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18 de septiembre de 2015

Línea Belgrano Norte: Nueva parada en el Servicio Diferencial. Nuevo Cuadro Tarifario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1859/2015 de fecha 17 de Septiembre de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, expresa en parte de los Considerandos de la misma, lo siguiente: "Que en esta instancia se ha considerado necesaria la incorporación de una nueva parada intermedia en la Estación Boulogne, dentro del tramo Retiro (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - Panamericana "Km.47 (Provincia de Buenos Aires) y, en consecuencia, la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria ha propiciado la modificación del cuadro tarifario oportunamente aprobado mediante la resolución citada en el considerando anterior, a efectos de que se incluya la nueva parada intermedia".

"Que las tarifas propuestas resultan acordes a la prestación del servicio y se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales".

"Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el nuevo cuadro tarifario para los servicios especiales en trato".

Para una mayor información transcribimos Resolución Nro. 1859/2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1859/2015
Bs. As., 17/09/2015
VISTO el Expediente N° S02:00101867/2015 del registro de este Ministerio y CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y sus modificatorias, dispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para la operación del servicio ferroviario a su cargo y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que le sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE).

Que mediante la Resolución N° 1125 de fecha 25 de septiembre de 2014 de este Ministerio, se autorizó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a prestar servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros en la Línea BELGRANO NORTE, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias, debiéndose adoptar las medidas administrativas pertinentes a tales efectos y procediendo, de ser necesario, a la adquisición de material rodante para la operación de tales servicios, de conformidad con la normativa vigente.

Que en dicho marco, se incorporó nuevo material rodante para la prestación de servicios especiales en la Línea BELGRANO NORTE.

Que por otra parte, mediante la Resolución N° 1088 de fecha 2 de julio de 2015 de este Ministerio, se aprobó el cuadro tarifario presentado por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) para los servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros prestados en el tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “Km. 47” (Provincia de Buenos Aires), perteneciente a la Línea BELGRANO NORTE, el que incluye paradas intermedias, que como Anexo I forma parte integrante de dicha resolución.

Que en esta instancia se ha considerado necesaria la incorporación de una nueva parada intermedia en la Estación Boulogne, dentro del tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “Km. 47” (Provincia de Buenos Aires) y, en consecuencia, la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha propiciado la modificación del cuadro tarifario oportunamente aprobado mediante la resolución citada en el considerando anterior, a efectos de que se incluya la nueva parada intermedia.

Que las tarifas propuestas resultan acordes a la prestación del servicio y se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el nuevo cuadro tarifario para los servicios especiales en trato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por la Ley N° 26.352 y sus modificatorias y por el artículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985 y sus modificatorias.

Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 1088 de fecha 2 de julio de 2015 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el Anexo I de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 21 de septiembre de 2015.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO I

TARIFA SERVICIOS ESPECIALES RETIRO - PANAMERICANA “KM 47”

11 de septiembre de 2015

Línea Roca: Cuadro Tarifario tren de pasajeros Plaza Constitución - Bahía Blanca operado por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Disposición Administrativa Nro. 821/2015 de fecha 09-09-2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se asigna a la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria (SOFSE) el Servicio Interjurisdiccional de Transporte Ferroviario de Pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entre las estaciones Plaza Constitución - Bahía Blanca Sud (Provincia de Buenos Aires) de la Línea Roca, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias.




Asimismo, en su Art. 2° de la presente Disposición Administrativa Nro. 821/2015 se aprueba el cuadro tarifario presentado por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria, para el servicio mencionado en el artículo 1° de la presente, que como Anexo I forma parte integrante de esta Resolución, el que regirá a partir de la fecha de publicación de la presente medida en el Boletín Oficial.

3 de julio de 2015

Línea Belgrano Norte: Aprobación Cuadro Tarifario servicios especiales de pasajeros Retiro - Del Viso

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

Mediante Resolución Nro. 1088/2015 de fecha 02 de Julio de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba el Cuadro Tarifario presentado por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria para los servicios especiales de transporte ferroviario de pasajeros prestados en el tramo Retiro (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - Panamericana Km. 47, (Provincia de Buenos Aires) perteneciente a la Línea Belgrano Norte, el que incluye paradas intermedias, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, o sea, a partir de mañana Sábado 04 de Julio de 2015.

