10 de septiembre de 2025

Licitación Pública Señalización en estación Mar del Plata de la Línea Roca

Llamados a Licitación

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras llama a Licitación Pública Nro. 22/2025 para la Señalizacón en estación Mar del Plata de la Línea Roca

APERTURA: 10 DE NOVIEMBRE DE 2025 - 14:00HS. 

CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS: Los Pliegos son gratuitos, deberán ser descargados de la página web al momento de su difusión: https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones Las consultas de los oferentes deben ser enviadas en formato PDF (con membrete y firma digital del Oferente), manteniendo siempre los requisitos para las consultas de formato papel, a la casilla de correo electrónico licitaciones@adifse.com.ar, hasta las 18hs del 05/11/25 

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: a partir de las 10hs y hasta una hora (1h) antes de la hora fijada para la apertura en Trenes Argentinos Infraestructura – Gerencia de Abastecimiento, Logística y Administración de Contratos, sita en Avda. Ramos Mejía 1302 - 5º piso Oficina 509 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

LUGAR DE APERTURA: Trenes Argentinos Infraestructura - Av. Ramos Mejía Nº1302 - Piso 5º, Sala “500”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mayor información en página Web https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones

El presente documento tiene por objeto la contratación de la obra de “SEÑALIZACIÓN EN ESTACIÓN MAR DEL PLATA. LÍNEA ROCA” ramal R1B. Obra que se regirá por las presentes Especificaciones Técnicas en forma complementaria al Pliego de Bases y Condiciones, al Pliego de Condiciones Particulares, documentos gráficos y planillas de cotización que conforman el presente pliego.

Forman parte de estos trabajos la provisión de todos aquellos materiales y tareas que, aunque no se indiquen expresamente en estas especificaciones y/o en los planos adjuntos, sean necesarias para garantizar el correcto funcionamiento y terminación de las obras y su infraestructura, para el fin por el cual las mismas han sido encomendadas.

Esto comprende, entre otras obligaciones, el desarrollo de cálculos e ingeniería de detalle, el transporte interno y externo de obra, la disposición final de los materiales y residuos, los ensayos, pruebas, verificaciones y demás comprobaciones de calidad, ambiente, seguridad e higiene, etc.

Asimismo, todas las tareas deberán ser ejecutadas dando estricto cumplimiento a las normativas y reglamentaciones municipales, provinciales y nacionales vigentes, tanto en lo relativo a edificación como en lo relativo a seguridad ferroviaria; y cumpliendo con las reglas del buen arte de la construcción.

En la Planilla de Cotización adjunta al presente Pliego, quedan listadas las tareas de obra a ejecutar, las cuales determinan el alcance de las obras a ejecutar por el Sistema de Contratación que corresponda, ya sea Ajuste Alzado o Unidad de Medida dado que la presente es una Contratación Mixta: Ajuste Alzado y Unidad de Medida

Estado actual de la infraestructura de señalamiento

El cuadro de estación abarca desde estación Mar del Plata hasta las señales de entrada avanzada. A su vez, este proyecto contempla pasos a nivel vehicular que deben automatizarse dentro del alcance de este proyecto.

El servicio ferroviario en el sector posee servicio diésel tanto de transporte de pasajeros como transporte de cargas.

Actualmente, todo el sector se desarrolla en trocha ancha (1676 mm), compuesta mayoritariamente por durmientes de madera dura y apoyada sobre balasto. y actualmente operan servicios de pasajeros con formaciones diésel remolcadas por locomotora frontal, y formaciones de carga diésel remolcadas por locomotoras.

En el cuadro de estación, el enclavamiento que supervisa operatoria y seguridad de dicho sector es puramente un enclavamiento de tipo mecánico. Tanto las señales como los accionamientos de cambio son accionados mediante un cuadro de palancas ubicados a las afueras de la estación, y su movimiento se permite gracias a lingas y barras.

Los pasos a nivel del sector cuentan con una variedad de señalización pasiva.

El sistema de señalamiento actual posee una operación poco eficiente, debido al uso de palancas y enclavamientos mecánicos de más de 100 años de antigüedad.

Al poseer, este ramal, un sistema de bloqueo manual del tipo AUV entre Vivoratá y Mar del Plata y mediante Block Harper se limita el nivel de servicio. Esto impide aumentar la cantidad de formaciones en el ramal, es decir, reducir la frecuencia entre formaciones, y merece una actualización para mejorar el nivel de servicio

Por el estado general de las instalaciones de señalamiento en este sector se requiere una renovación integral. La operación de la misma es posible por las recurrentes tareas del equipo de mantenimiento de la Línea.

Durante todas las etapas de la obra deberá preservarse el funcionamiento de las instalaciones existentes hasta la puesta en marcha de los nuevos sistemas. Las tareas de ensayos y puesta en marcha deberán planificarse de modo de minimizar las afectaciones al servicio.

