21 de septiembre de 2015

Llegó al país la segunda formación de coches eléctricos 0km. Alstom para la Línea "H" de Subte

Actualidad

Texto y fotos: Jorge Baex (para Crónica Ferroviaria)

En día sábado 19 de Setiembre pasado en horas de la mañana, comenzaron con la descarga de la segunda formación de seis coches Alstom 0 kilómetro, de un total de 120 coches, procedente de la planta que tiene dicho fabricante en la ciudad de Sao Paulo (Brasil).





Como lo expresara en nota anterior con la llegada de la primera formación, los coches eléctricos para la Línea "H" de Subte son de acero inoxidable, poseen aire acondicionado, cámara de seguridad, caja negra, suspensión neumática, regeneración de energía, etc. y están muy bien equipado con la última tecnología disponible. 

Llamado a Licitación Pública Nro. 58/2015 para la Obra de Inspección detallada y diagnóstico estructural de obras de arte Línea Sarmiento

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria llama a Licitación Pública Nro. 58/2015 para la Obra de Inspección detallada y diagnóstico estructural de obras de arte Línea Sarmiento.

Los alcances de la presente contratación incluye la Inspección Detallada y Diagnóstico Estructural de Obras de Arte de la Línea
Sarmiento, conforme lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), Anexos y Planos.


Los trabajos se realizarán en campo a lo largo de la traza de la Línea Sarmiento en los ramales Once-Moreno, Moreno-Mercedes y Merlo-Lobos.

Etapa: Única.-

Consulta y adquisición de Pliegos: Desde 22/09/2015 hasta 05/10/2015 Lun. a Vier. 10.00 a 12:30 y 14:30 a 17:30 en Av. Ramos Mejía 1358, 2º
Piso - CABA. “Oficina de Contratos”.-

Fecha límite de Recepción de Ofertas: Hasta 20/10/2015 a las 11.30 hs en Av. Ramos Mejía 1302 Planta Baja – CABA. En "Mesa de Recepción de Ofertas".

Acto de Apertura de oferta: El día 20/10/2015 a las 12.00 hs. en Av. Ramos Mejía 1358, 2°Piso -C.A.B.A.- Oficina de Contratos.-

Valor del Pliego: $ 4.000 + I.V.A.

Ferrobaires: Tren de pasajeros Plaza Constitución - Mar del Plata. Aclaración

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Con fecha miércoles 16 de Septiembre del corriente año publicamos una nota de la agencia periodística "El Argentino" de Chascomús donde expresaba entre otras cosas que: "La empresa Ferrobaires, según pudimos confirmar en fuentes ferroviarias, hizo correr un tren que llega hasta Lezama. Desde allí los pasajeros son trasbordados a ómnibus que los llevan hasta Castelli, donde los espera otro tren que llega hasta Mar del Plata".


"La misma modalidad de prestación se realiza en el sentido entre la ciudad balnearia y Plaza Constitución".

"De esta manera el servicio de trenes que pasa por nuestra ciudad ha sido repuesto luego que se interrumpiera el 23 de agosto, en razón de las dificultades existentes para que las formaciones puedan atravesar el puente sobre el río Salado a la altura de Guerrero".

Hemos consultado sobre el particular con personal de la empresa Ferrobaires, y nos informaron que la noticia dada por el medio "El Argentino" de Chascomús y publicada por Crónica Ferroviaria, es inexacta, ya que el tren de pasajeros que sale los días lunes, miércoles y viernes a las 16,40 horas de Plaza Constitución lo hace hasta estación Lezama, de ahí los pasajeros son trasbordados a ómnibus que los llevan hasta la ciudad de Mar del Plata.

Llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la segunda adquisición de materiales de señalamiento electromecánico y circuitos de vías

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructura Ferroviaria llama a Licitación Pública Nacional e Internacional Nro. LP61/2015 para la segunda adquisición de materiales de señalamiento electromecánico y circuitos de vías.


Etapa: Múltiple

Presupuesto oficial: U$S 8.493.389,00 más I.V.A.

Plaza previsto de entrega: 360 días corridos

Apertura de los sobres: 15 de Octubre de 2015 a las 14,00 horas

Consulta y venta de pliegos: Desde el día hábil siguiente al de publicación hasta el 07 de OCTUBRE de 2015, de lunes a viernes de 10 a 14 hs, en ADIF - Gerencia de Administración, sita en Av. Ramos Mejía 1302 - Piso 8º, Oficina 813, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Valor individual del pliego: $ 20.000,00 + IVA + Ingresos Brutos de CABA

Para la compra de pliegos deberá presentar: Formulario de Inscripción de Ingresos Brutosy/o Convenio Multilateral (sin excepción).

