15 de julio de 2014

Llamado a Licitación Pública 165/14 para la Renovación de andenes en la Línea "B" de Subte

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Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Subterráneos de Buenos Aires informa que llama a Licitación Pública Nro. 165/2014 para la Renovación de andenes en la Línea "B" de Subte en las estaciones Alem, Florida, Carlos Pellegrini, Uruguay, Callao, Pueyrredón y Carlos Gardel.

Obtención del pliego y consultas: deberán hacerlo conforme se indica en el PBC y hasta 7 días hábiles antes de la fecha de presentación de las ofertas, acompañado por el recibo de adquisición. El valor del pliego es de $3.500, IVA incluido.


Presupuesto oficial: $14.049.628, IVA incluido.

Plazo total: 5 meses

Recepción y apertura de las ofertas: deberán presentarse en Agüero 48 P.B., C.A.B.A., hasta las 11 h del 11 de julio de 2014. La apertura se realizará el mismo día y en el mismo lugar a las 11:15 h.

Chaco: Por falta de trenes la rentabilidad de los productores es menor

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Con una cosecha de soja ya prácticamente concluida en el Chaco, vuelve a ponerse sobre la mesa de discusión, la diferencia existente entre el transporte de carga en camiones y el ferroviario.

A la hora de establecer resultados de la campaña, los chacareros siguen esperando las ventajas que les podría significar el transporte por vagones, dado que el 75% de la producción chaqueña salió –y saldrá en los próximos días—en camiones con destino a los puertos de Rosario, en su mayoría, y también a Barranqueras.


Hay cuestiones que siguen marcando, no solo para el Chaco sino también para productores de Salta, que por vivir más lejos de los principales puertos de Rosario, los costos de envío de la cosecha, son más caros y consecuentemente, implican menor rentabilidad para el productor.

Los productores consultados por NORTE señalan que el costo de arrime a planta y flete a Rosario representa hoy para el productor el 25% del valor de la soja. Es decir, si por una tonelada de soja pagan 2.200 pesos, el arrime y flete es de 550 pesos, aproximadamente.


En cambio, en tren, el mismo gasto de arrime y flete, es del 18%. O sea, a una soja de 2.200 pesos se pagaría por este servicio 396 pesos aproximadamente.

Hay una gran diferencia entre ambos medios de transporte, y vuelve a ponerse sobre el tapete la discusión por la necesaria reparación de las vías del Belgrano Cargas y Logística S.A., sobre todo en lo que respecta al ramal que va desde Avia Terai a Barranqueras.

Si los costos para arrimar a las plantas de acopio y luego el flete a Rosario en camiones de la soja se lleva el 25% del valor de la tonelada del producto, para otros productos no es mejor: para el maíz es del 52% y para el sorgo el 62%.

Obras, para ser más competitivos

Con un Belgrano Cargas sin remodelación en cuanto a su infraestructura ferroviaria en general, y con faltantes de vagones y un ramal obsoleto desde Avia Terai a Barranqueras, para los productores chaqueños es muy difícil ser competitivo en la actividad primaria desde zona del país.

Por eso, el productor de la zona núcleo con puertos más cerca, tienen mayor rentabilidad de sus productos, y no solo en los rindes. Es necesario que las acciones tendientes a mejorar el servicio ferroviario se unifique, porque Salta también tiene el mismo problema.

La capacidad de transporte en camiones supera las 600.000 toneladas

De acuerdo a datos obtenidos por NORTE de fuentes privadas, el Belgrano Cargas puede transportar entre 36 y 40 mil toneladas mensuales. Se estima unas 400.000 toneladas de soja al año.

A esta producción se le debería sumar  pero debieras sumar la producción de trigo, cártamo, girasol que van a aparecer a fin de año, o sea en plena campaña como muy bueno puede llevar unas 120.000 toneladas.

El transporte de cargas local, es decir los camiones, sin contar con información en cuanto a la cantidad de unidades dedicadas al transporte, puede transportar en el mejor de los casos de los granos del chaco, sacando el algodón en bruto, no más de unas 600.000 toneladas, aunque un cálculo más ajustado puede ser de 400.000, dejando de lado las flotas que tienen los acopiadores.

Sumando todo, si no existiera la posibilidad de guardar en el campo en bolsones y la capacidad de transporte de fuera de la provincia no habría ninguna manera de sacar esta producción, y la solución, según los expertos consultados por NORTE-- sería ir por la hidrovía. No obstante, allí surge otro inconveniente,  el flete de arrime a Barranqueras o Vilelas hace que quede fuera de precio la hidrovía, y resulta más barato guardar en el campo, pagar la embolsada y luego llevar en camiones.

Por esta razón, si no hay un acuerdo para reactivar la hidrovía es difícil que el gran flujo del Chaco vaya por el río.

El 75% va en camiones

Paradójicamente, para algunos productos cruzar los océanos es más barato que atravesar nuestro país, dice un informe de la Fundación Meditarrea, al hablar sobre las ventajas del ferrocarril. Granos, cítricos, minerales y azúcar son ejemplos de las mercancías que más sufren el factor distancia.

La situación se agrava cuando gran parte de estos son producidos por economías regionales alejadas de la región centro, en donde se ubican el mayor consumo interno y los puertos de salida al exterior.


Para un país tan extenso como la Argentina, la matriz de transporte no es la adecuada, con una preponderancia en el uso del camión (75%), en desmedro de otros medios más eficientes como el ferrocarril (18%) y las hidrovías, el 7% restante.DiarioNorte

Choque en Once: confirman el procesamiento del motorman por choque en estación Once el 19 de Octubre de 2013

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La decisión fue tomada por la Cámara Federal porteña en la causa por el choque del tren el 19 de octubre de 2013 en Once. Además ratificó la acusación por "descarrilamiento culposo agravado por haber causado lesiones en 105 personas", además de "sustracción de medios de prueba".

