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29 de diciembre de 2021

Se asigna a la empresa Trenes Argentinos Operaciones el Servicio Regional Interurbano Córdoba (Mitre) - La Calera (Línea Belgrano)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 496/2021 de fecha 27 de Diciembre de 2021 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° expresa que se le asigna a la empresa Trenes Argentinos Operaciones, en los términos del Artículo 7° de la Ley Nro. 26.352, y sus modificaciones y complementarias, el Servicio Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros, en el sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entre el Empalme CC7 (Provincia de Córdoba) del ex Ferrocarril General Belgrano, y la Estación Córdoba (Mitre) en la Provincia de Córdoba.

Servicio Regional Interurbano en la estación Córdoba (Mitre)

En cuanto al Artículo 2° de dicha resolución, dice que se sustituye el artículo 2° de la Resolución N° 777 de fecha 30 de Agosto de 2018, del Ministerio de Transporte de la Nación, modificada por la Resolución N° 213 de fecha 29 de junio de 2021, de dicho ministerio, por el siguiente:

"Artículo 2°.- Se aprueba el cuadro tarifario presentado por la empresa Trenes Argentinos Operaciones para el Servicio Regional Interurbano de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendida entre las estaciones Córdoba (Mitre) (Provincia de Córdoba) - Valle Hermoso (Provincia de Córdoba), y Alta Córdoba - Valle Hermoso, del ex-Ferrocarril Belgrano, que como Anexo II (IF-2021-117003808-APN-SSTF#MTR) forma parte integrante de la presente resolución".

El Artículo 3° manifiesta que la presente medida entrará en vigencia a partir de la hora Cero (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Artículo 4°.- Notifíquese la presente medida a la empresa concesionaria Nuevo Central Argentino S.A. 

Artículo 5°.- Comuníquese a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Transporte de la Nación, a la empresa Trenes Argentinos Operaciones, a la empresa Trenes Argentinos Infraestructuras, a la Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación, a la Secretaría de Planificación de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación, a la Secretaría de Articulación Interjurisdiccional del Ministerio de Transporte de la Nación y a la empresa Trenes Argentinos Capital Humano con participación estatal mayoritaria 

Artículo 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alexis Raúl Guerrera