10 de septiembre de 2025

El Gobierno de la Provincia de Mendoza licitará el 24 de Septiembre el Tren de Cercanías del Este

Trenes Regionales

Redacción Crónica Ferroviaria

El Gobierno de la Provincia de Mendoza, a través de la Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial, informa sobre el llamado a licitación para la construcción y puesta en marcha del Tren de Cercanías del Este, que unirá las estaciones Libertador General San Martín (Junín) con la deGutiérrez (Maipú), pasando por las estaciones Palmira, Barcala, Fray Luis Beltrán, Rodeo del Medio, General Ortega y Coquimbito.

Con una extensión de 33 kilómetros, el proyecto beneficiará de manera directa a más de 350.000 habitantes de los departamentos del Este, ofreciendo una nueva modalidad de movilidad segura, rápida y confortable. A su vez, se integrará con el Metrotranvía, con las líneas urbanas y suburbanas de colectivos y el BiciTran, conformando un sistema de transporte multimodal.

Gobernador de la Provincia de Mendoza

La obra contempla la renovación integral de la infraestructura ferroviaria, la construcción de paradores con accesibilidad universal, la intervención en 27 pasos a nivel, la modernización de estaciones y la incorporación de trenes diésel eléctricos de última generación. El servicio operará con una velocidad de 90 km/h, frecuencia inicial de 60 minutos por sentido y altos estándares de seguridad.

El Gobernador Cornejo encabezó la presentación del proyecto del Tren de Cercanías del Este y destacó que se trata de “la obra de infraestructura de transporte más importante en varias décadas en Mendoza”. Ante intendentes y autoridades provinciales, el mandatario subrayó que los 33 kilómetros de vía que se construirán representan mucho más que una inversión, ya que permiten hablar “de servicios, de infraestructura, de la conectividad de las personas y de la modernidad que implica este proyecto”.

Cornejo señaló que el tren forma parte de un plan integral que apunta a mejorar la movilidad, la competitividad y el bienestar de la población. Recordó que el transporte público es sinónimo de igualdad y libertad, y afirmó que “la mayor libertad es poder moverse, poder transitar, ir a donde uno quiere y tener oportunidad de hacerlo. Una mala conectividad es restricción a la libertad”.

El Gobernador recordó viajes en tren durante su niñez, que definió como “uno de los recuerdos más lindos” de esa etapa, mencionó que su pueblo natal, Eugenio Bustos, se formó gracias a una vía financiada con capital privado y destacó el desarrollo ferroviario de España como un modelo de integración.

Además, hizo hincapié en la importancia del transporte de carga para la provincia y la región señalando: “Necesitamos la carga de más de 300 kilómetros de tren, es infinitamente más económica que la del camión, y necesitamos la carga para mover nuestra producción a otros mercados. Lo necesitamos con Chile, lo necesitamos en todas las actividades que hagamos”.

Es más, dijo que “en el Sur, si hacemos minería, lo vamos a necesitar para tener precios competitivos del cobre. Vamos a necesitar que la carga y el transporte sea fundamentalmente en tren. Evita accidentes, tendremos menos tránsito y eso es lo que aspiramos a competir con los autos. Ese es nuestro plan, ese es nuestro proyecto, eso es lo que tenemos pensado, planificado y con proyectos”.

Entre los presentes, estuvieron el ministro de Gobierno, Infraestructura y Ordenamiento Territorial, Natalio Mema; la subsecretaria de Infraestructura, Marité Badui; el presidente provisional del Senado, Martín Kechner; el titular del Iscamen, José Orts; el director general de Relaciones con la Comunidad, Hernan Amat; el subsecretario de Transporte, Luis Borrego, y el director de Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial; Orlando Corvalán. Además, participaron los intendentes de San Martín, Raúl Rufeil; de Junín, Mario Abed; Santa Rosa, Flor Destéfanis; de Rivadavia, Ricardo Mansur; de Maipú, Matías Stevanato, y de La Paz, Fernando Ubieta.

Mayor y mejor conectividad

En relación con el transporte en Mendoza, Cornejo destacó la transformación que significó la implementación del MendoTran durante su primera gestión. Recordó: “En mi primer período cambiamos el transporte público de pasajeros y ampliamos la cobertura a todo el Gran Mendoza. Hoy el servicio registra 900.000 tickets diarios y brinda mucha más libertad que hace siete u ocho años”.

El mandatario destacó que la obra del tren se inscribe en un plan más amplio de conectividad y movilidad en la provincia. Aseguró que la iniciativa no solo mejora el transporte ferroviario sino que continúa la transformación de la conectividad terrestre, con gerenciamiento privado e inversiones en la Terminal de Ómnibus y un incremento de casi el triple en los vuelos desde el aeropuerto El Plumerillo en comparación con la década pasada.

Al respecto, Cornejo afirmó que “en Mendoza hay más libertad y además tenemos subsidio estatal que no paga la Nación sino la Provincia. El pasaje urbano sale 1.000 pesos y es, en promedio, uno de los más baratos del país, considerando recorrido y kilómetros”.

El Gobernador explicó que esta obra se enmarca en esa misma lógica de ampliar derechos y oportunidades a través de la conectividad. Explicó que el proyecto se financiará con recursos provenientes del fondo del resarcimiento por la Promoción Industrial y aclaró que “la Nación está transfiriendo en cuotas 1.015 millones de dólares, y todos esos fondos se van a invertir en infraestructura para el agua, la electricidad y la conectividad como este tren. Y eso va a quedar para toda la población”.

En cuanto a la operación del tren, Cornejo precisó: “Queremos un gerenciamiento privado a futuro para el mantenimiento permanente de lo que significa mantener esta vía y mantenerla expedita todo el tiempo. Hacia ese lugar queremos ir”.

Finalmente, destacó que la inversión prevista para el tren asciende a 130 millones de dólares y que el esquema contempla la participación privada en la operación y mantenimiento para garantizar su sustentabilidad a largo plazo. “Este proyecto significa mayor conectividad, mayor libertad, más transporte, más desarrollo de las personas, más producción y optimización del tiempo. Es parte del bienestar general”, afirmó.

Intervención completa en la zona

Por su parte, el ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial destacó la transparencia del proceso de licitación que se inicia para el Tren de Cercanías del Este. “Nosotros hoy estamos subiendo un pliego en borrador por 15 días. Desde cualquier lugar del mundo, cualquier empresa interesada puede acceder al pliego y hacer observaciones, sugerencias, recomendaciones o quejas. Todo será respondido por escrito y estamos en un proceso de consolidación del pliego”, explicó.