La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento por "descarrilamiento culposo" del maquinista Julio Benítez, quien conducía la formación ferroviaria  que el 19 de octubre pasado chocó en la estación de Once con un saldo de 105 heridos.


El Tribunal tomó la medida tras confirmar que no existieron fallas mecánicas en el tren y que en cambio se trató de un error humano de Benítez dado que éste “ingresó a la cabecera en evidente exceso de velocidad y, sin haber mediado aplicación de los frenos disponibles y a su alcance”.

Los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun tuvieron en cuenta además testimonios que hicieron referencia a “la rapidez y el modo abrupto en que frenó la formación a lo largo del recorrido”.

Los jueces también valoraron que una “junta médica integrada por el Cuerpo Médico Forense y la perito de la defensa, determinó que el imputado no presenta patología o padecimiento de orden psíquico”.

Según la pericia del GSP de la formación y los testimonios recogidos en la causa “corroboran el exceso de velocidad verificado en diferentes momentos del trayecto y, en particular, la inmediatez de su reducción al arribar a determinados lugares”.

El procesamiento había sido dictado por el juez federal Ariel Lijo en octubre del año pasado tras investigar el choque contra las contenciones del andén 2 de la estación.

Durante la investigación se constató que el disco rígido que capta las imágenes de cabina, fue retirado y luego hallado en una mochila propiedad de Benítez lo que dio lugar fundado a la sospecha que intentó sustraerlo para borrar la pruebas, al punto que algunas imágenes no se pudieron recuperar debido a que estaba dañado.

“Ningún elemento permite presumir razonablemente que, en ese intervalo, una persona pudiese haber ingresado a la cabina de mando, accedido al gabinete de monitoreo, forzar el frente, extraer el disco rígido, colocarlo en la mochila del motorman y retirarse del lugar sin ser visto”, consideró la Cámara Federal.

Antes bien, la preocupación que Benítez evidenció por mantener en todo momento a su lado la mochila luego del impacto, aspecto que fue resaltado en los diversos testimonios recibidos al personal que actuó en las tareas de aseguramiento y rescate, refuerzan la interpretación aquí efectuada”, añadió el tribunal.

La pericia médica sobre el maquinista Benitez descartó que padeciera patología previa alguna que hubiera producido su error aunque verificó la existencia de un cuadro de estrés postraumático”.


Por ello, la Sala II de la Cámara ordenó que se “ponga nuevamente en conocimiento de las autoridades y responsables de la operación del servicio ferroviario la necesidad de adecuar las funcionalidades del servicio a condiciones de operatividad efectiva que garanticen suficientemente la seguridad de sus pasajeros”. Telam

Aries Ingeniería presenta el Sistema de Levante de tren y bajada múltiple de bogíes, capaz de aumentar hasta en un 300% la productividad en las tareas de mantenimiento ferroviario

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Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Aries Ingeniería informa que el sector del mantenimiento ferroviario, uno de los más exigentes en materia de flexibilidad, eficiencia y calidad, demanda constantemente herramientas fiables, que además maximicen la rentabilidad de las infraestructuras del transporte.

Bajo esta premisa, Aries Ingeniería y Sistemas ha desarrollado un Sistema Sincronizado de Levante completo de tren y bajada múltiple de bogíes. La compañía presenta un nuevo concepto dentro de la operativa de talleres ferroviarios: una solución, que permite que la eficiencia de las tareas de mantenimiento se incremente hasta en un 300% y los costes y plazos de instalación lleguen a reducirse en un 250%.  Aries Ingeniería y Sistemas ha creado un sistema completamente modular, portable, que ofrece flexibilidad en el diseño de layouts en los talleres ferroviarios y que, como ventaja añadida, no requiere ningún tipo de obra civil específica.


Gracias a su dilatada experiencia en la industria, Aries se ha convertido en un referente de desarrollo tecnológico, innovación, independencia, calidad y eficiencia en el ámbito internacional dentro del campo de ensayos. La compañía ha apostado activamente por la innovación y la excelencia y ha desarrollado soluciones adaptadas a las necesidades de un mercado exigente y en continua evolución: los sistemas de mantenimiento del futuro.

Según Manuel Rey, Aries Railway Business Development Manager, “el compromiso de la compañía con la tecnología más avanzada es sólido. Es una gran satisfacción contar con la confianza de clientes como RENFE y contribuir a la promoción de la excelencia en el sector del mantenimiento ferroviario en España.”


Este sistema engrosa la familia de soluciones que, meses atrás, Aries ampliaba con el suministro a Adif de un banco de Ensayos de Elementos de Catenaria, especialmente diseñado, para la realización de ensayos en el Centro de Tecnologías Ferroviarias, un espacio de innovación abierto, multidisciplinar, ubicado en el Parque Tecnológico de Andalucía (PTA) en Campanillas; a 13 kilómetros  del centro de Málaga.

Ferrobaires: "Es apresurado adelantar algo sobre el regreso del tren a La Pampa, pero es factible esa posibilidad"

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Un tren de prueba llegó hoy a Santa Rosa como parte de una serie de evaluaciones en busca de que una formación ferroviaria con pasajeros llegue a la capital provincial después de 13 años, posibilidad que los técnicos adelantaron como "factible".

La formación, compuesta por un coche turista y otro pullman, llegó a las 16 a la vieja estación de Santa Rosa proveniente de la localidad bonaerense de Pehuajó y fue recibida por el intendente Luis Larrañaga, funcionarios y numerosos vecinos.


