Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 1039/2018 de fecha 26 de Noviembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1º informa que se prorroga por el plazo 120 días dispuesto en el punto 2.14 de la Cláusula 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 (Proceso de Compra N° 451-0001-CDI18) para la celebración del Convenio de Financiamiento, por un período igual al estipulado oportunamente con efectos desde el día de vencimiento del primer plazo.
En cuanto a los considerandos de dicha resolución expresa que por el Expediente N° EX-2017-28846904-APN-DMENYD#MTR la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con anuencia de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, solicitó la adquisición de DOSCIENTOS (200) coches de material rodante para la Línea del Ferrocarril Roca, comprendiendo los respectivos repuestos, herramientas, documentación técnica, servicios técnicos y capacitación necesarios para la puesta en servicio, funcionamiento y mantenimiento de las unidades, a la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD., en el marco de las previsiones del artículo 25, inciso d), apartado 3, del Decreto N° 1023/01 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias.
Que mediante la Resolución N° 1382 de fecha 29 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se autorizó el llamado a la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 con la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD., y se aprobó el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por Decisión Administrativa N° 604 del 17 de abril de 2018 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó lo actuado en la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 (Proceso de Compra N° 451-0001-CDI18), se adjudicó la contratación referida a la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SIETE CENTAVOS (U$D 277.916.696,07.-) y se autorizó al titular del MINISTERIO DE TRANSPORTE a suscribir el contrato cuyo modelo fuera aprobado a través de la Resolución N° 1382 del 29 de diciembre de 2017 del referido Ministerio, así como también a aprobar las prórrogas, disminuciones, ampliaciones y demás prerrogativas del artículo 12 del Decreto N° 1023/01.
Que, en consecuencia, el MINISTERIO DE TRANSPORTE suscribió el Contrato Comercial con CCRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. con fecha 23 de abril de 2018, cuyo modelo fue aprobado por la citada Resolución N° 1382/17.
Que atento a la complejidad, magnitud y extensión de la contratación, las partes acordaron que la ejecución del contrato comercial se encuentre supeditada a la celebración de un Convenio Financiero que respalde la operación, estipulándose este hecho como condición esencial y suspensiva para la vigencia del mismo.
Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-35805602-APN-MTR) de la contratación en cuestión prevé en el punto 2.14 de la Cláusula 2° que la celebración del Convenio de Financiamiento deberá cumplirse dentro de los CIENTO VEINTE (120) días contados desde la suscripción del Contrato Comercial y que este plazo podrá prorrogarse en función del avance en las negociaciones del Convenio de Financiamiento, a petición del actual MINISTERIO DE HACIENDA (por cuanto es el continuador de las competencias atribuidas al entonces Ministerio de Finanzas).
Que por nota Nº NO-2018-42802077-APN-SSRFI#MHA la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE HACIENDA solicitó informar sobre la viabilidad de prorrogar el plazo previsto para la suscripción del Contrato de Financiamiento, en el marco de las negociaciones del Convenio de Financiamiento que lleva adelante, a los fines reseñados, con el BANCO DE DESARROLLO CHINO (CDB).
Que mediante nota Nº NO-2018-43170530-APN-SECOT#MTR la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE entendió viable la prórroga del plazo previsto para la suscripción del Convenio de Financiamiento aludido.
Que por lo expuesto y encontrándose aún en instancia de negociación las condiciones de financiamiento, resulta conveniente proceder a prorrogar el plazo dispuesto en el punto 2.14 de la Cláusula 2° del aludido Pliego de Bases y Condiciones Particulares por un período de CIENTO VEINTE (120) días, a contarse desde el día del vencimiento del primer plazo.
Que la empresa CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. ha manifestado su conformidad para la procedencia de la prórroga y demás condiciones contempladas en la presente.
Que corresponde dar conocimiento de la presente medida a la mencionada empresa y al BANCO DE DESARROLLO CHINO (CDB).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto 2001, sus modificatorios y complementarios, y por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 604 del 17 de abril de 2018.
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 1039/2018 de fecha 26 de Noviembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1º informa que se prorroga por el plazo 120 días dispuesto en el punto 2.14 de la Cláusula 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 (Proceso de Compra N° 451-0001-CDI18) para la celebración del Convenio de Financiamiento, por un período igual al estipulado oportunamente con efectos desde el día de vencimiento del primer plazo.
