Actualidad
Redacción
Crónica Ferroviaria
Mediante
Resolución 832 del 22 de Mayo de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte
de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se deja sin
efecto la Resolución Nro. 596 de dicho ministerio.
La
Resolución Nro. 596 del 20/04/2015 del Ministerio del Interior y Transporte de
la Nación aprobaba las Condiciones Mínimas Necesarias para la Prestación de
Servicios Interurbanos Ferroviarios de Pasajeros.
Que
mediante el artículo 4° de la Ley N° 27.132 se establece la modalidad de acceso
abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de
transporte de cargas y de pasajeros y ordena al PODER EJECUTIVO NACIONAL crear
un REGISTRO DE OPERADORES DE CARGA Y DE PASAJEROS.
Que
en dicho marco y atento a esta nueva modalidad instaurada por la ley citada en
el considerando anterior para la operación de los servicios ferroviarios,
resulta pertinente dejar sin efecto la Resolución N° 596/15 de este Ministerio.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la
intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de
Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Estimados lectores: Hemos querido ser elásticos pero vemos que muchos comentarios vienen anónimos sin siquiera poner el nombre y apellido, nombre y/o pseudónimo, por lo tanto hemos decidido no publicarlos a lo igual que los que vengan con insultos, improperios, etc. Creemos que el debate de opiniones deberá hacerse libremente pero dentro de estos carriles que proponemos. Muchas gracias.
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