Mema remarcó que este trabajo lleva más de un año y medio de planificación e involucra una intervención integral en la zona. “Estamos hablando de 27 calles, semáforos, barreras inteligentes, obras en las estaciones, la propia intervención en las vías y la compra del material rodante”, detalló. A la vez, subrayó que el primer gran desafío será que el oferente traiga unidades nuevas para garantizar un servicio de primera calidad.

En su discurso también valoró el trabajo coordinado con la Nación y la posibilidad de montar el tren de pasajeros sobre una vía ya utilizada por el tren de cargas. “Queremos que ese tren de cargas salga cada 15 minutos con productos mendocinos al puerto y que la inversión que viene después de ese tren, que es donde se puede montar el de pasajeros, sea la que termine repagando parte de esta obra”, señaló.

Mema recordó que la idea comenzó en 2018, aprovechando la renovación de vías realizada por el Gobierno nacional de ese entonces para el Belgrano Cargas. En ese momento, se quiso montar un tren de pasajeros. Tras no lograr la autorización, el Gobierno provincial pensó en el tren desde San Martín y el Este hacia Maipú, conectando con el Metrotranvía para llegar al Área Metropolitana.

Precisamente, el funcionario explicó que el proyecto se integra con la ampliación del Metrotranvía hacia el aeropuerto y hacia Luján de Cuyo, lo que convertirá a Mendoza en la primera ciudad de Latinoamérica, después de San Pablo, en contar con un tren que conecte directamente con su aeropuerto. En este sentido, señaló que la apuesta está respaldada por estudios de demanda que calculan más de 360.000 usuarios potenciales, lo que permitirá descomprimir rutas y complementar el sistema de colectivos.

Mema resaltó la responsabilidad de llevar adelante una inversión inédita en el país. “Esto ha despertado el interés de otras provincias y de las autoridades nacionales. Tenemos que ser claros, hacer números, buscar costos razonables y lograr que la gente se suba. No se trata de hacer populismo con las tarifas sino de garantizar un servicio sustentable y de calidad”, afirmó.

Plan de movilidad integral

A su turno, la subsecretaria de Infraestructura y Desarrollo Territorial agradeció la presencia de las autoridades locales y destacó el trabajo conjunto de las distintas áreas que, bajo el liderazgo del ministro Mema, vienen desarrollando la iniciativa desde hace más de un año. “Somos un equipo enorme que con mucho trabajo y liderazgo de Natalio estamos llegando a esta instancia”, sostuvo.

Badui explicó que el proyecto se enmarca en el plan de movilidad integral impulsado durante la primera gestión de Cornejo, con el objetivo de articular distintos modos de transporte. En ese sentido, señaló que el Tren de Cercanías forma parte de un esquema multimodal que conectará con el servicio de colectivos urbanos y suburbanos, el Metrotranvía y el BiciTran. Además, puso el acento en que se trata de un proyecto “que hace al desarrollo de las regiones y busca mejorar la conectividad, la asociatividad y el desarrollo territorial, premisas que nos ha marcado el gobernador”.

La funcionaria precisó que la frecuencia al inicio del servicio y por sentido de circulación será de 60 minutos con una velocidad de 90 kilómetros por hora, lo que permitirá contar con un medio competitivo en comparación con otros tiempos de traslado. Al respecto, señaló que “son unidades cero kilómetro con características de confort y accesibilidad de última generación y con espacios previstos para transportar bicicletas, potenciando también la movilidad sustentable”.

En cuanto a la infraestructura, Badui explicó que se intervendrán 27 pasos a nivel y se instalarán sistemas de seguridad vial y ferroviaria. Los paradores estarán ubicados en las estaciones General San Martín, Palmira, Barcala, Fray Luis Beltrán, Rodeo del Medio, General Ortega, Coquimbito y Gutiérrez, siguiendo el modelo implementado por el Metrotranvía.

Respecto de la licitación, informó que se abrirán dos grandes rubros: uno de construcción, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, y otro vinculado a la operación y mantenimiento del servicio, que incluirá la provisión de tres formaciones diésel eléctricas con capacidad para más de 500 pasajeros. Según detalló, “el plazo de ejecución es de 12 meses y la inversión prevista asciende a 130 millones de dólares”.

Finalmente, destacó que los pliegos se encuentran publicados para recibir observaciones durante 15 días, “en un claro principio de transparencia e igualdad de concurrencia”. Dentro del esquema de licitación, explicó que el oferente podrá presentarse a un o ambos rubros. Desde hoy estarán en https://www.mendoza.gov.ar/infraestructura/licitaciones-obras-fondo-del-resarcimiento/ hasta el día del llamado.

Movilidad, generación de empleo y financiamiento

El Tren de Cercanías del Este se enmarca en la decisión estratégica de la Provincia de mejorar la movilidad de los mendocinos, entendiendo al transporte como un factor clave para la vida productiva, laboral y familiar. Además, generará 150 empleos directos y 300 indirectos durante su construcción, con un plazo estimado de ejecución de 12 meses.

El llamado a licitación se publicará el 24 de septiembre y estará abierto tanto para la ejecución de las obras de infraestructura como para la operación y el mantenimiento del servicio.

Se licitará en dos partes: una de construcción, renovación y mejoramiento de infraestructura, y otra, de operación y mantenimiento del servicio de transporte ferroviario de pasajeros.

El primero de los rubros comprende el mejoramiento pesado y renovación de 33 km de vía y la intervención específica en las estaciones (implantación de paradores ferroviarios). El segundo de los rubros tiene que ver con el material rodante tren: triplas diésel eléctricas, 3 formaciones, que se caracterizan por contar con cabina de conducción en ambos extremos.

Entre Ríos: Intenso movimiento de tanques y soldados en Concordia de la Línea Urquiza

Actualidad

En la mañana de este martes, efectivos del Ejército Argentino practicaron el embarque de vehículos blindados en los talleres de la estación de la Línea Urquiza, a pocos metros de calle Carriego.

Ejercicios Militares en Concordia. El Teniente Coronel Abel Camarino, jefe del Regimiento 6 “Blandengues”, dialogó con un cronista de Diario Río Uruguay y detalló que, “en este lugar, se están efectuando las prácticas necesarias para el -futuro- embarque de vehículos blindados en trenes, para su transporte hacia la provincia de Corrientes”.