Objeto del proyecto 

El objeto del proyecto es la renovación integral del señalamiento en estación Mar del Plata. Esta obra incluye trabajos en vías que implicaran modificación en el Layout y renovación de distintos ADV, como así también trabajos de obra civil que conllevaran modificación en el largo de andenes para adecuarlos a la obra de vías.

Dentro del marco de la obra de señalamiento propiamente dicha, la misma consiste en la modernización total de la Cabina de señalamiento Mar del Plata y todo el cuadro de estación con sus correspondientes elementos de campo, es decir, reemplazar las instalaciones actuales por señales de 2 o 3 aspectos eléctricas, máquinas de cambio electromecánicas o electrohidráulicas, circuitos de vía de CC y tipo “C”, block Harper, pasos a nivel eléctricos y pasillos peatonales.

Se deberá instalar un sistema de ayuda a la conducción ATS y proveer e instalar un sistema de detección de baliza faltante asociado al mismo, también se instalarán cotejadores de velocidad en cada una de las plataformas, como así también una mesa de mando con enclavamiento electromecánico con relés aptos para el transporte de servicios ferroviario. La definición de las obras de infraestructura de Señalización, irán emparejadas con las nuevas instalaciones de señalización y telecomunicaciones generando así, una obra de modernización de infraestructura ferroviaria de Señalización integral.

La señalización y el sistema de telecomunicaciones de todo el sector deberá ser renovado en su totalidad.

La obra como tal, incluye el señalamiento, la obra civil, las instalaciones complementarias y todo otro suministro y/o prestación no expresamente indicados en estas especificaciones y/o documentación técnica entregada al Contratista por el Comitente, que resulten necesarios para la correcta y completa ejecución de los trabajos, el adecuado funcionamiento de las instalaciones a proveer, la capacitación del personal y el mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de todas las instalaciones suministradas en concordancia con los requerimientos del Contrato, aun cuando en los citados documentos no se mencionen ni representen todos los detalles y elementos necesarios a tal efecto.

Según los lineamientos establecidos en la presente documentación licitatoria, el Contratista deberá confeccionar la Ingeniería de Detalle que, una vez validada por ADIFSA, se materializará en el terreno.

Plazo de la obra

El plazo total para la ejecución de los trabajos de la presente obra es de novecientos (900) días corridos. Teniendo en cuenta que el inicio de obra será para todas las especialidades el día cero.

Siendo los plazos particulares:

- OBRA DE SEÑALAMIENTO: novecientos (900) días.

- OBRA CIVIL: cuatrocientos veinte (420) días

- OBRA DE VÍA: trescientos (300) días

Se desafecta del uso ferroviario de un inmueble asignado a ADIFSA ubicado en la C.A.B.A.

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1333/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en la calle Santos Dumont 2677 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente con el CIE 0200011929/52, Circunscripción 17 – Sección 35 – Manzana 80 – Parcela 22A, cuya superficie correspondiente al polígono en estudio de novecientos setenta y siete con noventa metros cuadrados (977,90 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, manifiesta lo siguiente:

Que la Gerencia de la Línea Mitre y la Gerencia General de la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) tomaron intervención respecto de la solicitud de desafectación, solicitando que una vez producida, y en forma previa a iniciar cualquier tarea, sean notificadas a los efectos de verificar que estas no afecten la normal prestación de los servicios, indicando también una serie de consideraciones a tener en cuenta al momento de efectuar movimientos de suelo y edificaciones en el sector a desafectar (cf., ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE, ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE y NO-2025-89539179-APN-SOFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por tal motivo, el Ministerio de Economía de la Nación expresa lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en la calle Santos Dumont 2677 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente con el CIE 0200011929/52, Circunscripción 17 – Sección 35 – Manzana 80 – Parcela 22A, cuya superficie correspondiente al polígono en estudio de novecientos setenta y siete con noventa metros cuadrados (977,90 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) que integra la presente medida y se tengan en cuenta los requerimientos efectuados por la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Luis Andrés Caputo

Se desafecta del uso ferroviario, el inmueble asignado a la ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo de la Línea: Sarmiento

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1332/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario, el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.



En cuanto a parte de los Considerando de dicha Resolución, expresa lo siguiente:

Que el Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón (EPIBAM), solicitó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), un permiso de uso precario y gratuito con compromiso de compra, sobre un sector del inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), con una superficie del polígono de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), mencionando que la ampliación del parque industrial La Cantábrica corresponde: a la calle Tres Arroyos S/Nº, de la localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101; Circunscripción: III; Parcela 271B (Parte), correspondiente al CIE 0600060295/352 (cf., NO-2024-122571460-APN-DAC#AABE, NO-2025-63964713-APN-AABE#JGM y NO-2025-86050196-APN-DAC#AABE).

Que la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), informó mediante ficha técnica y plano, que el sector del inmueble pretendido por el EPIBAM es de propiedad del Estado Nacional, encontrándose en jurisdicción de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²) (cf., IF-2024-99111034-APN-DSCYD#AABE y PLANO-2024-98180541-APN-DSCYD#AABE).