"Es apresurado adelantar algo sobre el regreso del tren a La Pampa pero es factible esa posibilidad", adelantó a la prensa el jefe del departamento comercial de Ferrobaires, Adrián Barreira, empresa que realizó la prueba para lo cual efectuó un chequeo del estado de las vías y de las señales.

El funcionario manifestó que en los próximos días "elevaremos un informe técnico sobre el estado de las vías y el trayecto para que luego se determinen si vuelve o no el tren, la frecuencia que tendrá y las tarifas, entre otros aspectos".

Larrañaga lleva adelante gestiones para la vuelta del tren a Santa Rosa "con el ministro del Interior, Florencio Radazzo", explicaron fuentes comunales.


Por su parte, el secretario de Cultura del municipio Miguel García dijo a Télam que la vuelta del tren es "uno de los ejes fundamentales de esta gestión". (Télam)

14 de julio de 2014

Randazzo resaltó el avance de obras en la línea Roca y destacó que “duplicaremos las frecuencias y reduciremos los tiempos de viaje”

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Redacción Crónica Ferroviaria

El ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, informó hoy que fueron adjudicadas las primeras dos etapas correspondientes a las obras de electrificación del ramal Constitución - La Plata del ferrocarril Roca.

Randazzo destacó que “el inicio de esta obra es de suma importancia de cara al proceso de modernización que estamos impulsando en la línea Roca; que además de la electrificación incluye la mejora de estaciones, elevación de andenes y la construcción de una subestación eléctrica, un viaducto en Ringuelet y 2 pasos bajo nivel en La Plata”.


Cuando esta obra esté terminada, junto con la incorporación de 300 coches 0km que ya se están fabricando en China, reduciremos 20 minutos el tiempo de viaje entre Constitución y La Plata, duplicaremos las frecuencias y pasaremos de un tren cada 25 minutos a uno cada 12”, añadió el Ministro.

Randazzo destacó que “esta importante obra, que había sido prometida hace más de 30 años y que nosotros estamos ejecutando, es parte del ambicioso plan de renovación ferroviaria que impulsamos en todo el área metropolitana de Buenos Aires por instrucción de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner”.


“La renovación se inició con Línea San Martín que ya es totalmente 0km, continuará con el Sarmiento, que comenzará su proceso de renovación de trenes la semana próxima, y en los próximos meses haremos lo mismo con las Líneas Mitre, Roca, Belgrano Sur, y los servicios a Rosario y Mar del Plata; en total, ingresarán 1.200 coches 0km en los próximos meses”, finalizó el Ministro.

Bodart: “Rodríguez Larreta es responsable directo de los desastres en el subte”

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Redacción Crónica Ferroviaria

Ante la sesión de mañana con el Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, el diputado Alejandro Bodart (MST-Nueva Izquierda) adelantó: “El jefe de gabinete tiene a su cargo el subte y por eso es responsable directo de los desastres que está haciendo SBASE. Aparte del aumento simultáneo de la tarifa y los subsidios, va a tener que explicar la compra de coches inadecuados para la Línea "B" que generan mayores gastos, la falta de revisión del material rodante y la no ampliación de la traza como ordena la Ley 670 para poner Metrobús en vez de subte.”


Bodart, quien días atrás le envió 80 preguntas a Larreta, agregó: “Ante cada necesidad social la gestión macrista habilita un negocio privado. Así hace con el subte, los peajes, la basura, las exenciones fiscales a grandes empresas y la cementación inmobiliaria en vez priorizar la educación pública, la salud y la vivienda.”

Se aprueba lo actuado contratación Licitación Pública Internacional Nº 1/2014 “Tendido de Catenaria sobre vías y Líneas de Distribución de Energía LDS y LDF de la Línea Roca - Ramal Constitución - La Plata.”

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Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 655/2014 de fecha 08 de Julio de 2014, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, Se aprueba lo actuado contratación Licitación Pública Internacional Nº 1/2014 “Tendido de Catenaria sobre vías y Líneas de Distribución de Energía LDS y LDF de la Línea Roca - Ramal Constitución - La Plata.”

Para una mayor información transcribimos Resolución Nro. 655/2014 que dice lo siguiente:

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 655/2014
Bs. As., 8/7/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0006936/2014, del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y el Decreto Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, se aprobó el Modelo de “Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional AR-X1018”, destinado a financiar a través del “PROGRAMA DE RECUPERACION DE FERROCARRILES METROPOLITANOS” operaciones individuales de préstamo dirigidas a cooperar con la REPUBLICA ARGENTINA en la recuperación de la red de ferrocarriles de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que asimismo, mediante el citado Decreto Nº 2034/2013 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2982/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCION - LA PLATA” suscripto con fecha 13 de diciembre de 2013 entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Foto archivo

Que el Proyecto tiene por objeto la renovación y electrificación del servicio ferroviario de pasajeros del Ramal Plaza Constitución - La Plata del Ferrocarril General Roca, y específicamente, contribuir a la reducción de tiempos de viajes y niveles de accidentalidad, y la mejora de la confiabilidad y confort del servicio, incrementando como resultado la participación modal de este ramal ferroviario en el transporte de pasajeros del corredor BUENOS AIRES - LA PLATA.

Que el Artículo 7° del Decreto Nº 2034/13 designa al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a través de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, como organismo ejecutor del “PROGRAMA DE RECUPERACION DE FERROCARRILES METROPOLITANOS”, financiándose a través del mismo el “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCION - LA PLATA”.

