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5 de diciembre de 2013

COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE LAS TRANSFERENCIAS REALIZADAS DE LOS SUBSIDIOS A LA EMPRESA CONCESIONARIA "BELGRANO CARGAS S.A." Y GESTIONADORA "SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.". CREACIÓN EL EL ÁMBITO DE LA HONORABLE CÁMARA

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución solicitando  la formación de una Comisión Especial Investigadora en el ámbito de la Honorable Cámara de las transferencias realizadas de los subsidios a la empresa concesionaria Belgrano Cargas S.A. y gestionadora Sociedad Operadora de Emergencia S.A.

Dicho trámite recayó en el Expte. 7681-D-2013 del 27 de Noviembre del corriente año, siendo los firmantes de dicho proyecto de Resolución los siguiente Diputados Nacionales: María Virginia Linares (GEN - Buenos Aires), Omar Arnaldo Duclos (GEN - Buenos Aires), Margarita Rosa Stolbizer (GEN - Buenos Aires) y Gerardo Fabián Milman (GEN - Buenos Aires).

Fundamentos

El presente Proyecto reconoce como antecedente un anterior Proyecto impulsado por el entonces Interbloque Proyecto Sur, cuya autoría corresponde al Diputado Fernando Solanas, y acompañado por representantes de la casi totalidad de los bloques legislativos, ingresado en fecha 16 de junio de 2010, bajo el expediente nº 4289-D-2010, girado a Comisiones, pero sin tratamiento, y cuya parte resolutiva correspondiente al BELGRANO CARGAS S.A procedemos a transcribir: "ARTÍCULO Nº 1: Crear en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora para el análisis, evaluación e investigación de los siguientes temas:...", "...III. Las concesiones de transporte ferroviario de cargas correspondientes a:...", "...f. BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (aprobado por Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999 y con proceso de terminación en curso de acuerdo al Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008)...", "...ARTÍCULO Nº 3: Respecto a las concesiones de transporte ferroviario de cargas, la Comisión deberá avocarse especialmente al análisis, evaluación e investigación de:

a.     el grado de avance del proceso de renegociación de los respectivos contratos conforme lo establecido en la ley Nº 25.561 y Decreto Nº Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003.

b.     Las irregularidades mencionadas en los informes elaborados por la Auditoría General de la Nación entre el período transcurrido desde la fecha de aprobación de cada uno de los contratos de concesión y el mes de marzo de 2010.

c.     Determinar el cumplimiento de los cánones que debían abonar por el uso económico de un activo público.

d.     Determinará "la ruta" de las transferencias realizadas de los subsidios a las empresas concesionarias, es decir, el destino efectivo y aplicación concreta verificable que se le otorgó a cada uno de los pagos realizados en carácter de subsidios y/o aportes estatales con recursos provenientes del Presupuesto Nacional; en especial, aquéllos cuyos conceptos correspondan al financiamiento y pago de las obras, trabajos indispensables y adquisición de bienes previstos en el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

e.     Indicará el estado actual de los bienes transferidos en concesión, y de sus correspondientes inventarios y lo comparará con el estado de los bienes e inventarios entregados a las empresas concesionarias al momento de toma de posesión de las concesiones...".

Como ya expresáramos, lamentablemente este Proyecto, como tantos otros referidos al tema ferroviario, no ha tenido tratamiento legislativo pero, ante la magnitud de normas que viene dictando últimamente tanto el Poder Ejecutivo como el Ministerio del Interior y Transporte , nos parece apropiado reducir la anterior propuesta y formular un nuevo Proyecto de Resolución que sea más específico, para la creación en el ámbito de esta H. Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial investigadora para el análisis, evaluación e investigación de los temas que se han detallado en el artículo Primero de la parte resolutiva del presente, es decir, el tema de los subsidios y el estado de los bienes transferidos.


Además cabe señalar que han sido innumerables los Proyectos de Resolución con pedido de informes presentados por diferentes Bloques de la oposición desde el año 2009 a la fecha, sobre determinados aspectos del proceso de terminación de la concesión fijado en el Decreto Nº 1771/2008, los que tampoco tuvieron tratamiento en la respectiva Comisión (por ejemplo Expediente nº 5389-D-2010 y Expediente 2069-D-2012).

