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14 de febrero de 2023

La empresa NIZA S.A. nuevo cliente para el transporte ferroviario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa NIZA S.A. eligió los beneficios del transporte ferroviario para realizar un despacho de exportación. La reactivación del transporte ferroviario implicó una reducción clave en los costos de flete para las industrias radicadas en la provincia.

Según la Agencia de Noticias de San Luis, esta semana, la empresa, actualmente radicada en Villa Mercedes, utilizó el tren de carga con destino a Buenos Aires. Las industrias de San Luis encuentran en la plataforma multimodal de cargas, servicios logísticos con beneficios que potencian su rentabilidad. 

"Habitualmente usamos servicios de almacenamiento en la Zona de Actividades Logísticas y esta semana hicimos una prueba de despacho de exportación, utilizando el transporte multimodal desde la carga en planta hasta el puerto de Buenos Aires. Estamos conformes con los servicios en general prestados por la Zona de Actividades Logísticas y sin duda los recomendaría", explicó Eduardo Miotti, quien está a cargo de la Planta Maní de Niza S.A. 


San Luis Logística, a cargo de Sebastián Lavandeira, continúa logrando importantes avances en el desarrollo ferroviario. Por un lado, consolidó el rutinario envío semanal de más de 20 vagones, también la puesta a punto de 15 propios de la provincia, habilitados por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Por otro lado, durante el mes de Noviembre de 2022, la locomotora diésel eléctrica denominada "La Puntana" reactivó su trayecto Zona de Actividades Logísticas – Justo Daract. 

6 de febrero de 2023

Chile: Noviembre y Diciembre de 2022 fue un hito en el transporte de cerezas por parte de FEPASA

Exterior

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa FEPASA (Ferrocarril del Pacífico S.A.) informa que durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2022, se marcó un hito al realizar el primer servicio de transporte de cerezas por transporte ferroviario.

Esta iniciativa fue diseñada especialmente para la temporada de la cereza y desarrollada en alianza con la empresa Maersk, logrando el traslado seguro y eficiente de más de 360 contenedores cargados con cereza de exportación desde Teno a San Antonio.

Para esto, se dispusieron vagones especialmente acondicionados con capacidad de suministrar energía eléctrica a los contenedores refrigerados, con el propósito de favorecer el traslado de estos productos entre las regiones del Maule y O’Higgins hasta el Puerto de San Antonio. 

"Este año pretendemos repetir el servicio tan pronto comience la siguiente temporada de exportación de cerezas", expresan desde la empresa FEPASA  

23 de enero de 2023

La Junta de Seguridad en el Transporte ingresó como nuevo miembro de la Unión Internacional de Ferrocarriles (UIC)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La Junta de Seguridad en el Transporte (JST) informa que ha ingresado en carácter de miembro a la Unión Internacional de Ferrocarriles (UIC).  

Se trata de la asociación internacional que regulariza y estandariza normativas sobre operaciones, mantenimiento, ambiente, seguridad, señalización, diseño y gestión de riesgos del sistema de transporte ferroviario a nivel mundial. Nuclea a 214 empresas y organismos estatales de todo el mundo con el objetivo de desarrollar políticas y facilitar la cooperación internacional entre sus miembros para promover la mejora del sistema. 

De esta manera, la JST participará de manera activa de los diversos equipos de trabajo de la UIC, y contará con información y datos de vital importancia acerca de diversas temáticas de seguridad operacional para generar mejoras continuas en el sistema de transporte ferroviario en la Argentina. 

En ese sentido, el Presidente de la JST, Julián Obaid, expresó: “Estamos orgullosos de que la JST sea miembro activo de la UIC. De esta manera podremos afianzar los lazos que hemos estado construyendo estos últimos años, y continuar trabajando en la mejora del sistema ferroviario nacional, participando activamente dentro de los grupos de trabajo abordados por la UIC en materia de seguridad, sostenibilidad, accesibilidad e inclusión. El intercambio de información será propicio para continuar desarrollando nuestra actividad con datos estadísticos a nivel nacional e internacional. Además, contaremos con el apoyo de la UIC en la concreción de la mesa de articulación a nivel regional de seguridad operacional ferroviaria”. 

La Junta de Seguridad en el Transporte (JST) es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Transporte de la Nación, creado en el mes de abril de 2020 mediante la Ley 27.514 y la Resolución 98/2020. Se trata del primer organismo de investigación multimodal de Iberoamérica que investiga accidentes e incidentes ocurridos en todos los modos de transporte. Su objetivo no es buscar responsabilidades civiles y/o penales, sino contribuir a la seguridad en el transporte con estudios y recomendaciones. Al crearse, absorbió a la Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil (JIAAC). Para más info: https://www.argentina.gob.ar/jst.

12 de enero de 2023

Consulta pública sobre Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario en la Línea Mitre

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras invita a todos y a todas a participar de una nueva consulta pública para conocer su opinión sobre el Proyecto de Modernización del Transporte de Pasajeros en la Línea Mitre.

Por favor, responda un breve cuestionario y sea parte de la historia ferroviaria

https://servicios.adifse.com.ar/cprm/

23 de diciembre de 2022

Aprueban Cuadro Tarifario para los Trenes de Pasajeros a partir del 1ro. de Enero de 2023

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 952/2022 de fecha 22 de Diciembre de 2022 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el Artículo 2° del Anexo expresa lo siguiente: "Apruébanse para los Servicios Públicos de Transporte Ferroviario Metropolitano de Pasajeros de Jurisdicción Nacional, los cuadros tarifarios que como ANEXO II, forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de Enero de 2023".


Asimismo, en el Artículo 11° del Anexo expresa que "los valores tarifarios previstos en los Anexos I, II, III, aprobados por los artículos precedentes de la presente resolución, y los valores tarifarios a que refieren los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la presente medida, se ajustarán mensualmente a partir

del mes de Marzo de 2023 y hasta el mes de Diciembre de 2023, tomando en cuenta a tal efecto el Índice de Precios al Consumidor Nivel General de la Región Gran Buenos Aires relevado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSO (INDEC), publicado el mes anterior respecto a cada período mensual a actualizar (n-2)".

Además, se "faculta a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, respecto los cuadros tarifarios de los Servicios Públicos Interurbanos Regionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros, previstos en los Anexos IV, V, VI, VII, VIII y IX aprobados por los artículos 5°, 6°,7°, 8°, 9°y 10° de la presente resolución,a cobrar una tarifa a partir del mes de marzo de 2023 y hasta el mes de diciembre de 2023, que no podrá exceder el monto resultante de ajustar trimestralmente los cuadros tarifarios consignados en dichos Anexos, tomando en cuenta a tal efecto el Índice de Precios al Consumidor Nivel General de la Región Gran Buenos Aires relevado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSO (INDEC), publicado el mes anterior respecto a cada período trimestral a actualizar (n-2). 

Hay que recordar que la última actualización, que entró en vigencia el 1 de Agosto, hubo un promedió de aumento del 40% y fue la primera en aplicarse desde principios del año 2019. 

A continuación transcribimos la Resolución Nro. 952/2022 y su Anexo que expresan lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Declárase la apertura del Procedimiento previsto en el “REGLAMENTO GENERAL DE LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL MINISTERIO DE TRANSPORTE” aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 616 de fecha 13 de julio de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, respecto del proyecto de modificación de los cuadros tarifarios del transporte por automotor de pasajeros urbano y suburbano de Jurisdicción Nacional y del transporte ferroviario de pasajeros de Jurisdicción Nacional, que como ANEXO I (IF-2022-137550838-APN-SECGT#MTR), forma parte integrante de la presente medida.

