ACTUALIDAD
Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Se encuentra
en la Comisión
de Transporte de la
Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución
solicitando un pedido de informes al PEN sobre diversas cuestiones relacionadas
con la renegociación contractual con el ex concesionario de Trenes de Buenos
Aires S.A. (T.B.A.)
Dicho trámite
recayó en el Expte. 2334-D-2013 del 22 de Abril de 2013, siendo la firmante de
dicho proyecto de Resolución la Diputada Nacional María Virginia Linares (GEN -
Buenos Aires).
Fundamentos
El dictado
del Decreto Nº 793 de fecha 24 de mayo de 2012, mediante el cual el Poder
Ejecutivo resolvió la rescisión por culpa del concesionario, de la concesión
del servicio de transporte ferroviario de pasajeros que realizaba la empresa
TRENES DE BUENOS AIRES S.A. en las líneas ferroviarias del área metropolitana
de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires del ferrocarril Mitre y del ferrocarril Sarmiento, privó a esta
Honorable Cámara de tomar conocimiento integral del Expediente Administrativo
tramitado en la UNIREN
con motivo de la renegociación contractual prevista en la Ley N º 25.561, sus
modificatorias y complementarias.
Tal
circunstancia se produjo, es obvio señalarlo, pues no se arribó en dicha
tramitación a ningún entendimiento o acuerdo entre el ESTADO
NACIONAL-CONCEDENTE (representado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de
la UNIREN ) y
el CONCESIONARIO, lo que hubiera motivado en su caso la elevación de todas las
actuaciones administrativas para la consideración de las instancias competentes
del Poder Legislativo, tal como se encuentra previsto en la normativa que
regula el procedimiento de renegociación contractual, producto de la emergencia
administrativa, social, etc. declarada a partir del año 2002 y extendida hasta
el 31 de diciembre de 2013 (Ley Nº 26.729).
Es decir que,
con anterioridad a la elevación al Poder Legislativo de los resultados de un
acuerdo de renegociación contractual entre Concedente y Concesionario -tal como
lo prevé la normativa vigente- , el Poder Ejecutivo rescindió por culpa del
concesionario el contrato de concesión, teniendo en cuenta los graves
incumplimientos en que incurriera TBA S.A., según consta en los antecedentes
que figuran en el Anexo al Decreto mencionado y en los diversos informes
emitidos por la
Auditoría General de la Nación , por todos conocidos atento su pública
difusión.
Debemos
reconocer sin embargo lo dificultoso que han sido -y deben ser aún- estos
procedimientos de renegociación contractual en el área de transporte,
especialmente en el tema ferroviario de pasajeros, teniendo en cuenta las
conductas desplegadas por los grupos empresariales que explotaban los servicios
(llámese grupo Taselli o grupo Cirigliano), ya que, a partir del año 2004 se
fueron rescindiendo por culpa de la parte concesionaria los contratos en cinco
líneas ferroviarias en el área metropolitana de Buenos Aires.
Así,
asistimos primero a la rescisión en el SAN MARTIN, luego en el ROCA y en el BELGRANO
SUR, desarrollándose la explotación de los servicios por la gestión de las
restantes firmas concesionarias que aún continuaban con el proceso de
renegociación y que constituyen UGOFE S.A., "por cuenta y orden del Estado
Nacional", contratación de especiales aristas legales, tal como también lo
ha señalado la
Auditoría General de la Nación en varios de sus informes.
Ahora se
produce la rescisión del SARMIENTO y del MITRE y la aparición de una nueva
UGOFE S.A., de similares características, cuyo trámite de reconocimiento formal
se encuentra aún en la
Inspección General de Justicia (IGJ).
Por otra
parte, si tenemos en cuenta: 1) el plazo excepcional del trámite renegociador
-2002 al 2012-; 2) el desconocimiento sobre la realización de audiencias públicas;
y 3) la falta de proyectos de cartas de entendimiento o acuerdos de
renegociación que hayan tomado estado público; nos vamos preavisando de los
inconvenientes que se deben haber producido en la maquinaria administrativa
responsable de la renegociación de dichos contratos administrativos, cuyas
cláusulas, ya semi- oxidadas por la normativa de emergencia general y
ferroviaria, sólo resultaron plenamente activas en algunos supuestos, como en
el caso de los subsidios, pero directamente inertes en otros, por ejemplo, para
impedir tragedias, sobre las cuales no hace falta aquí, y después de tanto que
se ha dicho al respecto, explayarse más aún.
Este Proyecto
de Resolución tiene como antecedente el Expediente 5315-D-2012, de mi autoría.
Lo señalado
anteriormente nos lleva a la necesidad de presentar el presente pedido de
informes al Poder Ejecutivo.
Mario Osvaldo Maldonado
ResponderEliminarY a Ferrocentral no le piden un informe?