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17 de abril de 2013

SE CREA LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Mediante Resolución Conjunta Nro. 109/2013 y 3/2013 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y del Ministerio del Interior y Transporte de fecha 05 de Abril del corriente año, que fuera publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha y que expresa lo siguiente:

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y Ministerio del Interior y Transporte

SERVICIO FERROVIARIO
Resolución Conjunta 109/2013 y 3/2013
Créase la Comisión de Coordinación de las Políticas Integrales del Sistema Ferroviario Nacional y su Infraestructura Asociada.
Bs. As., 5/4/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0418092/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, la Ley de Ministerios (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema de transporte ferroviario es un instrumento fundamental para la mejora general de la competitividad de la economía nacional por su capacidad para incrementar la eficiencia del transporte de determinadas cargas y distancias y por las externalidades positivas que genera su desarrollo.


Que, asimismo, resulta ser un factor de desarrollo económico regional por la generación de condiciones para la puesta en marcha de diversas actividades económicas, que sin él no resultan rentables debido a los altos costos de transporte que deben acarrear por su ubicación geográfica.

Que el sistema de transporte ferroviario es también un importante factor de inclusión social, tanto para los trabajadores que se movilizan diariamente en tren, como para las regiones que dependen de la conectividad que el sistema les provee.

Que dado el impacto en la competitividad genuina, el desarrollo regional y la inclusión social mencionados, la gestión del sistema ferroviario de transporte debe estar alineada con los objetivos de la política económica, en el marco del modelo de desarrollo económico con inclusión social que viene llevando adelante el Gobierno Nacional desde el año 2003.

Que en este sentido, la política ferroviaria resulta ser un instrumento genuino para concretar los objetivos propuestos en relación con la extensión de la frontera productiva, la disminución de los costos logísticos, el incremento de las exportaciones, el ahorro de horas hombre en viajes y la cohesión territorial; así como la potenciación de la industria ferroviaria nacional, incorporando fuerza de trabajo y nuevas tecnologías aplicadas a la construcción de infraestructuras y la fabricación de material rodante.

Que durante décadas anteriores se ejecutaron en el país políticas de corte neoliberal que implicaron el abandono de la estructura productiva en general y del sistema ferroviario en particular.

Que como resultado de dichas políticas, el Sistema Ferroviario Nacional fue objeto de un acelerado proceso de desinversión que lo llevó a un estado de profundo deterioro, expresado en la eliminación de servicios, los despidos de miles de trabajadores y la desatención de las condiciones mínimas de seguridad y de calidad tanto en infraestructura como en material rodante.

Que el ESTADO NACIONAL, en el marco del Plan de Reorganización, Recuperación y Modernización del Sistema Ferroviario Nacional, tomó la firme decisión de reposicionar al ferrocarril en el sistema multimodal de transporte.

Que, en consecuencia, se hace necesario coordinar las pautas y directrices a las cuales deberán ajustarse las acciones públicas destinadas a llevar adelante el proceso de rehabilitación del Sistema Ferroviario Nacional.

Que, asimismo, deben establecerse pautas respecto del sistema ferroviario, de modo tal que estén en línea con los objetivos de la política económica del gobierno, articulando las acciones para garantizar una planificación y una gestión integral que permita a la sociedad aprovechar al máximo los beneficios del Sistema Ferroviario Nacional resguardando el patrimonio público y evitando apropiaciones privadas de las inversiones estatales.

Que la gestión del sistema debe encararse de manera integral, abarcando todas las variables que hacen a la correcta implementación de las políticas ferroviarias.

Que dentro de dichas variables se encuentran, entre otras, la regulación tarifaria, la administración de compensaciones, la calidad de los servicios y la planificación de las redes de transporte en general y el desarrollo de inversiones tanto públicas como privadas.

Que en tal sentido, corresponde disponer la creación de una Comisión que esté integrada por las distintas áreas con incumbencia en la materia, todo ello teniendo presente las sucesivas etapas que involucra el desarrollo adecuado y eficiente de la temática en tratamiento.

