15 de noviembre de 2018

Se sigue cediendo, por parte del Estado Nacional, terrenos ferroviarios a terceros

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Casi todos los días sale publicado en el Boletín Oficial resoluciones de la Agencia de Administración de Bienes del Estado cediendo alegremente terrenos ferroviarios a municipalidades, clubes, asociaciones, escuelas, etc.

En el día de la fecha, mediante Resolución Nro. 408/2018 de fecha 12 de Noviembre de 2018 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial, resuelve lo siguiente:


Artículo 1º.- Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA de la Provincia de BUENOS AIRES, el uso precario y gratuito del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado entre calles Alem, Intendente Maistegui, Rivadavia y Brasil, pertenecientes al Cuadro de Estación GENERAL MADARIAGA, de la Localidad y Partido de GENERAL JUAN MADARIAGA, Provincia de BUENOS AIRES, vinculado al CIE N° 0600063383/1 y que cuenta con una superficie aproximada de CIENTO OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (108.988,08 m2), conforme se detalla en el croquis identificado como PLANO-2018-22232083-APN-DNRBI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Artículo 2º.- Apruébase el denominado “PERMISO DE USO – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA”, que como ANEXO II identificado como IF-2018-55585675-APN-DGP#AABE, forma parte integrante de la presente medida.

Artículo 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

Artículo 4º.- La delimitación definitiva del inmueble deberá ser realizada por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la firma del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 5º.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA de la Provincia de BUENOS AIRES y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva

5 comentarios:

  1. Para cuando el uso para el cual fue pensado.. una estación de ferrocarril?.
    Jorge Jerez

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  2. Convengamos que si observamos bien,.dejan la vía y un pedacito del cuadro de estación. El resto lo ceden. Alcanza y sobra.
    Leonardo Emmanuel Salinero

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  3. Estamos frente a la mayor privatización de tierras ferroviarias y fiscales en zonas urbanas. No digo nada que no se sepa, sólo hay que ponerse a leer. Detrás de cada megaobra (viaductos ferroviarios, unificación de hospitales en Capital, traslados de terminales, etc) hay un gran negocio inmobiliario. El tema es que lo que se privatiza ya nunca se devuelve y, peor aún, lo que el cemento tapa ya nunca se destapa.
    Adrián Fernández Smandes

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  4. a la niña antonia le encanta esta noticia....

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  5. Si leen la resolución entenderán que, por lo menos en este caso, no hay transferencia de dominio...El dueño sigue siendo el Estado Nacional...
    Pichingo

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