La participación ciudadana que se propicia a través del presente procedimiento reviste carácter gratuito, en tanto y en cuanto el participante no requiera la reproducción de datos, documentos o instrumentos, en cuyo caso los costos de reproducción correrán a su cargo.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para que actúe como Autoridad Responsable de la dirección y coordinación del procedimiento abierto en virtud de lo previsto en el artículo precedente y facúltasela a elaborar el “Informe de Cierre” de la instancia de participación ciudadana abierta por el artículo 1º de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Invítase a la ciudadanía a expresar sus opiniones y propuestas con relación al proyecto al que se refiere el artículo 1° de la presente, contenido en el ANEXO I.

Podrá participar del presente procedimiento toda persona humana o jurídica, pública o privada, conforme lo dispuesto en el artículo 2º del Anexo I “REGLAMENTO GENERAL DE LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL MINISTERIO DE TRANSPORTE” aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 616/18 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4°.- Establécese el plazo límite de TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir del día 26 de diciembre de 2022, para que los interesados puedan presentar sus opiniones y/o propuestas, y/o formular comentarios respecto de la norma proyectada.

ARTÍCULO 5°.- La participación ciudadana se efectivizará a través del sitio web del MINISTERIO DE TRANSPORTE: https://www.argentina.gob.ar/transporte. Los interesados podrán participar una sola vez por cada instancia convocada.

Las opiniones, podrán tener una extensión máxima de CINCO MIL (5000) caracteres, pudiendo adjuntarse documentos hasta un tamaño máximo de VEINTE (20) MEGABYTES.

Las opiniones recibidas serán publicadas desde su expedición hasta la expiración del plazo para participar, de conformidad a lo establecido en el artículo 4° de la presente medida. Las opiniones allí vertidas no tendrán carácter vinculante.

ARTÍCULO 6°.- Déjase constancia que la norma proyectada que se somete a consideración de la ciudadanía estará a disposición para su consulta ingresando en el sitio web del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 7°.- Las presentaciones realizadas en los términos del artículo 5° recibirán el tratamiento previsto en el artículo 10 del Anexo I de la Resolución N° 616/18 de este MINISTERIO.

ARTÍCULO 8°:- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la hora CERO (0) del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por UN (1) día, y en la página web institucional de este MINISTERIO DE TRANSPORTE por el plazo máximo previsto en el artículo 4° de la presente, y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, remítanse las presentes actuaciones a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE. Diego Alberto Giuliano

Anexo

El Ministro de Transporte de la Nación, resuelve:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse para los Servicios Públicos de Transporte de Pasajeros por Automotor de carácter Urbano y Suburbano deJurisdicción Nacional, los cuadros tarifarios que como ANEXO I, forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse para los Servicios Públicos de Transporte Ferroviario Metropolitano de Pasajeros de Jurisdicción Nacional, los cuadros tarifarios que como ANEXO II, forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 50 de fecha 6 de abril de 2016 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Establécese que en el supuesto de infracción a lo previsto en el artículo 141 del REGLAMENTO GENERAL DE FERROCARRILES aprobado por el Decreto N° 90.325 de fecha 12 de septiembre de 1936 y sus modificatorias, en los servicios de transporte ferroviario de pasajeros prestados en el ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES en las Líneas MITRE y TREN DE LA COSTA, GENERAL ROCA, GENERAL SAN MARTÍN, BELGRANO SUR, SARMIENTO, GENERAL URQUIZA y BELGRANO NORTE, se impondrá una multa equivalente a DIEZ (10) veces el importe de la tarifa correspondiente a la Primera Sección de la Escala Tarifaria Aplicable al Transporte Público de Pasajeros Ferroviario de Jurisdicción Nacional –Servicios Metropolitanos–, del servicio utilizado por el pasajero infractor.”.

ARTÍCULO 4°.- Apruébanse para los Servicios Públicos de Transporte Ferroviario de Pasajeros Locales Extendidos de Jurisdicción Nacional, los cuadros tarifarios que como ANEXO III, forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 5°.- Apruébanse como tarifas de referencia, mínimas y máximas, para el Servicio Público Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros entre las Estaciones GARUPÁ y POSADAS, ambas de la Provincia de MISIONES, pertenecientes a la Línea GENERAL URQUIZA, la que como ANEXO IV, forma parte integrante de la presente resolución, las cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 6°.- Apruébanse los cuadros tarifarios, para los Servicios Públicos Regionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros, correspondientes a CACUÍ (Provincia de CHACO) – RESISTENCIA (Provincia de CHACO), DONOVAN (Provincia de CHACO) – LOS AMORES (Provincia de CHACO), y SÁENZ PEÑA (Provincia de CHACO) – CHOROTIS (Provincia de CHACO), pertenecientes a la Línea GENERAL BELGRANO, que como ANEXO V forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.}



ARTÍCULO 7°.- Apruébanse los cuadros tarifarios para el Servicio Público Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendida entre las Estaciones CÓRDOBA (MITRE) (Provincia de CÓRDOBA) – CAPILLA} DEL MONTE (Provincia de CÓRDOBA), y ALTA CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA) – CAPILLA DEL MONTE (Provincia de CÓRDOBA), perteneciente a la Línea GENERAL BELGRANO, que como ANEXO VI forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.


ARTÍCULO 8°.- Apruébanse los cuadros tarifarios para el Servicio Público Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros

en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendida entre las Estaciones PARANÁ (Provincia de ENTRE RÍOS) y LA PICADA (Provincia de ENTRE RÍOS), perteneciente a la Línea GENERAL URQUIZA, que como ANEXO VII forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.


ARTÍCULO 9°.- Apruébanse los cuadros tarifarios para el Servicio Público Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros entre las Estaciones CAMPO QUIJANO (Provincia de SALTA) y GÜEMES (Provincia de SALTA), perteneciente a la Línea GENERAL BELGRANO, que como ANEXO VIII forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.


ARTÍCULO 10.- Apruébanse los cuadros tarifarios para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros comprendido entre las Estaciones PLOTTIER (Provincia de NEUQUÉN) - NEUQUÉN PASAJEROS (Provincia de NEUQUÉN) y CIPOLLETTI (Provincia de RÍO NEGRO), perteneciente a la Línea GENERAL ROCA, que como ANEXO IX forman parte integrante de la presente resolución, los cuales regirán a partir del 1° de enero de 2023.


ARTÍCULO 11.- Los valores tarifarios previstos en los Anexos I, II, III, aprobados por los artículos precedentes de la presente resolución, y los valores tarifarios a que refieren los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la presente medida, se ajustarán mensualmente a partir del mes de marzo de 2023 y hasta el mes de diciembre de 2023, tomando en cuenta a tal efecto el Índice de Precios al Consumidor Nivel General de la Región Gran Buenos Aires relevado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSO (INDEC), publicado el mes anterior respecto a cada período mensual a actualizar (n-2).

Facúltase a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, respecto los cuadros tarifarios de los Servicios Públicos Interurbanos Regionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros, previstos en los Anexos IV, V, VI, VII, VIII y IX aprobados por los artículos 5°, 6°,7°, 8°, 9°y 10° de la presente resolución, a cobrar una tarifa a partir del mes de marzo de 2023 y hasta el mes de diciembre de 2023, que no podrá exceder el monto resultante de ajustar trimestralmente los cuadros tarifarios consignados en dichos Anexos, tomando en cuenta a tal efecto el Índice de Precios al Consumidor Nivel General de la Región Gran Buenos Aires relevado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSO (INDEC), publicado el mes anterior respecto a cada período trimestral a actualizar (n-2).

ARTÍCULO 12.- Establécese que los cuadros tarifarios aprobados por los artículos 5°, 6°, 7°,8° y 9° de la presente medida, se aplicarán con independencia del modo de pago que se utilice (SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO -S.U.B.E.- o efectivo), y que los cuadros tarifarios establecidos por el artículo 10, contemplan una tarifa diferente según se abone con el SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) o con efectivo. La misma metodología se aplicará a los valores que resulten de la actualización prevista en el artículo precedente.