Presentación de las ofertas: Hasta una hora antes de la fijada para la Apertura en ADIF - Gerencia de Administración, sita en Av. Ramos Mejía 1302 - Piso 8º, Oficina 813, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lugar de la apertura: ADIFSE - Av. Ramos Mejía Nº 1302 - Piso 1º, Sala “Presidente Kirchner”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mayor información en página de ADIF SE www.adifse.com.ar

Chile: Histórica locomotora a vapor revive ruta típica a Til Til en fiesta patria

Trenes Turísticos

Redacción Crónica Ferroviaria

El Grupo E.F.E. informa que este viernes 18 de Septiembre pasado con un viaje entre Santiago y Til Til, presidido por una máquina a vapor de más de cien años de antigüedad y un ferrocarril histórico de los años 20, E.F.E., la Corporación del Patrimonio Ferroviario y la Ilustre Municipalidad de Til Til, celebraron este 18 de septiembre.

Según el Grupo EFE, "El Tren del Recuerdo, hoy vestido para la ocasión, estuvo compuesto por la histórica locomotora a vapor 607, declarada es Monumento Nacional, además de un grupo de vagones alemanes de primera clase y un coche comedor construidos en la década del 20’".

Ricardo Silva, Gerente General de Grupo EFE junto a Claudio Orrego, Intendente de la Región Metropolitana

La locomotora, mantiene vivos los atributos de los primeros trenes de la primera serie de coches metálicos que llegaron a nuestro país. Si bien esta máquina tiene origen alemán, fue armada en Chile en 1913 y realizó servicios en diversos rincones de Chile. En 2004 fue reparada a partir de un trabajo conjunto entre la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario y Grupo EFE.

El Tren del Recuerdo a Til Til, contó con una fonda a bordo del coche comedor, donde los pasajeros pudieron degustar empanadas y anticuchos, acompañados de cuecas bravas que fueron interpretadas en vivo en todos los vagones del tren.

El Intendente de Santiago, Claudio Orrego, señaló que pese a que el corazón de los chilenos está en Coquimbo, acciones como estas permiten también tener un espacio de esparcimiento. “Quiero felicitar a Grupo EFE por esta linda iniciativa. Los trenes están en el imaginario colectivo de todos los chilenos y esta locomotora, el paseo en familia, no son solo una forma de recordar la historia, sino también de pensar en el futuro. No me cabe duda que Chile va a ponerse de pie y este tipo de actividades también ayudan a eso”.

El Gerente General de Grupo EFE, Ricardo Silva, destacó que “iniciamos este viaje en un contexto que se ha visto ensombrecido por el terremoto que afectó la zona centro norte de nuestro país. Como Grupo EFE hemos querido mantener esta actividad para cumplir con el compromiso que asumimos con los cerca de 400 pasajeros que hoy nos acompañan. Honrar este compromiso es una forma de valorar nuestro espíritu como chilenos; ese espíritu que nos lleva una y otra vez a enfrentar momentos difíciles mirando el futuro con optimismo, siguiendo los proyectos que nos hemos propuesto a pesar de la adversidad.”

Asimismo, señaló que “este tren a vapor, de más de 100 años, representa lo mejor de las tradiciones de Ferrocarriles. Y qué mejor que llevarlo a viajar a un lugar emparentado con uno de los próceres más entrañables de nuestra Patria. De esta forma, con toda su historia, nuestra empresa de Ferrocarriles se abre paso al futuro cuidando y valorando las tradiciones más profundas del país.” 

Con esquinazo y aplausos, el tren llegó a la estación de Til Til, en donde sus pasajeros pudieron disfrutar de las fondas, juegos costumbristas, concursos de cueca y rodeos que se realizaron en el Parque Manuel Rodríguez.

18 de septiembre de 2015

Misiones: La Defensoría del Pueblo de la Nación pide explicaciones sobre el servicio de pasajeros Posadas - Encarnación (Paraguay)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La Defensoría del Pueblo de la Nación comunica que solicitó a la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria información con relación a la interrupción de los servicios de pasajeros entre las ciudades de Posadas (Argentina) y Encarnación (Paraguay) y que Crónica Ferroviaria publicara en forma constante en su blog de Internet.