30 de abril de 2015

Tarifa servicio de pasajeros Retiro - Rosario Sur. Paradas en estaciones intermedias

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria


Mediante Resolución Nro. 647 de fecha 29 de Abril de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1° de la misma, se aprueba el cuadro tarifario presentado por la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria, para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Retiro - Rosario Sur perteneciente a la Línea Mitre, el que incluye paradas intermedias en las estaciones Campana, Zárate y San Nicolás que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la fecha de publicación de la presente medida en el Boletín Oficial.

9 de abril de 2015

Línea Mitre: Aprobación de Cuadro Tarifario servicios de pasajeros Retiro - Capilla del Señor

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución 515/2015 de fecha 07 de Abril de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se resuelve lo siguiente:

Artículo 1° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (Sofse), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Retiro (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - Capilla del Señor (Provincia de Buenos Aires) perteneciente a la Línea Mitre, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora cero (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

Tarifa Servicio Diferencial Retiro - Capilla del Señor 

27 de marzo de 2015

Se aprobó cuadro tarifario servicio de pasajeros Retiro - Rosario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 377/2015 de fecha 26 de Marzo de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba el cuadro tarifario presentado por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Retiro - Rosario Sur perteneciente a la Línea Mitre que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora cero (0) del día 01 de abril de 2015.


Ministerio del Interior y Transporte
TARIFAS
Resolución 377/2015
Cuadro Tarifario. Aprobación.
Bs. As., 26/3/2015
VISTO el Expediente N° S02:0034919/2015 del registro de este Ministerio, y Considerando:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 dispuso la creación de la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto, la que tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario, tanto de cargas como de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que mediante la Resolución N° 1083 del 11 de septiembre de 2013 este Ministerio asignó a la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) la prestación de los servicios de transporte ferroviario correspondientes a la Línea Mitre.

Que en dicho marco, se incorporó nuevo material rodante para la prestación del servicio “Retiro - Rosario Sur” perteneciente a la Línea Mitre.

Que en tal contexto la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), propició la tarifa acorde a la prestación del servicio Retiro - Rosario Sur.

Que las tarifas propuestas para ese servicio se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que en consecuencia, corresponde aprobar el cuadro tarifario para el trayecto en cuestión.

Que la Dirección General de Asunto Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por la Ley N° 26.352 y por el artículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985 y sus modificatorias.

Por ello, el Ministro del Interior y Transporte de la Nación resuelve:

Artículo 1° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Retiro - Rosario Sur perteneciente a la Línea Mitre que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora cero (0) del día 01 de abril de 2015.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Florencio Randazzo.

Anexo I - Tarifa Servicio Retiro - Rosario Sur

Retiro - Rosario 
Tarifa Primera    Tarifa Pullman
$ 175,00            $ 225,00

26 de febrero de 2015

Cuadro Tarifario del Tren de pasajeros Retiro - Rufino de la Línea San Martín. Asignación de la SOFSE como empresa operadora

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 162 del 25 de Febrero de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba lo siguiente:


Artículo 1° — Asígnase a la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) el servicio de carácter interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entre las Estaciones Retiro (C.A.B.A.) - Rufino (Provincia de Santa Fe) del Ferrocarril General San Martín, en los términos del artículo 7º de la Ley N° 26.352.

Artículo 2° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), para el servicio de carácter interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entre las Estaciones Retiro (C.A.B.A.) - Rufino (Provincia de Santa Fe), del Ferrocarril General San Martín, que como Anexo I forma parte integrante de esta resolución, el que regirá a partir de la fecha de publicación de la presente medida en el Boletín Oficial.

Artículo 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. Florencio Randazzo, Ministro del Interior y Transporte.

