24 de marzo de 2014

Se aprueba con carácter experimental la habilitación del servicio ferroviario del denominado "Tren Universitario de La Plata"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Nro. 101/2014 de fecha 05 de Marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial de fecha del 21 de Marzo de 2014, se aprueba con carácter experimental la habilitación del servicio ferroviario del denominado Tren Universitario de La Plata a desarrollarse entre la Estación La Plata de la Línea General Roca, ubicada en la intersección de las calles 1 y 44, y el Apeadero Policlínico General San Martín, sito en la intersección de las calles 1 y 72, en la Ciudad de La Plata, Capital de la Provincia de Buenos Aires, circulando por vías férreas del ramal La Plata a Río Santiago, desde la estación La Plata (progresiva Km 52,606) hasta Empalme Museo, y del ramal Tolosa a Las Pipinas, en el tramo comprendido desde Empalme Museo hasta la intersección con la Avenida 1 de la Ciudad de La Plata, progresiva ferroviaria Km 57,196.


Asimismo, deja constancia que la operación del Tren Universitario de La Plata queda a cargo de la empresa Argentren Sociedad Anónima, en el marco del “Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros Líneas General Roca y Belgrano Sur” de fecha 10 de febrero de 2014.

Para una mayor información, transcribimos parte de la Resolución Nro. 101/2014 de fecha 05/03/2014, que dice lo siguiente:

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase con carácter experimental la habilitación del servicio ferroviario del denominado TREN UNIVERSITARIO DE LA PLATA a desarrollarse entre la ESTACION LA PLATA de la Línea General Roca, ubicada en la intersección de las calles 1 y 44, y el HOSPITAL POLICLINICO GENERAL SAN MARTIN, sito en la intersección de las calles 1 y 72, en la CIUDAD DE LA PLATA, Capital de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, circulando por vías férreas del ramal La Plata a Río Santiago, desde la estación LA PLATA (progresiva Km 52,606) hasta EMPALME MUSEO, y del ramal Tolosa a Las Pipinas, en el tramo comprendido desde EMPALME MUSEO hasta la intersección con la Avenida 1 de la Ciudad de La Plata, progresiva ferroviaria Km 57,196.

ARTICULO 2° — La operación del nuevo servicio autorizado por el ARTICULO 1º de la presente Resolución queda a cargo de la Empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del “Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros Líneas General Roca y Belgrano Sur” de fecha 10 de febrero de 2014.

ARTICULO 3° — Las paradas habilitadas son las que se detallan en el ANEXO I de la presente Resolución.

ARTICULO 4° — Dase por aprobada la construcción de los Apeaderos conforme la documentación técnica obrante en el Expediente del VISTO.

ARTICULO 5° — Dase por aprobados los Pasos a Nivel que se detallan en el ANEXO II de la presente Resolución.

ARTICULO 6° — Dase por aprobada la protección señalada como “Fonoluminosa Tranviaria”, la cual responde a las condiciones técnicas especificadas en la documentación obrante en el Expediente del VISTO, la cual representa una solución especial a la medida de este emprendimiento y que es sólo autorizada en el contexto de la presente Resolución. Su instalación y funcionamiento deberá ser conformada por la Empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANONIMA y por la GERENCIA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

ARTICULO 7° — Hasta tanto se complete la instalación de las protecciones de “Fonoluminosa Tranviaria”, tales cruces serán protegidos con banderilleros cortatráfico que aportará la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 8° — La Tarifa inicial será plana de UN PESO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1,50).

ARTICULO 9° — La frecuencia de servicios inicial será la mejor que permita la circulación de una única formación por vez, circulando de ida y vuelta entre LA PLATA y POLICLINICO.

ARTICULO 10. — Las unidades de Material Rodante a utilizar para la prestación de este servicio de carácter experimental, serán Autopropulsadas Livianas. No se imponen restricciones de convivencia con trenes “pesados” para su circulación sin pasajeros.

ARTICULO 11. — Autorízase el establecimiento de DOS (2) vías sencillas paralelas en el trecho del ramal La Plata a Río Santiago comprendido entre la estación LA PLATA y EMPALME MUSEO, de modo tal que la vía ubicada en el lado ESTE corresponderá a la circulación de trenes hacia el PUERTO LA PLATA y RIO SANTIAGO, y la vía del lado OESTE sólo será utilizada por los servicios de pasajeros del TREN UNIVERSITARIO autorizados por la presente Resolución.

ARTICULO 12. — La zona operativa del servicio del TREN UNIVERSITARIO será delimitada mediante un vallado que se ubicará dentro de la propiedad ferroviaria y a una distancia del riel exterior variable entre UNO COMA CINCO (1,5) y TRES (3) METROS, donde no exista otro cerramiento pre-existente, a los fines de separar a los vecinos y transeúntes de la circulación de los trenes, sin que ello genere derecho alguno de cesión de propiedad. Esto de ninguna manera modifica el límite actual del área operativa correspondiente al Grupo de Servicios Nº 4 - Línea General Roca.

ARTICULO 13. — Facúltase a la Empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANONIMA a habilitar la circulación ferroviaria regular en el tramo Empalme Museo a Parada POLICLINICO (Calle 1), a poner en servicio los apeaderos, los cruces ferroviales y pasos peatonales, y demás instalaciones operativas y complementarias, una vez que compruebe que se han concluido las obras en su totalidad en debida forma.

ARTICULO 14. — Notifíquese a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, a la MUNICIPALIDAD DE LA PLATA, al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y a la Empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 15. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

6 comentarios:

  1. Pablo Lena dijo...
    Si es experimental no cobren y experimenten con bolsas.

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  2. Luis Alberto Durruty dijo...
    Trencitos de juguete. Para entretenimiento de la gilada.

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  3. Otro años mas para experimentar! Pasa que debe ser muy pero muy complejo operar tan intrincado servicio, con tantas formaciones y tantas frecuencias!

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  4. CHE , DESDE QUE AGARRO LA LINEA ROCA ROMERITO , ANDA PARA EL TUJE !!!! QUE SE PONGAN LAS PILAS PORQUE SI NO VA !!!!

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  5. Gustavo
    Ferrovias es la mejor empresa de la argentina por ende argentren tambien va a ser la mejor solo hay que darle tiempo a emepa para que se adapte a las deficiencias que le dejo ugofe

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  6. Armando Alberto Gutiérrez26 de marzo de 2014, 22:40

    Es correcto el término "Experimental" si se esté en una etapa de transición. Tiene razón el lector que dijo que Ferrovías con sus consorcios son de lo mejorcito.
    Se irán entonces subsanando los citados inconvenientes como así también estos coches tan vilipendiados... Esperemos un poco entonces.

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