Según el diario Misiones on line la incertidumbre sobre la reanudación del servicio bilateral perjudica a miles de usuarios mientras que la estación ubicada en el Centro de Frontera está paralizada y a la espera de respuestas oficiales, ya que la empresa prestataria y las autoridades competentes aún no han informado respecto de esa situación.


Como se recordará, la empresa concesionaria del servicio no cuenta con una autorización definitiva sino con una habilitación en carácter de prueba y a título precario, respaldada por un memorandum de entendimiento firmado por autoridades de Argentina y Paraguay.

Ante la falta de información por parte de las autoridades competentes y la empresa concesionaria, la interrupción del servicio tomó por sorpresa a los usuarios. Los cientos de usuarios que llegaron en los últimos días a la estación, se encontraron con esta situación y se vieron obligados a seguir el cruce hacia Paraguay en colectivos internacionales.

Por último, explicó el diario Misiones Online que el servicio ya transportó a alrededor de 250 mil personas en lo que va del año y su puesta en funcionamiento fue difundida por el gobierno nacional y particularmente por el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación como un éxito de gestión, sin embargo, a poco más de ocho meses de operación, se encuentra paralizado.

Llegan suministros a los Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo

Actualidad

Texto y fotos: Ariel Espinoza (para Crónica Ferroviaria)

Hace unos días llegaron a los Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo dos vagones de carga con 40 paquetes conteniendo ruedas ferroviarias 0km. fabricadas por la empresa china CMEC (China Machinery Engineering Corporation).


Cada vagón transportó 20 paquetes en un total 160 ruedas conteniendo 4 en cada bulto. Esa cantidad es para armar 80 pares montados  para 20 bogies de dos ejes cada uno, lo que significa que 10 vehículos de carga ferroviarios tendrán ruedas nuevas.


Es uno de los cargamentos que llegaron, tanto en tren como por camión, teniendo en la actualidad los Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo un stock de más de 700 ruedas nuevas y 300 ejes también 0 km.


Toda esta cantidad es sin contar los reparados, sujetos a controles de calidad (ultrasonido, medidas, tolerancias, etc.) y ruedas reperfiladas que son rehabilitadas y puestas en servicio nuevamente.

Llamado a Licitación Pública Nro. 61/2015 para la construcción de un nuevo almacén en terrenos ferroviarios de Tapiales de la Línea Belgrano Sur

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria llama a Licitación Pública Nro. 61/2015 para la construcción de un nuevo almacén en terrenos ferroviarios de Tapiales de la Línea Belgrano Sur.


Etapa: Única.-

Consulta y adquisición de Pliegos: Desde 21/09/2015 hasta 02/10/2015 Lun. a Vier. 10.00 a 12:30 y 14:30 a 17:30 en Av. Ramos Mejía 1358, 2º
Piso - CABA. “Oficina de Contratos”.-

Fecha límite de Recepción de Ofertas: Hasta 19/10/2015 a las 11.30 hs en Av. Ramos Mejía 1302 Planta Baja – CABA. En "Mesa de Recepción de
Ofertas"

Acto de Apertura de oferta: El día 19/10/2015 a las 12.00 hs. en Av. Ramos Mejía 1358, 2°Piso -C.A.B.A.- Oficina de Contratos.-

Valor del Pliego: $ 8.000 + I.V.A.

Línea Belgrano Norte: Nueva parada en el Servicio Diferencial. Nuevo Cuadro Tarifario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1859/2015 de fecha 17 de Septiembre de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, expresa en parte de los Considerandos de la misma, lo siguiente: "Que en esta instancia se ha considerado necesaria la incorporación de una nueva parada intermedia en la Estación Boulogne, dentro del tramo Retiro (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - Panamericana "Km.47 (Provincia de Buenos Aires) y, en consecuencia, la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria ha propiciado la modificación del cuadro tarifario oportunamente aprobado mediante la resolución citada en el considerando anterior, a efectos de que se incluya la nueva parada intermedia".

"Que las tarifas propuestas resultan acordes a la prestación del servicio y se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales".

"Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el nuevo cuadro tarifario para los servicios especiales en trato".

Para una mayor información transcribimos Resolución Nro. 1859/2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1859/2015
Bs. As., 17/09/2015
VISTO el Expediente N° S02:00101867/2015 del registro de este Ministerio y CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y sus modificatorias, dispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para la operación del servicio ferroviario a su cargo y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que le sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE).