9 de febrero de 2015

Línea Mitre: Modificación del Cuadro Tarifario ramales Retiro - José León Suárez y Retiro - Bartolomé Mitre a partir del 10/02/2015

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución 79/2015 de fecha 05 de Febrero de 2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:


Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 975 de fecha 19 de diciembre del 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en lo que respecta al tramo RETIRO - SUAREZ y RETIRO - MITRE de la Línea MITRE, por el Anexo I de la presente resolución, el que regirá a partir del 10 de febrero de 2015.

Art. 2° — Establécese que los usuarios del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros del tramo RETIRO - SUAREZ y RETIRO - MITRE de la Línea MITRE que posean tarjetas del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad detallados en el artículo 5° de la Resolución N° 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, abonarán a partir de la fecha establecida en el artículo 1° de la presente resolución, los montos establecidos para las TARIFAS CON SUBE en el Anexo I de la presente resolución, con un descuento del CUARENTA POR CIENTO (40%).

Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda.

Los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por aplicación de la presente resolución.

De existir cualquier gratuidad o franquicia vigente en el tramo RETIRO - SUAREZ y RETIRO - MITRE de la Línea MITRE mayor a la prevista en el presente artículo, se aplicará dicha gratuidad o franquicia.

Cuadro tarifario Línea Mitre Retiro - José León Suárez y Bartolomé Mitre

Sección         Km.                  Valor con SUBE    Valor sin SUBE  Atrib.Social  
1              0 - 12 km.             $ 2,00                     $ 6,00                $ 1,20
2            Más de 13 km.        $ 3,00                     $ 6,00                $ 1,80

Para ver tarifario hacer click en el siguiente link

12 de diciembre de 2014

Anuncian nuevos servicios de pasajeros entre Plaza C. y Chascomús para los fines de semana

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Desde el Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, anuncian que “a partir de este sábado se podrá ir desde Constitución a Chascomús los fines de semana en un tren 0km de última generación”.

“Hace 4 meses comenzamos a prestar un servicio 0km de lunes a viernes que demostró ser un éxito”, añadió el Ministro Randazzo y agregó: “desde mañana vamos a tener servicios también los fines de semana para que las familias puedan ir a disfrutar, tanto de Chascomús, como de Capital, los días de descanso”.

El Titular de Interior y Transporte destacó que “este nuevo servicio se enmarca en la decisión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de que allí donde hubo un tren, vuelva a haber un tren”.

Estación Chascomús

Randazzo detalló que “habrá dos servicios por día, el primero sale de Constitución a las 08:30 hs. y llega a las 10:30 hs. a Chascomús. Ese tren regresa desde Chascomús a las 11:00 hs., llegando a Buenos Aires a las 13 hs.”.

“Por la tarde, la salida desde Constitución será a las 17 hs. y llega a Chascomús a las 19 hs.; el regreso es a las 19:30 hs. a las 21:30 hs. arriba a Capital Federal”, agregó el Ministro.


Randazzo agregó que “la tarifa será de $50,00 con SUBE y de $100,00 en efectivo” y agregó que “el tren tendrá una capacidad para 404 pasajeros y se detendrá en las estaciones de Temperley, Alejandro Korn, Brandsen, Jeppener y Altamirano”.

10 de diciembre de 2014

Sbase: Juan Pablo Piccardo presentó el nuevo sistema tarifario en ALAMYS

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El presidente de Subterráneos de Buenos Aires, Ing. Juan Pablo Piccardo, asistió a la 28° sesión de la Asamblea General de la Asociación Latinoamericana de Metros y Subterráneos (ALAMYS), la organización que nuclea a entidades del transporte público subterráneo y ferroviario de Latinoamérica y la península ibérica.

Según la empresa Sbase, en México fue recibido por el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, y el director general del Sistema de Transporte Colectivo, Ing. Joel Ortega Cuevas. Piccardo expuso ante un auditorio compuesto por especialistas y autoridades de distintas redes de subte de Latinoamérica y España.


Este año, la asamblea general de ALAMYS se centra en el tema Políticas Tarifarias y Medios de Pago Electrónicos. La necesidad de discutir estas temáticas se vincula con el dilema que atraviesan muchas redes de subte que deben enfrentar una creciente demanda de usuarios con tarifas que no son suficientes para cubrir las mejoras en la calidad de los servicios.