Que se considera conducente adecuar los mecanismos e instrumentos de gestión administrativa a fin de que los mismos se adapten a la dinámica propia de la política ferroviaria que el ESTADO NACIONAL ha jerarquizado a través de numerosas medidas de gobierno, tales como los distintos planes estratégicos de inversión llevados adelante por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en los años recientes.

Que corresponde entonces establecer la coordinación y colaboración de los distintos sectores involucrados en la definición de los lineamientos de las inversiones y planes de acción económico-financieros, estratégicamente destinados al cumplimiento de objetivos de política económica y financiera propuestos: todo ello teniendo presente que resulta ser un factor determinante del desarrollo nacional, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos que comprenden el progreso y el perfeccionamiento de las diversas aristas económico-financieras que involucra el desarrollo necesario del Sistema Ferroviario Nacional.

Que a fin de implementar la presente medida, resulta conveniente y necesaria la creación de una COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA, que estará integrada por los señores Ministros de Economía y Finanzas Públicas y del Interior y Transporte, y con la participación de los señores Secretarios de Finanzas y de Política Económica y Planificación del Desarrollo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del señor Secretario de Transporte del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuya misión principal será coordinar las políticas que aseguren la consistencia entre las principales variables de la política de transporte ferroviario y su infraestructura directa y asociada, los lineamientos de inversión y los programas destinados a desarrollar y financiar proyectos de transporte ferroviario que se eleven a su consideración.

Que, a tal fin, la COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA deberá asignar preeminente importancia a las políticas que redunden en el desarrollo de capacidades competitivas en la órbita interna y externa, en la generación de empleos y en la mejora y perfeccionamiento del Sistema Ferroviario Nacional.

Que asimismo, se estima adecuado invitar a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a formar parte de la mencionada Comisión de Coordinación.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el inciso d) del Artículo 7° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente medida, se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Y EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, RESUELVEN:

Artículo 1° — Créase la COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA, que estará integrada por los señores Ministros de Economía y Finanzas Públicas y del Interior y Transporte, con la participación de los señores Secretarios de Finanzas y de Política Económica y Planificación del Desarrollo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y del señor Secretario de Transporte del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Cada Ministro integrante de la Comisión deberá designar como representante ad honorem a UN (1) funcionario que cumpla funciones en el área bajo su dirección.

Art. 2° — Invítase a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a formar parte de la Comisión creada por el artículo anterior.

Art. 3° — La COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA tendrá a su cargo el establecimiento de los lineamientos generales relacionados con:

a) Las políticas tarifaria y de compensaciones al transporte ferroviario tanto de cargas como de pasajeros metropolitanos e interurbanos de acuerdo a parámetros de equidad social y regional, garantizando el acceso a los usuarios y con el objetivo de mejorar la competitividad de la economía nacional en general y de cada producto en particular.

b) Los parámetros y metas en materia de inversiones y cantidad y calidad en la prestación de servicios, para que su gestión económica se enmarque en los objetivos de las políticas públicas.

c) La inversión pública en el Sistema Ferroviario Nacional, considerando las directrices económico-financieras y los principios de seguridad y rentabilidad adecuados de cada proyecto, y contemplando el impacto que las decisiones de inversión pueden tener en el servicio ferroviario y en el desarrollo de la economía nacional, particularmente, en el desarrollo de capacidades competitivas en la órbita interna y externa y en la generación de empleos.

d) Los programas de inversión destinados a desarrollar proyectos de transporte ferroviario que eleven a su consideración.

e) La gestión integral de los planes de inversión en materia ferroviaria, de proyectos en ejecución y de los que en el futuro se determinen; así como de las propuestas de financiamiento disponibles para la ejecución de nuevos proyectos de inversión en el sector, las que deberán ser aprobadas por las áreas competentes en cada caso.

f) El seguimiento de la gestión que realicen las áreas competentes en relación con los proyectos de inversión en materia ferroviaria, efectuando, entre otras cuestiones, la evaluación de las actividades técnicas y administrativas referentes a los planes de inversión de las distintas áreas involucradas.
La COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA elaborará y remitirá, en forma periódica, informes sobre el estado de avance de cada proyecto de inversión del Sistema Ferroviario Nacional al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

La Comisión deberá convocar a los Ministerios que por sus planes estratégicos involucren el uso del ferrocarril, para que se integren con propuestas al trabajo que se está coordinando.