Que mediante la Resolución N° 1125 de fecha 25 de septiembre de 2014 de este Ministerio, se autorizó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a prestar servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros en la Línea BELGRANO NORTE, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias, debiéndose adoptar las medidas administrativas pertinentes a tales efectos y procediendo, de ser necesario, a la adquisición de material rodante para la operación de tales servicios, de conformidad con la normativa vigente.

Que en dicho marco, se incorporó nuevo material rodante para la prestación de servicios especiales en la Línea BELGRANO NORTE.

Que por otra parte, mediante la Resolución N° 1088 de fecha 2 de julio de 2015 de este Ministerio, se aprobó el cuadro tarifario presentado por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) para los servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros prestados en el tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “Km. 47” (Provincia de Buenos Aires), perteneciente a la Línea BELGRANO NORTE, el que incluye paradas intermedias, que como Anexo I forma parte integrante de dicha resolución.

Que en esta instancia se ha considerado necesaria la incorporación de una nueva parada intermedia en la Estación Boulogne, dentro del tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “Km. 47” (Provincia de Buenos Aires) y, en consecuencia, la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha propiciado la modificación del cuadro tarifario oportunamente aprobado mediante la resolución citada en el considerando anterior, a efectos de que se incluya la nueva parada intermedia.

Que las tarifas propuestas resultan acordes a la prestación del servicio y se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el nuevo cuadro tarifario para los servicios especiales en trato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por la Ley N° 26.352 y sus modificatorias y por el artículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985 y sus modificatorias.

Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 1088 de fecha 2 de julio de 2015 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el Anexo I de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 21 de septiembre de 2015.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO I

TARIFA SERVICIOS ESPECIALES RETIRO - PANAMERICANA “KM 47”

Solicitar al PEN disponga la rehabilitación del ramal ferroviario de la Línea Urquiza en el tramo Nogoyá - Victoria - Puerto de Victoria (Provincia de Entre Ríos)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución solicitando al Poder Ejecutivo Nacional disponga la rehabilitación del ramal ferroviario de la Línea Urquiza en el tramo Nogoyá - Victoria - Puerto de Victoria (Provincia de Entre Ríos).

Dicho trámite recayó en el Expte. 5051-D-2015 del 16 de Septiembre del corriente año, siendo el firmante de dicho proyecto de Resolución el Diputado Nacional Alberto Emilio Asseff (UNIR - Buenos Aires).


Fundamentos

El ramal Nogoyá - Victoria pertenece al Ferrocarril General Urquiza. Se halla íntegramente en la provincia de Entre Ríos, a través de 48 km que unen a ambos departamentos homónimos.

El aludido ramal fue habilitado al tráfico el 3 de noviembre de 1889. Actualmente se encuentra inactivo y en estado de abandono. Sólo se halla en actividad la estación Nogoyá para los servicios de pasajeros entre Paraná y Concepción del Uruguay.

Victoria se encuentra dentro de la provincia de Entre Ríos y pertenece al departamento homónimo. Esta maravillosa ciudad se encuentra a unos 60 kilómetros de la ciudad de Rosario, en la provincia de Santa Fe. Ambas ciudades se comunican por vía de la Ruta Nacional 174, la cual cruza el puente Nuestra Señora del Rosario y un complejo de doce puentes más pequeños, comúnmente conocidos como "Rosario-Victoria".

El Corredor Victoria-Nogoyá, fue construido por el Ferrocarril Central Entrerriano (propiedad de la provincia de Entre Ríos) en el año 1889. Más tarde en el año 1892, el Ferrocarril Entre Ríos de capitales británicos, se hace de la empresa provincial y es así como el mentado corredor, pasa a formar parte de su gran mapa ferroviario dentro de la provincia.

Victoria supo ser un gran emporio ferroviario; en el Puerto Victoria finalizaban los rieles, de modo tal qué la ciudad estaba conectada no solo por la vía férrea, sino también por la marítima con la ciudad de Rosario, el resto del país y dándole entrada y salida al gran Océano Atlántico.

El edificio de la estación (de diseño Italianizante), es obra del Ferrocarril Entre Ríos cual lo construyó a principios del siglo XX. En el marco de las nacionalizaciones masivas de los ferrocarriles durante el gobierno Peronista en el año 1948, el Ferrocarril Entre Ríos (como así toda la red de trocha media a la qué este pertenecía), pasa a formar parte del Ferrocarril Nacional Urquiza, en primera instancia bajo la órbita de EFEA (Empresa de Ferrocarriles del Estado Argentino), más tarde bajo la órbita de FA (Ferrocarriles Argentinos).