Que la Dirección de Asuntos Comunitarios de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), solicitó la intervención de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), en el marco la solicitud efectuada por el Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón, Provincia de Buenos Aires, dado que se prevé desafectar de la jurisdicción de dicha empresa (cf., NO-2024-122571460-APN-DAC#AABE y NO-2024-139935402-APN-DAC#AABE).

Que la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) ha tomado intervención, señalando no tener objeciones que formular sobre la desafectación del uso ferroviario del inmueble en cuestión. (cf., NO-2025-18507980-APN-ADIFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación manifiesta lo siguiente: 

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario, el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón (EPIBAM).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Andres Caputo

Se desafecta de la concesión a Ferroexpreso Pampeano S.A. y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa (Provincia de Buenos Aires)

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1331/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que se desafecta de la concesión otorgada a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa, provincia de Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle:

1.- En el Ramal R.28, Línea Roca, tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires , vinculado al CIE 0600067141/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución;



2.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución, y



3.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056859/4, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.



En cuanto a parte de la Consideración de dicha Resolución expresan lo siguiente:

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, propició la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles propiedad del Estado Nacional ubicados en el Ramal R.28, Línea Roca, Tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600067141/6, en el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, de treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6 y en el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires vinculado al CIE 0600056859/4, a fin de proceder a la tramitación de las transferencias de dominio a favor de la firma Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima (cf., NO-2025-43575425-APN-AABE#JGM).

Que la empresa Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima manifestó no tener objeciones respecto a la desafectación de los sectores solicitados para la transferencia con carácter oneroso a la firma Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima. (cf., RE-2024-122434294-APN-DGDYD#JGM, RE-2024-122743906-APN-DGDYD#JGM y RE-2024-122738963-APN-DGDYD#JGM).

Que las áreas técnicas de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), han tomado la intervención de su competencia sin realizar observaciones, por lo que la Presidencia del citado organismo no opuso observaciones para la prosecución del trámite tendiente a la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles (cf., NO-2024-139252571-APN-ADIFSE#MEC, NO-2024-139288896-APN-ADIFSE#MEC y NO-2024-139304130-APN-ADIFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctanse de la concesión otorgada a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa, provincia de Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle:

1.- En el Ramal R.28, Línea Roca, tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires , vinculado al CIE 0600067141/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución;

2.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución, y

3.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056859/4, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según planos de mensura identificados en los anexos (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM), (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) e (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) que integran la presente medida y respetando las distancias aclaradas como mínimas en estos.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la empresa Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima y a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Andres Caputo

Se desafecta de la concesión de la empresa Ferrosur Roca S.A. y del uso ferroviario, parte del inmueble del cuadro de la estación Benito Juárez de la Línea Roca

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferrviaria

Mediante Resolución Nro. 1330 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° dice que "se desafecta de la concesión de Ferrosur Roca Sociedad Anónima y del uso ferroviario, parte del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26, de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 53 - Circunscripción: I - Sección: B- Quinta: 32 - Fracción: I - Partida: 053008670, CIE:0600066749/18, y que cuenta con una superficie total aproximada de diez mil quinientos once con sesenta y tres metros cuadrados (10.511,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, expresan lo siguiente:

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, solicitó a la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), impulse el trámite de desafectación de la concesión de la Empresa Ferrosur Roca S.A. ante la Subsecretaría de Transporte Ferroviario en la órbita del Ministerio de Economía, del sector del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26 de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires. (cf., NO-2024-97265108-APN-AABE#JGM y NO-2024-125451109-APN-AABE#JGM).

Que las áreas competentes de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) han tomado la intervención de su competencia.

Que la empresa concesionaria Ferrosur Roca Sociedad Anónima indicó no tener observaciones que formular sobre el proyecto de desafectación propuesto (cf., IF-2024-118340774-APN-MESYA#ADIFSE).

Que las áreas competentes de la entonces Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) han tomado la intervención de su competencia (cf., PV-2024-135523884-APN-SFGSLD#CNRT y PV-2024-137132388-APN-CNRT#MEC).

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario analizó las constancias de las actuaciones y la normativa aplicable, concluyendo que no se encuentran objeciones para la continuidad del trámite (cf., PV-2025-65734143-APN-DNTTF#MTR).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte, la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios – t.o. 1992 – y sus modificaciones y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase de la concesión de Ferrosur Roca Sociedad Anónima y del uso ferroviario, parte del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26, de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 53 - Circunscripción: I - Sección: B- Quinta: 32 - Fracción: I - Partida: 053008670, CIE:0600066749/18, y que cuenta con una superficie total aproximada de diez mil quinientos once con sesenta y tres metros cuadrados (10.511,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese la presente resolución a Ferrosur Roca Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Firmado: Luis Andres Caputo

Se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1328/2025 de fecha 08 de Septembre de 2025 del Ministerio de Econmía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa, parte del Cuadro de Estación Delta, localidad y partido de Tigre, provincia de Buenos Aires; identificado con el CIE 0600076108/15; con una superficie del polígono aproximado de cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres con sesenta y tres metros cuadrados (51.563,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.



