferroviario con tareas como conducir autobuses

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que "convendría emprender una reflexión" sobre la necesidad de que los maquinistas de tren tengan que contar con un doble título por razones de seguridad: la licencia y el certificado de conducción.

El 'superregulador' reconoce que este requisito no es propio de España únicamente, sino que se trata de un requisito impuesto en toda Europa. Sin embargo, se pregunta por qué no se exige en otros ámbitos en los que la seguridad es esencial, como es el transporte por carretera.


La comisión apunta que en este otro tipo de transporte no se exige un certificado específico del dominio de determinadas rutas o vehículos junto con el preceptivo permiso de conducir.

En el ferrocarril, en cambio, cada conductor debe estar habilitado específicamente para circular por cada ruta, y para manejar cada tipo de tren. De esa forma, aunque tenga el permiso genérico, no puede llevar un tren para el que no esté habilitado, ni circular por una línea para la que no se le haya concedido formación específica.

La CNMC llama a realizar esta "reflexión" en el informe que ha elaborado, a iniciativa propia, sobre la Orden del Ministerio de Fomento que regula la obtención de los títulos habilitantes para ejercer las funciones de trabajadores ferroviarios, por considerar que presenta aspectos "susceptibles de mejora desde el punto de vista de la competencia y la eficiente regulación económica".

La sugerencia de la CNMC se produce más de dos años después del descarrilamiento de un tren de alta velocidad en Santiago de Compostela, en el que murieron cerca de 80 personas. El juzgado de instrucción ha considerado como único responsable al maquinista, que entró a una velocidad excesiva en una curva cerrada que -como manda el reglamento- no estaba señalizada, al confundir el tramo de vía en el que se encontraba.ElEconomista.es

23 de mayo de 2014

Se aprueba como Anexo I el “Reglamento de Exámenes para el otorgamiento del Certificado de Idoneidad Profesional y Habilitación del Personal de Conducción"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nº 759/2014 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.) de fecha 20 de Mayo de 2014, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, Se aprueba como Anexo I el “Reglamento de Exámenes para el otorgamiento del Certificado de Idoneidad Profesional y Habilitación del Personal de Conducción".

Para una mayor información, transcribimos Resolución Nro. 759/2014 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, que dice lo siguiente:


COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Bs. As., 20/5/2014
VISTO los expedientes Nº S02-0042792/2014 y Nº S02-14786/2014 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte Nº 659 del 25 de septiembre del año 1997 se transfiere a este organismo las funciones propias a la habilitación del personal de conducción que hasta entonces desarrollaba el Centro de Exámenes de Conducción de la empresa Ferrocarriles Argentinos.

Que resulta necesario a raíz de la evolución tecnológica y científica adecuar la metodología, programas y procedimientos para la toma de exámenes a los futuros conductores de tracciones ferroviarias.

Que el factor humano en la circulación ferroviaria es uno de los componentes fundamentales del sistema y por ello redunda en un beneficio para el mismo toda mejora que se realice para garantizar adecuados niveles de capacidad en quienes realizan dicha tarea a diario.

Que la evaluación de los recursos humanos constituye un elemento central a los fines de consolidar la profesionalización en la conducción de toda modalidad de transporte y por ello, los parámetros establecidos para la medición de dichos conocimientos deben adecuarse a los formatos que garanticen la consolidación de los conocimientos.

Que los procedimientos establecidos para la toma de exámenes en el área escrita con opciones múltiples y respuestas cerradas serán generadas mediante un software que permitirá evaluar los conocimientos de los aspirantes para la conducción, eliminando cualquier tipo de factor de ambigüedad, con una corrección rápida, mecanizada y objetiva.

Que este mecanismo permitirá contar con datos estadísticos, de desempeño y evolución de cada aspirante, con análisis de desempeño por ítems, los que permitirán por un lado a los examinadores en la etapa de evaluación oral, focalizar en aquellos conceptos que en la etapa escrita hayan obtenido una menor puntuación y por otro lado, a los docentes a cargo de las capacitaciones tomar conocimiento sobre aquellos temas en donde pudiera existir alguna falencia de comprensión y rediseñar los programas de enseñanza para lograr un mejor desarrollo de los mismos.

Que además, el almacenamiento de los datos que realizará el software permitirá obtener estadísticas sobre los rendimientos por ítems, por temas, taxonomía cognitiva por cada aspirante y seguimiento cronológico de calificaciones, ya que las bases de datos se actualizarán automáticamente luego de cada evaluación.

Que en el marco de las inversiones que viene realizando el Estado Nacional en materia ferroviaria, se encuentra prevista la provisión de simuladores, que permitirán completar los exámenes con prácticas virtuales, antes de su realización en campo.

Que se requiere modificar y actualizar la forma de evaluación del programa de estudios vigente, a fin de adaptarlo a los nuevos paradigmas del conocimiento, los nuevos métodos de enseñanza y la necesidad de profesionalizar cada vez más la conducción de tracciones ferroviarias, ello también en virtud del ingreso de las nuevas formaciones que el estado se encuentra adquiriendo para incorporar al sistema ferroviario.

Que los cuestionarios de las pruebas escritas han sido confeccionados por los examinadores que actualmente desempeñan su tarea en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que por Resolución Nº 659 de fecha 25 de septiembre de 1997 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se resolvió ejercer las funciones conducentes a la habilitación del personal de conducción de vehículos ferroviarios que hasta entonces desarrollaba la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE han tomado en las presentes actuaciones la intervención que les compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12° y 13° del ESTATUTO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE aprobado por Decreto Nº 1.388 de fecha 29 de noviembre de 1996, y por el Decreto Nº 893 del 5 de julio de 2013.

Por ello, EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébese como Anexo I el “REGLAMENTO DE EXAMENES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL Y HABILITACION DEL PERSONAL DE CONDUCCION FERROVIARIA”.

ARTICULO 2° — Reemplácese el Anexo I de la Resolución Nº 659 de fecha 27 de diciembre de 1997 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE por el Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Apruébese como Anexo III los modelos de Comprobante de Examen y de Certificado de Idoneidad Profesional.

ARTICULO 4° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. FERNANDO MANZANARES, Interventor, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

Para ver Anexos hacer click en el siguiente link: