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21 de enero de 2025

Jujuy: Ante la falta de explicaciones oficiales, el Tren Turístico se debate entre público y privado

Trenes Turísticos

El presidente del Ente Autárquico que explota el emprendimiento ferroviario ensayó una justificación sobre un supuesto carácter privado, aunque no logró explicar la figura societaria que constituye al Tren y demás inmuebles que integran la red. La ex diputada provincial Alejandra Cejas sostuvo que el solo hecho de financiarse con aportes públicos pone fin a la discusión y las falacias oficiales.

No aclares que oscurece dice el refrán que el presidente del Ente Autárquico “Tren Solar de la Quebrada”, Juan Cabrera, parece desconocer, porque lejos de evacuar dudas sobre la discusión en torno a propiedad pública o privada, terminó por multiplicarlas durante sus últimas declaraciones en los medios locales.

“El espacio de lo que es el Tren Solar dentro de las estaciones es un espacio que pertenece a la empresa Tren Solar, no es del Estado, la empresa es del Estado, pero está administrada por el Tren Solar… es una posición un poco confusa, es un espacio que no es público, que pertenece a la provincia pero que no es, eh eh eh… eh eh… que se pueda usar abiertamente si no que nosotros permitimos que se usen abiertamente solamente solicitando el permiso”. 

El origen del debate fue creado por una agente policial que se desempeña en Tilcara, cuando pretendió desalojar al influencer libertario, Marco Palazzo de la estación alegando que no podía filmar las instalaciones por tratarse de propiedad privada. El lozano periodista junto a una vecina manifestaron que la intimación no tenía sentido, toda vez que las duplas eléctricas, edificaciones y gran parte de la recuperación de la traza vial fue financiada con fondos públicos o en su defecto créditos que deberán afrontar los contribuyentes.

La abogada del foro local Alejandra Cejas, quien participa como asesora legal de algunos vecinos desalojados en la causa conocida como Radio Estación Tilcara y a la vez como querellante en otra denuncia por turbación del espacio público, dio su opinión a Radio 2 basada en la información que fue recopilando durante los mencionados procesos. 

“En su formato legal es público, lo pagamos todos los jujeños, el tramo que se ha construido salió la friolera de U$S80 millones, tiene una perspectiva global desde que se sancionó la ley para la recuperación del tren en el año 2019 de casi U$S480 millones pagado por todos”, introdujo sobre el tema invalidando las explicaciones de Cabrera. 

“Debe ser muy lindo para este señor que viene de afuera, ser empresario con plata ajena, el Sr. Cabrera es gerente del Tren de las Nubes, hicimos un planteo de nulidad dentro de la causa Radio Estación Tilcara por un convenio que se adjunta al expediente donde ellos dicen solicitar autorización como tren donde firma Cabrera en el mes de julio del 2024 cuando el no tenía designación”, afirmó recordando el paso previo del funcionario a su llegada a la administración provincial jujeña, cuando oficiaba como director comercial del emprendimiento salteño por más de 17 años y de hecho todavía puede apreciarse su imagen entre el staff del sitio oficial.

De hecho su decreto de designación es una incógnita y gran parte del organigrama del Ente Autárquico que lidera es un misterio, a pesar de que fue concebido como Sociedad del Estado, es decir una empresa inequívocamente pública. No obstante el decreto para su creación N° 225 publicado en el boletín oficial el 13/03/2024 tiene un artículo que podría mutar el concepto societario en cuestión.

ARTICULO 12°.-El Poder Ejecutivo podrá, cuando lo considere necesario, autorizar a que el ENTE AUTARTICO “TREN SOLAR DE LA QUEBRADA” adopte cualquiera de los tipos societarios admitidos por la legislación vigente. Suponiendo que ocurrió y Cabrera reconvirtió en algún momento la figura original de S.E. hacia una Sociedad Anónima u otro tipo de sociedad, esto no fue debidamente informado, siendo un asunto que atañe a todos los jujeños. Tampoco se divulgó el ingreso de un aportante privado que pudiese motivar tal decisión. 