Durante el año 1991, el corredor queda completamente desafectado como gran parte de la red ferroviaria nacional. Es así como Victoria no recibió nunca más tren alguno y tampoco hay planes de reactivación del corredor. El estado del predio es extremadamente malo; los rieles han sido completamente levantados, el edificio se encuentra roído por el paso del tiempo y la falta de mantenimiento. Gran parte de sus artefactos han sido saqueados y amputados.

Hoy el predio se usa como Corsódromo, donde se festejan los carnavales de la ciudad (una modalidad muy usada en la provincia de Entre Ríos con los predios ferroviarios desactivados), y su edificio sirve como guardería de los carros carnavalescos. La herrumbre es total y en medio de ella, hemos encontrado los restos de la báscula de pesaje con su plataforma de épocas del Ferrocarril Central Entrerriano, donde se pesaban los cargueros.

Victoria forma parte del mapa ferroviario de la desidia y del abandono y muchos de sus lugareños extrañan y reclaman el tren, más no son oídos. La reapertura del ramal también beneficiará al puerto de Victoria y a las estaciones intermedias de Antelo y Gobernador Febre, cruzando las rutas nacionales 11 y 174.

SBASE: "Grandes obras del subte, que no percibís a simple vista"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Subterráneos de Buenos Aires en una especie de comunicado dirigido al usuario de las Líneas de Subte expresa lo siguiente: "Te venimos contando sobre la incorporación de nuevos coches y la puesta en valor de las estaciones con trabajos que se realizan de noche, para mejorar día a día el servicio".


"Pero además, hay grandes obras estructurales que son imperceptibles a simple vista y que resultan fundamentales para modernizar el subte y ofrecerte una mayor seguridad. Conocé cómo estamos trabajando dentro de los túneles".

Nuevas cocheras talleres para un subte más rápido

"Las cocheras y talleres están íntimamente vinculados con el mantenimiento de la flota y, por lo tanto, con la calidad del servicio. Por eso…"


"¿Por qué es importante esta acción? Cada 600 mil km, aproximadamente, se realizan las revisiones generales de la flota para fortalecer la seguridad y disminuir, así, demoras o interrupciones en el servicio. Los chequeos consisten en una reparación profunda de los sistemas mecánicos, eléctricos y neumáticos, y en la renovación del interior y la carrocería".

"Por eso, un incremento en la cantidad de las cocheras-talleres permitirá mejorar la frecuencia porque podrán realizarse ahí mismo las revisiones periódicas que los coches necesitan, sin necesidad de trasladarlos. Así, habrá más coches en servicio".


Ya inauguramos la cochera – taller Nazca, y seguimos trabajando en:

* La construcción de un taller en la Línea "H", en Parque Patricios.
* La ampliación del taller Rancagua, ubicado bajo el Parque Los Andes, en la Línea "B".
* La ampliación de la actual cochera y la construcción de un taller en la estación Congreso de Tucumán, de la Línea "D".
* Modernizamos la Línea "C"

"En la Línea "C", trabajamos para renovar instalaciones, sumando nuevas tecnologías".

"Por un lado, estamos cambiando el sistema de señales, que es el que permite visualizar la posición de los coches e informa al motorman la velocidad permitida en ese sector. Así, se mejorará la frecuencia con mayor seguridad y velocidad".

"También, por seguridad, renovamos los aparatos de vías, que permiten cambiar de dirección hacia otro carril".

"Además, avanzamos con el cambio del sistema de ventilación forzada para que haya mayor circulación de aire bajo tierra, facilitando la disipación del calor propio de la operación".

Nuevas vías para la Línea E

"En esta línea, avanzamos en el recambio de los 10 km de vías de todo su recorrido. Se trata de la única línea que mantiene las vías originales desde la época de su inauguración en la década del ’40, y esta acción permitirá brindar un servicio más rápido, cómodo y seguro, reduciendo los intervalos y los ruidos provocados por la circulación de los coches".

Termina el comunicado al usuario diciendo: "De esta manera, seguimos trabajando para transformar la manera de moverse en la ciudad".