Que para avanzar en la ejecución del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCION - LA PLATA”, resulta necesario llevar a cabo la renovación y electrificación del servicio ferroviario de pasajeros del Ramal Plaza Constitución - La Plata del Ferrocarril General Roca, mediante la obra tendido de catenaria sobre vías y líneas de distribución de energía LDS y LDF, bajo el método de Licitación Pública Internacional (LPI), cuyo trámite de contratación deberá ajustarse a los procedimientos previstos en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” (GN-2349-9), edición del mes de marzo de 2011, conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.

Que de acuerdo a lo contemplado en las mencionadas Políticas, oportunamente y previa no objeción del Banco al Documento de Licitación y al texto del Aviso, se llevó a cabo la publicación del llamado a Licitación Pública Internacional Nº 01/2014 que tiene por objeto el “Tendido de catenaria sobre vías y líneas de distribución de energía LDS y LDF del Ferrocarril Gral. Roca - Ramal Constitución - La Plata”.

Que mediante Disposición Nº 4 de fecha 6 de mayo de 2014 del COORDINADOR GENERAL DE LA UEC, se convalidó lo actuado, se aprobó el Documento de Licitación correspondiente a la Licitación Nº 01/2014 y la constitución del Comité de Evaluación de las ofertas que se presentaren con motivo de la Licitación mencionada.

Que con fecha 7 de mayo de 2014, se llevó a cabo el acto de apertura pública de las ofertas, con la presencia de dos Funcionarios de la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO, presentándose en la oportunidad las siguientes ofertas: 1) HERSO S.A.: LOTE Nº 1, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 177.559.772,25) más IVA; LOTE Nº 2, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON SESENTA CENTAVOS ($ 170.590.440,60) más IVA (precio final con descuento); LOTE Nº 3, por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 146.085.825,80) más IVA, (precio final con descuento); LOTE Nº 4, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 235.816.319,75) más IVA; 2) SUPERCEMENTO S.A.I.C.: LOTE Nº 1, por la suma de PESOS CIENTO SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 106.772.246,00) más IVA; LOTE Nº 2, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 131.337.641,00) más IVA; LOTE Nº 3 y 4 no cotiza; 3) LUIS CARLOS ZONIS S.A.:LOTE Nº 1, no cotiza; LOTE Nº 2 por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 162.269.728,88) más IVA; LOTE Nº 3, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO OCHO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 153.629.108,75) más IVA; LOTE Nº 4: no cotiza.

Que el Comité de Evaluación, a partir del análisis de las ofertas presentadas, solicitó la tramitación de pedidos de aclaraciones a las empresas SUPERCEMENTO S.A.I.C. Y LUIS CARLOS ZONIS S.A., conforme lo contemplado en la cláusula IAO 27.1 de la Sección I del Documento de la Licitación.

Que a partir de la información presentada por las firmas, en virtud de los mencionados pedidos de aclaración, el Comité de Evaluación recomienda adjudicar a SUPERCEMENTO SAIC el LOTE Nº 1 por la suma de pesos CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 129.194.417,66) IVA incluido; y el LOTE Nº 2 por la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 158.918.545,61) IVA incluido, y rechazar las ofertas presentadas por la firma HERSO S.A. por no cumplir dicha firma con el criterio de endeudamiento y por LUIS CARLOS ZONIS SA por no cumplir con el criterio de evaluación y calificación respecto de los equipos de tendido, y adicionalmente recomienda rechazar las ofertas de este oferente por alejarse sustancialmente del presupuesto ajustado.

Que con fecha 02 de Julio de 2014 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) otorgó la “no objeción” a las adjudicaciones propuestas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto 2034/2013, y en orden a lo establecido en el Artículo 35 Inciso h) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 in fine Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y modificatorios.

Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébese lo actuado en el procedimiento de contratación correspondiente a la Licitación Pública Internacional Nº 1/2014 “Tendido de Catenaria sobre vías y Líneas de Distribución de Energía LDS y LDF del Ferrocarril Gral. Roca - Ramal Constitución - La Plata.”, financiada por el “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCION - LA PLATA - Préstamo BID Nº 2982/OC-AR. El mencionado procedimiento se llevó a cabo con ajuste a lo establecido en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” (GN-2349-9), edición del mes de marzo de 2011.

ARTICULO 2° — Adjudícanse los LOTES Nº 1 y 2 de la Licitación Pública Internacional Nº 1/2014 correspondiente a la contratación de la obra “Tendido de Catenaria sobre vías y Líneas de Distribución de Energía LDS y LDF del Ferrocarril Gral. Roca - Ramal Constitución - La Plata”, a la firma SUPERCEMENTO S.A.I.C. por la suma de pesos CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 129.194.417,66) IVA incluido y el LOTE Nº 2 por la suma de pesos CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 158.918.545,61) IVA incluido, respectivamente.

ARTICULO 3° — Autorízase al Coordinador General de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a la suscripción del Convenio con la firma SUPERCEMENTO S.A.I.C., cuyo modelo se aprueba y forma parte de la presente medida como Anexo.

ARTICULO 4° — Recházanse las ofertas presentadas por las firmas HERSO S.A. para los LOTES Nº 1, 2, 3 y 4 y de la firma LUIS CARLOS ZONIS SA para los LOTES Nº 2 y 3, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes, quedando por lo tanto sin adjudicar los LOTES Nº 3 y 4.

ARTICULO 5° — El gasto que demande esta contratación deberá ser imputado a la siguiente Partida Presupuestaria: Fuente de financiamiento 22 SAF 325, Jurisdicción 30, Programa 62, Actividad 0, Proyecto 16, Inciso 4, Partida Principal 2, Parcial 2, recursos del Préstamo BID Nº 2982/OC-AR.