En la provincia vecina “se prevé efectuar ejercicios militares dentro del marco del plan de adiestramiento del Ejército, particularmente vinculados a la II Brigada Blindada, que incluye a nuestro regimiento”, explicó el oficial del Ejercito.

El propósito de este operativo es familiarizar al personal con el proceso de carga y descarga de tanques en vagones ferroviarios, un procedimiento que requiere precisión y coordinación.

Participación de otro regimiento

Para esta maniobra, participaron efectivos experimentados del regimiento, acompañados por otros efectivos del Batallón de Ingenieros Blindados 2, con asiento en Concepción del Uruguay. Fueron estos últimos los que se encargaron de construir una rampa de embarque especialmente para este fin. También contó con la colaboración técnica de personal de Trenes Argentinos Cargas.

Según informó el Teniente Coronel, los ejercicios de campo en los que participará el regimiento están programados para octubre de 2025, como parte del plan de adiestramiento de la Brigada Blindada II.

Estos adiestramientos suelen involucrar operaciones combinadas, donde se despliegan unidades blindadas, de exploración, ingenieros, apoyo de artillería, inteligencia, comunicaciones y logística, como los componentes típicos de una gran unidad de combate blindada

Preparativos para octubre

Cabarino destacó que el Ejército prioriza la seguridad del personal y del material durante todo el proceso, y que se está cumpliendo con los protocolos establecidos para estas actividades. Finalmente, señaló que los ejercicios en territorio correntino se desarrollarán en octubre y cuentan con la participación de la II Brigada Blindada, a la que pertenece el regimiento.

Este tipo de adiestramiento logístico es clave para asegurar la fluidez operativa de la brigada en situaciones reales de despliegue, tal como en ejercicios anteriores, como el “Timbú”, también realizados en campos de instrucción de Corrientes.DiarioRíoUruguay.com

Llamado a Licitación Obra Instalación de Aparatos de Vía de Trocha Métrica de la Línea Belgrano Norte

Llamados a Licitación

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras llama a Licitación Pública Nro. 24/2025 para la Obra Instalación de Aparatos de Vía de Trocha Métrica de la Línea Belgrano Norte

MÚLTIPLE PLAZO PREVISTO: Lo indicado en el PCP 

APERTURA: 11 DE NOVIEMBRE DE 2025 - 13:00HS. 

CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS: Los Pliegos son gratuitos, deberán ser descargados de la página web al momento de su difusión: https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones Las consultas de los oferentes deben ser enviadas en formato PDF (con membrete y firma digital del Oferente), manteniendo siempre los requisitos para las consultas de formato papel, a la casilla de correo electrónico licitaciones@adifse.com.ar, hasta las 18hs del 06/11/25 

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: a partir de las 10hs y hasta una hora (1h) antes de la hora fijada para la apertura en Trenes Argentinos Infraestructura – Gerencia de Abastecimiento, Logística y Administración de Contratos, sita en Avda. Ramos Mejía 1302 - 5º piso Oficina 509 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

LUGAR DE APERTURA: Trenes Argentinos Infraestructura - Av. Ramos Mejía Nº1302 - Piso 5º, Sala “500”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mayor información en página Web https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones

Objeto y alcance de la licitación 

El presente documento tiene por objeto la contratación de la obra de “RENOVACIÓN DE APARATOS DE VÍA TROCHA MÉTRICA. LÍNEA BELGRANO NORTE”. Obra que se regirá por el presente Pliego Técnico en forma complementaria al Manual de Compras y Contrataciones de ADIF, al Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Licitación, al Pliego de Condiciones Particulares, y demás documentos que integran la documentación licitatoria.

En la Planilla de Cotización adjunta al presente Pliego, quedan listadas las tareas de obra a ejecutar, las cuales determinan el alcance de las obras a ejecutar por el Sistema de Contratación: Mixto.

Objeto del documento

El objeto de la presente especificación es fijar el marco para la realización de las tareas de relevamiento, estudios, ensayos, la ejecución del Proyecto Ejecutivo y la renovación de Aparatos de Vía trocha métrica del Ferrocarril Belgrano Norte, en los sectores adyacentes a las Estaciones Aristóbulo del Valle, Munro, Los Polvorines, Del Viso y Villa Rosa.

Adicionalmente se reemplazarán todas las máquinas de cambio asociadas a esos ADV y se reemplazarán los conductores eléctricos de estos equipos.

Alcance

El alcance de las tareas incluye los trabajos tanto de campo como gabinete para obtener el estado actual de la infraestructura y concretar un Proyecto Ejecutivo que defina con exactitud las tareas a realizar por el Contratista durante la obra

Comprende del mismo modo las tareas necesarias para la renovación y construcción de la infraestructura de vía.

Se entiende por renovación no solo el reemplazo del material existente por nuevo, sino una mejora integral de la vía, en cuanto a su geometría, estructura, seguridad operativa, etc.

Se deberá confeccionar el relevamiento, Proyecto Ejecutivo y Conforme a Obra correspondientes.

El servicio que se contrata comprende todas las tareas necesarias para cumplimentar con los objetivos expuestos en esta especificación. El Oferente realizará una enumeración y descripción de dichas tareas en su propuesta metodológica. La descripción metodológica será utilizada para evaluar los recursos y soluciones propuestas para el cumplimiento adecuado de los objetivos, ajustándose a los cronogramas, los costos y la calidad definidos. 

De ninguna manera esa descripción podrá considerarse una limitación al compromiso de realizar otras tareas que no sean explícitamente enunciadas en la misma, pero que resulten necesarias para el cumplimiento de los objetivos y especificaciones del contrato. La descripción metodológica involucra tanto las tareas de obra, los trabajos de gabinete y la documentación a entregar a este Comitente, como también las tareas complementarias y preparatorias que se requieren para un adecuado desarrollo de las primeras.

En todos los casos las especificaciones del presente pliego prevalecerán sobre lo propuesto en la oferta. Lo indicado en la propuesta del oferente y que a juicio de la Inspección de Obra sea superador deberá ser ejecutado por la Contratista, considerándose dentro del precio de la oferta.

El adjudicatario deberá prever la realización de todas las tareas de logística y administración de los recursos, a los efectos de asegurar la oportuna y adecuada prestación de los servicios, en los plazos y en la calidad que le son contratados. 

Llamado a Licitación Obra Intervención Puente Ferroviario sobe el Río Reconquista (vía descendente) de la Línea San Martín

Llamado a Licitación

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras llama a Licitación Pública Nro. 15/2025 para la Obra Intervención Puente Ferroviario sobe el Río Reconquista (vía descendente) de la Línea San Martín

Apertura: 10 DE NOVIEMBRE DE 2025 - 13:00hs.

CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS: Los Pliegos son gratuitos, deberán ser descargados de la página web al momento de su difusión: https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones Las consultas de los oferentes deben ser enviadas en formato PDF (con membrete y firma digital del Oferente), manteniendo siempre los requisitos para las consultas de formato papel, a la casilla de correo electrónico licitaciones@adifse.com.ar, hasta las 18hs del 05/11/25 

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: a partir de las 10hs y hasta una hora (1h) antes de la hora fijada para la apertura en Trenes Argentinos Infraestructura – Gerencia de Abastecimiento, Logística y Administración de Contratos, sita en Avda. Ramos Mejía 1302 - 5º piso Oficina 509 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

LUGAR DE APERTURA: Trenes Argentinos Infraestructura - Av. Ramos Mejía Nº1302 - Piso 5º, Sala “500”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mayor información en página Web https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones

Objeto y alcance de la licitación 

El presente llamado a Licitación tiene por objeto establecer las Especificaciones Técnicas Generales y Particulares para la ejecución de la obra de “Intervención de puente sobre Río Reconquista, Prog. Km 30.120, vía descendente. Línea San Martín”. Obras que se regirán por las presentes Especificaciones Técnicas en forma complementaria al Pliego de Bases y Condiciones, Pliego de Condiciones Particulares, documentos gráficos y planillas de cotización que conforman el presente pliego.

En la Planilla de Cotización adjunta al presente Pliego, quedan listadas las tareas de obra a ejecutar, las cuales determinan el alcance de las obras a ejecutar por el Sistema de Contratación: Mixto.

La documentación técnica del presente documento tiene carácter de anteproyecto, debiendo el Contratista previo al inicio de las obras, realizar la verificación de cálculos y el desarrollo de la ingeniería de detalle necesaria de toda la intervención, procurando el correcto desarrollo de la obra y su funcionalidad, quedando apta para el tránsito ferroviario seguro de pasajeros y carga.

La responsabilidad del proyecto, dirección y ejecución de los trabajos es exclusiva del Contratista, quedando a cargo la ejecución de la propuesta metodológica, la ingeniería de detalle que sea necesaria, la provisión de todos los materiales, equipos, mano de obra y la ejecución de todas aquellas tareas que sin estar especificadas sean necesarias para que se cumpla con los objetivos propuestos de acuerdo a las reglas del buen arte, respetando todas las leyes, normas y reglamentos vigentes.

El Contratista en su propuesta metodológica deberá realizar una enumeración y descripción de los trabajos a ejecutar. La misma permitirá evaluar los recursos y soluciones propuestas, ajustándose a los cronogramas, costos y la calidad definidos, de conformidad con las mejores prácticas de la ingeniería moderna.

Memoria descriptiva 

El Puente a intervenir se encuentra ubicado en la Progresiva 30.120 de la Línea San Martin, (Coordenadas 34°34'23.25"S - 58°40'0.22"O) localidad de Bella Vista en el Partido de San Miguel, provincia de Buenos Aires. El puente a intervenir es el correspondiente a vía descendente y consiste en un reticulado metálico de 45 metros sobre el Río Reconquista.

El mismo es un puente abierto de tablero inferior cuya estructura metálica se compone por dos vigas reticuladas longitudinales de 6,65m de altura, viguetas de alto 0,55m cada 4,06m y dos largueros de alto 0,47m. Tanto las vigas principales como las viguetas y largueros se encuentran materializadas por secciones compuestas de sección constantes remachadas. Las vigas principales se encuentran simplemente apoyadas.

Los estribos están constituidos en mampostería y se encuentran recubiertos por un muro de contención que enmarca ambos puentes (ascendente y descendente) con una longitud de 22.60m con muros ala aguas arriba con una longitud de 19.60m y aguas abajo con una longitud de 12.40m.

Los muros son de hormigón y cuentan con un espesor de 0.35m.

Descripción del alcance de la intervención:

El Contratista deberá realizar la documentación correspondiente al proyecto ejecutivo respetando las medidas mínimas indicadas en la presente especificación y los planos adjuntos (en caso corresponder). El proyecto ejecutivo contará como mínimo del relevamiento planialtimétrico correspondiente a la zona a intervenir, la ingeniería de vía, los planos conforme a obra y toda la ingeniería de detalle que sea necesaria para el correcto desarrollo de la obra.

Se ejecutarán las siguientes intervenciones en la superestructura del puente:

• Puesta en valor y remplazo de los apoyos existentes.

• Reemplazo de elementos faltantes, doblados, corroídos o que se observen en malas condiciones o con disminución de sección, según corresponda.

• Instalación de nuevos largueros.

• Refuerzo de viguetas existentes.

• Arenado de la totalidad del tablero metálico.

• Pintado integral del tablerometálico.

• Renovación de vía.

Para realizar las tareas de reparación y refuerzo de la superestructura, deberá realizarse un andamio suspendido a la estructura existente que permita desarrollar las tareas sin perjudicar la circulación ferroviaria en los momentos que se trabaja sin ventana

La ventana de trabajo será nocturna y deberán ser acordadas con el Operador. En el presente se considera una ventana diaria de 4hs y ventanas de mayor duración en las etapas claves durante los fines de semana.

Se ejecutará la vía ferroviaria en correspondencia al sector de la luz total y a ambos extremos del puente hasta conectarse con la vía renovada (de la totalidad de metros a ejecutar, 22m como mínimo a cada lado serán para realizar el encauzador considerándose una renovación total (siendo nuevo el balasto, durmientes, fijaciones, encauzador y demás elementos de vía) y su unión a la vía existente adyacente.

En el sector de la luz del puente y a 22m a cada lado del estribo se ejecutará la renovación de vía con durmientes de Q°C° (con el fin de tener una fijación de los contraríeles externos del encauzador). A partir de este punto hasta la unión con la vía adyacente, se seguirá con los mismos materiales y características de la vía de corrida existente.

Plazo de obra

La obra contará con un plazo de obra de trescientos sesenta (360) días

Licitación Pública Señalización en estación Mar del Plata de la Línea Roca

Llamados a Licitación

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras llama a Licitación Pública Nro. 22/2025 para la Señalizacón en estación Mar del Plata de la Línea Roca

APERTURA: 10 DE NOVIEMBRE DE 2025 - 14:00HS. 

CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS: Los Pliegos son gratuitos, deberán ser descargados de la página web al momento de su difusión: https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones Las consultas de los oferentes deben ser enviadas en formato PDF (con membrete y firma digital del Oferente), manteniendo siempre los requisitos para las consultas de formato papel, a la casilla de correo electrónico licitaciones@adifse.com.ar, hasta las 18hs del 05/11/25 

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: a partir de las 10hs y hasta una hora (1h) antes de la hora fijada para la apertura en Trenes Argentinos Infraestructura – Gerencia de Abastecimiento, Logística y Administración de Contratos, sita en Avda. Ramos Mejía 1302 - 5º piso Oficina 509 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

LUGAR DE APERTURA: Trenes Argentinos Infraestructura - Av. Ramos Mejía Nº1302 - Piso 5º, Sala “500”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mayor información en página Web https://plataforma.adifse.com.ar/portal_licitaciones

El presente documento tiene por objeto la contratación de la obra de “SEÑALIZACIÓN EN ESTACIÓN MAR DEL PLATA. LÍNEA ROCA” ramal R1B. Obra que se regirá por las presentes Especificaciones Técnicas en forma complementaria al Pliego de Bases y Condiciones, al Pliego de Condiciones Particulares, documentos gráficos y planillas de cotización que conforman el presente pliego.

Forman parte de estos trabajos la provisión de todos aquellos materiales y tareas que, aunque no se indiquen expresamente en estas especificaciones y/o en los planos adjuntos, sean necesarias para garantizar el correcto funcionamiento y terminación de las obras y su infraestructura, para el fin por el cual las mismas han sido encomendadas.

Esto comprende, entre otras obligaciones, el desarrollo de cálculos e ingeniería de detalle, el transporte interno y externo de obra, la disposición final de los materiales y residuos, los ensayos, pruebas, verificaciones y demás comprobaciones de calidad, ambiente, seguridad e higiene, etc.

Asimismo, todas las tareas deberán ser ejecutadas dando estricto cumplimiento a las normativas y reglamentaciones municipales, provinciales y nacionales vigentes, tanto en lo relativo a edificación como en lo relativo a seguridad ferroviaria; y cumpliendo con las reglas del buen arte de la construcción.

En la Planilla de Cotización adjunta al presente Pliego, quedan listadas las tareas de obra a ejecutar, las cuales determinan el alcance de las obras a ejecutar por el Sistema de Contratación que corresponda, ya sea Ajuste Alzado o Unidad de Medida dado que la presente es una Contratación Mixta: Ajuste Alzado y Unidad de Medida

Estado actual de la infraestructura de señalamiento

El cuadro de estación abarca desde estación Mar del Plata hasta las señales de entrada avanzada. A su vez, este proyecto contempla pasos a nivel vehicular que deben automatizarse dentro del alcance de este proyecto.

El servicio ferroviario en el sector posee servicio diésel tanto de transporte de pasajeros como transporte de cargas.

Actualmente, todo el sector se desarrolla en trocha ancha (1676 mm), compuesta mayoritariamente por durmientes de madera dura y apoyada sobre balasto. y actualmente operan servicios de pasajeros con formaciones diésel remolcadas por locomotora frontal, y formaciones de carga diésel remolcadas por locomotoras.

En el cuadro de estación, el enclavamiento que supervisa operatoria y seguridad de dicho sector es puramente un enclavamiento de tipo mecánico. Tanto las señales como los accionamientos de cambio son accionados mediante un cuadro de palancas ubicados a las afueras de la estación, y su movimiento se permite gracias a lingas y barras.

Los pasos a nivel del sector cuentan con una variedad de señalización pasiva.

El sistema de señalamiento actual posee una operación poco eficiente, debido al uso de palancas y enclavamientos mecánicos de más de 100 años de antigüedad.

Al poseer, este ramal, un sistema de bloqueo manual del tipo AUV entre Vivoratá y Mar del Plata y mediante Block Harper se limita el nivel de servicio. Esto impide aumentar la cantidad de formaciones en el ramal, es decir, reducir la frecuencia entre formaciones, y merece una actualización para mejorar el nivel de servicio

Por el estado general de las instalaciones de señalamiento en este sector se requiere una renovación integral. La operación de la misma es posible por las recurrentes tareas del equipo de mantenimiento de la Línea.

Durante todas las etapas de la obra deberá preservarse el funcionamiento de las instalaciones existentes hasta la puesta en marcha de los nuevos sistemas. Las tareas de ensayos y puesta en marcha deberán planificarse de modo de minimizar las afectaciones al servicio.

Objeto del proyecto 

El objeto del proyecto es la renovación integral del señalamiento en estación Mar del Plata. Esta obra incluye trabajos en vías que implicaran modificación en el Layout y renovación de distintos ADV, como así también trabajos de obra civil que conllevaran modificación en el largo de andenes para adecuarlos a la obra de vías.

Dentro del marco de la obra de señalamiento propiamente dicha, la misma consiste en la modernización total de la Cabina de señalamiento Mar del Plata y todo el cuadro de estación con sus correspondientes elementos de campo, es decir, reemplazar las instalaciones actuales por señales de 2 o 3 aspectos eléctricas, máquinas de cambio electromecánicas o electrohidráulicas, circuitos de vía de CC y tipo “C”, block Harper, pasos a nivel eléctricos y pasillos peatonales.

Se deberá instalar un sistema de ayuda a la conducción ATS y proveer e instalar un sistema de detección de baliza faltante asociado al mismo, también se instalarán cotejadores de velocidad en cada una de las plataformas, como así también una mesa de mando con enclavamiento electromecánico con relés aptos para el transporte de servicios ferroviario. La definición de las obras de infraestructura de Señalización, irán emparejadas con las nuevas instalaciones de señalización y telecomunicaciones generando así, una obra de modernización de infraestructura ferroviaria de Señalización integral.

La señalización y el sistema de telecomunicaciones de todo el sector deberá ser renovado en su totalidad.

La obra como tal, incluye el señalamiento, la obra civil, las instalaciones complementarias y todo otro suministro y/o prestación no expresamente indicados en estas especificaciones y/o documentación técnica entregada al Contratista por el Comitente, que resulten necesarios para la correcta y completa ejecución de los trabajos, el adecuado funcionamiento de las instalaciones a proveer, la capacitación del personal y el mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de todas las instalaciones suministradas en concordancia con los requerimientos del Contrato, aun cuando en los citados documentos no se mencionen ni representen todos los detalles y elementos necesarios a tal efecto.