Tal es el caso de México y Buenos Aires, las dos ciudades que tienen las tarifas más bajas de la región y del mundo. Mientras que el viaje en promedio cuesta un dólar, en ambas ciudades se accede al servicio de subte por 0,50 centavos de dólar.

En este contexto, y con el objetivo de brindar una solución que permite superar esta disyuntiva, el titular de SBASE y vicepresidente de ALAMYS, expuso sobre el nuevo esquema tarifario que se implementó en el subte porteño a mediados de marzo de 2014. El esquema de tarifa escalonada fue bien recibido por un auditorio de especialistas que resaltaron los beneficios y el carácter innovador de la iniciativa.

Por su parte, Piccardo afirmó “con la implementación de este sistema estamos beneficiando a los pasajeros que usan todos los días el subte. Se trata de una modalidad novedosa que subsidia a los usuarios que más lo necesitan y no a la empresa concesionaria”.

Además, expresó que se observa una evolución positiva en la aplicación del esquema ya que cada día son más los viajes que reciben descuentos. Por otra parte, destacó que la iniciativa contempla las necesidades de los sectores sociales más vulnerables y que se propone fidelizar a los pasajeros y aportar sustentabilidad económica al servicio.


El actual sistema tarifario del subte indica que el costo del pasaje desciende a medida que aumentan los viajes realizados en el mes. De esta forma, los pasajeros frecuentes pueden acceder a descuentos del 20, el 30 y hasta el 40 por ciento una vez que superan los 20, 30 o 40 viajes respectivamente. 

3 de octubre de 2014

Se aprueba el Cuadro Tarifario a partir del día 03/10/2014 servicio de pasajeros Once - Bragado - General Pico (Vía Catriló) y Catriló - Santa Rosa

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución 1161/2014 de fecha 02/10/2014 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha,
se aprueba el cuadro tarifario presentado por la SOFSE, para los servicios mencionados en el artículo 1° del presente, que como Anexo I forma parte integrante de esta resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 3 de octubre de 2014.

Dicha Resolución expresa lo siguiente:

VISTO el Expediente N° S02:0121129/14 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 1261 del 27 de septiembre de 2004, se reasumió por parte del Estado Nacional la prestación de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, cuyo trazado sea de carácter interjurisdiccional y se derogó el Decreto N° 1168 de fecha 10 de julio de 1992.

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 dispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto, teniendo a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario, tanto de cargas como de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que mediante la Resolución N° 1083 del 11 de septiembre de 2013 de este Ministerio, se asignó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) la prestación de los servicios de transporte ferroviario correspondientes a la Línea SARMIENTO, en los términos del artículo 7° de la Ley N° 26.352.

Que en tal entendimiento mediante las Resoluciones N° 352 del 29 de abril de 2014, N° 325 del 24 de abril de 2014 y N° 622 del 1 de julio de 2014 de este Ministerio se aprobaron los servicios y los cuadros tarifarios ONCE-BRAGADO (Provincia de Buenos Aires); BRAGADO - REALICO (Provincia de LA PAMPA) y REALICO - GENERAL PICO (Provincia de LA PAMPA) estando asignados a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) los mencionados servicios.

Que en tal contexto, y en el marco del plan de reactivación del servicio ferroviario de transporte público de pasajeros llevado adelante por el Estado Nacional, la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), ha evaluado y considerado la implementación de los servicios ONCE - SANTA ROSA (Provincia de la Pampa) y ONCE - GENERAL PICO (Provincia de la Pampa), ambos por vía Catriló.


Cuadro Tarifario Once - Gral. Pico (Vía Catriló)

Que a tales efectos dicha sociedad remitió el Plan Operativo de los servicios propuestos a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.), ente descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, junto con los restantes informes elaborados en el ámbito de su competencia específica.


