7 de marzo de 2014

Macri aumentó la tarifa de subte que regirá a partir del 14 de Marzo próximo

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1995 de fecha 07 de Marzo de 2014 de la empresa Subterráneos de Buenos Aires S.E., publicada en el Boletín Oficial Nro. 4353 del día de la fecha, resuelve aprobar el nuevo cuadro tarifario para la explotación del Servicio Subte, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución. El aumento empezará a regir a partir del día 14 de Marzo del corriente año.

Según la Asociación Gremial de Trabajadores de Subte y Premetro informa que "En la audiencia el presidente de la entidad, Juan Pablo Piccardo, dijo que fue por "la inflación". Sin embargo, esos números fueron inflados y hechos por una consultora privada como manifestó la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro ese día".


"El Secretario General de la AGTSyP, Roberto Pianelli, denunció que no hay nada que justifique este aumento que ya va por el 400%. Y además que Piccardo invita a hablar a quienes disienten sobre el tema, pero que luego nunca los recibe como es el caso de este sindicato".

"Recordamos que este aumento solamente sirve para que Metrovías, la concesionaria, siga llenándose los bolsillos con los subsidios de la Ciudad. Pero no se ve en el servicio que es cada vez peor, con menos formaciones y frecuencias, problemas técnicos, malas condiciones laborales, muertos y pasajeros que viajan muy mal", termina diciendo el comunicado

A continuación transcribimos la Resolución Nro. 1995 de SBASE, que dice lo siguiente:

RESOLUCIÓN N.º 1995/SBASE/14

Buenos Aires, 7 de marzo de 2014

Nº4353 - 07/03/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página Nº 40 la Ley Nº 4.472 que dispone la regulación y reestructuración del servicio público del  Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), asumiendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la titularidad estatal del SUBTE, el Decreto 4/2014 que convocó a audiencia pública para el tratamiento de la modificación de la tarifa para la explotación del servicio público de subterráneo, y el Expediente N° 38588-MGEYADGTALMJG-14;

VISTO CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se ha solicitado al Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la readecuación de la tarifa del SERVICIO SUBTE;
Que a la fecha, la tarifa que resulta aplicable a dicho servicio público, se encuentra fijada por la Resolución SBASE N° 1798/2013 en el valor de PESOS TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 3,50.-) para el viaje en subterráneo con combinación o no con el Premetro, y de PESOS UNO ($1.-) para el viaje en Premetro;
Que en virtud de lo establecido en la Ley N° 4.472, Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado es la Autoridad de Aplicación del referido servicio;
Que el artículo 13 inc. 9) de la Ley N° 4.472 atribuye a SBASE, la facultad de fijar las tarifas previa audiencia pública conforme a la normativa vigente;
Que asimismo, la citada Ley establece que las tarifas deberán ser revisadas anualmente y podrán ser incrementadas previa audiencia pública, y en el caso de incrementos de costos que superen un 7 por ciento (7%) los costos tenidos en cuenta para el establecimiento de la tarifa técnica en su última determinación, la Autoridad de Aplicación debe dar inicio al proceso de revisión tarifaria;
Que en tal sentido, habiéndose verificado un incremento de costos en un 16 % - que supera ampliamente el 7% de los costos tenidos en cuenta para el establecimiento de la tarifa técnica-, se hace procedente y necesaria la readecuación tarifaria;
Que este factor incide directamente en la operación del sistema, y afecta las condiciones necesarias para asegurar la continuidad, regularidad, generalidad,
seguridad y modernización del SERVICIO SUBTE;
Que, en ese orden de ideas, la recomposición del cuadro tarifario con la implementación del descuento para usuarios frecuentes, permitirá no solo mejorar la calidad y seguridad del SERVICIO SUBTE, sino también favorecer el uso continuado de los usuarios frecuentes, reduciendo los gastos mensuales en trasporte para los usuarios frecuentes;
Que la Ley N° 210, en el artículo 13, incisos c) y d), prevé la convocatoria y realización de audiencias públicas para el caso de solicitud de modificación de las tarifas de un servicio público;
Que es preocupación permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que todos los actos de la Administración sean el resultado de tramitaciones en las cuales se garantice la transparencia de los procedimientos administrativos;
Que el procedimiento de consulta, esencialmente escrito y el procedimiento de audiencia pública, preponderantemente oral, coadyuvan a la búsqueda de
transparencia y amplitud de participación y debate;
Que de acuerdo a la normativa imperante y lo dispuesto en el Decreto N° 48/2013, el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires convocó a audiencia pública para la modificación del cuadro tarifario del SERVICIO SUBTE;
Que dicha audiencia se celebró el día 7 de febrero de 2014, en la sede del Teatro General San Martín, sito en la Avenida Corrientes N° 1530, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos efectuó el informe correspondiente sobre la audiencia pública celebrada, de acuerdo a las disposiciones
de la Ley N° 210 y sus modificatorias;
Que las recomendaciones efectuadas por el Ente único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron receptadas por Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE);
Que, en tal sentido se ha evaluado la posibilidad de incorporar al universo de pases y abonos ya existentes, un abono mensual que prevea el mismo porcentaje de descuentos por usuario frecuente previsto inicialmente para las tarjetas sin contacto;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer una recomposición del cuadro tarifario del servicio público de subterráneos a los fines de hacer frente al actual incremento en los costos e insumos involucrados en el servicio público de subterráneos;
Que ello procurará, que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destine los recursos comprometidos a adoptar y desarrollar diversas medidas necesarias e imprescindibles, con el fin de mejorar la calidad y seguridad del SERVICIO SUBTE en el menor plazo posible, tales como las establecidas en el programa de inversiones para la mejora de la seguridad operativa y del servicio, que incluye el mejoramiento y renovación del material rodante, vías e infraestructura;
Que sentado lo expuesto, debe remarcarse que la Ley Nº 4472 designó a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) como Autoridad de
Aplicación de lo dispuesto en la misma;
Que en el artículo 13 de la referida ley, se prescribe que durante el período de emergencia SBASE tendrá la atribución de fijar las tarifas y los cuadros tarifarios, previa audiencia pública conforme la normativa vigente (inciso 9º);
Que asimismo, en el artículo 38 del mencionado cuerpo normativo, se establece que SBASE tendrá las funciones y competencias de “…16) Fijar y aplicar las tarifas, cuadros tarifarios y tarifas de interés social del SERVICIO SUBTE …”.
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1218,
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 13, inciso 9º, y 38, inciso 16, de la Ley Nº 4472 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,