En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, expresan lo siguiente:

Que la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), informó que el inmueble en trato es propiedad del Estado Nacional, encontrándose en jurisdicción de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) (cf., IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE).

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) tomó intervención señalando que el sector en trato no se encuentra afectado al uso ni a la operación ferroviaria, concluyendo que no existirían reparos a que se materialicen actos de disposición y/o se enajene el inmueble en cuestión (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE y NO-2025-89083675-APN-SOFSE#MEC).

Que, no obstante ello, dichas áreas efectuaron una serie de observaciones a los fines de que sean consideradas en caso que el inmueble en trato se destine a un fin distinto de la operación ferroviaria (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE y NO-2025-89083675-APN-SOFSE#MEC).

Que la Dirección de Despliegue Territorial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entre otras cuestiones, informó que en el inmueble que nos ocupa funciona desde el año 1997 el parque de diversiones denominado “Parque de la Costa” (cf., IF-2025-67282794-APN-DDT#AABE).

Que, del Informe Técnico Catastral, Dominial y de Afectaciones confeccionado por la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, se desprende que el inmueble en trato presenta una restricción de cursos navegables, en virtud de la cual una zona de quince metros (15 m) a partir de la orilla de los ríos Luján, Tigre y Canal Patiño, debe ser afectada como calle o camino público (cf., IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE).

Que las áreas competentes de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) han tomado la intervención de su competencia.

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministro de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa, parte del Cuadro de Estación Delta, localidad y partido de Tigre, provincia de Buenos Aires; identificado con el CIE 0600076108/15; con una superficie del polígono aproximado de cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres con sesenta y tres metros cuadrados (51.563,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida, debiéndose considerar las restricciones, afectaciones y extremos informados por la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la AABE, y por la Gerencia de la Línea Mitre de la entonces Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, a través de los documentos digitalizados como IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE y ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, respectivamente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) y a la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Luis Andrés Caputo

Extienden contrato de concesión a la empresa Ferrosur Roca S.A. hasta el 10 de Septiembre de 2026

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 52/2025 de fecha 09 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación (Secretaría de Transporte), publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, la extensión del contrato de concesión a la empresa Ferrosur Roca hasta el día 10 de Septiembre de 2026.

A continuación transcribimos lo que resuelve, sobre el particular, el Ministerio de Economía

ARTÍCULO 1°.- Extiéndese el plazo previsto en el primer párrafo del artículo 1° de la resolución 991 del 27 de septiembre de 2024 (RESOL-2024-991-APN-MEC) del Ministerio de Economía, hasta el 10 de septiembre de 2026, o hasta que se perfeccione la contratación a la que alude el artículo 2° de la presente medida, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2°.- Establécese el inicio de los actos de gestión para analizar, coordinar y diseñar un nuevo esquema contractual de vinculación entre el Estado Nacional y el sector privado para la explotación del actual sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la Línea General Roca (con exclusión del corredor Altamirano-Miramar y sus tramos urbanos), en los términos que las autoridades competentes eventualmente dispongan de acuerdo con el análisis antedicho y a fin de posibilitar la mayor concurrencia posible de interesados en el sector ferroviario indicado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte, a Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima y a Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a Ferrosur Roca Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Luis Octavio Pierrini

9 de septiembre de 2025

¡Tenemos que aprovechar que el Congreso Nacional está revirtiendo medidas gubernamentales!

Nota de Opinión

Por: Jorge de Mendonca (Presidente Asociación Intermodal de América del Sur AIMAS) para Crónica Ferroviaria

Por si alguien no entiende: Éste posteo es un doloroso sarcasmo

Entonces, hay que pedir, pidamos (Que es gratis, aunque lo que aquí enuncio lo hemos perdido a lo largo de 64 años y ha salido caro):

Que sea Ley el que a nadie se le oocurra reducir la profundidad del Río Paraná entre San Lorenzo y Santa Fe.

Que se anule toda norma que sea inconstitucional que esté bloqueando el transporte de cargas nacionales por barco (Cabotaje).

Que se anulen las resoluciones anulatorias de las contrucciones de los puentes sobre el Río Paraná en Corrientes-Resistencia y Goya-Reconquista.

Que se anulen todos los decretos que clausuraron vías ferroviarias.

Que se anulen todos los decretos y resoluciones que cerraron estaciones multimodales de carga ferrocarril - camión.

Que se anulen todas las resoluciones que desviaron fondos de obras de puentes y ferrocarriles a cualquier otra cosa.

Que se anule la bruta ley 27.132 que aplica un modelo ferroviario hiperdeficitario.

¿Quien sumaría más pedidos?

Se que suenan ilusorios, pero sí es claro que arruinaron la economía del territorio con semejantes bestialidades en 64 años de gobiernos.