Que en consecuencia, se considera pertinente asignar a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) el servicio interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el Corredor ONCE - BRAGADO - GENERAL PICO (VIA CATRILO) y CATRILO-SANTA ROSA, comprendido entre las Estaciones ONCE-SANTA ROSA (PROVINCIA DE LA PAMPA) y ONCE - GENERAL PICO (PROVINCIA DE LA PAMPA).

Que asimismo las tarifas propuestas para ese servicio se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que en consecuencia corresponde aprobar el cuadro tarifario para el nuevo trayecto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 26.352 y sus normas complementarias y el artículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985 y sus modificatorias.

Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnase a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) el servicio interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el Corredor ONCE - BRAGADO - GENERAL PICO (VIA CATRILO) y CATRILO-SANTA ROSA, comprendido entre las Estaciones ONCE-SANTA ROSA (PROVINCIA DE LA PAMPA) y ONCE - GENERAL PICO (PROVINCIA DE LA PAMPA).

ARTICULO 2° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), para los servicios mencionados en el artículo 1° del presente, que como Anexo I forma parte integrante de esta resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 3 de octubre de 2014.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

1 de octubre de 2014

Línea Sarmiento: Comienza a regir un nuevo cuadro tarifario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El Ministerio del Interior y Transporte de la Nación informa que luego del proceso de renovación integral que se ha llevado a cabo en la Línea Sarmiento, en el que actualmente todas las formaciones son 0km y de última generación, desde el hoy  entra en vigencia un nuevo cuadro tarifario que se aplicará para dicho servicio, según Resolución Nro. 1128/2014 de fecha 29/09/2014 de dicho ministerio publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha.

Según el ministerio, "el proceso de modernización incluyó además el cambio total de vía, la instalación de un nuevo sistema de señalamiento, y un plan de reconstrucción de todas las estaciones de la línea que se encuentra en ejecución".


Desde el 14 de septiembre todos los trenes que corren entre Once y Moreno son 0km y desde hoy, siempre que se abone con la tarjeta SUBE (con la cual pagan su boleto más del 93% de los usuarios), la tarifa pasará de costar $1,10 a $2, en los recorridos de 1 a 12km; y a $3, en los casos de más de 13km.

En los casos de los pasajeros que cuentan con atributo social: como jubilados y pensionados, ex combatientes, personal de trabajo en casa de familia, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, por embarazo, o planes Jefes de Hogar, se mantendrá el descuento adicional del 40%.
Así que aquellas personas que tengan su atributo social cargado en la SUBE abonarán $1,20 y $1,80 en las respectivas secciones.

Finalmente, los boletos “Escolar” y “Estudiantil” no sufrirán modificaciones, y en el caso de aquellos que no utilicen la tarjeta SUBE, la tarifa será de $6,00

También, se informa que en el marco de la modernización implementada, se han instalado molinetes inteligentes con lectora de SUBE integrada en todos los accesos a la Línea.

Por lo que al llegar a la estación, los pasajeros pasarán la tarjeta SUBE por la lectora, realizarán su recorrido y, al salir, volverán a pasar la tarjeta por el lector para finalizar el mismo y se les cobre la tarifa correspondiente.

Desde Crónica Ferroviaria esperamos que a partir de ahora las puertas de control de pasajes en las estaciones intermedias (y a veces también en la cabecera Once de Septiembre) no permanezcan abiertas como hasta ahora, ya que por allí pasa la mayoría de los pasajeros que viajan por la Línea Sarmiento.


Cerrándolas estrictamente, seguramente se bajaría la evasión de la que hoy sufre dicha línea ferroviaria.

4 de julio de 2014

Se crea el Cuadro Tarifario para el servicio de pasajeros en el tramo Realicó - General Pico (Provincia de La Pampa)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 622/2014 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba el Cuadro Tarifario presentado por la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Realicó - General Pico (Provincia de La Pampa), que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 05 de Julio de 2014.


Que la SOFSE, en tanto tiene asignada la prestación de los servicios de transporte ferroviario de la Línea Sarmiento, ha evaluado y considerado extender el servicio desde la estación Realicó hasta la estación General Pico ambas de la Provincia de La Pampa.


Según la Resolución, "que las tarifas propuestas para ese servicio se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la SOFSE, siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales".

