ACTUALIDAD
Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Se encuentra
en la Comisión
de Transporte de la
Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución
solicitando un pedido de informes al PEN sobre diversas cuestiones relacionadas
con las empresas concesionarias del servicio de transporte ferroviario de
cargas América Latina Logística Mesopotámica S.A. y América Latina Logística
Central S.A.
Dicho trámite
recayó en el Expte. 2330-D-2013 del 22 de Abril de 2013, siendo la firmante de
dicho proyecto de Resolución la Diputada Nacional María Virginia Linares (GEN -
Buenos Aires)
Fundamentos
Ha sido
preocupación de nuestro bloque parlamentario la situación deficiente del
servicio ferroviario de transporte de pasajeros y de cargas, preocupación que
ha quedado plasmada en numerosas oportunidades y a través la presentación de
diversos pedidos de informes, declaraciones, proyectos de ley, participación en
audiencias públicas, etc.
Como ejemplos
y en lo referente especialmente al presente tema, podemos citar el Expte.
6805-D-2010 del 16/9/2010 relacionado con una probable transferencia de la
concesión que posee la empresa FERROSUR ROCA S.A. -ejercida por la empresa
Camargo Correa- a la empresa también de capitales brasileros VALE do RIO DOCE,
como así también el Expte. 8388-D-2010 del 25/11/2010 -reiterado el 18/03/2011
por Expte. 1032-D-2011-, por el cual solicitáramos al Poder Ejecutivo Nacional
se sirva informar a esta Honorable Cámara sobre los siguientes aspectos, a
saber:
"1. Si
las empresas concesionarias del servicio de transporte ferroviario de cargas cuyos
contratos han sido renegociados han informado en tiempo y forma a la Comisión Nacional
de Regulación del Transporte (C.N.R.T.) sobre el estado de los inmuebles
incluidos en sus concesiones, conforme lo acordado en la Cláusula 4 de las
Addendas a los contratos renegociados. En caso negativo, indicar las razones de
tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En
caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la
presentación correspondiente.
2. Si las
empresas concesionarias del servicio de transporte de cargas cuyos contratos
han sido renegociados han presentado dentro de los plazos previstos el detalle
de los inventarios de la totalidad de los bienes recibidos al inicio de la
concesión, con la indicación del estado de conservación/mantenimiento de dichos
bienes y el plan de reparaciones/mantenimiento a desarrollar por dichas
empresas hasta el fin del período de la concesión otorgada a cada una de ellas
(Cláusula 19 de las Addendas). En caso negativo, indicar las razones de tal
incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso
afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación
correspondiente.
3. Si las
empresas concesionarias del transporte de cargas cuyos contratos han sido
renegociados han cumplimentado lo acordado en la Cláusula 12 de las
Addendas en lo referente a la presentación de la información pertinente a la C.N .R.T. para estar en
condiciones de confeccionar los planos apropiados y el correspondiente
inventario de los bienes inmuebles de los cuadros de estación que se mencionan
en los Anexos 11 de las Actas Acuerdo aprobadas por el Poder Ejecutivo
Nacional. En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las
medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase
remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
4. Cuáles son
los motivos por los que aún no se han dictado los Decretos aprobatorios de las
Actas Acuerdo de renegociación suscriptas con las empresas América Latina
Logística Mesopotámica Sociedad Anónima y América Latina Logística Central
Sociedad Anónima en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta
Cámara en la sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº
3413, respectivamente). Sin perjuicio de lo notado anteriormente, sírvase
informar a esta Honorable Cámara con relación a estas empresas si se les ha
efectuado los requerimientos de los puntos 1), 2) y 3) de la presente, y cuál
ha sido el resultado de dicha solicitud."
En los
Fundamentos de dicho proyecto expresábamos que aún no se habían aprobado las
modificaciones introducidas a los contratos de concesión con la empresa
concesionaria América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima (aprobado
originalmente con Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. -I.M.P.S.A.- por
Decreto Nº 504 del 24 de marzo de 1993) y con la empresa concesionaria América
Latina Logística Central Sociedad Anónima (aprobado originalmente también con
I.M.P.S.A. mediante Decreto Nº 41 del 13 de enero de 1993). Allí decíamos:
"En efecto, aún no se han dictado los Decretos que aprueben
definitivamente las Actas Acuerdo de renegociación suscriptas entre las partes
en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta Cámara en la
sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº 3413,
respectivamente)".
En el mismo
sentido, otros bloques legislativos han presentado varios proyectos
relacionados con los deficientes servicios prestados por las empresas ALL
MESOPOTAMICA S.A. y ALL CENTRAL S.A. (Proyectos del Diputado Roberto Fernández
de la UCR , Nº de
Expte. 5057-D-2011 y 5533-D-2011, los cuales aportan datos y cifras
contundentes sobre el estado de situación de las concesiones que aquí nos
ocupan), entre muchos otros proyectos que se han presentado en esta Cámara en
los últimos años.
Debemos citar
además como un aporte fundamental a lo que venimos a proponer la reciente
exposición sobre el "Informe de gestión. Diez años en la AUDITORIA GENERAL
DE LA NACION ",
realizado por el Dr. Leandro Despouy en el Congreso Nacional -destacando
especialmente las páginas 4 y 5 del mismo- permitiéndonos resaltar el siguiente
párrafo: "En el informe aprobado en 2006, la AGN detectó numerosos
apartamientos de ALL CENTRAL de sus obligaciones contractuales, entre los que
figuran desvíos permanentes y muy significativos en el programa de inversiones
obligatorias, falta de mantenimiento de la infraestructura e incumplimiento de
las rutinas de mantenimiento tanto de locomotoras como de vagones. Además la
empresa imputaba indebidamente como 'inversiones' tareas encuadradas dentro de
las obligaciones de mantenimiento. El informe indica que el promedio de
descarrilamientos ocurridos en ALL Central supera el promedio de la red de carga
concesionada y que la causa principal es el estado deficitario de la
infraestructura."
Sería
reiterativo copiar los numerosos conceptos expuestos seguidamente por el
titular de la AGN
sobre el estado deficitario de estas dos concesiones y de todo el sistema
ferroviario, por lo que remitimos a la lectura del mismo. Tan sólo, y a modo de
síntesis final, transcribimos textualmente lo siguiente: "Estos ejemplos
permiten observar el espectro sombrío de una cadena de incumplimientos
empresariales y la ausencia de controles del Estado nacional."
Sin duda los
ferrocarriles son un elemento estratégico al servicio de un proyecto nacional
como lo son la energía, las comunicaciones, los recursos naturales. El manejo
de estas variables es lo que determina el modelo de país que se pretende. Ojala
así todos lo entendiéramos. En tal sentido estamos convencidas/os que se debe
establecer el servicio de transporte ferroviario de cargas como una herramienta
estratégica y no como un negocio para las empresas. En este tema hay muchas
decisiones que tomar y sólo dependen del Poder Ejecutivo Nacional, máximo
responsable de la política de transporte nacional. No nos queda duda que, si el
camino elegido es el correcto, este Congreso de la Nación sabrá acompañar los
cambios estructurales que la situación exige.
Dicho lo
anterior, este pedido de informes tiene como objetivo conocer en detalle el
estado actual de las concesiones suscriptas con las empresas América Latina
Logística Mesopotámica Sociedad Anónima y América Latina Logística Central
Sociedad Anónima; grado de cumplimiento de las obligaciones asumidas en las
Actas Acuerdo; comportamiento contractual en cuanto a mantenimiento del
material rodante e infraestructura; cantidad de locomotoras y vagones en
funcionamiento y su relación con el total asignado originalmente a través de
las concesiones; total de kilómetros de vías comprendidas en las concesiones y
total actual que operan las dos empresas, indicando asimismo los ramales
inhabilitados actualmente; estado de los inmuebles incluidos en sus
concesiones; detalle de los inventarios de la totalidad de los bienes recibidos
al inicio de la concesión, con la indicación del estado de
conservación/mantenimiento de dichos bienes y el plan de
reparaciones/mantenimiento a desarrollar por dichas empresas; velocidades de
tránsito actual; descarrilamientos producidos en las formaciones de las dos
empresas; régimen tarifario vigente; inversiones reconocidas a las dos
empresas; si las mismas han abonado el canon correspondiente, así como las
multas aplicadas por el órgano de control (C.N.R.T.); evaluación y proyección
de las concesiones; así como otros aspectos que hacen a la correcta,
transparente y segura prestación del servicio.
El presente
Proyecto de Resolución tiene como antecedente el Expediente 1935-D-2012, de mi
autoría.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Usted podrá dar su opinión libremente, pero aquellos comentarios que vengan con insultos, improperios, etc. y sin colocar nombre y apellido, nombre y/o pseudónimo (debajo del mismo) no serán publicados.