YPF reflota el tren de pasajeros a Añelo: Horacio Marín confirmó oferta de financiamiento

Proyectos Ferroviarios

En la apertura de la AOG Expo 2025, el presidente de YPF aseguró que existe una propuesta para financiar el proyecto ferroviario Neuquén–Añelo. La iniciativa apunta a reducir costos logísticos, mejorar la seguridad vial y acompañar el crecimiento de Vaca Muerta.

En el marco de la primera jornada de la Argentina Oil & Gas Expo 2025, el presidente y CEO de YPF, Horacio Marín, confirmó que la empresa recibió una oferta de financiamiento para reactivar el proyecto de un tren de pasajeros entre la ciudad de Neuquén y Añelo, localidad que concentra gran parte de la logística de Vaca Muerta. El ejecutivo señaló que el próximo paso será buscar un socio privado que se sume a la iniciativa.

Marín explicó que el objetivo de la obra es mejorar la conectividad y reducir la siniestralidad en rutas como la provincial 7, donde se registra un alto tránsito de vehículos vinculados a la industria petrolera. “Los trabajadores van a tardar 40 minutos con internet, con calefacción y todo. No como hoy, que tarda dos horas y media”, afirmó. Según el directivo, el tren permitirá abaratar costos de traslado de personal y aliviar el flujo de camiones y colectivos en la zona.

El CEO de la petrolera de mayoría estatal también se refirió a otros desafíos logísticos de la cuenca neuquina. En particular, advirtió que la provisión de arena para la fracturación hidráulica constituye un punto crítico para el futuro de la producción. “La situación actual no es sustentable”, sostuvo, al describir que la demanda proyectada para el pico de actividad equivaldría a tener “un camión por kilómetro de ida y otro de vuelta hacia Neuquén”.

En cuanto a infraestructura de transporte, Marín destacó los avances en el Oleoducto Vaca Muerta Sur (VMOS), que permitirá evacuar crudo hacia la terminal de Punta Colorada, en Río Negro. También repasó las proyecciones del programa Argentina LNG, que ya tiene comprometida la llegada de dos barcos de licuefacción flotante y requerirá la construcción de nuevos gasoductos, incluido uno de 48 pulgadas “que nunca se hizo en Argentina”.

De acuerdo con Marín, estos proyectos integrales —oleoductos, gasoductos, terminales portuarias y eventuales obras ferroviarias— son clave para alcanzar la meta de exportaciones por 35.000 millones de dólares en la próxima década, combinando crudo y gas de Vaca Muerta.ADNSur.com

Lobos: Piden por el paso a nivel de la calle Olavarrieta

Actualidad

Por la obra en las vías lo taparon con piedras y a los rodados chicos se les complica pasar.

Conductores de motos y ciclomotores comenzaron a pedir que se revea el estado del paso a nivel de Olavarrieta y Angueira.

Por la obra en las vías de cambio de durmientes lo taparon con piedras grandes y a los rodados de baja cilindrada se les complica pasar.

Afirman que en el último tiempo ya se cayeron varias motos y que por milagro no hubo que lamentar, todavía, consecuencias personales graves.

“Me parece perfecto lo que están haciendo. Es una obra muy necesaria. Para los que no podemos viajar a Buenos Aires por falta de dinero para pagar las combis, el tren es el único medio de transporte que tenemos. Pero que por favor mejoren el paso a nivel de Olavarrieta. Quedó muy mal. Paso habitualmente por el lugar y como sé cómo lo dejaron, freno y cruzo a paso de hombre. Pero los que no saben si no terminan en el piso pasa raspando”, dijo una empleada doméstica que vive en la zona y que pidió la publicación de su comentario.LaPalabradeLobos.com

Tren Patagónico: “Un viaje desde la cordillera bajo las estrellas”

Trenes Turísticos

Redacción Crónica Ferroviaria

El Gobierno de la Provincia de Río Negro informa que la empresa provincial ferroviaria Tren Patagónico lanzó su temporada de salidas del mes de Septiembre con un servicio turístico nocturno que une San Carlos de Bariloche con la estación Perito Moreno. Cada sábado a las 18:00 horas, las y los visitantes podrán disfrutar de una experiencia única que combina el paisaje de la cordillera y la estepa rionegrina, gastronomía regional y música en vivo.

“Queremos que los turistas vivan la estepa y cordillera patagónica de una manera distinta, con un recorrido nocturno que sorprende tanto a visitantes nacionales como internacionales”, destacó Darío Dukart, jefe de ventas y comunicación de Tren Patagónico.

Una experiencia diferente en la Patagonia

El viaje dura menos de una hora y atraviesa puntos emblemáticos como el puente sobre el río Ñirihuau, y miradores naturales que ofrecen vistas panorámicas de Bariloche y los cerros Catedral y Tronador. Durante el trayecto, un guía turístico acompaña a los pasajeros, sumando historias y relatos que enriquecen el recorrido.