Según los lineamientos establecidos en la presente documentación licitatoria, el Contratista deberá confeccionar la Ingeniería de Detalle que, una vez validada por ADIFSA, se materializará en el terreno.

Plazo de la obra

El plazo total para la ejecución de los trabajos de la presente obra es de novecientos (900) días corridos. Teniendo en cuenta que el inicio de obra será para todas las especialidades el día cero.

Siendo los plazos particulares:

- OBRA DE SEÑALAMIENTO: novecientos (900) días.

- OBRA CIVIL: cuatrocientos veinte (420) días

- OBRA DE VÍA: trescientos (300) días

Se desafecta del uso ferroviario de un inmueble asignado a ADIFSA ubicado en la C.A.B.A.

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1333/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en la calle Santos Dumont 2677 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente con el CIE 0200011929/52, Circunscripción 17 – Sección 35 – Manzana 80 – Parcela 22A, cuya superficie correspondiente al polígono en estudio de novecientos setenta y siete con noventa metros cuadrados (977,90 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, manifiesta lo siguiente:

Que la Gerencia de la Línea Mitre y la Gerencia General de la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) tomaron intervención respecto de la solicitud de desafectación, solicitando que una vez producida, y en forma previa a iniciar cualquier tarea, sean notificadas a los efectos de verificar que estas no afecten la normal prestación de los servicios, indicando también una serie de consideraciones a tener en cuenta al momento de efectuar movimientos de suelo y edificaciones en el sector a desafectar (cf., ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE, ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE y NO-2025-89539179-APN-SOFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por tal motivo, el Ministerio de Economía de la Nación expresa lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en la calle Santos Dumont 2677 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente con el CIE 0200011929/52, Circunscripción 17 – Sección 35 – Manzana 80 – Parcela 22A, cuya superficie correspondiente al polígono en estudio de novecientos setenta y siete con noventa metros cuadrados (977,90 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964393-APN-AABE#JGM) que integra la presente medida y se tengan en cuenta los requerimientos efectuados por la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Luis Andrés Caputo

Se desafecta del uso ferroviario, el inmueble asignado a la ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo de la Línea: Sarmiento

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1332/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario, el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.



En cuanto a parte de los Considerando de dicha Resolución, expresa lo siguiente:

Que el Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón (EPIBAM), solicitó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), un permiso de uso precario y gratuito con compromiso de compra, sobre un sector del inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), con una superficie del polígono de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), mencionando que la ampliación del parque industrial La Cantábrica corresponde: a la calle Tres Arroyos S/Nº, de la localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101; Circunscripción: III; Parcela 271B (Parte), correspondiente al CIE 0600060295/352 (cf., NO-2024-122571460-APN-DAC#AABE, NO-2025-63964713-APN-AABE#JGM y NO-2025-86050196-APN-DAC#AABE).

Que la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), informó mediante ficha técnica y plano, que el sector del inmueble pretendido por el EPIBAM es de propiedad del Estado Nacional, encontrándose en jurisdicción de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²) (cf., IF-2024-99111034-APN-DSCYD#AABE y PLANO-2024-98180541-APN-DSCYD#AABE).

Que la Dirección de Asuntos Comunitarios de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), solicitó la intervención de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), en el marco la solicitud efectuada por el Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón, Provincia de Buenos Aires, dado que se prevé desafectar de la jurisdicción de dicha empresa (cf., NO-2024-122571460-APN-DAC#AABE y NO-2024-139935402-APN-DAC#AABE).

Que la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) ha tomado intervención, señalando no tener objeciones que formular sobre la desafectación del uso ferroviario del inmueble en cuestión. (cf., NO-2025-18507980-APN-ADIFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación manifiesta lo siguiente: 

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario, el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en el Cuadro de Estación Talleres Haedo Línea: Sarmiento - Ramal: S.(B), localidad de Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 101 - Circunscripción: III - Parcela: 271B y Partido: 101 - Circunscripción: III Sección: J - Fracción: I - Parcela: 1, correspondiente al CIE 0600060295/352, con una superficie total aproximada de ochenta y cuatro mil quinientos tres con ochenta y siete metros cuadrados (84.503,87 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964921-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al Ente de Promoción Industrial Buenos Aires – Morón (EPIBAM).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Andres Caputo

Se desafecta de la concesión a Ferroexpreso Pampeano S.A. y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa (Provincia de Buenos Aires)

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1331/2025 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que se desafecta de la concesión otorgada a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa, provincia de Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle:

1.- En el Ramal R.28, Línea Roca, tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires , vinculado al CIE 0600067141/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución;



2.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución, y



3.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056859/4, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.



En cuanto a parte de la Consideración de dicha Resolución expresan lo siguiente:

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, propició la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles propiedad del Estado Nacional ubicados en el Ramal R.28, Línea Roca, Tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600067141/6, en el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, de treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6 y en el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires vinculado al CIE 0600056859/4, a fin de proceder a la tramitación de las transferencias de dominio a favor de la firma Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima (cf., NO-2025-43575425-APN-AABE#JGM).

Que la empresa Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima manifestó no tener objeciones respecto a la desafectación de los sectores solicitados para la transferencia con carácter oneroso a la firma Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima. (cf., RE-2024-122434294-APN-DGDYD#JGM, RE-2024-122743906-APN-DGDYD#JGM y RE-2024-122738963-APN-DGDYD#JGM).

Que las áreas técnicas de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), han tomado la intervención de su competencia sin realizar observaciones, por lo que la Presidencia del citado organismo no opuso observaciones para la prosecución del trámite tendiente a la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles (cf., NO-2024-139252571-APN-ADIFSE#MEC, NO-2024-139288896-APN-ADIFSE#MEC y NO-2024-139304130-APN-ADIFSE#MEC).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctanse de la concesión otorgada a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y del uso ferroviario, los inmuebles ubicados en los cuadros de las estaciones Vallimanca, Elordi y Balsa, provincia de Buenos Aires, de acuerdo al siguiente detalle:

1.- En el Ramal R.28, Línea Roca, tramo KM. 14+079 a KM. 15+118, de treinta y un mil veintinueve con cuarenta y un metros cuadrados (31.029,41 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Vallimanca, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires , vinculado al CIE 0600067141/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución;

2.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, treinta mil setenta y siete con veintinueve metros cuadrados (30.077,29 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Elordi, partido de General Villegas, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056808/6, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución, y