ARTÍCULO 13.- Facúltase a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, respecto de los Servicios Público Interurbanos Regionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros, referidos en los artículos 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 de la presente medida, a definir su política de detenciones en estaciones intermedias, y a fijar la respectiva tarifa, considerando a tal efecto las tarifas proporcionales implícitas que surjan en el corredor, tramo de vía y clase de vehículo.

ARTÍCULO 14.- Apruébase como tarifa de referencia, para los Servicios Públicos Interjurisdiccionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros –Servicios de Larga Distancia–, comprendidos entre las Estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y MAR DEL PLATA (PROVINCIA DE BUENOS AIRES) de la Línea GENERAL ROCA, la suma de PESOS MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE ($1.197), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), la cual regirá a partir del 1° de enero de 2023, y para los servicios comprendidos entre las Estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y DIVISADERO de PINAMAR (PROVINCIA DE BUENOS AIRES) de la Línea GENERAL ROCA, una tarifa de referencia de PESOS MIL TREINTA Y OCHO ($1.038), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), la cual regirá a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 15.- Apruébase como tarifa de referencia, para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicios de Larga Distancia–, comprendido entre las Estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y BAHÍA BLANCA (Provincia de BUENOS AIRES) de la Línea GENERAL ROCA, la suma de PESOS DOS MIL CUARENTA Y NUEVE ($ 2.049), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), la cual regirá a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 16.- Apruébase como tarifa de referencia para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicio de Larga Distancia–, correspondiente al Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendida entre las Estaciones RETIRO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y JUSTO DARACT (Provincia de SAN LUÍS) de la Línea GENERAL SAN MARTÍN, la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS ($ 1.962), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 17.- Apruébase como tarifa de referencia para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicio de Larga Distancia–, comprendido entre las Estaciones RETIRO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y ROSARIO NORTE (Provincia de SANTA FE) de la Línea MITRE, la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 948), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 18.- Apruébase como tarifa de referencia, para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicio de Larga Distancia–, comprendido entre las Estaciones RETIRO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) – Ciudad de CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA) de la Línea MITRE, la suma de PESOS DOS MIL CIENTO SEIS ($ 2.106), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 19.- Apruébase como tarifa de referencia, para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicio de Larga Distancia–, comprendido entre las Estaciones RETIRO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y Ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMÁN (Provincia de TUCUMÁN) de la Línea MITRE, la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 3.447), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 20.- Apruébase como tarifa de referencia, para el Servicio Público Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros – Servicio de Larga Distancia–, comprendido entre las Estaciones ONCE (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) y PEHUAJÓ (Provincia de BUENOS AIRES) de la Línea SARMIENTO, la suma de PESOS MIL OCHENTA Y SEIS ($ 1.086), equivalente a un valor por kilómetro de PESOS TRES ($ 3), a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 21.- Facúltase a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a aplicar tarifas menores hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) o mayores hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) respecto de las tarifas de referencia aprobadas a través de los artículos 14, 15, 16,17, 18, 19 y 20 de la presente resolución.

ARTÍCULO 22. - Facúltase a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a definir su política de detenciones en estaciones intermedias, y a fijar las respectivas tarifas de cada tramo, considerando a tal efecto el valor resultante de multiplicar la distancia entre las estaciones de origen y destino del tramo, por el valor por kilómetro aprobado mediante los artículos 14, 15, 16,17, 18, 19 y 20 de la presente Resolución, con más las variaciones en más o en menos que resulten por aplicación del artículo 21 de la presente resolución.




ARTÍCULO 23.- Facúltase a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), respecto los Servicios Públicos Interjurisdiccionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros –Servicio de Larga Distancia–, referidos en los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la presente Resolución, a definir las tarifas correspondientes a la clase dormitorio.

ARTÍCULO 24.- Establécese que las tarifas de los Servicios Públicos Interjurisdiccionales de Transporte Ferroviario de Pasajeros –Servicio de Larga Distancia–, referidas en los artículos 14, 15, 16,17,18, 19 y 20 de la presente Resolución corresponden a la clase Primera, debiendo aplicarse un coeficiente de UNO CON VEINTE POR CIENTO (1,20 %) para determinar la tarifa de la clase Pullman.

10 de diciembre de 2022

Bolivia: Embajadores de tres países destacan el trabajo de Ferroviaria Andina

Exterior

Los representantes de México, Paraguay y Alemania visitaron las instalaciones de la ferroviaria en Potosí y conocieron el trabajo que realiza. Carlos Gill Ramírez, presidente del Directorio de la empresa, explicó la transformación de la institución.

Los embajadores de México, Paraguay y Alemania destacaron el trabajo que realiza la empresa Ferroviaria Andina luego de visitar la estación de trenes en Potosí y conocer a detalle el trabajo, las operaciones y su rol en la economía del país.

Los visitantes recibieron una información completa de parte de Carlos Gill Ramírez, presidente del Directorio de la empresa.

Mediante una videoconferencia, Gill repasó todo el proceso de transformación que ha tenido Ferroviaria Andina S.A. hasta convertirse en una empresa de logística integral, más allá de una empresa únicamente de transporte ferroviario.

El encuentro fue parte de una visita oficial de la delegación de diplomáticos a la ciudad de Potosí.

Estuvieron en la Villa Imperial la embajadora de México, María Teresa Mercado; la embajadora de Paraguay, Terumi Matsuo y el embajador de Alemania, José Schulz.

“Es la primera vez que recibimos tres embajadores en nuestras instalaciones. Tuvimos la oportunidad de explicarles a profundidad lo que hacemos y la proyección que tenemos”, dijo Cynthia Aramayo, gerente corporativo y de relaciones institucionales de la empresa.

Explicación

Mediante una videoconferencia, Carlos Gill brindó una explicación general de la operación ferroviaria, tanto en occidente como en oriente, y de la importancia de la logística en la economía nacional.

Los embajadores profundizaron en varios aspectos de la operación de la empresa como el volumen que transporta de carga minera, el tipo de mineral que se transporta y el impacto en la economía de la región.

Consultaron, además, sobre la relación con las empresas mineras de capital extranjero que operan en el departamento.

“Creemos que este es el inicio del fortalecimiento de las relaciones entre nuestra empresa y los tres países que nos visitaron, así como con Potosí”, agregó Aramayo.

La presencia de los embajadores fue gestionada por la Federación de Empresarios Privados de Potosí, liderada por Sebastián Careaga, y por Ferroviaria Andina S.A.

Los embajadores cumplieron en Potosí una agenda de visita a las autoridades locales.

Asimismo, fueron declarados Huéspedes Ilustres de Potosí y visitaron la Casa de la Moneda y otros atractivos turísticos de la ciudad.LaRazón.bo.com

5 de diciembre de 2022

Por Ley del Presupuesto Nacional se exime de impuestos a la importación de material ferroviario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Ley Nro. 27.701 del Presupuesto Nacional, el el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley el siguiente artículo vinculado con el transporte ferroviario:

Artículo 62.- Se exime de los derechos de importación, de las tasas por servicios portuarios, aeroportuarios, de estadística y comprobación y del impuesto establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, a las importaciones para consumo de material para uso ferroviario, material rodante en sus diversas formas, maquinaria y vehículos para mantenimiento, control y trabajos de rehabilitación de vías, contenedores, sistemas de señalamiento, sistemas de frenado y sus componentes y partes, puertas y portones automáticos, transformadores, rectificadores, celdas, interruptores, cables, hilo de contacto de catenaria, tercer riel, soportería, catenaria rebatible y demás materiales necesarios para el tendido eléctrico ferroviario, materiales para uso en estaciones ferroviarias, aparatos de vía, fijaciones, rieles, equipos y sistemas de computación y comunicación para uso ferroviario, herramientas y maquinaria para uso en vías, talleres y depósitos ferroviarios, de los repuestos, insumos y componentes que estén directa o indirectamente relacionados con esas mercaderías, que estén destinados a proyectos de inversión para el fortalecimiento y mejoramiento del sistema de transporte ferroviario de pasajeros y de cargas, que sean adquiridos por el Estado nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (CUIT 30-71069599-3), Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (CUIT 30-71068177-1), Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima (CUIT 30-71410144-3), Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (CUIT 30-66350282-0) y/o Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado (CUIT 30-71525570-3).