“El dice empresa Tren Solar y no se a cuál se refiere, que hayan hecho de manera oculta, es otra situación, el sueldo de este señor que no sabe hablar se lo pagamos los jujeños, son vergonzosos y están en terrenos privados porque usurparon tierras de particulares para hacer ese negocio”, continuó Cejas remarcando que aún teniendo por ley la posibilidad de integrar inversionistas particulares, esto no ha sido debidamente comunicado a los principales interesados, es decir los contribuyentes jujeños, una suerte de accionistas cautivos y por tanto usuarios en pleno derecho de las instalaciones siempre que no se vulneren normas de contravencionales, hecho que no ocurrió en la experiencia de Marco Palazzo.

"Insisto que además de no saber explicarse, no se cual es la representación que se arroga para hablar de los bienes de Jujuy, el tren por la legislación radicada, recursos erogados y presupuesto afectado es público… Todos se autoperciben empresarios con plata ajena, todos son empleados públicos, se dedican a lastimar, malversar y son altamente corruptos".JujuyalMomento.com

30 de diciembre de 2024

Motosierra al palo: El Gobierno se dispone a decretar la disolución y posterior liquidación de la Administración General de Puertos y el área quedará en manos de Caputo

Actualidad

El Gobierno nacional está muy interesado en reorganizar de acuerdo a sus intereses los puertos y vías navegables del país. InfoGremiales accedió a un proyecto de decreto que dispone la disolución y posterior liquidación de la Administración General de Puertos (AGP) y elimina la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a cargo de Iñaki Arreseygor. En su lugar se dispone a crear un ente autárquico que dependerá del Ministerio de Economía en manos de Luis «Toto» Caputo.

Con un Proyecto de Decreto fechado el 23 de diciembre, el Gobierno espera modificar los organismos involucrados en la administración de puertos y vías navegables. Lamedida contempla la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) como ente autárquico dentro del ámbito del Ministerio de Economía, con el objetivo de centralizar las funciones portuarias y optimizar recursos.

Entre los puntos destacados, el decreto dispone la disolución de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, así como de la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP SAU), la que también liquidarán. Este movimiento tiene como argumento mejorar la eficiencia de la gestión pública en el ámbito portuario.

La ANPYN, bajo los hilos de Luis Caputo, asumirá las responsabilidades y competencias de los organismos disueltos, incluyendo la regulación, control y desarrollo de los puertos y vías navegables. Además, se le otorgarán amplias facultades para coordinar inversiones públicas y privadas, fomentar la modernización del sistema logístico y reducir costos vinculados al comercio exterior.

La decisión permite prever pérdida de puestos de trabajo, ya amenazados durante el macrismo y diversas problemáticas relativas a problemas profundos como la licitación de la estratégica Hidrovía.

El decreto sería firmado en los próximos días y la medida entrará en vigencia a partir del 1° de Enero de 2025.InfoGremiales.com

5 de mayo de 2020

CNRT: Plataforma Digital de Trámites a Distancia

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Disposición Nro. 45/2020 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte de fecha 30 de Abril de 2020, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en Artículo 1º se dispone que los usuarios y Operadores Ferroviarios deberán presentar los trámites de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, ente autárquico actuante en la órbita del Ministerio de Transporte de la Nación, detallados en el Anexo identificado como IF-2020-27748938-APN-SFI#CNRT que forma parte integrante de la presente Disposición, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).


En el Artículo 2º de dicha Disposición se establece un periodo de prueba o experimental de 15 (quince) días corridos contados a partir de la entrada en vigencia de la presente, para la obligatoriedad definitiva de lo dispuesto en el artículo anterior. Durante dicho periodo de prueba, los usuarios y Operadores Ferroviarios podrán presentar los trámites señalados en el artículo anterior de manera presencial.

Artículo 3º.- Se establece que, en caso de mal funcionamiento de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), será de aplicación lo establecido en el Anexo IV que integra la Disposición DI-2019-94-APN-CNRT#MTR de fecha 6 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 4º.- Se instruye a la Gerencia de Calidad y Prestación de Servicios y a la Gerencia de Fiscalización de Gestión Ferroviaria de esta Comisión Nacional de Regulación del Transporte a implementar lo referido en los artículos precedentes según sus competencias.