En cuanto a los considerandos de dicha resolución expresa que por el Expediente N° EX-2017-28846904-APN-DMENYD#MTR la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con anuencia de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, solicitó la adquisición de DOSCIENTOS (200) coches de material rodante para la Línea del Ferrocarril Roca, comprendiendo los respectivos repuestos, herramientas, documentación técnica, servicios técnicos y capacitación necesarios para la puesta en servicio, funcionamiento y mantenimiento de las unidades, a la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD., en el marco de las previsiones del artículo 25, inciso d), apartado 3, del Decreto N° 1023/01 y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias.
Que mediante la Resolución N° 1382 de fecha 29 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se autorizó el llamado a la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 con la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD., y se aprobó el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por Decisión Administrativa N° 604 del 17 de abril de 2018 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó lo actuado en la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 (Proceso de Compra N° 451-0001-CDI18), se adjudicó la contratación referida a la firma CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SIETE CENTAVOS (U$D 277.916.696,07.-) y se autorizó al titular del MINISTERIO DE TRANSPORTE a suscribir el contrato cuyo modelo fuera aprobado a través de la Resolución N° 1382 del 29 de diciembre de 2017 del referido Ministerio, así como también a aprobar las prórrogas, disminuciones, ampliaciones y demás prerrogativas del artículo 12 del Decreto N° 1023/01.
Que, en consecuencia, el MINISTERIO DE TRANSPORTE suscribió el Contrato Comercial con CCRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. con fecha 23 de abril de 2018, cuyo modelo fue aprobado por la citada Resolución N° 1382/17.
Que atento a la complejidad, magnitud y extensión de la contratación, las partes acordaron que la ejecución del contrato comercial se encuentre supeditada a la celebración de un Convenio Financiero que respalde la operación, estipulándose este hecho como condición esencial y suspensiva para la vigencia del mismo.
Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-35805602-APN-MTR) de la contratación en cuestión prevé en el punto 2.14 de la Cláusula 2° que la celebración del Convenio de Financiamiento deberá cumplirse dentro de los CIENTO VEINTE (120) días contados desde la suscripción del Contrato Comercial y que este plazo podrá prorrogarse en función del avance en las negociaciones del Convenio de Financiamiento, a petición del actual MINISTERIO DE HACIENDA (por cuanto es el continuador de las competencias atribuidas al entonces Ministerio de Finanzas).
Que por nota Nº NO-2018-42802077-APN-SSRFI#MHA la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE HACIENDA solicitó informar sobre la viabilidad de prorrogar el plazo previsto para la suscripción del Contrato de Financiamiento, en el marco de las negociaciones del Convenio de Financiamiento que lleva adelante, a los fines reseñados, con el BANCO DE DESARROLLO CHINO (CDB).
Que mediante nota Nº NO-2018-43170530-APN-SECOT#MTR la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE entendió viable la prórroga del plazo previsto para la suscripción del Convenio de Financiamiento aludido.
Que por lo expuesto y encontrándose aún en instancia de negociación las condiciones de financiamiento, resulta conveniente proceder a prorrogar el plazo dispuesto en el punto 2.14 de la Cláusula 2° del aludido Pliego de Bases y Condiciones Particulares por un período de CIENTO VEINTE (120) días, a contarse desde el día del vencimiento del primer plazo.
Que la empresa CRRC QINGDAO SIFANG CO. LTD. ha manifestado su conformidad para la procedencia de la prórroga y demás condiciones contempladas en la presente.
Que corresponde dar conocimiento de la presente medida a la mencionada empresa y al BANCO DE DESARROLLO CHINO (CDB).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto 2001, sus modificatorios y complementarios, y por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 604 del 17 de abril de 2018.
BLA BLA BLA ,,,,PURO HUMO
ResponderEliminarSe empiezan a sentir los efectos del "DEFICIT CERO" bienvenido FMI a la Argentina.
ResponderEliminarArtista exclusivo de este gobierno.
Dentro de 120 dias el.dolar va a subir a 50/unos eruditos barbaros!!!!
ResponderEliminarMiguel Angel Sci
"recalculando".... Gracias presidenta cristine!!!! (lagarde) juassss
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