17 de septiembre de 2015

Mañana sale tren de pasajeros inaugural entre Plaza Constitución – Bahía Blanca con material ferroviario chino

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

En el día de mañana se pone en marcha el nuevo servicio de pasajeros con material ferroviario 0km. de origen chino operado por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria entre Plaza Constitución y Bahía Blanca Sur.


La salida de estación Plaza Constitución está estipulada para todos los días Viérnes para las 19,52 horas con llegada a estación Bahía Blanca a las 08,28 horas.

El regreso será todos los días Domingo partiendo de estación Bahía Blanca a las 19,15 horas llegando a estación Plaza Constitución a las 07,54 horas.

Dicho servicio tendrá paradas en estaciones intermedias como: Monte, Las Flores, Azul, Olavarría, Coronel Suárez, Pigué y Tornquist como así en el viaje de vuelta procedente de Bahía Blanca.

Sobre el costo de los pasajes, el titular de Interior y Transporte detalló que “comprar los boletos costará $355 en Primera, $405 Pullman y $1.135 el camarote doble, lo que significa un 40% menos que un boleto de colectivo”.

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio entre la Asociación Señaleros Ferroviarios Argentinos y la empresa Argentren S.A. Línea Roca

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Disposición Nro. 128/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de fecha 12/06/2015, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Art. 1° se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 324 del 12 de marzo de 2015 y registrado bajo el N° 311/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (A.S.F.A.) por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA -LÍNEA GENERAL ROCA por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.


Para una mayor información transcribimos íntegramente Disposición Nro. 113/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que dice lo siguiente:

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 128/2015
Bs. As., 12/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.607.040/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 324 del 12 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 30/31 del Expediente N° 1.607.040/14, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (A.S.F.A.) por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA -LÍNEA GENERAL ROCA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 808/06 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de Resolución S.T. N° 324/15 y registrado bajo el N° 311/15, conforme surge de fojas 50/53 y 56, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 63/66, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 324 del 12 de marzo de 2015 y registrado bajo el N° 311/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (A.S.F.A.) por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA -LÍNEA GENERAL ROCA por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO
Expediente N° 1.607.040/14

Expediente N° 1.607.040/14
Buenos Aires, 16 de Junio de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 128/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 344/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio entre la Unión Ferroviaria y Argentren S.A. Línea Roca

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Disposición Nro. 114/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de fecha 05/06/2015, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Art. 1° se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 67 del 20 de febrero de 2015 y registrado bajo el N° 224/15 suscripto entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA - LÍNEA GENERAL ROCA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 40 por la ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS - SACPEM, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.


Para una mayor información transcribimos íntegramente Disposición Nro. 113/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que dice lo siguiente:

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 114/2015
Bs. As., 05/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.607.641/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 67 del 20 de febrero de 2015, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 29/30 del Expediente N° 1.607.641/14 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA - LÍNEA GENERAL ROCA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 755/06 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición D.N.R.T. N° 67/15 y registrado bajo el N° 224/15, conforme surge de fojas 64/67 y 70, respectivamente.

Que el precitado acuerdo fue ratificado por la ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS - SACPEM, según consta a fojas 40.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 78/81, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 67 del 20 de febrero de 2015 y registrado bajo el N° 224/15 suscripto entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa ARGENTREN SOCIEDAD ANÓNIMA - LÍNEA GENERAL ROCA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 40 por la ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS - SACPEM, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO
Expediente N° 1.607.641/14

Expediente N° 1.607.641/14
Buenos Aires, 08 de junio de 2015
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 114/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 331/15 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio suscripto en la Unión Ferroviaria y la empresa Trenes Argentinos Cargas y Logística

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Disposición Nro. 113/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de fecha 04/06/2015, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Art. 1° de dicha Disposición se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 85 del 5 de marzo de 2015, y registrado bajo el N° 277/15 suscripto entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A., por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.