Al llegar a la estación Perito Moreno, los visitantes son recibidos en la histórica Casa de Té, donde disfrutan de una recepción con chocolate caliente o vino, acompañados de canapés. Más tarde, la noche continúa en el Quincho de la estación con una parrillada patagónica y música en vivo.

El menú incluye empanadas, asado, cordero al asador, chorizos, morcilla y achuras, acompañados de ensaladas o papas fritas, pan, tortas fritas y postre. Además, se ofrecen opciones vegetarianas, veganas y aptas para celíacos. (Las bebidas no están incluidas y se abonan en el lugar).

Dukart, concluyó: “Este servicio turístico se consolida cada año como una de las experiencias más elegidas por quienes visitan Bariloche, porque combina naturaleza, tradición y gastronomía. Durante septiembre buscamos que más personas descubran la estepa en todo su esplendor nocturno”.

Tarifas del Tren Turístico

Residentes en Río Negro:

Adultos: $111.600

Jubilados: $94.900

Menores de 4 a 12 años: $82.600

Menores de 0 a 3 años: sin cargo

No residentes

Adultos: $125.000

Jubilados: $106.000

Menores de 4 a 12 años: $92.700

Menores de 0 a 3 años: sin cargo

Información y venta de pasajes

Atención telefónica disponible durante los horarios de boletería y estación. Los tickets pueden adquirirse en la web oficial: www.trenpatagonicosa.com.ar o en boleterías presenciales: San Carlos de Bariloche – Boletería Centro Dirección: Francisco Pascasio Moreno 200, San Carlos de Bariloche, Río Negro. Whatsapp: (+54 9) 2940-413881. E-mail: barilochecentro@trenpatagonicosa.com.ar

Mendoza: El Gobierno Provincial anunciará el llamado de licitación del tren de cercanías: Los detalles

Trenes Regionales

Este proyecto tiene un presupuesto estimado de 100 millones de dólares.

Después de tres meses de su anuncio, el Gobierno iniciará el proceso de licitación pública para el proyecto del Tren de Cercanías, una iniciativa que busca conectar el Gran Mendoza con el Este provincial a través de una red ferroviaria. Este martes anunciarán el llamado a licitación.

Este proyecto, cuyas raíces se remontan a 2017, tiene un presupuesto estimado de 100 millones de dólares. La inversión se destinará a la recuperación de vías, la mejora de estaciones y la compra de nuevas formaciones.

El gobernador Alfredo Cornejo y el secretario de Transporte, Luis Pierrini, firmaron un acuerdo el pasado junio que permite a la provincia utilizar la infraestructura ferroviaria del Belgrano Cargas sin costo. La administración provincial será responsable de las obras de infraestructura y de la compra de trenes, con la posibilidad de sumar inversión privada. El gobierno local también tendrá la facultad de fijar las tarifas, de manera similar a lo que ocurre con otros servicios de transporte público, según señala diario El Sol.

El recorrido cubrirá 32,3 kilómetros, desde San Martín hasta Gutiérrez, con paradas en Palmira, Barcala, Fray Luis Beltrán, Rodeo del Medio, General Ortega y Coquimbito. Este servicio se integrará al Metrotranvía y, según las proyecciones oficiales, beneficiará a cerca de 300.000 personas de la región Este. En una fase inicial, se planean frecuencias de una hora, con planes de ampliar la flota a cuatro formaciones en el futuro.

El gobierno provincial enfatizó que el servicio será de carácter público, pero no exclusivo, lo que significa que otros operadores ferroviarios podrán usar la misma infraestructura. Las obras a realizar incluyen la renovación de vías, pasos a nivel, sistemas de drenaje, señalización y mejoras en las estaciones existentes.

Paralelamente, se abrirá una licitación de alcance nacional e internacional para asegurar el financiamiento público y privado para la construcción. Funcionarios de la Casa de Gobierno recordaron que el proyecto había estado estancado en administraciones anteriores y resaltaron su importancia estratégica para la conectividad de la zona.DiarioNDI.com

8 de septiembre de 2025

Se completó el arribo de las 180 tolvas cerealeras compradas a China

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El sábado pasado, nuevamente, el puerto de Buenos Aires se vio movilizado por la segunda descargar, y última entrega, del material rodante que adquirió la empresa Trenes Argentinos Cargas.

En las próximas semanas las cuatro formaciones de 45 unidades cada una, acompañadas de las respectivas locomotoras que se repararon integralmente en el taller de Alta Córdoba, estarán circulando por la traza de la Línea Belgrano cargadas de cereal.

Las nuevas tolvas cerealeras de trocha angosta, tienen una capacidad de carga de 55 toneladas netas por unidad, lo que significa un incremento de 400.000 toneladas anuales para la línea cerealera que atraviesa las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Chaco, Tucumán, Santiago del Estero, Salta, Jujuy y CABA. El destino de los granos que originan carga en esos territorios son descargados en los puertos del Gran Rosario.

