22 de agosto de 2024

Se establece que la ejecución técnica de los proyectos con financiación externa de obra pública ferroviaria pasan del ámbito del Ministerio de Economía al de la Secretaría de Transporte de la Nación

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 746/2024 de fecha 16 de Agosto de 2024 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día martes 20 de Agosto del corriente año, el ministro decreta lo siguiente:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada, que se encuentran en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, serán ejercidas por las Secretarías y Subsecretarías incluidas en los Anexos (IF-2024-72933183-APN-DMPYPSYE#MOP, IF-2024-77874431-APN-ST#MEC e IF-2024-68024189-APN-SDTHYV#MEC) que forman parte integrante de la presente medida, de conformidad con la distribución allí dispuesta y con los alcances previstos en el Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017.

Obra viaducto entre Estación Dr. Antonio Sáenz y Plaza Constitución de la Línea Belgrano Sur

ARTÍCULO 2°.- Establécese que las Secretarías y Subsecretarías previstas en los mencionados anexos ejercerán, de acuerdo a la distribución allí establecida, las facultades para adjudicar las contrataciones enmarcadas en los procesos licitatorios, para suscribir los contratos y/o las modificaciones respectivas, así como también para dictar los actos pertinentes para la ejecución técnica, que sean necesarias para la ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional, cada una en el ámbito de sus competencias.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que las Secretarías y Subsecretarías incluidas en los aludidos anexos poseen la facultad para suscribir convenios con las provincias, municipios y/u otras entidades y organismos, que sean necesarios para la ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional, cada una en el ámbito de sus competencias.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que las Secretarías de índole sustantiva mencionadas en los artículos anteriores podrán coordinar con las Subsecretarías que les dependen la distribución de las facultades que por la presente medida se determinan, así como encomendarles a estas últimas las tareas y funciones que se estimen necesarias en aras de una más eficiente gestión de los programas y proyectos abarcados por las previsiones del Decreto N° 945/17.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA dispondrá de la facultad para iniciar y adjudicar los procesos licitatorios relativos a la contratación de auditorías, para suscribir los contratos y/o las modificaciones que resulten necesarias para la ejecución de dichas auditorías, así como también para llevar a cabo cualquier otra competencia que se desprenda del artículo 1° del Decreto 945/17.

ARTÍCULO 6°.- Establécese que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA dependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, dispondrá de la facultad para aprobar, en el ámbito de las áreas vinculadas al desarrollo territorial, hábitat, vivienda, obras públicas y transporte, las contrataciones de servicios de consultoría individual financiadas en el marco de programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 945/17.

ARTÍCULO 7º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Andrés Caputo

Con relación a lo que corresponde a la obra pública ferroviaria, a continuación transcribimos las que continuarán con los trabajos hasta su terminación, de acuerdo al Anexo Nro. 2 de la presente Resolución. Ellas son las siguientes:

Secretaría de Transporte de la Nación

2982 - BID - Proyecto de Mejora Integral de la Línea Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata

5320 - BID - Proyecto de Mejora Integral de la Línea Roca, Ramal Plaza Constitución – La Plata: Reformulación y Financiamiento Adicional

10180 - CAF - Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Estación Plaza Constitución - Línea Belgrano Sur

ARG-23/2015 - FONPLATA - Proyecto de Mejoramiento de la Conectividad Ferroviaria a Estación Plaza Constitución Línea Belgrano Sur

12116 - CAF - Programa de Conectividad Urbana: Cruces ferroviarios a distinto nivel en la Región Metropolitana de Buenos Aires

1 comentario:

  1. Buena noticia ,por fin los vecinos de zona oeste podemos volver a soñar con llegar a plaza constitución, obra esta avanzada en un 70% y por decidía de las actuales autoridades se dejó caer...piensen más en el pueblo!
    Alberto F.

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