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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución 79/2015 de fecha 05 de Febrero de 2015 del
Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín
Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:
Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 975 de fecha
19 de diciembre del 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en lo que
respecta al tramo RETIRO - SUAREZ y RETIRO - MITRE de la Línea MITRE, por el
Anexo I de la presente resolución, el que regirá a partir del 10 de febrero de
2015.
Art. 2° — Establécese que los usuarios del servicio público de
transporte ferroviario de pasajeros del tramo RETIRO - SUAREZ y RETIRO - MITRE
de la Línea MITRE que posean tarjetas del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO
(S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad detallados en el artículo
5° de la Resolución N° 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, abonarán a partir de la fecha establecida en el artículo
1° de la presente resolución, los montos establecidos para las TARIFAS CON SUBE
en el Anexo I de la presente resolución, con un descuento del CUARENTA POR
CIENTO (40%).
Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán
poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el
grupo de afinidad que le corresponda.
Los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por
aplicación de la presente resolución.
De existir cualquier gratuidad o franquicia vigente en el tramo RETIRO -
SUAREZ y RETIRO - MITRE de la Línea MITRE mayor a la prevista en el presente
artículo, se aplicará dicha gratuidad o franquicia.
Cuadro tarifario Línea Mitre Retiro - José León Suárez y Bartolomé Mitre
Sección Km. Valor con SUBE Valor sin SUBE Atrib.Social
1 0 - 12 km. $
2,00 $ 6,00 $ 1,20
2 Más de 13 km. $ 3,00 $ 6,00 $ 1,80
Para ver tarifario hacer click en el siguiente link
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