Exímese del Impuesto al Valor Agregado a las prestaciones de servicios efectuadas por sujetos del exterior necesarias para la puesta en marcha y/o el funcionamiento de tales bienes, que se realicen en el país o en el exterior, comprendidas en los incisos b) y/o d) del artículo 1° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, cuando los prestatarios sean los sujetos indicados en el primer párrafo de este artículo.

La mercadería importada con los beneficios establecidos por este artículo no podrá transferirse a terceros diferentes de los individualizados en el artículo 8° de la ley 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control de Sector Público Nacional y sus modificatorias, por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de su libramiento a plaza y deberá afectarse exclusivamente al destino tenido en cuenta para el otorgamiento de los beneficios aquí conferidos.

Estos beneficios regirán para mercadería nueva o usada que sea embarcada hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, y solo serán aplicables si la industria nacional no estuviera en condiciones de proveerlas, sobre lo cual deberá expedirse el Ministerio de Economía.

8 de noviembre de 2022

Uruguay: El pasado 25 de Octubre llegaron al puerto de Montevideo 20 vagones del tren que transportará la carga de la nueva planta de UPM

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa CHR Group Uruguay informa que después de muchos años en los que el transporte ferroviario en Uruguay no había logrado acompañar la evolución de la producción, la logística y la economía del país, finalmente el tren comienza a llegar a dicho país de la mano de CHR Group, grupo empresarial uruguayo líder en servicios logísticos y sus socios españoles de COINTER, a través de la empresa Portren, y que integran el consorcio DBCC Transport, junto a Deutsche Bahn International Operations, que estará a cargo de la operación del tren.

El pasado 25 de Octubre llegaron a Montevideo los primeros 20 vagones y en los próximos meses se irá recibiendo todo el equipamiento necesario para completar los 120 vagones y las 7 locomotoras, que transportarán 2,3 millones de toneladas de celulosa al año, y los insumos para la planta de UPM. La operación de descarga estuvo a cargo de Planir Operador Portuario, empresa CHR Group.

Los vagones, provenientes de Bilbao, España, pesan 22 toneladas, tienen 17,4 metros de largo y una capacidad de 64 toneladas de carga. Fueron diseñados especialmente para este proyecto, disponen de características antivandálicas (lona, cubierta superior y testeros metálicos), son estancos al agua y cuentan en su interior con una solución antideslizante que evita que la carga se desplace durante el transporte. 

El proceso de carga y descarga de celulosa se realizará por la cubierta superior, la cual cuenta con un sistema de apertura y cierre eléctrico, con un sistema manual alternativo. Los vagones se utilizarán en convoyes de hasta 26 vagones traccionados por una única locomotora.

En el mes de mayo habían llegado los primeros prototipos y en marzo se habían iniciado las obras del Centro de Operaciones y Mantenimiento en la ciudad de Juanicó, Departamento de Canelones.

4 de noviembre de 2022

Para alcanzar los objetivos climáticos del 2030 hay que transportar la carga por ferrocarril

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El medio de transporte ferroviario para la carga de mercaderías no tiene rival en cuanto su respeto por el clima, ya que supone un ahorro del 80 % de CO2 en comparación con el transporte por carretera y un 40% menos de CO2 que los barcos que viajan por ríos interiores.

Para ello, habría que combinar inteligentemente el tren y el camión para contribuir a salvar nuestro planeta. De nosotros depende.

24 de octubre de 2022

El transporte de madera en rollo

Nota de Opinión

Por: Fernando Della Tea (Ingeniero Forestal)

La madera en rollo es un producto de muy bajo valor por unidad de peso por lo que el sector forestal debe involucrarse más en la logística de transporte, independientemente si vende madera en pie o sobre camión. La falta de desarrollo industrial de la Provincia de Corrientes obliga a transportar largas distancias a los mercados de pino en el norte y de eucalipto en el sur.

El sector primario debe cambiar la cultura del camión, caso contrario el negocio logístico siempre será dominante, con el valor del flete superando al del producto que transporta. Entre 200 y 300 km se equilibran ambos negocios, variable que depende del producto y la especie. Con madera pulpable la distancia de equilibrio es mucho menor.

No es sostenible seguir transportando rollos de pino o eucalipto por camión a tan grandes distancias porque así nunca se tendrán los precios justos por los trozos aserrables y pulpables. Además, cuando se tenga que gestionar la huella de carbono será muy difícil compensar las emisiones de alcance 3 si no se modifica la matriz logística desde ahora.

En la cuenca mesopotámica hay ríos y varios ramales ferroviarios, los primeros sin la priorización que debieran y los segundos con cuasi abandono en los anteriores gobiernos. La exportación de pino sirvió para reactivar los puertos fluviales de la Provincia Entre Ríos y para salvar el ramal Posadas de la Línea Urquiza que estaba pronta a desactivarse.

Los puertos entrerrianos han permitido la apertura de negocios de exportación de rollos de pino (y potencialmente de eucalipto) a mercados asiáticos. El puerto de Ibicuy y el ferrocarril de carga se han complementado para permitir el envío de madera del norte de Corrientes a esos mercados.

La reactivación del ferrocarril permite contar con otras alternativas en la región, tanto norte-sur como hacia arriba con fletes de retorno. Los bitrenes ya probados demostraron sus ventajas y factibilidad de uso. Por último, la construcción de puertos sobre el Paraná, especialmente en Corrientes, permitirá nuevas variantes logísticas tanto para el sector primario como el industria.

27 de septiembre de 2022

Bolivia: Transporte comunitario

Exterior

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Ferroviaria Andina de Bolivia informa que llegan con el transporte ferroviario a las comunidades donde el acceso a carreteras aún es limitado y el tren es la solución. 


En este caso, el servicio es realizado por un buscarril que cumple la función social de otorgar transporte a las poblaciones más necesitadas. 

Fotografías gentileza empresa Ferroviaria Andina

"Por ello, estamos comprometidos con el desarrollo de nuestro país", expresan desde la empresa Ferroviaria Andina

20 de septiembre de 2022

TAI está construyendo 26 nuevos pasos bajo nivel en distintas localidades del Gran Buenos Aires

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructura informa que está construyendo 26 pasos bajo nivel ubicados en las Líneas Roca, Belgrano Sur, Mitre, Belgrano Norte, San Martín y Sarmiento, que beneficiarán tanto a los usuarios del transporte ferroviario, como a los vecinos de 18 municipios que cruzan a diario las vías.

Las obras contemplan la construcción de calzadas doble mano para vehículos, sendas peatonales, rampas y escaleras que conectarán de forma segura ambos lados de las vías. Además, se instalará iluminación LED para proteger a los vecinos y las vecinas que transiten por allí.