Para una mayor información transcribimos íntegramente Disposición Nro. 113/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que dice lo siguiente:

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 113/2015
Bs. As., 04/06/2015
VISTO el Expediente N° 1.614.187/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 85 del 5 de marzo de 2015, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 18/19 del Expediente N° 1.614.187/14, obra la escala salarial pactada entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 709/05 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 85/15 y registrado bajo el N° 277/15, conforme surge de fojas 29/32 y 35, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 42/47 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 85 del 5 de marzo de 2015, y registrado bajo el N° 277/15 suscripto entre la UNIÓN FERROVIARIA, por la parte sindical y la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO
Expediente N° 1.614.187/14

Expediente N° 1.614.187/14
Buenos Aires, 08 de junio de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICIÓN DNRRT N° 113/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 327/15 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

"El modo ferroviario en la Integración Panamericana y Bioceánica"

Evento Ferroviario

Redacción Crónica Ferroviaria

El día 22 de Septiembre próximo en el Centro Cultural Kirchner (Salón Federal) se realizará un evento netamente ferroviario organizado por la Asociación del Congreso Panamericano de Ferrocarriles con el auspicio del Ministerio del Interior y Transporte de la República Argentina, donde se tratará el tema "El modo ferroviario en la Integración Panamericana y Bioceánica"."Factores estratégicos para el Desarrollo y el porvenir de las Economías Regionales".


Programa

8:30 hs. Acreditación

9:00 hs. Inauguración de la Jornada a cargo del Presidente de la Asociación del Congreso Panamericano de Ferrocarriles. Presentación y apertura a cargo del Sr. Presidente de A.C.P.F. Lorenzo Pepe y el Sr. Secretario de Transporte de la Nación Dr. Alejandro Ramos

9:40 hs. Nuevas tecnologías para la transformación y modernización del Sistema Ferroviario.  Ing. Andrés López Pita Presidente del Consejo Asesor de fomento de la Real Academia de Ingeniería de España, Dr. Ing. de caminos, canales y puertos y catedrático de ferrocarriles en la Universidad Politécnica de Cataluña.

10:30 hs. Exposición sobre el Nuevo Marco Regulatorio Ferroviario de Argentina (ley 27132/2015) Dr. Marcio Barbosa Secretario del Interior - Ing. Alejandro Baroso, Consultor.

10:50 hs. Coffe Break

11.05 hs. La Capacitación Pilar Fundamental para el Desarrollo Ferroviario-Desafío que la Republica debe cumplir.  Sergio Sasia, Secretario General de la Unión Ferroviaria

11.25 hs. Avance de Gestión en el Proceso de Integración del Tratado de Maipú entre las Repúblicas de Chile y Argentina.  Diego Tettamanti Subsecretario de Asuntos Latinoamericanos.

11:45 hs. – 12:10 hs. Consolidación del Corredor Bioceánico entre la Provincia de Salta y la Región de Antofagasta (Chile) y el Proceso de Integración del Centro Oeste Sudamericano. Dr. Juan Manuel Urtubey Gobernador de la Provincia de Salta Lic. Marcelo Bosch Presidente del Belgrano Cargas y Logística -  Ing Hugo Rizzo Gerente Técnico de ALAF

13:00 hs.  Almuerzo

14:00 hs. – 14:20 hs. Proyecto Tren Transandino Central. Ing. Nicolás Posse Corporación América -  Ing. Rolando Baldasso y el Ing. Mariano Pombo Representantes de la Provincia de Mendoza. Representante de la Provincia de Salta

14:40 hs. Tren Transandino Sur y Transpatagónico. Sr. Lorenzo Pepe Diputado de la Nación (m.c.) Presidente de ACPF

15:15 hs. Proyecto Transpatagónico Binacional. Magister Gabriela Doufour Ministra de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos de Chubut.

15:40 hs. Gestión Ferroviaria dentro de las Políticas Nacionales. Ing. Antonio Maltana Administrador General de Ferrobaires.

16:00 hs.  Coffe Break

16:20 hs.  El Mercosur y China Hacia una Nueva Era de Cooperación.  Mr. Zhai Chengyu Consejero Económico y Comercial de la Embajada de la República Popular China en la República Argentina y Dra. Carolina E. Catani, Jefe Gabinete Subsecretaría de Transporte Ferroviario de la Nación.

16:35 hs. – 16:45 – 16:55 La Participación Público- Privada de los Ferrocarriles y su aplicación en Argentina.  Ing. Olivier Dereudre, Vossloh, Sr. Sergio Rojas Consultor Rieles Multimedio; Ing. Roberto Zara Emepa Tren Liviano ALERCE.  
                      
17:10 hs. Políticas Ferroviarias Nacionales, Planificación Estratégica e Innovación Tecnológica. Ing. Raúl Baridó Subsecretario de Transporte Ferroviario de la Nación.

17:30 hs. Cierre del Congreso. Palabras del Sr. Ministro Cdor. Florencio Randazzo, Ministro del Interior y Transporte.

Vino de honor