ARTICULO 6° — Comuníquese, notifícase a los oferentes y adjudicatarios, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO

Convenio

EL PRESENTE CONVENIO se celebra el día ---- del mes de -------- de 2014 entre la Unidad Ejecutora Central (UEC) del Ministerio de Interior y Transporte (denominado en lo sucesivo “el Contratante”), por una parte, y Supercemento S.A. (denominado en lo sucesivo “el Contratista”), por la otra.

POR CUANTO el Contratante desea que el Contratista ejecute las obras denominadas “Tendido de Catenaria sobre vías y Líneas de Distribución de Energía LDS y LDF del Ferrocarril Gral. Roca - Ramal Constitución - La Plata”, y ha aceptado la Oferta presentada por el Contratista para la ejecución y terminación de dichas Obras y para la reparación de cualesquiera defectos de las mismas.
El Contratante y el Contratista acuerdan lo siguiente:

1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se les atribuya en los documentos contractuales a que se refieran.

2. El presente Convenio prevalecerá sobre todos los demás documentos contractuales.
Se considerará que los documentos enumerados a continuación constituyen el presente Contrato; dichos documentos deberán leerse e interpretarse como integrantes del mismo:
(i) Carta de Aceptación
(ii) La Oferta
(iii) Circulares Nº 1, 2, 3 y 4
(iv) Condiciones Especiales
(v) Condiciones Generales
(vi) Especificaciones
(vii) Planos, y
(viii) Formularios debidamente llenados

3. Como contrapartida de los pagos que el Contratante hará al Contratista conforme se estipula en el presente Convenio, el Contratista se compromete ante el Contratante, por medio del presente Convenio, a ejecutar las Obras y a reparar sus defectos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.

4. El Contratante se compromete por medio del presente a pagar al Contratista, en compensación por la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y la forma estipulados en éste.


EN FE DE LO CUAL las partes han celebrado el presente Convenio de conformidad con las leyes de la República Argentina en el día, mes y año arriba indicados.

Se aprueba Convenio de Crédito Comprador. Acuerdos. Aprobación para el mejoramiento y modernización del sistema ferroviario argentino

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 1071/2014 de fecha 10 de Julio del corriente año del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha se aprueba Convenio de Crédito Comprador. Acuerdos. Aprobación para el mejoramiento y modernización del sistema ferroviario argentino.

Para una mejor información se transcribe el Decreto Nro. 1071/2014 que dice lo siguiente:

CONVENIOS
Decreto 1071/2014
Convenio de Crédito Comprador. Acuerdos. Aprobación.
Bs. As., 10/7/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0114754/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 7 de junio de 1980 se celebró el Convenio de Cooperación Económica entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPUBLICA POPULAR CHINA tendiente a estimular una cooperación económica estable y adecuada entre las corporaciones, empresas u organizaciones de ambos países y a asegurar el equilibrio de los intereses recíprocos, impulsando el armonioso desarrollo de sus relaciones económico-comerciales.


Que el Artículo V del mencionado convenio creó una Comisión Mixta para revisar su cumplimiento y discutir los problemas que pudieran derivarse de su aplicación.

Que con fecha 7 de noviembre de 1985, se suscribió el Protocolo Adicional al mencionado Convenio.

Que entre los días 28-29 de junio de 2004, se firmó el “ACTA FINAL DE LA XV REUNION DE LA COMISION MIXTA ECONOMICO-COMERCIAL REPUBLICA ARGENTINA - REPUBLICA POPULAR CHINA”, en la que se plasmó el interés de ambas partes, con relación a inversiones, colaboración e intercambios.

Que con fecha 16 de noviembre de 2004, se formalizó el “MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE LA COOPERACION EN ACTIVIDADES FERROVIARIAS ENTRE EL MINISTERIO DE COMERCIO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA Y EL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA”, en el que se acordó apoyar y promover la participación de empresas de ambos países en el mejoramiento y modernización del sistema ferroviario argentino, mediante el diseño de obra, el suministro de equipos y material rodante, la construcción y rehabilitación de éste.

Que con fecha 14 de octubre de 2009, se suscribió el “ACTA FINAL DE LA XVII REUNION DE LA COMISION MIXTA ECONOMICO-COMERCIAL REPUBLICA ARGENTINA - REPUBLICA POPULAR CHINA” en la que se convino trabajar en los proyectos señalados por el Grupo de Trabajo de Cooperación en Materia Ferroviaria y de Infraestructura entre los equipos chino y argentino.

Que dicho Grupo de Trabajo, en la Minuta de Acuerdo de su IV Reunión, acaecida el mismo día 14 de octubre de 2009, acordó priorizar la cooperación en diversos proyectos, entre ellos la Recuperación del FERROCARRIL BELGRANO CARGAS.

Que con fecha 9 de diciembre de 2009 se suscribió el “MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO” entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION (CMEC), mediante el cual se acordó la presentación, por parte de esta última, de la propuesta final para la Rehabilitación del FERROCARRIL BELGRANO CARGASY LOGÍSTICA  de la REPUBLICA ARGENTINA, conviniendo implementar un mecanismo de trabajo conjunto a iniciarse con las negociaciones sobre la faz técnica, comercial y financiera de la Fase I del proyecto.

Que con fecha 11 de marzo de 2010 se suscribió el “ACUERDO CONTRACTUAL POR EL PROYECTO DE REHABILITACION DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS” entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION (CMEC), fijándose sus condiciones generales.

Que con fecha 15 de marzo de 2010 se suscribió un MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO sobre las cláusulas técnicas y comerciales del mencionado Proyecto, celebrado entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION (CMEC).