El convenio TAC/BCyL y las firmas Cofco Int., Viterra y Asociación de Cooperativas Argentina (ACA) consistió en que esas compañías realizaron el pago por adelantado de fletes por un total de 22 millones de dólares. Con ese presupuesto y con el fin de ampliar la capacidad logística para asegurar los despachos, se ejecutó la adquisición de vagones graneros 0km a la firma CMEC (Licitación Nacional e Internacional 20-2023).

Además de la Línea Belgrano, Trenes Argentinos Cargas opera las Líneas Urquiza, que recorre la Mesopotamia; y San Martín con traza que va de los puertos santafesinos hasta la región de Cuyo.

Otro pueblo que va quedando vacío.

Pueblos en vías de extensión

La localidad de Dussaud (Línea Sarmiento) es una pequeña localidad del partido de General Pinto. Se encuentra a 14 kilómetros de la ciudad cabecera y a 32 de Lincoln. Tiene su acceso principal sobre la ruta 188 mas otros 4 kilómetros de tierra. 



El poblado surge con la llegada del ex Ferrocarril Oeste,  que en 1884 inaugura el servicio entre Lincoln y General Pinto. La estación toma el nombre de un inmigrante francés dueño de aquellas tierras. 



Pronto surge una pequeña población en torno al predio ferroviario aunque no llegaría a ser un pueblo grande. Había si mucha actividad ganadería,  agrícola y lanar,  muchas chacras y varias estancias,  que sumado al servicio ferroviario daba muchas oportunidades laborales. 


Pero todo eso comenzó a apagarse en la década del 70' y hoy Dussaud tiene unos diez habitantes estables. Si queres conocer mas de este pueblo te invitamos a mirar el video que hicimos sobre Dussaud: 

https://youtu.be/BRFq1yUZLo4?si=W7mLVha6rGfpJ_ig Fuente y fotos: Conociendo Pueblos

CENADIF: Analiza lubricantes para detectar cantidad de agua presente en su composición

Tecnología Ferroviaria

Redacción Crónica Ferroviaria

El Centro Nacional de Investigación Ferroviaria (CENADIF) informa que con el objetivo de optimizar la utilización de aceites, está analizando los lubricantes para detectar la cantidad de agua presente en su composición, y así garantizar mayor durabilidad en las cajas de reducción de las formaciones.



Esta pieza es un componente clave que transmite la potencia del motor eléctrico de tracción a las ruedas.

De visita en la estación Defferrri (ex Cooper) de la Línea Roca

Pueblos en vías de extinsión

En los inicios la estación se llamaba Cooper y luego se convirtió en Defferrari. Supo ser un pueblo ferroviario. Tenía un hotel, dos almacenes de ramos generales, una tienda, la escuela y 30 casas para los empleados del ferrocarril y, hasta tuvo un barbero o peluquero, Mario Torresan, un italiano que se radicó en este pueblo. 



La localidad de Defferari (Provincia de Buenos Aires)  tenía talleres ferroviarios. Algunos recuerdan a Ricardo Fortunato, que fué uno de los jefes de la estación.

Defferrari fue una estación ferroviaria, ubicada en el Partido de San Cayetano, en la Provincia de Buenos Aires, Argentina. Fue una importante estación del ex Ferrocarril del Sud, construida por los ingleses, como punto de conexión de ramales provenientes de Tres Arroyos, Tandil, Necochea y Coronel Dorrego. 



Clasificada como de primera clase, operaba en tráfico de pasajeros, encomiendas, cargas y hacienda, a la vez que prestaba servicio telegráfico. Con la nacionalización de los ferrocarriles en el año 1946, pasó a formar parte de la red del Ferrocarril General Roca. Texto y fotos: País Turístico

Un automóvil con un grupo de amigos chocó contra un tren de carga en Entre Ríos: Tres murieron y uno resultó gravemente herido

Accidentes Ferroviarios

Una camioneta con cuatro ocupantes fue impactada por un tren de carga en el sur del departamento Islas, sobre la Ruta Nacional 12. El maquinista y su compañero resultaron ilesos

Tres hombres fallecieron este sábado durante un accidente que involucró a una camioneta Toyota Hilux y un tren de carga de cereales en el kilómetro 190 de la ruta nacional 12, en el cruce ferroviario de Médanos, ubicado en el sur del departamento Islas de Entre Ríos.

En la camioneta viajaba un grupo de cuatro amigos quienes, aparentemente, habían salido de pesca. El único sobreviviente fue internado en grave estado.

La colisión ocurrió cuando la camioneta fue embestida por una formación ferroviaria que partió desde Basavilbaso con destino a Puerto del Guazú.

Según confirmaron tanto la Policía Departamental Islas como el jefe comisario Jorge Moreyra al Elonce, “dos fueron rescatados de entre los hierros retorcidos: uno falleció durante el traslado y el otro fue derivado al hospital de Gualeguay”.

Según el medio local, las tres víctimas fatales fueron identificadas como Juan Pesalaccia (46), Darío Dannunzio (45) y Patricio Christiansen (45), de la localidad de Tres Arroyos, en Buenos Aires.