Por ahora, se realizará un sólo servicio de pasajeros por semana desde Once de Septiembre - Bragado - Realicó - General Pico.


30 de mayo de 2014

Subte: El gobierno de la C.A.B.A. apeló el fallo de rebajas, para Bodart: “Macri y Piccardo ningunean la independencia de poderes"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Ante la apelación del gobierno porteño al fallo que dispuso rebajas en el subte, el diputado Alejandro Bodart (MST) afirmó: "El argumento macrista de que la jueza no tiene atribuciones sobre la tarifa es viejo y falso. Para seguir favoreciendo a la concesionaria privada, Mauricio Macri y Juan Pablo Piccardo ningunean la independencia de poderes y mantienen un cuadro tarifario que fue aumentado sin justificar los costos reales".


Bodart, quien hoy solicitó formalmente a la jueza que multe al titular de SBASE, agregó: “El abono de 20 viajes es una medida exigua, ya que falta todo lo que ordenó el fallo: aplicar los descuentos a las tarjetas, que los abonos no tengan vencimiento, reintegrar lo cobrado de más y descontar los feriados. Como Macri gobierna para el lucro privado, perjudica el interés público.”

26 de mayo de 2014

Bodart: "Sin más vueltas, el gobierno macrista debe acatar las rebajas"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Como mañana vence el plazo que la jueza Elena Liberatori dio a la empresa SBASE para informar el nuevo cuadro tarifario del subte, el diputado Alejandro Bodart (MST) (autor del amparo), afirmó: "Sin más vueltas ni excusas, el gobierno macrista debe acatar las rebajas que ordenó la justicia. Esto incluye que las tarjetas SUBE y Monedero accedan a los descuentos con menor número de viajes y que todos los abonos venzan a un año y no a un mes. No va más que los pasajeros sigan pagando las ganancias de Metrovías".


Bodart agregó: "SBASE también debe informar mañana cuándo devuelve a los usuarios lo cobrado de más, qué gestión hizo para corregir a la baja el cuadro tarifario para las tarjetas y cuándo empieza el abono de 20 viajes a 85 pesos".

30 de abril de 2014

Línea San Martín: Tendrá nuevas tarifas que favorecerán el control de evasión y el ahorro de aportes del Estado

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Redacción Crónica Ferroviaria

El Ministerio del Interior y Transporte informa que desde mañana, 1ro. de Mayo, regirá un nuevo cuadro tarifario en la Línea San Martín reemplazará las 13 secciones que posé actualmente por sólo 3, lo que agilizará el pago, reducirá la evasión y mejorará la recaudación de la Línea.

Como se recordará, la Línea San Martín, que une Pilar con Retiro, ha sido la primera línea metropolitana cuya flota ha sido totalmente renovada con 24 trenes 0km que ya están en servicio.


En el marco de esta modernización encarada por el Ministerio del Interior y Transporte, que incluyó renovación de vías y estaciones de toda la línea, se decidió readecuar el régimen tarifario que constaba de 13 secciones, y que ha quedado obsoleto, ante las nuevas condiciones en las que se presta el servicio.

Con el nuevo diagrama tarifario quien viaje con tarjeta SUBE entre 0 y 12km. (incluído) abonará $2,00; entre 13 y 36km. (incluído) abonará $3,00, y más allá de 37 km, $4,00.

La distancia entre las cabeceras, Retiro y Pilar, es de 56km., por lo que la tarifa máxima del servicio representa apenas un tercio de lo que cuesta un colectivo interurbano ($12,00).

En tanto, ir desde Retiro hasta La Paternal (una distancia de 12km., aprox.) costará $2,00. Hacer ese mismo trayecto en colectivo cuesta $2,85 y uno similar en Subterráneo $4,50.

Adicionalmente, se dispuso que aquellos pasajeros que sean alcanzados por atributos sociales como jubilados, personal de trabajo en casa de familia, ex combatientes de Malvinas o perciban la Asignación Universal por Hijo, tengan un descuento del 40% sobre estas tarifas.