De los 26 cruces, 18 de ellos están ubicados en zona sur, 5 en la zona norte y 3 en el oeste del Área Metropolitana de Buenos Aires. Las obras alcanzan a los municipios de: Avellaneda (calle Otero), Florencio Varela (Camino del Touring Club), Lomas de Zamora (calles Loria y Vieytes), Almirante Brown (Av. San Martín y Av. Perón), Ezeiza (calle Sarratea), La Matanza (calles Casares, Ezeiza, Carcarañá, Equiza y Av. Illia), San Vicente (calle Bolivia), Cañuelas (calles Juárez y Azcuénaga), Quilmes (calles Laprida y Av. República del Líbano) Monte Grande (Av. General Alvear), San Martín (calle Perdriel), San Fernando (Av. Sobremonte), Malvinas Argentinas (Av. Simón de Iriondo), Escobar (calle Pablo Podestá), Pilar (Av. Bergantín Independencia) 3 en zona oeste: José C. Paz (calle Pueyrredón), Moreno (calle Lebensohn) y 3 de Febrero (Av. América).

Las obras están enmarcadas dentro del Plan de Modernización del Transporte Ferroviario que lleva adelante el Ministerio de Transporte de la Nación en todo el país.

26 de agosto de 2022

Córdoba: Impulsan en Alta Gracia una movida vecinal para el regreso del tren de pasajeros

Actualidad

Recuperar el servicio de transporte ferroviario que conectaba con Córdoba es el objetivo de un movimiento comunitario que cobra impulso en la ciudad del Tajamar.

Aunque orilla los 60 años y pasaron más de cinco décadas, Víctor Cuello recuerda como si fuera hoy su primera vez a bordo de un tren. La formación era parte del Serranoche y parte del Rayo de Sol, su abuela lo llevaba de la mano y su mamá estuvo a punto de viajar al día siguiente porque tenía miedo que el niño se arrepintiera de la travesía apenas posara un pie en el andén de Retiro.

Ocurrió lo opuesto: a sus cinco años nació en el niño Víctor un amor por rieles, andenes y formaciones que lo acompaña aún hoy, al punto de que es uno de los impulsores de la movida vecinal en Alta Gracia para el retorno del tren de pasajeros a la Ciudad del Tajamar.

Durante casi todo el siglo veinte el tren acompañó el crecimiento de la ciudad, con locomotoras a vapor primero y diésel después, tanto como transporte de pasajeros y formación turística como en su versión carguera para transportar lo producido por las canteras locales, cereales e incluso agua para Río Segundo. Hasta que la dictadura primero y el menemismo después, dos fases del mismo plan, dieron de baja el tren de pasajeros primero y el de cargas luego. “Ramal que para, ramal que cierra”, cundió en aquella segunda década infame en la que el tren dejó de pasar, hubo despidos al por mayor y la estación de Alta Gracia quedó como testigo muda de un tiempo que prometían no volvería jamás.

Volver

Treinta años más tarde, y como en otras geografías del país, son los ex ferroviarios y sus vecinos quienes impulsan el regreso del tren. Más que anclar en la nostalgia, los anima su amigabilidad con el medio ambiente, su menor impacto en los costos de logística, su accesibilidad y seguridad, que impactaría en las cada vez más preocupantes estadísticas de accidentes viales. Entre las varias agrupaciones que entablan esta lucha está la Asociación Ferroviaria al Servicio del País (Afesepa) que en Alta Gracia animan Víctor y otros, y que está presta a lanzar una juntada de al menos 30 mil firmas para pedirle a Transporte de la Nación el regreso del tren.

“El tren es muy importante, más en un contexto de crisis económica y social. Y una importante alternativa para el usuario del transporte público, que paga un altísimo costo; Alta Gracia tiene además la ventaja de ser una ciudad turística. Nosotros pensamos en un tren turístico como un servicio adicional al de pasajeros”, ilustra a su turno Romualdo Pérez, ex ferroviario e integrante de la Asociación.

La historia local y el tren están entrelazadas: las formaciones de madera y hierro acompañaron el crecimiento de la villa serrana desde 1890, cuando arribó la primera formación a través del ramal que enlazaba con Río Segundo.  En 1912 se creó el ramal GM9 entre Rosario y Córdoba y las formaciones empalmaban en Rafael García rumbo a la capital provincial. Muchos trenes llegaban a Alta Gracia desde Retiro sin pasar por Córdoba: turistas, pacientes de enfermedades respiratorias o simples viajeros descubrían así las serranías cordobesas. La inauguración del aristocrático Sierras Hotel trajo consigo la llegada de formaciones de lujo, y en el pueblo se desarrolló una infraestructura ferroviaria de porte: la Colonia Evita, el Policlínico y el Hotel Quinta La Florida entre las más importantes, junto al complejo ferroviario hoy céntrico que tenía playa de maniobras, tres vías, silos de acopio de cereales, mesa giratoria, viviendas ferroviarias y estación clase A. 

En el marco de las tragedias argentinas que tuvieron como bandera el achicamiento del Estado, el tren de pasajeros dejó de circular poquito antes de 1980, y el de cargas en la década del 90, tras ser concesionado a la empresa Ferrocarril Central Argentino.

Cuenta Cuello que “en Alta Gracia el cierre se sintió bastante, las canteras eran fuente de trabajo para mucha gente”, y que tras la concesión “la empresa Ferro Central Argentino consideró que no era rentable, hasta que decidieron darlo de baja”. “Lo que no ha hecho es cuidar el patrimonio que le fue concedido”, completa mientras refiere que resta un par de años de ese contrato de cesión de lo público.

En ese marco, y mientras a lo largo del trazado altagraciense han florecido construcciones públicas y privadas sin autorización formal, lo que Afesepa se plantea es “trabajar con las asociaciones intermedias, juntar al menos unos 30 mil firmas, armar una carpeta y presentarla al Ministerio de Transporte de la Nación para que vuelva el tren de pasajeros a Alta Gracia”. Las alternativas son dos: recuperar el servicio a Córdoba vía Rafael García, ramal más corto pero con unos 6 kilómetros intrusados, o vía Río Segundo, más extenso y antiguo pero paradójicamente de mayor factibilidad.

“Sería un servicio social para un montón de gente que viaja a Córdoba cada día y se ve atada al servicio de colectivos, incluso con algunas líneas monopólicas, algo que en Alta Gracia no nos es desconocido”, completa Cuello.

Traspasar los límites

Romualdo Pérez ya conoce el camino: años atrás fue parte del proceso que devino en la recuperación del Tren de las Sierras, en Punilla, un servicio que sigue en expansión. 

“Tenemos el antecedente de haber instalado la lucha por la extensión del tren en Punilla y se logró. Lo habíamos intentado con fundamentos técnicos y académicos, presentamos proyectos con el Colegio de Ingenieros de Córdoba; no resultó. Lo intentamos reuniéndonos con los intendentes; no resultó. Entonces fuimos por el camino más largo: hicimos que los vecinos  de distintas localidades se involucraran con campañas de firmas, juntamos 31 mil adhesiones en seis años de trabajo y logramos traspasar los límites”. El entusiasmo es mayor, la ilusión tiene forma de locomotora y ya está en marcha.LaNuevaMañana.com

20 de agosto de 2022

Chile: Presidente Boric anuncia fortalecimiento del tren: nuevos servicios y estaciones entre RM y Chillán

Exterior

El presidente Boric anunció en la comuna de Rengo el mejoramiento del transporte ferroviario para las regiones de O’Higgins, Maule y Ñuble. Según destacó, por ejemplo, Chillán contará con los trenes más modernos de Sudamérica que actualmente están en fabricación en China, y que deberían arribar a partir del primer semestre de 2023.

El presidente Gabriel Boric, junto al ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, y el presidente de EFE, Eric Martin, anunció el mejoramiento del transporte ferroviario para las regiones de O’Higgins, Maule y Ñuble.

Así lo señaló en una actividad realizada este viernes en la comuna de Rengo, hasta donde el mandatario llegó en tren.