EL DIRECTORIO DE SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO 1º: Apruébese el nuevo cuadro tarifario para la explotación del Servicio Subte, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º: Las nuevas tarifas tendrán vigencia a partir del 14 de marzo de 2014.

ARTÍCULO 3º: Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Subsecretaría de Descentralización,

Desconcentración y Participación Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana quien comunicará al Ente Público Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires para que tome conocimiento. Asimismo, comuníquese a la firma Metrovías S.A., para su implementación. Cumplido, archívese. Piccardo - Gowland - De La Fuente - Sainz - Seefeld - Young 

4 comentarios:


  1. Solo alguna reflexión.
    -Alguien esperaba algo distinto, segun ideologia del PRO.
    La gran mentira es,para la teoria, sobra estado,pero en los paises más desarrollados,la participación del estado es mayor que en los paises, en vias de desarrollo,para que lo quieren,para por ejemplo este.
    Toda la infraextructura, material rodante etc es del Estado, las inversiones tambien,pero segun parece-aunque seria, no es, una contradición, no seria o no tendria la capacidad de administrarlo,sin dercirlo asi caso parecido al nacional.
    Con lo cual los privados,solo eso, por que no aportan capital, reciben sus ganancias. Cual seria el problema,solo el que nos tratan de Idiotas,el aumento garantizara la modernación etc, etc.

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  2. Desgraciadamente queremos servicios pero no los queremos pagar ,cuanto aumentaron los salarios de los empleados del subte ,cuanto costaba antes de 2001 en dolares y cuanto cuesta hoy ,la Ciudad no puede emitir pesos .No defiendo a Macri ,simplemente la plata sale de los boletos o de los impuestos que pagamos todos.

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  3. La discusión acerca de las tarifas del Subte se define contestando para qué la ciudad quiere subtes.
    El macrismo evidentemente tiene una concepción del estado y el transporte público donde impera el lucro y la "iniciativa privada". Lo único que importa es la plata. Qué pasó con los aumentos anteriores? adónde fue ese dinero? Saludos, Esteban Righi.

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  4. Siempre dije que comparto la idea de aumentar el precio de estos viajes. Poder continuar con los trabajos como prolongación de líneas, construcción de nuevos ramales Además finalizar los recorridos de Premetros como el Tranvía de Puerto Madero ó Tren Del Este. complementando con los subtes como ya se comentaba. Si bien pertenece a ferrocarriles, Habilitar el Túnel ex Cargas del ex FFCC Sarmiento que descompimiría al colapsado subte "A". Que la Línea "B" salga como se dijo desde Puerto Madero y prolongar por el FFCC Urquiza al menos hasta Est Lynch. Vemos que hay muchas posibilidades.Saluda Armando Alberto Gutiérrez.

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