3.- En el Ramal S.7 de la Línea Sarmiento, Tramo KM. 117+600 A KM. 118+350, de veintinueve mil seiscientos siete con veintiún metros cuadrados (29.607,21 m²) de superficie aproximada, jurisdicción de la Estación Balsa, partido de Lincoln, provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600056859/4, conforme plano que como anexo (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según planos de mensura identificados en los anexos (IF-2025-87965511-APN-AABE#JGM), (IF-2025-87965656-APN-AABE#JGM) e (IF-2025-87965854-APN-AABE#JGM) que integran la presente medida y respetando las distancias aclaradas como mínimas en estos.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la empresa Tomás Hermanos y Compañía Sociedad Anónima y a Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Andres Caputo

Se desafecta de la concesión de la empresa Ferrosur Roca S.A. y del uso ferroviario, parte del inmueble del cuadro de la estación Benito Juárez de la Línea Roca

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferrviaria

Mediante Resolución Nro. 1330 de fecha 08 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° dice que "se desafecta de la concesión de Ferrosur Roca Sociedad Anónima y del uso ferroviario, parte del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26, de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 53 - Circunscripción: I - Sección: B- Quinta: 32 - Fracción: I - Partida: 053008670, CIE:0600066749/18, y que cuenta con una superficie total aproximada de diez mil quinientos once con sesenta y tres metros cuadrados (10.511,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, expresan lo siguiente:

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, solicitó a la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), impulse el trámite de desafectación de la concesión de la Empresa Ferrosur Roca S.A. ante la Subsecretaría de Transporte Ferroviario en la órbita del Ministerio de Economía, del sector del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26 de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires. (cf., NO-2024-97265108-APN-AABE#JGM y NO-2024-125451109-APN-AABE#JGM).

Que las áreas competentes de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) han tomado la intervención de su competencia.

Que la empresa concesionaria Ferrosur Roca Sociedad Anónima indicó no tener observaciones que formular sobre el proyecto de desafectación propuesto (cf., IF-2024-118340774-APN-MESYA#ADIFSE).

Que las áreas competentes de la entonces Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) han tomado la intervención de su competencia (cf., PV-2024-135523884-APN-SFGSLD#CNRT y PV-2024-137132388-APN-CNRT#MEC).

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario analizó las constancias de las actuaciones y la normativa aplicable, concluyendo que no se encuentran objeciones para la continuidad del trámite (cf., PV-2025-65734143-APN-DNTTF#MTR).

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte, la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios – t.o. 1992 – y sus modificaciones y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministerio de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase de la concesión de Ferrosur Roca Sociedad Anónima y del uso ferroviario, parte del inmueble ubicado en el cuadro de Estación Benito Juárez, de la Línea Roca, Ramal R.26, de la localidad y partido de Benito Juárez, provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como Partido: 53 - Circunscripción: I - Sección: B- Quinta: 32 - Fracción: I - Partida: 053008670, CIE:0600066749/18, y que cuenta con una superficie total aproximada de diez mil quinientos once con sesenta y tres metros cuadrados (10.511,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87966041-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA).

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese la presente resolución a Ferrosur Roca Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Firmado: Luis Andres Caputo

Se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa

Terrenos Ferroviarios

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1328/2025 de fecha 08 de Septembre de 2025 del Ministerio de Econmía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Artículo 1° expresa que se desafecta del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa, parte del Cuadro de Estación Delta, localidad y partido de Tigre, provincia de Buenos Aires; identificado con el CIE 0600076108/15; con una superficie del polígono aproximado de cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres con sesenta y tres metros cuadrados (51.563,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.



En cuanto a parte de los Considerandos de dicha Resolución, expresan lo siguiente:

Que la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), informó que el inmueble en trato es propiedad del Estado Nacional, encontrándose en jurisdicción de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) (cf., IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE).

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) tomó intervención señalando que el sector en trato no se encuentra afectado al uso ni a la operación ferroviaria, concluyendo que no existirían reparos a que se materialicen actos de disposición y/o se enajene el inmueble en cuestión (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE y NO-2025-89083675-APN-SOFSE#MEC).

Que, no obstante ello, dichas áreas efectuaron una serie de observaciones a los fines de que sean consideradas en caso que el inmueble en trato se destine a un fin distinto de la operación ferroviaria (cf., ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, ME-2025-82004259-APN-GGO#SOFSE y NO-2025-89083675-APN-SOFSE#MEC).

Que la Dirección de Despliegue Territorial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entre otras cuestiones, informó que en el inmueble que nos ocupa funciona desde el año 1997 el parque de diversiones denominado “Parque de la Costa” (cf., IF-2025-67282794-APN-DDT#AABE).

Que, del Informe Técnico Catastral, Dominial y de Afectaciones confeccionado por la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, se desprende que el inmueble en trato presenta una restricción de cursos navegables, en virtud de la cual una zona de quince metros (15 m) a partir de la orilla de los ríos Luján, Tigre y Canal Patiño, debe ser afectada como calle o camino público (cf., IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE).

Que las áreas competentes de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE) han tomado la intervención de su competencia.

Que por las Asambleas Generales Extraordinarias del 19 de diciembre de 2024 y del 14 de marzo de 2025 se transformó la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado en Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), resulta continuadora de todos los derechos, jurisdicción sobre los bienes y obligaciones que resultaban de titularidad de la entonces Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (cf., NO-2025-79925009-APN-ADIFSE#MEC).

Que la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional Técnica de Transporte Ferroviario, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte y la Subsecretaría de Transporte Ferroviario dependientes de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y por la ley 26.352.

Por lo tanto, el Ministro de Economía de la Nación resuelve lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Desaféctase del uso ferroviario el inmueble asignado a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), ubicado en Parque de la Costa, parte del Cuadro de Estación Delta, localidad y partido de Tigre, provincia de Buenos Aires; identificado con el CIE 0600076108/15; con una superficie del polígono aproximado de cincuenta y un mil quinientos sesenta y tres con sesenta y tres metros cuadrados (51.563,63 m²), conforme plano que como anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2025-87964669-APN-AABE#JGM), que integra la presente medida, debiéndose considerar las restricciones, afectaciones y extremos informados por la Dirección de Saneamiento Catastral y Dominial de la AABE, y por la Gerencia de la Línea Mitre de la entonces Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, a través de los documentos digitalizados como IF-2025-64467373-APN-DSCYD#AABE y ME-2025-81951857-APN-GLM#SOFSE, respectivamente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) y a la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Luis Andrés Caputo

Extienden contrato de concesión a la empresa Ferrosur Roca S.A. hasta el 10 de Septiembre de 2026

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 52/2025 de fecha 09 de Septiembre de 2025 del Ministerio de Economía de la Nación (Secretaría de Transporte), publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, la extensión del contrato de concesión a la empresa Ferrosur Roca hasta el día 10 de Septiembre de 2026.