En el caso de los boletos Escolares y Estudiantiles, no habrá modificaciones y seguirán siendo de $0,50 (cincuenta centavos).

Por otra parte, sin la tarjeta SUBE, la tarifa será plana a un valor de $6,00, que es el máximo previsto actualmente.


Desde la Sociedad Operadora Ferroviaria del Estado, se estima que este nuevo esquema tarifario mejorarán los niveles de recaudación de la línea, por lo que se estima un ahorro anual de $60 millones del aporte que realizan todos los argentinos para subsidiar el transporte público.

25 de abril de 2014

Se aprobó el Cuadro Tarifario presentado por la SOFSE para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo Plaza Constitución - Cañuelas

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Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nº 325/2014 de fecha 24/04/2014 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprobó el Cuadro Tarifario presentado por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo PLAZA CONSTITUCION - CAÑUELAS, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.



Para y mayor información, transcribimos Resolución Nro. 325/2014 que dice lo siguiente:

VISTO el Expediente Nº S02:0042817/2014 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario Nº 26.352 dispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley Nº 20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario, tanto de cargas como de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados por el ESTADO NACIONAL, incluyendo el mantenimiento del material rodante, de acuerdo a los términos del artículo 7° de la Ley Nº 26.352.

Que asimismo entre las atribuciones encomendadas a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) se encuentran la de asumir por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros la prestación de los servicios ferroviarios de pasajeros o de carga que se le asignen, los que se encuentren concesionados y que por distintas causales reviertan al ESTADO NACIONAL, así como nuevos servicios que se creen.

Que en tal contexto mediante la Resolución Nº 848 del 14 de agosto de 2013 y por la Resolución Nº 1083 del 11 de septiembre de 2013 se asignó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) la prestación de los servicios de transporte ferroviario correspondiente a la Línea GENERAL ROCA, y SARMIENTO, respectivamente.

Que en función de lo previsto en la Resolución Nº 41 del 7 de febrero de 2014 de este Ministerio, la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) suscribió el Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros para la Línea GENERAL ROCA con la firma ARGENTREN S.A.

Que la SUBGERENCIA DE TRANSPORTE Y COORDINACION OPERATIVA de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) entendió adecuado el cronograma y el cuadro tarifario presentado por el operador para el servicio PLAZA CONSTITUCION - CAÑUELAS, quien realizó la propuesta luego de llevar a cabo el estudio de prefactibilidad de la demanda observada en el tramo.

Que la prestación de dicho servicio representará para los habitantes de las mencionadas localidades, que en la actualidad utilizan servicios de transporte automotor, un ahorro en el tiempo de viaje y en el costo del valor económico de los pasajes.

Que las tarifas propuestas para ese servicio se hallan en concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa social al alcance de todos los sectores sociales.

Que por otro lado, atento haberse extendido el servicio prestado en la Línea SARMIENTO, entre las Localidades de LINCOLN (Provincia de BUENOS AIRES) y REALICÓ (Provincia de LA PAMPA), a la Localidad de BRAGADO (Provincia de BUENOS AIRES), corresponde sustituir el Anexo de la Resolución Nº 158 del 4 de abril de 2013 de este Ministerio, y aprobar el cuadro tarifario que incluye el nuevo trayecto, manteniendo las tarifas vigentes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y por la Ley Nº 26.352.

Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Cuadro Tarifario presentado por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), para el servicio de transporte ferroviario de pasajeros prestado en el tramo PLAZA CONSTITUCION - CAÑUELAS, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 2° — Sustitúyese el Anexo de la Resolución Nº 158 del 4 de abril de 2013, por el Anexo II de la presente resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

14 de abril de 2014

Lubertino: “El Gobierno de la Ciudad y SBASE no llevaron una composición de la tarifa técnica, no supieron explicar cómo llegan a la cifra que ellos plantean"

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Redacción Crónica Ferroviaria

Hoy se realizó la audiencia pública sobre el aumento de la tarifa del subte, en el despacho de la jueza de Elena Liberatori, en la cual no se llegó a ningún acuerdo.
   
