12 de febrero de 2016

Se aprueba Programa de Inspecciones año 2016 en ferrocarriles por la C.N.R.T.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 128/2016 de fecha 03 de Febrero de 2016 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba el Programa de Inspecciones, correspondiente al año 2016 de la Gerencia de Control Técnico Ferroviario de la C.N.R.T.


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Resolución 128/2016
Bs. As., 03/02/2016
VISTO el Expediente N° EXP-S02:0010047/2016 del registro del EX MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema ferroviario actual se encuentra operado y administrado tanto por Concesionarios como por Empresas Estatales, quienes constituyen los operadores directos de los servicios y tienen la responsabilidad, en todo momento y lugar, de las condiciones técnicas y operativas en que estos se prestan.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE es el organismo de control y fiscalización de la actividad de estos Concesionarios y Empresas Estatales Operadoras, ejerciendo en forma permanente un accionar externo a los mismos, orientado a que las conductas empresarias tiendan a garantizar los niveles técnicos que el sistema que operan requiere.

Que el Decreto N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015, sustituyó los Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996, de creación de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que en el Anexo I del Decreto N° 1661/15 se establecieron los OBJETIVOS, DEBERES, POTESTADES y FACULTADES de la COMISIÓN en su conjunto, y en el Anexo III se definieron la RESPONSABILIDAD PRIMARIA y las ACCIONES a desarrollar por la GERENCIA DE CONTROL TECNICO FERROVIARIO.

Que mediante Resolución CNRT N° 1096 de fecha 20 de noviembre de 2015, se aprobó el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS de la GERENCIA DE CONTROL TECNICO FERROVIARIO.

Que mediante Resolución del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N° 2210 del 7 de octubre de 2015 se aprobó el Régimen de Fiscalización y Control de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado y sus Sociedades Controladas, que en el apartado a) del ARTÍCULO 2° establece que “Las inspecciones y controles que realiza la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE podrán motivarse en la planificación interna del organismo, de acuerdo a criterios de controles periódicos, sistemáticos y/o aleatorios.”

Que con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto N° 1661/15 atinente a la GERENCIA DE CONTROL TECNICO FERROVIARIO, bajo las premisas establecidas en el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, y en el marco de la motivación citada en la Resolución MIT N° 2210/15, la misma ha elaborado el PROGRAMA DE INSPECCIONES a desarrollar durante el año 2016.

Que cada Área Técnica de la GERENCIA DE CONTROL TECNICO FERROVIARIO ha programado sus inspecciones a partir de controles muestrales, de manera de obtener un resultado representativo de la realidad imperante en cada empresa ferroviaria del país, en función de los recursos de la Gerencia.

Que, por un lado, los resultados de los muestreos realizados en el marco del PROGRAMA DE INSPECCIONES, son puestos en conocimiento de las empresas responsables directas de los servicios ferroviarios, con el fin de que sean corregidas las falencias detectadas, con indicación de las cuestiones prioritarias a tratar y, de corresponder, siguen el camino de la aplicación de las sanciones previstas en cada caso.

Que, por otro lado, este PROGRAMA DE INSPECCIONES constituye un insumo directo que, sumado a los PLANES DE MANTENIMIENTO requeridos según la Resolución CNRT (I) N° 1770/2008, los INDICADORES DE CONTROL estipulados en la Resolución CNRT (I) N° 613/2009, y los datos de CALIDAD DE SERVICIO que específicamente puedan llegar a requerirse a la GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN FERROVIARIA, permiten inferir el Grado de Cumplimiento de las obligaciones técnicas y operativas asumidas por las Empresas Ferroviarias del país.

Que este Grado de Cumplimiento podrá merecer Informes que serán elevados a la SECRETARIA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE con el fin de ser advertida en tiempo y forma respecto de la realidad imperante y la eventual necesidad de generar cambios en las Empresas Ferroviarias.

Que ha tomado la intervención que le compete la GERENCIA DE CONTROL TECNICO FERROVIARIO y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las atribuciones emanadas del Decreto N° 1388/96 modificado por el Decreto N° 1661/15.

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el PROGRAMA DE INSPECCIONES, correspondiente al año 2016 de la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO FERROVIARIO de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, que como ANEXO forma parte de la presente RESOLUCIÓN.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, Director Ejecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.