Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro.109/2021 de fecha 16 de Julio de 2021 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, los terrenos ferroviarios ubicados en el cuadro de la estación San Isidro "R" del Tren de la Costa a la Universidad Nacional "Raúl Scalabrini Ortiz".
En tal sentido, el presidente y viceprisendente de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, resuelve lo siguiente:
Artículo 1º.- Desaféctase de la jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO el sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en el Cuadro de Estación San Isidro R – Línea Mitre – Ramal GM.16, de la Localidad SAN ISIDRO, Partido SAN ISIDRO, Provincia de BUENOS AIRES; correspondiente al CIE Nº 0600076167/17 con una superficie cubierta aproximada de UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.969,05 m2), CIE Nº 0600076167/18 con una superficie cubierta aproximada de UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.687,17 m2), CIE Nº 0600076167/19 con una superficie cubierta aproximada de UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTIDÓS DECÍMETROS CUADRADOS (1.798,22 m2), ascendiendo a una superficie cubierta total aproximada de CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (5.454,44 m2) y una superficie descubierta total aproximada de NUEVE MIL SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (9.069 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2021-61990575-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 2º.- Revócase el CONVENIO DE ENTREGA EN CUSTODIA PROVISORIA GRATUITA suscripto con fecha 30 de diciembre de 2020 entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la UNIVERSIDAD NACIONAL RAÚL SCALABRINI ORTIZ (IF-2020-91839370-APN-DDT#AABE).
Artículo 3º.- Asígnase en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL RAÚL SCALABRINI ORTIZ el inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el objeto de destinarlo a la instalación de una sede universitaria en el Complejo Edilicio Estación San Isidro R – TREN DE LA COSTA, para el desarrollo de las actividades inherentes a esa Casa de Altos Estudios.
Artículo 4º.- Hágase saber a la UNIVERSIDAD NACIONAL RAÚL SCALABRINI ORTIZ que deberá solicitar la autorización previa correspondiente a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, por tratarse de un bien de origen ferroviario, en caso de efectuarse cualquier obra civil o tarea que implique una modificación parcial o total o su desmantelamiento parcial o total del inmueble, así como tomar a su cargo todos los gastos que implique la obra, el traslado de los materiales, seguros, etcétera y demás condiciones que sean fijadas por la referida Empresa.
Artículo 5º.- Agréguese copia de lo actuado al Expediente EX-2020-91510291-APN-DACYGD#AABE y prosígase su curso.
Artículo 6º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
Artículo 7º.- Notifíquese al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la UNIVERSIDAD NACIONAL RAÚL SCALABRINI ORTIZ.
Artículo 8º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Artículo 9º.- Dése intervención a la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE TERRITORIAL con el objeto de proceder a la entrega del inmueble a la jurisdicción mencionada en el Artículo 3° y suscribir las actas correspondientes.
Artículo 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Usted podrá dar su opinión libremente, pero aquellos comentarios que vengan con insultos, improperios, etc. y sin colocar nombre y apellido, nombre y/o pseudónimo (debajo del mismo) no serán publicados.