Mostrando entradas con la etiqueta Avda. General Paz. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Avda. General Paz. Mostrar todas las entradas

19 de julio de 2011

NEGLIGENCIA DE PEATON QUITA RESPONSABILIDAD A CONCESIONARIA DE TRENES


La conducta temeraria de un joven que alcoholizado y en una noche de intensa tormenta intentó cruzar las vías por un sitio no habilitado y murió electrocutado al tomar contacto con un conductor de alta tensión, exime de responsabilidad a la concesionaria del servicio.

Así lo determinó la Sala J de la Cámara Civil al señalar que la culpa del siniestro obedeció, exclusivamente, a la irresponsabilidad de la víctima.

En su resolución, las juezas Beatriz Verón, Marta del Rosario Mattera y Zulema Wilde revocaron un fallo de primera instancia que asignaba un 20 por ciento de responsabilidad a la concesionaria pues "no corresponde imputar responsabilidad alguna a la empresa de transporte ferroviario por el accidente toda vez que las causas que ocasionaron el siniestro resultan ajenas a ella".

Los hechos juzgados ocurrieron el 21 de agosto de 2005 cuando una pareja cruzó por un sitio no habilitado, las vías del ex Ferrocarril Sarmiento a la altura de la Avenida General Paz, y el joven rozó un conductor de alta tensión y murió electrocutado tras "introducirse voluntariamente en una zona de las vías que se encuentra vedada para el tránsito peatonal.

Las magistradas tuvieron en cuenta el reconocimiento de la novia de la víctima quien refirió que, ante el fuerte chaparrón, y para cortar camino y evitar subir todo el puente, es que frente al Bingo de Ciudadela deciden (con su pareja) cruzar el vallado que impide el acceso al sector de las vías", al tiempo que explicó que "esta acción la han realizado en otras oportunidades al igual que mucha gente.

Las juezas concluyeron que "no se trató de un accidente provocado por una formación ferroviaria en movimiento sino por la electrocución de la víctima al haber tomado contacto con el tercer riel, que es el conductor de la electricidad que brinda la energía para posibilitar la circulación de los trenes".

En ese sentido las magistradas insistieron en que "ha quedado acreditado que el cruce no fue realizado en un lugar destinado a los usuarios, sino que por el contrario se trató de un acceso prohibido y vedado al peatón.(Fuente: Terra)