Que con fecha 13 de julio de 2010 se suscribió el “ACUERDO DE COOPERACION PARA LA CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA EN MATERIA DE COMUNICACIONES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA”, por el cual las partes declararon al PROYECTO DE REHABILITACION DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS a ser realizado por CHINA NATIONAL MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION (CMEC) como prioritario para la cooperación de ambos países.

Que con fecha 13 de julio de 2010 se suscribió la Enmienda I al “ACUERDO CONTRACTUAL POR EL PROYECTO DE REHABILITACION DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS” y por separado se estipularon las CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO PARA LA PROVISION DE MATERIALES Y PLANTA (CONTRATO CMEC2010C6010A) para la fabricación, compra y abastecimiento de planta y materiales y otros bienes para la REPUBLICA ARGENTINA, las CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE OBRAS Y SERVICIOS (CONTRATO CMEC2010C6010B) para trabajos de ingeniería civil y otros servicios en la REPUBLICA ARGENTINA y las ESPECIFICACIONES TECNICAS del proyecto en trato.

Que con fechas 8 de octubre de 2010, 7 de abril de 2011, 7 de octubre de 2011, 25 de junio de 2012, 25 de septiembre de 2013 y 4 de diciembre de 2013 se han suscripto las Enmiendas II, III, IV, V, VI y VII respectivamente.

Que con la suscripción de la Enmienda IV, se tomó conocimiento de que la firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) se constituye en sucesora de la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION (CMEC).

Que, en consecuencia, el ESTADO NACIONAL aceptó que dicha firma asumiera todos los derechos y obligaciones de su antecesora, respecto del acuerdo contractual celebrado en el marco del PROYECTO DE REHABILITACION DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS.

Que el citado Acuerdo Contractual, sus Enmiendas I, II, III, IV, V, VI y VII, las Condiciones Generales y Particulares y las Especificaciones Técnicas del contrato se celebraron “ad referéndum” del CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR a suscribirse entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de la REPUBLICA ARGENTINA y las entidades bancarias CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION e INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA LIMITED.

Que con fecha 25 de junio de 2012, el entonces señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas suscribió, “ad referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con representantes de las Entidades Bancarias CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION e INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA LIMITED el CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR.

Que el 4 de diciembre de 2013 el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas suscribió, “ad referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el ACUERDO DE PAGO POR ADELANTADO con representantes de la Sociedad Estatal CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) y de CHINA MACHINERY ENGINEERING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CMEA), a los fines de establecer un mecanismo de pago del anticipo financiero del “ACUERDO CONTRACTUAL POR EL PROYECTO DE REHABILITACION DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS”.

Que en virtud de las enmiendas realizadas al citado ACUERDO CONTRACTUAL, se produjo una modificación sustancial en el CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR, particularmente en lo atinente a las características financieras de la operación.

Que, en consecuencia, resultó necesaria la negociación de un Modelo de ACUERDO COMPLEMENTARIO al CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR tendiente a adecuar sus condiciones a las del ACUERDO CONTRACTUAL en cuestión.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la SECRETARIA DE FINANZAS, se ha expedido sobre la viabilidad de los términos y condiciones contenidos en el CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR y su Modelo de ACUERDO COMPLEMENTARIO.

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 53 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por su parte, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha tomado la intervención que le compete, conforme los términos del Artículo 61 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR, el ACUERDO DE PAGO POR ADELANTADO y el Modelo de ACUERDO COMPLEMENTARIO al citado Convenio, disponiendo, asimismo, lo conducente para proceder a su perfeccionamiento.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR suscripto entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por el ESTADO NACIONAL, y las Entidades Bancarias CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION e INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA LIMITED, que consta de TREINTA Y OCHO (38) Cláusulas, SIETE (7) Anexos, DOS (2) Cartas de Comisiones y UNA (1) Carta Complementaria por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO (U$S 2.099.965.834), que como Anexo I, en copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma castellano, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Apruébase el ACUERDO DE PAGO POR ADELANTADO suscripto entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por el ESTADO NACIONAL, la Sociedad Estatal CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) y CHINA MACHINERY ENGINEERING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CMEA), que consta de NUEVE (9) Cláusulas y UN (1) Anexo, que como Anexo II, en copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma castellano, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° — Apruébase el Modelo de ACUERDO COMPLEMENTARIO al CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR citado en el Artículo 1° de este decreto a suscribirse entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por el ESTADO NACIONAL y las Entidades Bancarias CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION e INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA LIMITED que consta de SIETE (7) Cláusulas, UN (1) Apéndice, DOS (2) Cartas de Comisiones y UNA (1) Carta Complementaria, que como Anexo III, en copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma castellano, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — Delégase en el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas la facultad para suscribir el ACUERDO COMPLEMENTARIO al CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR cuyo modelo se aprueba por el Artículo 3° de la presente medida.

Art. 5° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA modificaciones al CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR y al ACUERDO DE PAGO POR ADELANTADO aprobados por los Artículos 1° y 2° del presente decreto respectivamente y al ACUERDO COMPLEMENTARIO al CONVENIO DE CREDITO COMPRADOR cuyo modelo se aprueba por el Artículo 3° de esta medida, y toda aquella documentación necesaria para la instrumentación de las operaciones que se aprueban por los referidos artículos, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los citados instrumentos ni deriven en un incremento de su monto.

Art. 6° — Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros y/o al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en uso de sus facultades, efectúen las adecuaciones presupuestarias y de crédito público necesarias para atender el financiamiento de los gastos resultantes de la aplicación del presente decreto, incluyendo las previsiones que resulten necesarias para los ejercicios subsiguientes, hasta la finalización de los compromisos asumidos.