Reiteramos, circunscribimos en esta oportunidad el objeto de la Comisión Investigadora a dos aspectos centrales: el tema de los subsidios otorgados y el estado actual de los bienes concedidos por el Estado Nacional a partir del año 2000.

Con relación al primer aspecto resultará fundamental el análisis del Informe de la Auditoría General de la Nación aprobado por Resolución nº 96/2011 de dicho Organismo, que abarca el período julio de 2006 a julio de 2009.

Asimismo la Comisión deberá investigar, con la participación de los organismos técnicos correspondientes, aquéllos actos que se desarrollaron desde agosto de 2009 hasta la fecha de terminación efectiva del contrato de operación y gestión de la empresa comercial SOE S.A., de acuerdo a la Resolución Nº 28 del 4 de febrero de 2013 del Ministerio del Interior y Transporte.

En cuanto al tema de los inventarios es útil recordar que, conforme el Artículo 15, apartado 15.2 del Contrato de Concesión, contratación aprobada por el Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999, y en el punto 6 del Acta de Toma de Posesión del 15 de noviembre de 1999, las partes procedieron a realizar el relevamiento y verificación de los activos afectados a la concesión, realizándose diversas Actas parciales de los distintos bienes entregados, como por ejemplo sobre el material rodante (locomotoras D.E.; locomotoras D.H.; vagones; grúas de auxilio), desconociéndose sin embargo si dicho inventario fue completado, convalidado y aceptado por las autoridades de control y supervisión.

Como dato llamativo mencionamos que, conforme información recogida en el ámbito gubernamental, al 25 de julio de 2000 se encontraban censadas y para transferir 169 locomotoras, las que se convirtieron en 79 (sólo 26 de ellas en servicio) al 31/12/2006 y 32 locomotoras (25 en servicio) al 31/12/2009, conforme los anuarios de la entidad empresarial FERROCAMARA, años 2007 y 2010, respectivamente.

Con respecto a los vagones el parque definitivo a recepcionar al 25 de julio de 2000 era de 5455 unidades, los que se convirtieron en 2412 en servicio sobre un total de 6003 informados, en el Anuario 2007 y sin datos para el año 2009.
Avanzando en el historial de esta concesión, cabe mencionar que por el artículo 1º del Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008, se dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión con la empresa BELGRANO CARGAS S.A. al que nos venimos refiriendo, instruyéndose al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que a través de la SECRETARIA de TRANSPORTE elaborara los instrumentos necesarios para llevar adelante el proceso referido, entre ellos la realización del inventario patrimonial de los bienes muebles e inmuebles concedidos.

Por otra parte, habiéndose incumplido totalmente los plazos establecidos, el MINISTERIO del INTERIOR y TRANSPORTE mediante la Resolución Nº 28 del 4 de febrero de 2013 da por finalizado el contrato de gerenciamiento e instruye también a la SECRETARIA de TRANSPORTE para evaluar el estado y el cumplimiento de las obligaciones tomadas a cargo por la empresa gestionadora de los servicios (SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.) sobre los bienes entregados para el gerenciamiento según contrato suscripto entre esta última y la concesionaria BELGRANO CARGAS S.A. con fecha 13 de junio de 2006, ocasión en la cual también se realizaron los inventarios correspondientes.
Es decir que hasta el 4 de febrero de 2013 se deberían haber realizado como mínimo tres (3) inventarios, con lo cual entendemos que en una situación de normalidad administrativa, tendrían que estar suficientemente inventariados, detallados y descriptos el estado de situación y demás circunstancias de los bienes muebles e inmuebles que fueron entregados por el ESTADO NACIONAL a la empresa concesionaria BELGRANO CARGAS S.A., como también las bajas y las incorporaciones motivadas por el desarrollo de la concesión en tratamiento.

Pero nuevamente aparecen las dudas ya que, a través del D.N.U. nº 566 de fecha 21 de mayo de 2013, el Poder Ejecutivo, arrogándose facultades propias del Poder Legislativo, dispone, entre otras cosas: 1) la constitución de una nueva sociedad a la que denomina "BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA", actuante en la órbita del MINISTERIO del INTERIOR y TRANSPORTE, 2) la desafectación de la concesión otorgada por el Decreto Nº 1037/1999 de los bienes destinados a la misma, 3) la "reversión" al ESTADO NACIONAL de dichos bienes -parecería más apropiado hablar de "restitución"- y 4) la asignación automática de su "administración" a la nueva empresa BELGRANO CARGAS y LOGISTICA S. A. (art. 13 del Decreto citado).