El presidente Boric haciendo el recorrido en tren 

“Vamos a recuperar los trenes para Chile, sabemos que esto no es algo que se logre de la noche a la mañana, sabemos que no es una tarea de un solo Gobierno”, sostuvo.

“Tenemos que aprender de las experiencias pasadas, los aciertos y errores, y también darle continuidad a lo que tiene que ser una política de Estado, para que esto no se agote en los cuatro años que nos toca a nosotros”, agregó.

En ese sentido, pidió que “el próximo Gobierno que venga, sea del signo que sea, le dé continuidad a este nuevo impulso que le estamos dando a los trenes para Chile”.

“Por motivos que no va al caso detallar, durante la década de los ochenta, durante la dictadura, se abandonaron los trenes y fueron cayendo en desuso”, lamentó Boric.

“Durante las últimas décadas hubo casos de gente que se benefició personalmente o que hizo mal las cosas y terminó perjudicando a la empresa”, dijo

“El Estado tiene un rol importante que jugar, con estándares de probidad, con estándares de transparencia”, añadió.

Se habilitarán estaciones de Requínoa, Rosario y Pelequén

En la oportunidad, el presidente Boric anunció la habilitación de tres nuevas detenciones en el Tramo San Fernando-Rancagua.

Se trata de las estaciones de Requínoa, Rosario y Pelequén, las que podrían estar operativas en un plazo de entre 12 a 18 meses.

A esto se suman los trabajos para la habilitación de las estaciones Rengo y San Fernando.

Según se estima, la habilitación del Tramo San Fernando Rancagua beneficiará a unas 90 mil personas.

“Lo que tenemos en mente y es hacia donde queremos avanzar, en que el tren se expanda por todo el país”, resaltó.

Boric anunció mejoramiento de ramal Talca-Constitución

Para la región del Maule, en tanto, el mandatario anunció el mejoramiento del ramal Talca-Constitución.

Entre ellos, destacan las gestiones en curso para la llegada de 3 nuevos buscarriles. Además, durante los próximos meses se trabajará en el diseño del nuevo Centro de Mantenimiento de Talca.

El proceso de rehabilitación de la vía permitirá reducir en 30 minutos el tiempo de viaje para el tramo completo entre Talca y Constitución, pasando de 3 horas y 15 minutos a 2 horas y 45 minutos, lo que será implementado en septiembre.

A esto se suma la adjudicación de la licitación para la adquisición de tres nuevos buscarriles de origen brasileño, con climatización y espacio para sillas de ruedas.

Boric anuncia renovación completa de flota de trenes de EFE

Por último, el presidente Boric adelantó que el nuevo servicio a Chillán contará con los trenes más modernos de Sudamérica que actualmente están en fabricación en China, y que deberían arribar a partir del primer semestre de 2023.

Con esta flota se habrá renovado por completo toda la flota de trenes de EFE por primera vez en la historia.

Esto generará que la calidad del servicio sea igual para todas las regiones, resaltó el mandatario.

De esta forma, el nuevo servicio a Chillán llegará hasta Santiago en un tiempo de 4 horas y tendrá un servicio expreso que se detendrá solo en Talca y Chillán con tiempo de viaje a la capital de Ñuble en 3 horas y 40 minutos y 2 horas 20 minutos al Maule.

“El proyecto tren Chillán Estación Central va a continuar su avance y vamos a iniciar sus pruebas el próximo año. Esto va a beneficiar del orden de los 800 mil pasajeros al año, en un recorrido que considera 12 comunas en 4 regiones”, valoró.

“Valoremos lo que significa el tren, un medio de transporte seguro, un medio de transporte limpio, que es amigable con el medio ambiente, que nos permite la emisión de gases contaminantes para enfrentar la crisis climática”, puntualizó.

“Nosotros hoy día estamos viajando al futuro y estamos viajando en tren y eso es una gran noticia para Chile”, añadió.BioBioChile.cl

18 de agosto de 2022

Falta gasoil porque faltan trenes

Nota de Opinión

Por: Claudio Molina (es analista ferroviario. Colaboró Pablo Martorelli, presidente del Instituto Argentino de Ferrocarriles)

Desde hace varios años, el déficit en el abastecimiento de gasoil dentro del país y particularmente en época de cosecha gruesa, ha sido recurrente, convirtiéndose en un problema estructural.

En la campaña actual, dicho desbalance se agravó por la reducción del contenido mandatorio de biodiésel en las mezclas con combustible diésel, establecida por ley 27.640, por la enorme brecha existente entre los precios en los mercados internacionales comparados con los precios locales, hecho que restringe la oferta derivada de importaciones, en medio de una importante aumento de las cantidades demandadas, por el encarecimiento del precio relativo del gas natural licuado, y por otros motivos de variados orígenes.

Sin embargo, la causa primera de semejante imperfección está vinculada al progresivo abandono de los ferrocarriles que fueron operando en las últimas seis décadas –en coincidencia con la racionalización propuesta por la consultoría contratada por el Estado Nacional en 1960, liderada por el general –R- del Ejército de EE.UU., experto en temas de transporte, Thomas B. Larkin.

Mientras, las inversiones en el parque refinador de petróleo no acompañaron el incremento de las cantidades demandadas, principalmente por la existencia de graves problemas estructurales en la economía nacional.

En la práctica, la pérdida de participación de nuestros ferrocarriles con relación al total de cargas transportadas, representa un significativo aumento en el consumo de combustible diésel, proceso asociado a una mayor contaminación y a mayores problemas en materia de salud pública, como así también, en el elevado nivel de vidas humanas que se pierden por siniestralidad, en un importante deterioro del desarrollo territorial, en la contaminación sonora, en la congestión vial, y en los costos de los fletes de mercancías para distancias superiores a 350 kilómetros, entre otros efectos colaterales negativos.

Estimamos que el aumento de consumo de combustible diésel por esta cuestión es mayor a 1.000.000 m3 anuales, o sea, cerca de la mitad de las necesidades anuales de importación de gasoil –excepto el que se destina a generación eléctrica-.

La actividad agrícola en el interior profundo de nuestro país, es una de las que más soporta este problema, a pesar de ser uno de los pilares de la economía argentina. Es por ello, que la situación antes descrita, se torna insostenible.

El papel de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado 

El artículo 1 de la ley 27.132, de 2015, declara de interés público nacional y como objetivo prioritario del país, la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario.

En ese contexto, Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado (FASE) fue creada por el artículo 5 de la citada ley. Entre sus facultades, el siguiente artículo de esta ley, en su inciso b ordena a la misma a “Aprobar las políticas, planes, programas y proyectos tendientes a la mejora constante del transporte ferroviario que lleven adelante la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y la Sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima y supervisar su implementación.

El Decreto 1924/15, entre otras cuestiones, establece el estatuto de FASE. En el artículo cuarto del mismo, se incluye dentro de su objeto, la articulación de todo el sector ferroviario nacional a los fines de lograr un funcionamiento más integrado del mismo; y en el artículo 5 punto 5 se le otorga la facultad de “Ejecutar las políticas públicas de transporte ferroviario, prescriptas en general o en particular por las autoridades competentes, en cuanto forme parte de su objeto social”.

FASE asume un rol estratégico, puesto que constituye el nexo del sector ferroviario en su conjunto, con el Ministerio de Transporte, el cual es el eslabón jerárquico superior en materia de política ferroviaria. Recién a partir del 10 de febrero de este año, con la asunción de Damián Contreras a cargo de la presidencia de esta compañía, FASE comenzó un proceso de gestión positiva y relevante. En su seno existe un equipo gerencial y técnico de primer nivel, que trabaja allí muy profesionalmente desde hace varios años y que es la base indispensable para sostener una “reparación histórica de los ferrocarriles argentinos”, en los términos que propusimos en anteriores columnas de opinión publicadas por este diario.

