15 de octubre de 2015

Algo más sobre la Nueva Ley de Ferrocarriles de la República Argentina

Cartas de Lectores

Señor Director de Crónica Ferroviaria

A raíz de la Carta de Lectores del Dr. Jorge Alejandro Suárez Saponaro, publicada por Crónica Ferroviaria en su última edición, considero oportuno complementar aquí sus consideraciones y fundamentos. Creo necesario, pues, enfocar como aplicación política institucional y ampliar los antecedentes expuestos en dicha carta.

En tal sentido, veo que la nueva Ley Ferroviaria insiste, equivocadamente otra vez, en la concepción de una empresa nacional de un Estado anacrónico, que no sirve ya al ciudadano argentino, conforme a las necesidades de movilidad y desplazamientos de bienes y de la producción en todo el territorio nacional, con economía de escala, tan propio de los tiempos que vivimos.


Es oportuno, ante todo, señalar que el remanido criterio de legislar sobre modelos de funcionamiento y de regulación del ferrocarril, ya perimidos, es un viejo defecto legislativo nacional en esta materia. Esto parece ser una facultad exclusiva de cada partido que ejerce el gobierno de la Nación y es la impresión que se percibe en la actual Ley de Ferrocarriles.

Lo más grave, es que su aplicación también resulta poco apta para el país que nos toca vivir. Cabe observar en el texto de la Ley que se pretende continuar desarmando lo que debiera ser una empresa integrada ya consolidada. Es como si se tratara de “una estancia con varias quintas”.

En tanto continúen las viejas estructuras y las antiguas normativas y regulaciones ferroviarias, cambiando sólo siglas, misiones y funciones relativas al ferrocarril y su modo de operar el servicio público ferroviario con controles que no funcionan, se seguirán manteniendo pérdidas de recursos y deficiencias funcionales con el consiguiente despilfarro del patrimonio público de la Nación.

Prueba de ello, es que desde la vieja Ley de Ferrocarriles, base de la Organización nacional y del Estado Argentino, poco se ha innovado para lograr la eficiencia, la mejora, la tecnología operativa de los servicios ferroviarios en el país.

Es más, prevalece el sentido burocrático de su estructura funcional y, por si fuera poco, su destinatario, el pueblo argentino está ausente todavía en este sector de servicios públicos. Destaco un factor cultural muy significativo: el ciudadano argentino carece del sentido propietario del ferrocarril. No se considera dueño del mismo. Ello obliga a replantear integralmente la organización y regulación de este medio de transporte.

En estas páginas hemos planteado ya sobre la necesidad y factibilidad del modelo federal para el nuevo ferrocarril argentino. Este concepto aplicado en nuestra Nación resultará eficaz como modelo de organización integral para el ferrocarril, pues permite eficientemente, por su modo estructural, la participación de todos los actores necesarios, como lo dispone nuestra Carta Magna y porque su vigencia ha demostrado ser el más eficaz modelo de nuestra organización institucional.

Nación, Provincias y comunidades debieran a corto plazo acordar y definir una nueva organización del sistema ferroviario argentino para lograr un servicio público federal y eficiente en todo el territorio argentino.- Atte.
Ing. Román Ballesteros

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