La secretaria de Acción Política del Frente Grande, María José Lubertino dijo al respecto: “No están proponiendo bajar ni un punto la tarifa de cinco pesos, ni la de cuatro con cincuenta y tampoco proponen grandes cambios en el cuadro tarifario. En las ventajas, lo único que proponen es incorporar a los docentes secundarios y a los maestros de primaria extracurriculares que hoy no están recibiendo el beneficio, que además es carísimo, es de 100 pesos mensuales, para quien toma dos viajes equivale a la tarifa más cara”.


Lubertino agregó: “El Gobierno de la Ciudad y SBASE no llevaron una composición de la tarifa técnica, no supieron explicar cómo llegan a la cifra que ellos plantean. En cuanto al cuadro tarifario no hicieron una explicación que resultara sensata en cambios que fueran importantes, porque plantean incorporar solamente a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo pero eso no resuelve el problema de la mayoría de los usuarios del subte”.


La jueza Elena Liberatori deberá resolver si va a retrotraer en esta media cautelar la tarifa, hasta que se llegue a un debate de fondo y la sentencia. Ella hizo hincapié en que no se puede computar en el principio del que más viaja menos paga recién el primer corte a los 20 viajes, y que hay que hacerlo en los primeros 10 viajes para tener alguna ventaja.

19 de marzo de 2014

Dip. Porteño Bodart: "El gobierno porteño debe cumplir el fallo de la jueza y bajar la tarifa del Subte"

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Redacción Crónica Ferroviaria

Sobre la tarifa del subte, el diputado Alejandro Bodart (MST) expresó hoy: "Yo pedí suspender el aumento y ayer la jueza Elena Liberatori ordenó readecuar todo el cuadro tarifario y rebajar el pasaje por ejemplo a 3.90 pesos (ver fallo adj.). El gobierno porteño debe cumplir la medida cautelar, que es bien clara: 'adoptar las medidas necesarias tendientes a corregir los desequilibrios del sistema tarifario'. Como el plazo vence el martes 25, desde ese día no pueden cobrar más 4.50. La jueza propone que de 1 a 20 viajes la tarifa sea de 3.90 pesos o menos y que todos los abonos sean sin vencimiento. Días atrás María Eugenia Vidal dijo que 'siempre acataron las órdenes judiciales', pero ahora maniobran para no cumplir. Espero que dejen de trabajar para Metrovías y empiecen a trabajar para los usuarios."


Bodart agregó: "En su fallo, la jueza señala que 'el sistema tarifario presenta inconsistencias en desfavor de los usuarios', 'distorsiona el principio constitucional de equidad' y 'no resulta eficaz para promover que más personas utilicen el servicio'. Sobre los abonos con descuento, dice que 'el objetivo no explícito es beneficiar al concesionario'. El gobierno sólo argumenta que aumentaron los salarios de los pasajeros, pero nunca explica por qué subieron más los subsidios a Metrovías y a la vez las tarifas, lo que es una doble estafa."

Para leer el fallo de la jueza, hacer click en el siguiente link


Bodart refutó a Rodríguez Larreta: "Si no entiende el fallo, yo se lo aclaro: el martes 25 deben bajar la tarifa”

Ante la apelación que presentará mañana el gobierno porteño al fallo de la jueza Elena Liberatori sobre la tarifa del subte, el diputado Alejandro Bodart (MST) -autor del amparo- afirmó. "Si Larreta ‘no entiende’ el fallo, yo se lo aclaro: el martes 25 deben bajar la tarifa y readecuar todo el sistema de abonos. Apelan para favorecer a Metrovías a costa del usuario. Si los jueces ordenan desalojar en Lugano el gobierno los aplaude, pero incumple los fallos como éste que no le son funcionales. Quieren una justicia de doble vara.”


Bodart agregó:”Larreta dice que ‘en todo el mundo quien viaja más paga menos’ pero omite tres datos clave: que en todo el mundo los subtes son un servicio estatal y no un negocio privado, que el boleto está integrado con los otros transportes y que en relación con los salarios la tarifa es más barata. Eso además de los millones en subsidios que recibe Metrovías.”