Esta política debe instrumentarse a través de una ley nacional, la que a su vez debe contar con un sólido respaldo del Ministerio de Transporte de la Nación y otros naturalmente interesados –como las carteras de Agricultura, de Producción, de Ambiente, etc.-. FASE a su vez debe traccionarla de manera principal, articulando una amplia y fundamental participación de distintas áreas del Estado Nacional, de las provincias, de los trabajadores, universidades, institutos, profesionales especializados y entidades relevantes del sector transporte, entre otros. Entre otras actividades relevantes, ese trabajo permitirá definir las prioridades de inversión, en el marco de la “Cláusula del Progreso”, definida en el artículo 75 inciso 18 de la Constitución Nacional.

Debe planificarse una integración entre los distintos modos de transporte, a través de la creación de eficientes nodos logísticos, al tiempo que se debe incluir en los beneficios de esta legislación, la modernización del transporte automotor de cargas y de pasajeros. Tenemos la convicción que esta política se puede convertir junto a los distintos planes de vivienda, en la de mayor relevancia en términos económicos para las próximas dos o tres décadas.

Claro está, tanto Nación como las provincias que adhieran a la misma deberán comprometer un porcentaje determinado del PBI a lo largo de su vigencia (en el marco de los artículos de la Constitución Nacional antes mencionados) para lograr que se pueda hacer realidad esta iniciativa. La gestión de FASE debe ser sostenida con una visión de faros largos.

La experiencia previa al 10 de febrero de 2022 nos demuestra que hay fuertes intereses que se ubican en una zona de confort, toda vez que esta empresa resulte inoperante. Debemos salir de esta trampa y evitar cambios relevantes en la actual conducción, porque de lo contrario se corre el riesgo de volver a empezar, o peor, abortar el trabajo ya realizado.

Entre las acciones de F.A.S.E que merecen ser destacadas, corresponde citar a las siguientes:

-La articulación de todo el sistema ferroviario para su modernización.

-La incorporación de nuevas tecnologías.

-La incorporación de la dimensión ambiental en la planificación.

-El uso de capacidades científicas y tecnológicas.

Todo ello aplicando la transversalización de la perspectiva de género. El abordaje de los ejes señalados se desarrollan en Mesas de Trabajo. Dicha metodología permite que cada eje sea tratado de forma integral en donde cada área de FASE, en forma conjunta con representación de las empresas, asociaciones sindicales y otras instituciones desarrolla e implementa acciones tomando la visión y la necesidad del conjunto plasmándose en políticas públicas.

Las temáticas que se trabajan actualmente son: integridad, políticas de género y diversidades, accesibilidad, ambiente y desarrollo sostenible, articulación y coordinación para la capacitación ferroviaria, articulación de políticas de innovación tecnológica, armonización de criterios contables, impositivos y presupuestarios, articulación para la gestión de activos físicos, abordaje de intrusiones y asentamientos en zonas operativas ferroviarias, articulación con la Junta de Seguridad del Transporte, Pasos fronterizos.

Acerca del "Open Access"

La referida ley 27.132 dispuso en su artículo 4° la modalidad de acceso abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas y de pasajeros, estableciendo también que el Poder Ejecutivo Nacional creará un Registro de Operadores de Carga y de Pasajeros a dicho efecto, medida esta última que se implementó a través de la Disposición 219/21 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, en la que se aprobó el reglamento de dicho registro. El Decreto 1027/18, reglamentario de la Ley 27.132, abordó varias cuestiones vinculados al instituto que nos trata.

Sin embargo, será fundamental que muy pronto se aborden con normativa complementaria, distintas cuestiones sensibles, entre ellas las referidas a la:

-Caracterización jurídica, semejanzas y diferencias en su caso, con un servicio público.

-Solicitud de uso de infraestructura a ADIF.

-Formas de instrumentar la recuperación y reparación de un ramal en desuso, a partir de la solicitud que efectúe un operador registrado.

-Distintos plazos de las autorizaciones de operación.

-Forma de determinar el canon respectivo.

-Acceso igualitario al alquiler de material rodante de propiedad del Estado Nacional. Condiciones.

-Equidad en la asignación de uso en las terminales de carga y descarga, y de los centros de acopio que sean propiedad del Estado Nacional, como así también de los talleres y servicios complementarios.

-Formas de determinar las prioridades de tráfico.

-Protocolo en caso de obstaculización de la vía férrea por rotura de una formación.

-Uso de playas comunes.

-Responsabilidad en pasos a nivel.

-Tipos de seguros y quienes los afrontarán en cada caso.

-Responsabilidad en accidentes, distintos tipos.

-Procedimientos de control para asegurar la transparencia de todos los actos vinculados a esta figura.

-Constitución de uno o más tribunales arbitrales para dirimir controversias.

FASE debe ser el principal garante de la transparencia de este proceso, cuyo éxito depende de la posibilidad concreta que ejerza este rol principal, mientras se avanza al mismo tiempo con la mencionada “Ley de Reparación Histórica de Ferrocarriles Argentinos”, indispensable para revertir del proceso de decadencia de la infraestructura y material rodante ferroviario, con el consiguiente aumento sostenible en su participación en el transporte nacional, y una necesaria y coordinada modernización del transporte automotor de cargas y pasajeros.

Durante julio pasado, Belgrano Cargas y Logística SE abrió un concurso nacional e internacional para seleccionar a un operador que colabore con ella durante diez años –contrato prorrogable por diez años más-, en la zona de operaciones que fuera concesionada a Ferroexpreso Pampeano, hasta el vencimiento de dicho contrato, que operó por más de tres décadas. La fecha para la presentación de las propuestas, expira el próximo 3 de octubre.

A la luz de la legislación vigente, ese proceso debería ser revisado. Se torna fundamental que FASE, en cumplimiento de su rol, intervenga, realizando un estudio profundo de la cuestión y rectifique este camino. De lo contrario, las señales que se envían al mercado, a la luz del Open Access, no son las más recomendables.

Cómo se distribuye la carga ferroviaria 

El Sistema Ferroviario de Cargas posee una extensión de 37.000 kilómetros, de los cuales 17.818 kilómetros están operativos, y con muy baja densidad de carga (menor a 0,4 millones de Tns.-Km. por km.), lo que implica la necesidad de realizar grandes erogaciones, con una contrapartida en ingresos por transporte que no pueden solventarlos.

Recordemos que nuestra red total, sin contar a la de ferrocarriles económicos, alcanzó alrededor de 43.900 kilómetros en la década del cincuenta.

La infraestructura se encuentra deteriorada y posee una baja eficiencia operativa, requiriendo de inversiones muy importantes para su recuperación.

De los 17.818 Kms. antes citados, 3203 corresponden a la Línea Mitre (operada por Nuevo Central Argentino S.A. – NCA), 2828 a la Línea Sarmiento (operada por Ferroexpreso Pampeano SA-FEPSA), 2847 a la Línea Roca (operada por Ferrosur Roca SA), 2475 de la Línea San Martín, 1498 a la Línea Urquiza y 4967 a la Línea Belgrano (un total entre estas tres últimas, de 8940 kilómetors de vías operadas por Belgrano Cargas y Logística).

En los noventa, se entregaron a concesionarios privados, un total de 29.039 kilómetros de extensión, de los cuales las líneas activas como expresamos antes, suman los 17.818 kms. antes citados (63%). Sin embargo, el estado de los 11.221 kilómetros inactivos no es homogéneo, dado que hay líneas que podrían ser reutilizables de mediar un previo trabajo de mantenimiento intensivo, pero también las hay no utilizables (por haber sido muy dañada o depredada la infraestructura respectiva).

