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Redacción Crónica Ferroviaria
La empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que a partir del 01 de Diciembre de 2021 el servicio de pasajeros de larga distancia entre Buenos Aires y Cevil Pozo (Tucumán) tendrá nuevo cronograma de horarios.
El tren de pasajeros Nro. 265 saldrá de estación Retiro (Línea San Martín) los días miércoles y domingos a las 21:30 horas llegando a estación Cevil Pozo (Tucumán) a las 05:30 horas, o sea, 32 horas de viaje lo que hace que se tarde 1 hora y 50 minutos más que el último itinerario.
Estación Tucumán. ¿Para cuándo la licitación para reparar el puente sobre el Río Salí para llegar a dicha estación?
El tren de pasajeros Nro. 266 saldrá de estación Cevil Pozo (Tucumán) de la Línea Mitre los días martes y viernes a las 21:30 horas llegando a estación Retiro (Línea San Martín) a las 05:30 horas, o sea, mismo tiempo de viaje que por vía ascendente y poniéndole 1 hora y 40 minutos más que el último itinerario.
Según la empresa Trenes Argentinos Operaciones el servicio funciona con dos frecuencias semanales y circula con recorrido limitado entre las estaciones Retiro de la Línea San Martín y Cevil Pozo, debido a inconvenientes operativos.
No informa cuáles son los inconvenientes operativos, pero todo se debería a los problemas que habría con la empresa Nuevo Central Argentino S.A. en el tramo entre Zárate y Rosario Norte, que, aunque la infraestructura de vía es nueva la empresa concesionaria habría puesto varias precauciones lo que hace tardar a los trenes de pasajeros que cubren ese tramo más de 1 hora 50 minutos.
¿Y la Ley 27.132?
Todos nos preguntamos cuándo se pondrá en vigencia la Ley 27.132, sobre todo en los ramales donde las empresas concesionarias todavía tienen el poder de operar la vía y darle a los trenes de pasajeros los itinerarios que ellos se les antoja.
¿Cuándo se pondrá en marcha el Artículo 3° de dicha ley?, que con mucha claridad expresa lo siguiente:
Artículo 3° — El Poder Ejecutivo Nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes.
Lamentablemente, el pasajeros es el que vuelve a ser el que paga los platos rotos, ante la negligencia de quienes deberían hacer lo imposible por bajar los tiempo de viaje y hacen todo lo contrario. Total, ellos, como dice Charly García, "No voy en tren voy en avión".