Para aclarar un poco el panorama el Decreto Nº 566/2013, por su artículo 11, instruye a la SECRETARIA DE TRANSPORTE, para que, con la intervención de la A.D.I.F. S.E.; la C.N.R.T. y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, "realice un inventario detallado de los bienes que componen la concesión aprobada por el Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999, estableciendo su estado de situación...", sin fijar plazo para tal cometido.


Nuestra inquietud nace de los incumplimientos anteriores sobre los plazos para realizar la tarea, por lo cual entendemos necesaria la aprobación del presente Proyecto de Resolución

5 de febrero de 2013

SE DIO POR CONCLUÍDA LA GESTIÓN Y OPERACIÓN DEL CONTRATO DE GERENCIAMIENTO DE S.O.E.S.A.


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Mediante Resolución Nro. 28/2013 del Ministerio del Interior y Transporte de fecha 04 de Febrero de 2013, publicada en el Boletín Oficial Nro. 32.576 de fecha 05/02/2013, se da por concluidas la gestión y operación del contrato de gerenciamiento celebrado oportunamente con la Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima (S.O.E.S.A.) de fecha 13 de Junio de 2006

Por lo tanto, a continuación transcribimos los artículos de resolución, que son los siguientes:


EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, RESUELVE:

Artículo 1° — Dase por concluidas la gestión y operación del contrato de gerenciamiento celebrado oportunamente con la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), de fecha 13 de junio de 2006.

Art. 2° — Instrúyese a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (A.D.I.F.S.E.) y a la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (S.O.F.S.E.) para que constituyan una Sociedad Anónima con sujeción al régimen establecido por la Ley Nº 19.550 y modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su Estatuto, que tendrá por objeto la explotación comercial, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura y de los equipos y de todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO, con exclusión del tramo urbano del Area Metropolitana de Buenos Aires.

Art. 3° — Hasta tanto quede regularmente constituida la sociedad mencionada en el artículo 2°, se designa al Sr. Marcelo Mariano BOSCH (D.N.I. 22.656.043) como interventor operativo de la concesión.

Art. 4° — Instrúyese a la sociedad que se crea por el artículo 2° de la presente, a que con la debida participación de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, realicen un inventario patrimonial de los bienes muebles e inmuebles recibidos de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.) y su estado, evalúen el grado de cumplimiento de las obligaciones a su cargo, concilien las cuentas, la totalidad de los pasivos y activos y toda otra cuestión vinculada al contrato.

Art. 5° — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE para que una vez establecidas las cuentas, el estado de los bienes recibidos por la nueva sociedad y evaluado el cumplimiento que debió llevar adelante la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), se establezcan, si así correspondiesen, los daños sobre los bienes entregados para el gerenciamiento según los términos del contrato oportunamente celebrado por las partes y se dé efectivo cumplimiento con lo previsto en el Decreto Nº 1771/08 con el objeto de dar por concluido el proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA aprobado por Decreto 1037/99.

Art. 6° — Dispóngase que la sociedad creada por el artículo 2° de la presente Resolución presente en el término de NOVENTA (90) días de su creación, el plan de acción a llevar adelante en los próximos TRES (3) años.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.

25 de octubre de 2012

SE DISPUSO LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA EMPRESA SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA. SE DESIGNA INTERVENTOR

ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Mediante Resolución Nro. 585/2012 del Ministerio del Interior y Transporte de fecha 22 de Octubre de 2012, se dispuso la intervención administrativa de la empresa Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima, designándose interventor al señor Carlos Domingo Zarlenga.

A continuación transcribimos Resolución Nro. 585, que dice lo siguiente:


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 585/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0018586/2012 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1.037 de fecha 20 de septiembre de 1999 se aprobó el Contrato de Concesión de explotación del sector de la red ferroviaria nacional integrado por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO con exclusión del tramo urbano del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES a favor de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que a través del Decreto Nº 446 de fecha 18 de abril de 2006 se declaró en estado de emergencia la prestación del servicio ferroviario de transporte de cargas y pasajeros a cargo de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, facultándose a la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para realizar las contrataciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios involucrados.