Pesalaccia y Dannunzio perdieron la vida dentro del vehículo, producto del mismo violento impacto, mientras que Christiansen murió más tarde producto de las heridas sufridas en el accidente cuando era atendido por personal de emergencia.

El único sobreviviente, Diego Dannunzio (45), permanece internado y sedado en el Hospital San Antonio de Gualeguay tras sufrir una fractura de fémur en la pierna izquierda.

En cuanto al maquinista y su acompañante, ambos oriundos de Basavilbaso, ninguno sufrió heridas.

De acuerdo con la hipótesis del comisario, se trataba de un grupo de amigos, dado que “todos tienen la misma edad, que viajaban hacia Gualeguay a pescar porque en la camioneta estaban todos los equipos de pesca”, dijo.

En el vehículo siniestrado, como aún permanecían los cuerpos de dos de los ocupantes, los equipos de emergencia de Policía, Bomberos Voluntarios de Ceibas y Médanos, y personal de salud ejecutaron las tareas de extracción correspondientes.

Las primeras pericias buscan determinar la mecánica exacta de la colisión en este tramo ferroviario, una zona donde la falta de barrera y de señalización sonora ha generado preocupación entre quienes frecuentan el sector.

“En el cruce ferroviario hay señalización vertical y horizontal que indica el paso a nivel del tren y la reducción de velocidad, pero las personas que no son de la zona no lo conocen”, relató Marcelo Paredes, jefe de Bomberos Voluntarios de Ceibas. Remarcó que “no hay barrera ni señalización sonora”.

En cuanto a la frecuencia del tránsito ferroviario, Paredes explicó: “El tren pasa de forma diaria o semanal, hasta tres o cuatro veces por día y sin horario establecido porque se trata de un tren de carga”.

Sobre la cantidad de accidentes en esa sección de la Ruta Nacional 12, el jefe de Bomberos Voluntarios de Ceibas precisó que “hace al menos 15 años no ocurría un accidente de similares características”.

“Los siniestros viales se producen porque los conductores no bajan la velocidad y despistan. La traza vial tiene pequeñas oscilaciones y, si se supera la velocidad máxima recomendada, se pierde el control del vehículo y se termina despistando o volcando”, sentenció Paredes sobre los peligros del tránsito en la zona.Infobae.com

Diplomatura en Señalamiento Ferroviario y sus Tecnologías Asociadas

Estudios Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

La Universidad Nacional de San Martín informa de una nueva propuesa de formación en la EHyS - UNSAM relacionada con una diplomatura pensada para quienes trabajan o se forman en el ámbito ferroviario y buscan profundizar sus conocimientos en señalamiento moderno, automatización (GoA) y marcos normativos como EN50129 y T49 CFR.

"Aprendé a analizar y evaluar sistemas eléctricos y electrónicos de señalamiento, sus capacidades operativas y estrategias de mantenimiento, de la mano de especialistas con experiencia en el sector", expresa la publicidad de la UNSAM.

Destinatarios: Personal del ámbito ferroviario estatal o privado, docentes y estudiantes de carreras afines.

Requiere estudios secundarios o superiores.

🖥️ Modalidad: virtual (20 encuentros sincrónicos + 20 asincrónicos)

⏰ Duración: 120 horas

📅 Inicio: 11 de agosto

📩 Consultas e inscripción: clgarcia@unsam.edu.ar

El Municipio de Tres Arroyos transformará el histórico galpón locomotoras en un mercado gastronómico y espacio comunitario

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

La Municipalidad de Tres Arroyos (Provincia de Buenos Aires) informa que lo que antes fue un galpón de locomotoras abandonado, testigo del paso del tiempo y del silencio urbano, pronto se convertirá en un nuevo punto de encuentro para los vecinos de Tres Arroyos. El Municipio presentó la iniciativa que proyecta la recuperación del espacio como un mercado gastronómico abierto, inclusivo y familiar, pensado para fortalecer el comercio local, acompañar a los emprendedores y brindar a la comunidad un lugar de esparcimiento.

El proyecto conservará la esencia industrial del sitio, respetando elementos originales como las antiguas vías del tren y un vagón histórico, que se integrarán a una propuesta moderna con food trucks, mesas comunitarias, luces colgantes y detalles artísticos. Todo ello conformará una atmósfera cálida y atractiva, donde vecinos, familias y visitantes podrán compartir, disfrutar y reconectar con la identidad local. 

Esta iniciativa no solo busca impulsar la economía local y abrir nuevas oportunidades a emprendedores y comerciantes, sino también recuperar un espacio simbólico de la ciudad para transformarlo en un ámbito de pertenencia, encuentro y desarrollo comunitario.

El Municipio renueva su compromiso con cada familia tresarroyense, trabajando para que cuenten con más lugares donde encontrarse, disfrutar y sentirse parte. Porque detrás de cada obra está la idea de construir una ciudad más viva, más inclusiva y más cercana a sus vecinos. Ese es el Tres Arroyos que construimos