Actualidad
Redacción
Crónica Ferroviaria:
La
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires hace lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por dos
pasajeros que, luego de descender de una formación de subterráneo, sufrieron
lesiones en la escalera mecánica debido a que la misma se detuvo por un corte
de luz y comenzó a funcionar hacia atrás, lo cual provocó que los reclamantes
se cayeran y se lesionen.
Considera
que el Art. 184 del C.Com. establece la responsabilidad del empresario, quien
debe responder por la muerte o lesión de un viajero, produciéndose la inversión
de la carga de la prueba de la culpa, lo que es consecuencia del carácter
contractual de la responsabilidad del empresario, el que debe responder por el
incumplimiento de las obligaciones estipuladas entre las que se cuenta la de
conducirlo sano y salvo al lugar fijado.
Además
señala que si los frenos de la escalera fallaron la responsabilidad de la
empresa de subterráneos es más que evidente, no obstante que la distribuidora
de energía eléctrica haya sido la responsable del corte de suministro.
Perfecto , ojala le saquen mucha plata
ResponderEliminarPerfecto , ojala le saquen mucha plata , yo tambien demandaria al gobierno de la ciudad
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