Art. 7° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 1°, 2° y 3° del presente decreto será imputado a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 90 - Servicios de la Deuda Pública.

Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Se firman los contratos por las vías del tren

Actualidad

Esta semana Gioja viaja al acto donde la Nación adjudicará la obra a dos empresas. Las tareas arrancan de inmediato.

Finalmente el Ministerio del Interior y Transporte, a través de la empresa estatal Belgrano Cargas y Logística SA adjudicó las obras para renovar las vías del ferrocarril de San Juan, y esta semana se firmará el contrato que permitirá el inicio inmediato de los trabajos, según informó ayer el gobernador José Luis Gioja. ‘’Voy a viajar esta semana, aun no está el día preciso; pero se firma el contrato con las dos empresas seleccionadas para que arranquen cuanto antes con los trabajos’’, dijo ayer el mandatario provincial.


Las firmas que resultaron adjudicadas son Construcciones Electromecánicas del Oeste (Ceosa) y Procon SRL, quienes serán las encargadas de realizar a nuevo un total de 86,5 kilómetros de vías, en un trazado dividido en tres tramos (ver infografía) entre Albardón hasta el límite con Mendoza. Las empresas que resultaron adjudicadas ofertaron ejecutar la obra por un costo de $ 151.420.600 más IVA, un precio menor al fijado en el presupuesto oficial que fue de $166.950.000 más IVA

Ceosa se encargará de realizar a nuevo un ramal de 35,814 kilómetros en Sarmiento, entre Cañada Honda y Casuarinas, y a otra traza a continuación, por 10,718 kilómetros entre Casuarinas y la estación Huanacache, cerca de la frontera mendocina. Cotizó la obra en $91.220.643,47 más IVA; y fue seleccionada por Belgrano Cargas y Logística SA entre 9 empresas interesadas y que pasaron a la etapa económica de la licitación. Por su parte, la empresa Procon SRL hará las vías que unen la estación de Albardón con la de Caucete, un trazado de 40,075 kilómetros, por un costo de $ 60.200.222,34 más IVA. Esta última empresa resultó ganadora entre 8 que pasaron a la etapa económica de la licitación.

Dada la importancia de esta obra estratégica para la producción local, se había planeado realizar un acto en la provincia al que viniera el titular del Ministerio de Transporte, Florencio Randazzo, pero se cayó por problemas de agenda del funcionario, por eso es que Gioja decidió viajar al acto en Buenos Aires. El Gobernador calificó la obra de ‘prioritaria’ y destacó que ‘ayudará a la producción regional abaratando de manera sustancial los costos de la logística”. ‘’Cuando estas obras estén listas, podremos cargar directamente los productos de las empresas en el tren, sin tener que enviar un camión hasta Palmira como ahora’’, dijo el gobernador, y agregó que si bien la estación Albardón puede seguir funcionando ‘’pero está previsto hacerle arreglos’’. En el Gobierno local tienen la intención de relocalizar la estación desde donde partirá el tren en Albardón, pero hasta ahora el proyecto aguarda financiamiento nacional.


A principios de junio San Juan firmó un convenio con el Belgrano Cargas que absorbe el costo del flete en camión desde la ex Cavic hasta la estación Palmira en Mendoza, donde los containers son cargados en los vagones con destino a Buenos Aires. ‘’Está funcionando bien, ya han salido tres cargas, han salido tres camiones cargados a Mendoza desde donde se trasladan en ferrocarril a la estación Caseros’’, dijo el ministro de Producción, Marcelo Alós.DiariodeCuyo

11 de julio de 2014

Catamarca: Randazzo anunció que el gobierno Nacional apoyará la creación de una terminal multimodal de cargas en la localidad de El Recreo

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

El ministro del Interior y Transporte de la Nación, Florencio Randazzo, llegó hoy a la Provincia de Catamarca donde, en compañía de la gobernadora, Lucía Corpacci, brindaron una Conferencia de prensa donde anunció que “por decisión política de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner estamos recuperando el ferrocarril a lo largo y ancho del país, y en Catamarca realizaremos un importante aporte para la construcción de un centro multimodal de transporte de cargas en El Recreo”.


“Este es un proyecto en el que veníamos trabajando junto a la gobernadora, y que beneficiará a la provincia, ya que reacondicionaremos esta área para que pase el ferrocarril Belgrano y ayude a la producción regional abaratando de manera sustancial los costos de la logística”, añadió el Ministro.

Florencio Randazzo destacó que “nos verán trabajando, acercando soluciones a los problemas de la gente y, en este caso, colaborando en la competitividad de las economías regionales tan importantes para nuestra querida provincia de Catamarca”.

SBASE: Cumplió con el Programa Graffitis Cero en coches de 5 líneas de Subte

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Subterráneos de Buenos Aires informa que en el día de la fecha están desgraffitadas completamente todas las formaciones de las líneas A, B, D, E y H. Ya se llevó a cabo con éxito la limpieza de 114 coches de la Línea B, 126 de la Línea D, 60 de la Línea E y 25 de la A.


Según el comunicado de la empresa Sbase, "gracias al trabajo conjunto de cuadrillas especiales que trabajaron durante la noche, al día de hoy fueron desgraffitados todos los coches de 5 líneas del subte. Esto se da en el marco del Plan de Mejoras llevado a cabo por SBASE para poner en valor el material rodante y las estaciones de la red. El trabajo de retirar los graffitis comprende la limpieza profunda de todas las inscripciones de carrocerías y ventanas para lo cual se utiliza un producto ecoamigable que permite limpiar los coches sin deteriorar su pintura".