A continuación transcribimos lo que resuelve, sobre el particular, el Ministerio de Economía

ARTÍCULO 1°.- Extiéndese el plazo previsto en el primer párrafo del artículo 1° de la resolución 991 del 27 de septiembre de 2024 (RESOL-2024-991-APN-MEC) del Ministerio de Economía, hasta el 10 de septiembre de 2026, o hasta que se perfeccione la contratación a la que alude el artículo 2° de la presente medida, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2°.- Establécese el inicio de los actos de gestión para analizar, coordinar y diseñar un nuevo esquema contractual de vinculación entre el Estado Nacional y el sector privado para la explotación del actual sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la Línea General Roca (con exclusión del corredor Altamirano-Miramar y sus tramos urbanos), en los términos que las autoridades competentes eventualmente dispongan de acuerdo con el análisis antedicho y a fin de posibilitar la mayor concurrencia posible de interesados en el sector ferroviario indicado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte, a Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima y a Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a Ferrosur Roca Sociedad Anónima.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Luis Octavio Pierrini

9 de septiembre de 2025

¡Tenemos que aprovechar que el Congreso Nacional está revirtiendo medidas gubernamentales!

Nota de Opinión

Por: Jorge de Mendonca (Presidente Asociación Intermodal de América del Sur AIMAS) para Crónica Ferroviaria

Por si alguien no entiende: Éste posteo es un doloroso sarcasmo

Entonces, hay que pedir, pidamos (Que es gratis, aunque lo que aquí enuncio lo hemos perdido a lo largo de 64 años y ha salido caro):

Que sea Ley el que a nadie se le oocurra reducir la profundidad del Río Paraná entre San Lorenzo y Santa Fe.

Que se anule toda norma que sea inconstitucional que esté bloqueando el transporte de cargas nacionales por barco (Cabotaje).

Que se anulen las resoluciones anulatorias de las contrucciones de los puentes sobre el Río Paraná en Corrientes-Resistencia y Goya-Reconquista.

Que se anulen todos los decretos que clausuraron vías ferroviarias.

Que se anulen todos los decretos y resoluciones que cerraron estaciones multimodales de carga ferrocarril - camión.

Que se anulen todas las resoluciones que desviaron fondos de obras de puentes y ferrocarriles a cualquier otra cosa.

Que se anule la bruta ley 27.132 que aplica un modelo ferroviario hiperdeficitario.

¿Quien sumaría más pedidos?

Se que suenan ilusorios, pero sí es claro que arruinaron la economía del territorio con semejantes bestialidades en 64 años de gobiernos.

YPF reflota el tren de pasajeros a Añelo: Horacio Marín confirmó oferta de financiamiento

Proyectos Ferroviarios

En la apertura de la AOG Expo 2025, el presidente de YPF aseguró que existe una propuesta para financiar el proyecto ferroviario Neuquén–Añelo. La iniciativa apunta a reducir costos logísticos, mejorar la seguridad vial y acompañar el crecimiento de Vaca Muerta.

En el marco de la primera jornada de la Argentina Oil & Gas Expo 2025, el presidente y CEO de YPF, Horacio Marín, confirmó que la empresa recibió una oferta de financiamiento para reactivar el proyecto de un tren de pasajeros entre la ciudad de Neuquén y Añelo, localidad que concentra gran parte de la logística de Vaca Muerta. El ejecutivo señaló que el próximo paso será buscar un socio privado que se sume a la iniciativa.

Marín explicó que el objetivo de la obra es mejorar la conectividad y reducir la siniestralidad en rutas como la provincial 7, donde se registra un alto tránsito de vehículos vinculados a la industria petrolera. “Los trabajadores van a tardar 40 minutos con internet, con calefacción y todo. No como hoy, que tarda dos horas y media”, afirmó. Según el directivo, el tren permitirá abaratar costos de traslado de personal y aliviar el flujo de camiones y colectivos en la zona.

El CEO de la petrolera de mayoría estatal también se refirió a otros desafíos logísticos de la cuenca neuquina. En particular, advirtió que la provisión de arena para la fracturación hidráulica constituye un punto crítico para el futuro de la producción. “La situación actual no es sustentable”, sostuvo, al describir que la demanda proyectada para el pico de actividad equivaldría a tener “un camión por kilómetro de ida y otro de vuelta hacia Neuquén”.

En cuanto a infraestructura de transporte, Marín destacó los avances en el Oleoducto Vaca Muerta Sur (VMOS), que permitirá evacuar crudo hacia la terminal de Punta Colorada, en Río Negro. También repasó las proyecciones del programa Argentina LNG, que ya tiene comprometida la llegada de dos barcos de licuefacción flotante y requerirá la construcción de nuevos gasoductos, incluido uno de 48 pulgadas “que nunca se hizo en Argentina”.

De acuerdo con Marín, estos proyectos integrales —oleoductos, gasoductos, terminales portuarias y eventuales obras ferroviarias— son clave para alcanzar la meta de exportaciones por 35.000 millones de dólares en la próxima década, combinando crudo y gas de Vaca Muerta.ADNSur.com

Lobos: Piden por el paso a nivel de la calle Olavarrieta

Actualidad

Por la obra en las vías lo taparon con piedras y a los rodados chicos se les complica pasar.

Conductores de motos y ciclomotores comenzaron a pedir que se revea el estado del paso a nivel de Olavarrieta y Angueira.

Por la obra en las vías de cambio de durmientes lo taparon con piedras grandes y a los rodados de baja cilindrada se les complica pasar.

Afirman que en el último tiempo ya se cayeron varias motos y que por milagro no hubo que lamentar, todavía, consecuencias personales graves.

“Me parece perfecto lo que están haciendo. Es una obra muy necesaria. Para los que no podemos viajar a Buenos Aires por falta de dinero para pagar las combis, el tren es el único medio de transporte que tenemos. Pero que por favor mejoren el paso a nivel de Olavarrieta. Quedó muy mal. Paso habitualmente por el lugar y como sé cómo lo dejaron, freno y cruzo a paso de hombre. Pero los que no saben si no terminan en el piso pasa raspando”, dijo una empleada doméstica que vive en la zona y que pidió la publicación de su comentario.LaPalabradeLobos.com