Art. 4° — La COMISION DE COORDINACION DE LAS POLITICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA se reunirá periódicamente y sus decisiones se expresarán a través de informes que constarán en Actas.

Art. 5° — El gasto que demande la aplicación de la presente medida, será atendido con los créditos previstos para tal fin, en cada una de las jurisdicciones involucradas.

Art. 6° — La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino. — Aníbal F. Randazzo.

20 de enero de 2013

RECUPERAR EL SISTEMA FERROVIARIO Y REPENSAR EL TRANSPORTE


ACTUALIDAD

La solución a la crisis ferroviaria no está vinculada a medidas cosméticas y aisladas de la problemática general del ferrocarril, sino a una concepción mucho más amplia que alberga a la totalidad del transporte. Por su incidencia en la macroeconomía, el transporte debería tener una clara política de Estado. Los intentos que hemos visto apuntan a corregir algunas cuestiones, pero no alcanzan al centro del problema, que a nuestro juicio es la desmedida transferencia de recursos al modo automotor en detrimento del ferrocarril.

Esto no es nuevo, se implementó con el Plan Larkin desde la década del ’60 y no ha disminuido la influencia política del petróleo, el caucho y la metalmecánica.

Una Ley Federal del Transporte es más que necesaria en un país en el que, al margen de la tragedia de Once con 52 muertes, coexisten a su vez 23 muertes por día que generan 8395 al año, lo que significan objetivamente  aproximadamente trece guerras de Malvinas cada doce meses. Muy pocos hablan de los 10 mil millones de pesos que el Estado Nacional gasta atendiendo las consecuencias de estas muertes, de los miles de heridos e impedidos físicos que generan los accidentes de transito carretero.

Secretario General del gremio La Fraternidad, señor Omar Maturano

Ésta es sólo una de las tantas aristas del tema de transportes, a la que deberemos agregar el uso discriminado del suelo, el recalentamiento global, el uso racional de los hidrocarburos, y las externalidades que jamás fueron cuantificadas económicamente, como lo hacen las economías avanzadas, entre ellas Brasil, para advertir la necesidad de que el Estado Nacional mediante una ley federal, coordine el sistema de transporte.

Los ferrocarriles que fueron monopólicos durante el siglo XIX y la mitad del XX, quedaron ahora con menos del 6% del mercado de cargas generales, mientras que en el sector de pasajeros desapareció la media y larga distancia. Para recuperar el ferrocarril hay que invertir en vías fundamentalmente y para ello es necesario el aporte estatal. Ni más ni menos que lo que hace con el camión y el colectivo, ya que los Estados son los que solventan la calle, la ruta, el semáforo, la policía de control vehicular, el control de alcoholemia, la cartelería, la construcción de túneles y puentes, el bacheado, etcétera, etcétera, etcétera.

La recuperación del sistema ferroviario va de la mano con una Ley Federal del Transporte, sobre la base de la “complementariedad de los medios técnicos alternativos“, la creación de un “ente de control y regulación con efectivo poder de policía, con participación de los trabajadores y los usuarios”.

Hay una etapa ya cumplida, que fue la creación de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (Sofse), que son las empresas públicas que fueron creadas por Néstor Kirchner para reparar las vías y operar servicios. Está faltando el presupuesto y la política para impulsarlas y para que puedan desarrollar los objetivos para los que fueron creadas. Asimismo, resta desmantelar definitivamente el marco jurídico (Ley de Reforma del Estado) que en los ’90 posibilitó semejante descalabro.

El ferrocarril regresará, no por cuestiones románticas, “como regresa la primavera después de cada verano”, ni con la compra permanente de material extranjero, sino con la convicción política de recuperar las empresas publicas al servicio de la gente, la vida y el ecosistema.Nota de Opinión de Omar Maturano para InfoBae.com