Que con fecha 13 de junio de 2006 se celebró un Contrato entre el ESTADO NACIONAL, la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA y la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.) para la operación de los servicios incluidos en la concesión aprobada en los términos del Decreto Nº 1.037/1999.

Que resulta dable mencionarse que la Ley Nº 26.352 de Reordenamiento Ferroviario constituye una manifestación más de la política propuesta por el ESTADO NACIONAL para recuperar y desarrollar la infraestructura ferroviaria y garantizar el acceso a los servicios de transporte.

Que mediante Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008 se dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA aprobado por Decreto Nº 1.037/1999, a cuyos efectos la SECRETARIA DE TRANSPORTE, actualmente en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se encuentra facultada para elaborar los instrumentos necesarios para llevar adelante el proceso referido, evaluando el nivel de cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, conciliando las cuentas, la totalidad de los pasivos y activos, el inventario patrimonial de bienes muebles e inmuebles y toda cuestión vinculada con la terminación del contrato.

Que por el Artículo 6° del decreto citado precedentemente se prorrogaron los servicios de gerenciamiento provistos por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), de conformidad a las pautas establecidas en el Contrato de fecha 13 de junio de 2006, debiendo la SECRETARIA DE TRANSPORTE verificar su cumplimiento, el estado de cuentas y la determinación de saldos que pudieren corresponder.

Que hasta tanto se pueda dar cumplimiento a la manda establecida en el Decreto Nº 1.771/2008, resulta necesario contar con una herramienta que permita articular lo dispuesto en el Artículo 2° de dicho decreto ante la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA, garantizando así la prestación del servicio ferroviario.

Que se suma a lo expuesto en el considerando precedente, las diferentes cuestiones expuestas por la precitada Sociedad en el expediente citado en el VISTO.

Que por ello se considera conveniente disponer la Intervención Administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), la que coadyuvará al control de los recursos de la concesión y/o los asignados por el ESTADO NACIONAL para la explotación de los servicios ferroviarios involucrados, como así también a dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.771/2008 y/o a cualquier otra decisión que al respecto tome el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que conforme señala la doctrina, la intervención administrativa puede ser sustitutiva o preventiva, verificándose esta última cuando se traduce en la designación de un veedor para el control correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.352 y el Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1° — Dispóngase la Intervención Administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), en virtud del Contrato celebrado con fecha 13 de junio de 2006, por el término de NOVENTA (90) días, a los fines del control de los recursos de la concesión y/o los asignados por el ESTADO NACIONAL para la explotación del sector de la red ferroviaria nacional integrado por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO con exclusión del tramo urbano del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES y de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.771 de fecha 29 de octubre de 2008 y/o a cualquier otra decisión que al respecto tome el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Art. 2° — Desígnase como Interventor Administrativo de la gestión de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), al Licenciado Carlos Domingo ZARLENGA D.N.I. 4.398.984.

Art. 3° — La Intervención podrá requerir la asistencia técnica de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, quienes estarán obligados a asistirla y actuarán en forma unívoca y articulada bajo las directivas que imparta la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Art. 4° — La Intervención administrativa deberá verificar en forma continua y permanente la gestión de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), comprobando las funciones administrativas que a diario realice la sociedad en el cumplimento de sus funciones.

A tales efectos deberá remitir a este Ministerio, dentro de los TREINTA (30) días desde la entrada en vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado de situación en que se encuentra la gestión, debiendo mensualmente realizar una actualización del mismo.

Art. 5° — Facúltase a la Intervención Administrativa para disponer la realización de las inspecciones, verificaciones y auditorías necesarias para determinar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.), dotándola de las más amplias facultades para asegurar el cumplimiento del objeto de la presente resolución.

Art. 6° — Notifíquese a la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA y a la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.).

Art. 7° — Comuníquese la presente medida a la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO.

Art. 8° — La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.

4 de octubre de 2012

SOFSE: INFORMA SOBRE OBRAS EN LA ESTACIÓN RESISTENCIA (PROVINCIA DE CHACO)


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

La Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado informa que mediante un Acta Acuerdo entre la SOFSE y la Sociedad Operativa de Emergencia (SOE) del 25 de noviembre del 2011, en la cual se firmó el Convenio de Préstamo de Uso del primer piso del edificio de la Estación de Resistencia, se llevó a cabo un relevamiento del lugar donde se iniciaron los trabajos básicos de adecuación y se planificó un proyecto inicial para definir los espacios.