Fuera de las seis redes mencionadas existen otros tramos del sistema ferroviario argentino que no integran las redes del Sistema Ferroviario de Cargas, pero que lo complementan en forma necesaria. Tal es el caso de la red suburbana de Buenos Aires, cuya extensión es de 817 km; estos ramales son utilizados por los trenes de cargas para acceder a las estaciones logísticas y a los puertos del Área Metropolitana, estando restringido su acceso a ciertos horarios, para no obstaculizar el tráfico de pasajeros.

Existen un conjunto de líneas que fueron transferidas a distintas provincias: Salta, Chaco, Córdoba, Mendoza, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Chubut, Santa Cruz. De ellas unas pocas están activas con servicios de pasajeros y éstas, en general, no prestan servicio de cargas.

El tonelaje transportado por ferrocarril en 2021 alcanzó las 24,3 millones de toneladas. Las cantidades expuestas en el mismo, representaron alrededor de dos terceras partes del total transportado por ferrocarriles en dicho año. La citada carga se haya concentrada en ocho corredores, a lo largo de alrededor de 2350 kilómetros, o sea, en tan solo aproximadamente el 12,6 % de la red activa total.

El transporte de cereales, oleaginosas, aceites, harinas proteicas, harinas y otros subproductos, representó el año pasado, alrededor de dos terceras partes del total general transportado por ferrocarril. A partir de los registros de 2021, antes referidos, se puede estimar que la participación de los ferrocarriles argentinos sobre el total de la carga transportada en el país, es de alrededor del 4,4%. Esa participación debería ser no menor al 40%, por lo que debe crecer más del 800%.

Parece una utopía, aunque el hecho que en 1927 se hayan transportado alrededor de 44 millones de toneladas y que la actividad económica debe recuperar su senda de crecimiento, sostienen la razonabilidad de dicho objetivo. Y más aún, toda vez que existe un nuevo paradigma energético, y es prioritaria la necesidad de cumplir con los compromisos asumidos por la Argentina con la comunidad internacional, para lograr un transporte mucho más sustentable en términos técnicos, económicos, ambientales, de salud y sociales.

A partir de todo lo expuesto, no quedan dudas que el ferrocarril es indispensable para nuestro país, siendo un pilar para un armónico desarrollo territorial, entre otras virtudes que posee. Pero en las actuales condiciones, es inviable.

La Constitución Nacional ordena al Congreso de la Nación proveer lo conducente a la prosperidad del país y para ello, entre otros mandatos, promover la construcción de ferrocarriles. Es por ello que debe tratar muy pronto, un proyecto de ley de reparación histórica de los ferrocarriles argentinos, el que en nuestra opinión, debe abordar la temática que venimos proponiendo. El aporte de los ferrocarriles debe ser justipreciado incorporando sus externalidades positivas, que son muchas como hemos visto.

FASE debe liderar este proceso, articulando todas las acciones necesarias entre el Poder Ejecutivo –con el Ministerio de Transporte a la cabeza-, el Congreso de la Nación, provincias, trabajadores, entidades y profesionales del sector privado, etc., como así también, coordinando todo lo relacionado con la implementación de la figura del “Open Access”.

Se trata de una tarea de enorme valor para el país. Confiamos en que se lograrán las mayorías parlamentarias en su caso, para que esta política de Estado se haga realidad, y que la gestión de FASE –la que hemos resaltado por lo que nos viene ofreciendo este año- trascienda las necesidades de política partidaria de la próxima elección.

Por otra parte, FASE debe intervenir también a la brevedad –hecho que implicará sortear una serie de conflictos de intereses que se presentan y obran como importantes barreras a superar-, para encaminar un exitoso proceso vinculado a la implementación de la figura del “Open Access”, evitando la consolidación de otras figuras híbridas, no previstas por la ley 27.132.

No perdemos las esperanzas de revertir la decadencia de nuestra Patria y esta es una gran oportunidad para que las principales fuerzas políticas que interactúan en nuestro territorio, comiencen a ponerse de acuerdo en grandes políticas de largo plazo, fortaleciendo al mismo tiempo el rol de FASE, que tomó dinamismo a partir del presente año.»Enredacción.com

17 de agosto de 2022

Un día descubrimos la rueda (literal)

Nota de Opinión

Por: Carlos Gutiérrez García (Arquitecto. Consultor en planificación del territorio y transporte intermodal. Especialista GAM UBA)

En Diciembre del 2017 realicé en compañía de técnicos ferroviarios de gran renombre un relevamiento del estado de la vía entre Bahía Blanca y Carmen de Patagones, la última ciudad de la Provincia de Buenos Aires antes de llegar a la provincia de Rio Negro. No era cualquier relevamiento, era un encargo de la Dirección de Transporte Automotor de Cargas del Ministerio de Transporte de la Nación y el Consorcio del Puerto de Bahía Blanca en conjunto con AIMAS Intermodal y su objetivo era evaluar objetivamente si por esa vía podía pasar un tren de cargas que vinculara el país con Bariloche (la vía más al sur de la red nacional).

Lo primero y principal es que justo una semana antes pasó una locomotora ALCO con rumbo a Viedma, algo que volvería a suceder durante el 2018 cuando una formación del Tren Patagónico, llevaba durmientes usados para la vía que conecta con Bariloche, con lo cual la duda quedaba saldada, pero más allá de esa obviedad, era importante ver el contexto general.

Pedro Luro, Villalonga, Stroeder... esos son los nombres de algunas de las localidades dispuestas al lado de la vía, que en algún momento quedaron aisladas y que con el eventual regreso del servicio que conecta con Bariloche volverían a tener el tren en su región. Pero de que tipo de tren hablamos al anunciar que vuelve el tren a Bariloche?.

Según la información que encontramos en los medios, el principal atractivo es un tren de pasajeros que completaría el viaje en cerca de 36 horas, con lo cual se viajaría en más tiempo que en 1985, una suerte de maquina del tiempo para aventureros que disfrutan estas experiencias retro, pero... y el tren de cargas?

Como decía anteriormente, después de la obviedad que le explicamos al (en esa época secretario de transporte ferroviario) sobre la viabilidad del paso del tren, cinco años después alguien tomó cartas en el asunto y anunció que el tren podría pasar de vuelta, vamos! lo sabemos hace cinco años! hemos descubierto la rueda! pero eso en que va a mejorar la vida de las poblaciones cercanas a la traza, y mejor aún, como un anuncio de esos cumpliría la máxima del sistema ferroviario y es que cada mejora en un lugar de la traza mejora el total del sistema (vasos comunicantes), y más aún, como un ramal semi abandonado como este puede impactar de forma positiva la economía del país?.

La respuesta está en una propuesta de transporte intermodal que permita integrar esta red ferroviaria al total del transito nacional, ofreciendo a los otros modos de transporte las condiciones para generar un ecosistema económico donde las empresas de transporte automotor de cargas se sumen a la red, donde encontremos estaciones de transferencia efectiva de carga, integración ferro portuaria y ferrocarretera real, donde la velocidad comercial del tren sea significativamente mayor, donde las compras de material rodante se realicen pensando en la logística (vagones más largos, portacontenedores de 53´, etc.) donde las obras de infraestructura al rededor de la vía como puentes se hagan respetando un galibo alto que permita la circulación de doble pila de contenedores y donde se encare de una vez por todas el camino hacia una trocha única a nivel nacional.

Como conclusión, creo que debemos replantear hasta donde celebramos estos pequeños triunfos trasnochados y en que punto pedimos que sean solo una escala hacia un mejor estadio, donde podamos alcanzar estándares mayores y subirnos a ese tren del progreso mundial que representa tener una industria ferroviaria al servicio de la economía nacional.