14 de enero de 2023

Se asigna a Trenes Argentinos Operaciones inmueble propiedad del Estado Nacional ubicado en la C.A.B.A.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 276/2022 de fecha 10 de Noviembre de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vicepresidente de la AABE resuelven lo siguiente:

Artículo 1º.- Asígnase en uso a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOF S.E.), actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en calle Olazábal Nº 1783 de la Comuna 13 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 16 - Sección 25 - Manzana 52A (Parte), correspondiente al CIE Nº 0200024818/3, con una superficie total aproximada de terreno de DOS MIL SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (2.064 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2022-117742136-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlo al uso operativo y/o a la explotación de los servicios colaterales y
complementarios de los servicios de transporte ferroviarios, que incluye la totalidad del área operativa de la Línea MITRE, entre otras Líneas Ferroviarias.

Artículo 2º.- Agréguese copia de lo actuado a los Expedientes EX-2019-64043088-APN-DCCYS#AABE y EX-2019-15252944-APN-DACYGD#AABE y prosígase su curso.

Artículo 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

Artículo 4º.- Notifíquese a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF S.E.), a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOF S.E.) y al MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Artículo 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Artículo 6º.- Dése intervención a la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE TERRITORIAL con el objeto de proceder a la entrega del inmueble a la jurisdicción mencionada en el Artículo 1º y suscribir las actas correspondientes.

Artículo 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese Firmado: Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

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