"En un relevamiento interno realizado a principios del 2013, se detectó que el 80% de la flota se encontraba vandalizada por las pintadas que realizan grupos graffiteros que ingresan ilegalmente a las cocheras por la noche. Al día de hoy, SBASE logró cumplir con el Programa Graffitis Cero en 5 de sus 6 líneas. Próximamente, se comenzará con la remoción en los 78 coches de la Línea C".


"Asimismo, el descenso de episodios de vandalismo se logró a partir de la puesta en marcha del Plan de Seguridad con la Policía Metropolitana, la aplicación de medidas de prevención en talleres, coches y estaciones y el refuerzo de los cerramientos de los accesos. Además, por primera vez se consiguió que responsables de graffitados en coches resarcieran su accionar participando en trabajos de limpieza de coches", termina expresando el comunicado de la empresa SBASE.

Bodart: "En vez de importar coches de pasajeros extranjeros y truchos, hay que nacionalizar la empresa EMFER S.A. y producirlos acá"

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Desde la marcha de los trabajadores de las empresas EMFER S.A. y TATSA al Ministerio de Interior y Transporte de la Nación, hoy el legislador porteño Alejandro Bodart (MST-Nueva Izquierda), afirmó: "Respaldo a los obreros y su reclamo de estatización de la fábrica. En vez de seguir importando coches de pasajeros extranjeros caros y truchos, hay que nacionalizar EMFER para reactivar la industria ferroviaria y producir los vagones acá y bien, como se hacía años atrás."


Bodart agregó: "Hace falta poner fin al mal negocio de Florencio Randazzo y sus coches chinos para los trenes y a las estafas como la de Juan Pablo Piccardo y sus vagones españoles para el subte. SBASE compró coches usados, más angostos y más altos, cuyas adecuaciones generan mayores gastos. Como siempre, los disparates de los gobernantes los termina pagando el pueblo a costa de tarifazos del transporte."

Sbase: "Ya blindamos las dos primeras boleterías de Subte"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Sbase informa que continúan con el Plan de Seguridad Integral para cuidar a los usuarios y a los trabajadores de la red. En este marco, realizaron el blindaje de las dos primeras boleterías ubicadas en la estación Medrano de la Línea "B".

Según el comunicado, "El Plan de Seguridad contempla el blindaje de 15 boleterías de distintas estaciones hasta fin de año. Esto se suma a la instalación de 1600 cámaras en línea de boleterías, talleres y cocheras y a la incorporación de 400 efectivos de la Policía Metropolitana que, a través de un sistema de rondines, realizan la vigilancia en el subte circulando por estaciones y andenes".


"Próximamente vamos a blindar dos boleterías en la estación Florida de la Línea B y luego continuaremos por el resto de la red".

"¿Dónde podés realizar denuncias?


"La Unidad de Orientación y Denuncia está ubicada en el nodo obelisco en donde se unen las Líneas B, C y D. Allí, todos los ciudadanos pueden realizar denuncias por contravenciones y delitos que estén o no relacionadas al subte y luego serán enviadas al Fiscal correspondiente. El horario de atención al público es de 8 a 18 horas", termina expresando el comunicado de Sbase.

7 de julio de 2014

Sbase desmiente información falsa y maliciosa sobre obras en la Línea "B" de Subte

Actualidad

La empresa Subterráneos de Buenos Aires informa en un comunicado de prensa que los coches CAF Serie 6000 adquiridos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al Metro de Madrid, para cubrir el recorrido entre estaciones Leandro N. Alem y Juan Manuel de Rosas requiren que la catenaria esté ubicada a 3,95 m.


Según el comunciado, "la obra de catenaria en curso se realiza a 4,10 m de altura y en algunos lugares específicos a 3,95 m., respetando así los requisitos del material rodante y sin ninguna interferencia".

"Adicionalmente, se han realizado pruebas físicas colocando una máscara con la forma de una tren CAF Serie 6000 sobre una formación de la Línea "B" validando todo lo antedicho".


Termina diciendo el comunicado de la empresa, que "hoy circuló información de prensa de carácter falso y malicioso. Lamentamos profundamente el efecto que estos trascendidos puedan provocar en las expectativas de los usuarios del servicio respecto de las mejoras anunciadas oportunamente por Subterráneos de Buenos Aires", 

Sbase: La Cámara ratificó El Sistema tarifario de subte

Actualidad

La empresa Subterráneos de Buenos Aires informa que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario ratificó el sistema tarifario del subte y determinó a SBASE como único organismo con la potestad para establecerlo. De esta forma, se rechazó la resolución dictada por señora jueza de grado Elena Amanda Liberatori de fecha 17 de Marzo de 2014.


En este sentido, el fallo afirmó que la revisión de la tarifa del subte es materia propia del poder administrador (SBASE) y aclaró que el Poder Judicial debe ceñirse "al control del procedimiento seguido y de las bases  constitucionales y normativas que deben ser tenidas en cuenta para la fijación de tarifas y precios". Subrayó asimismo, que el límite de la actuación judicial se sustenta en el principio de la división de poderes, que resultaría violado si los jueces hicieran lo que la Administración debe hacer. Tal como lo establece la Ley 4472, en sus artículos 13 Inc. 9 y 38, inciso 16, fijar y aplicar tarifas, cuadros tarifarios y tarifas de interés social es función y competencia específica de Sbase.


En relación a lo manifestado por la magistrada sobre la supuesta inequidad del sistema tarifario propuesto, la Cámara advirtió también que no es inequitativo ni desigual, en tanto "obedece a una pauta objetiva producto de una política tarifaria, la cual puede tener múltiples proyecciones y finalidad" .