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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 286/2021 de fecha 18 de Agosto de 2021 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el ministro resuelve lo siguiente: "Se aprueba para los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros prestados entre la Estación Maipú y Delta (Tren de la Costa), el cuadro tarifario que como Anexo XII (IF-2021-56478755- APN-SSTF#MTR), forma parte integrante de la presente resolución, el cual regirá a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial".
En los considerandos de la Resolución Nro.286/2021 en una de sus partes expresa que" otro de los motivos que sustenta la equiparación de la tarifa del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros prestados entre la Estación Maipú y la Estación Delta (Tren de la Costa), con las actuales tarifas de la Línea Mitre Ramal Mitre, conforme lo expresado por la mentada GERENCIA de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO radica en que “(...) ampliar el beneficio de una tarifa más económica para los usuarios de los servicios prestados entre la Estación MAIPU y la Estación DELTA (TREN DE LA COSTA) tiene lógica con las características del servicio actual ya que no cumple más la función de un tren turístico"
Nuevo cuadro tarifario del Tren de la Costa
Asimismo, dice que "en otro orden de ideas, la mentada GERENCIA, señaló que la mediante la equiparación de la tarifa de los servicios prestados entre la Estación Maipú y la Estación Delta (Tren de la Costa), y los del Ramal Retiro-Mitre de la Línea Mitre, la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO prevé que aumente la demanda de pasajeros y los factores de ocupación globales, tanto en el Tren de la Costa, como en el Ramal Retiro-Mitre de la Línea Mitre, descongestionando el servicio Retiro-Tigre".