ACTUALIDAD
Redacción
CRÓNICA FERROVIARIA
Mediante
Decreto Nro. 1382/2012 de fecha 09 de Agosto de 2012 del Poder Ejecutivo
Nacional (PEN), publicada en el Boletín Oficial Nro. 32.458 del 13-08-2012, se
crea la Agencia
de Administración de Bienes del Estado y se disuelve el Organismo Nacional de Administración
de Bienes del Estado. Se derogan las Leyes Nros. 23.985 y 24.159, el Decreto
Nro. 653 del 24 de Junio de 1996, el Decreto Nro. 433 del 25 de Abril de 2007,
el Decreto Nro. 35 del 12 de Enero de 2001, el Decreto Nro. 443 del 1º de Junio
de 2000 y el Art. 14º Inc. H de la
Ley 26.352.
Es un festival de decretos. Ponen, sacan, se arrepienten, corrigen, y siga la fiesta!
ResponderEliminarEstimados: estoy equivocado seguramente, o me enseñaron al reves, o el "aleman" calo fiero en mi pobre cerebro. Mis queridos Profes de Educacion Democratica y Derecho Administrativo y Practica Forense (Dr. José Segovia, Dr. Julio Lucero, respectivamente)me enseñaron la Piramide Juridica: Los pactos internacionales, la Sacrosanta Constitución Nacional, las Leyes de la nacion que emanan del Congreso, y los decretos. que se aplican en el ambito provincial y municipal.De ser esto cirto y estar en vigencia, un decreto no anula una ley, una ley se anula con otra ley que emane del Congreso de la nacion. Seguimos de chacota aqui cada uno hace la suya? o como es la cosa.Seguimos destruyendo el Ferrocarril cambiando nombres.
ResponderEliminarIng. Pablo Pelli. Tucuman
Pregunto: Un DECRETO DEROGA UNA LEY ??? Juan Carlos Ottobre.
ResponderEliminarSeñores Pelli y Ottobre. Estamos en la Argentina que no es una república, es una monarquía y la reina Cristina le da igual derogar una ley con un decreto, total ¿quién la va a contradecir?. Todo se gual (como diría el querido y recordado Minguito)
ResponderEliminarRogelio Rodríguez
Si no lo recuerdan, pueden ver las declaraciones del titular del ONABE, en el documental "La última estación", donde el mismo reconoce no tener certeza de la cantidad de bienes con que cuenta el Estado nacional. Esta nueva entidad en un período de noventa días va a realizar ese necesario conteo, que a diferencia del disuelto ONABE, posee autarquía económica y personería jurídica propia. Las jurisdicciones nacionales deberán en un plazo de noventa días informar sobre la existencia de inmuebles y los contratos vigentes.
ResponderEliminarComo gruñen los dinosaurios.
GRRRRRAAAAUCHHHH (GRUÑIDO DE DINOSAURIO REX) SEÑOR GONZÁLEZ, ¿SE TUVO QUE ESPERAR MAS DE 9 AÑOS PARA QUE ESTA NUEVA ENTIDAD PONGA LA COSA EN SU LUGAR?. DURANTE ESE PERIODO ¿CUANTAS COSAS Y COSITAS RARAS HABRA HABIDO?. MMMMMMMMMMMMMMM. ¿TAMBIÉN ENTRA LA ADIF EN ESTA ESPECIE DE CONTROL?
ResponderEliminarBENITO K.
Así van desapareciendo propiedades públicas, robadas, intrusadas o destruidas, desde durmientes hasta puentes y estaciones.
ResponderEliminarPara lo unico que sirven estos organismos es para "ceder", "regalar" o "desafectar" terrenos e instalaciones ferroviarias para crear espacios de recreación. Asi nunca se van a reactivar los ferrocarriles. Marcelo.
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