Los trabajos que se realizaron, consistieron en la reparación de cubiertas de estación, construcción de cocina y sanitarios de mujeres, remodelación de sanitarios de hombres, construcción de instalaciones eléctricas (luminarias, aire acondicionado, tomas e informática), construcción de cielo rasos, reparación y adquisición de persianas, reemplazos de vidrios, levantamiento de pisos dañados y construcción de los mismos, reparación y conservación de escalera de madera de ingreso, construcción de instalación de informática y comunicación, pintura interior y exterior del edificio, reparación de sistema de iluminación de andenes y playa de maniobras, destape de vías -cuarta a novena- y desmalezado de playa y reparación en planta baja de boletería.

12 de agosto de 2012

EL FERROVIARIO QUE NO SE SUBÍA A LOS TRENES


GREMIALES

Se duerme. El primer día de la audiencia el intrincado lenguaje judicial lo llevó al sopor; primero dio varios cabezazos hasta que finalmente se quedó dormido. Me faltó agregar un detalle: están por condenarlo por sus vínculos con un asesinato . Pero se duerme igual. Cuando se despertó se restregó los ojos y miró a cada uno de los asistentes al juicio como si los viera por primera vez, después se despidió de sus familiares poniendo los dedos en “V”. El segundo día, mientras se exhibían videos de la Policía Federal volvió a dormirse. El filme era en blanco y negro y sin sonido, la sala estaba a oscuras y en silencio, y Pedraza entró otra vez en el territorio del sueño. Diego Rojas, quizás el periodista que mejor conoce el caso –autor de “¿Quién mató a Mariano Ferreyra?”– tampoco se explica por qué se duerme: “No sé si toma calmantes –le dijo a Clarín–, pero son sesiones de diez horas y él es un señor grande. Y pasó de vivir en un departamento de un millón de dólares en Puerto Madero a la cárcel , que aunque es una celda de lujo en Ezeiza está muy lejos de su estilo de vida. Cuando lo entrevisté las manos le temblaban”.



“Vivo de lo que gana mi esposa”, declaró alguna vez Pedraza: su segunda mujer, Graciela Isabel Coria, es contadora y fue presidente del Belgrano Cargas . Actualmente maneja SOESA (Sociedad Operadora de Emergencia SA), que depende del ferrocarril. La pareja tiene un departamento en Azucena Villaflor al 700, Torre El Faro, valuado en poco más de un millón de dólares. Antes vivían en su casa de Villa Sarmiento, Haedo , valuada en unos 700.000 dólares.

Pero el costado inmobiliario de esta historia es el más pequeño: en esta historia hay muertos, negocios poco claros y horas de conversaciones telefónicas, a veces triviales y otras clave, que fueron marcando el avance de una causa que nadie sabe cómo terminará pero que, como se ve, a Pedraza no le quita el sueño .

“¿Qué pasó ahora?”, le preguntó su hija a Pedraza, según reveló Omar Lavieri en este diario en marzo de 2011. “Que mañana me tengo que ir a Mar del Plata en tren (…) Después de 25 años de no subir a un tren ”. “¿Qué, les tenés fobia o algo así?”. “No”, le dijo a su hija el representante de la Unión Ferroviaria sobre los trenes. No les tiene fobia. Sólo que hacía 25 años que no los frecuentaba.

Pero no viajó . Horas más tarde lo detuvieron acusado de instigar el crimen de Ferreyra.

Pedraza fue cafierista en la interna de octubre del 89, como Kirchner . Al igual que Néstor, se alineó después con Menem. El ferroviario llego al menemismo de la mano de Oscar Valdovinos, un abogado laboralista compañero de militancia del PC, amigo del Che Guevara y representante legal de la Unión Ferroviaria.

“Pedraza es un traidor de clase de aquellos –le dice a este diario Norberto Rosendo, presidente de la Comisión Nacional Salvemos al Tren–. Pasó del Partido Comunista a la más extrema derecha y jodió a todo el mundo. En la época menemista, cuando se hizo cargo del Belgrano, el ferrocarril tenía 10.000 vagones, ahora no llegan a mil . Vació, vendió y robó todo. Y lo que no robaron lo destruyeron”.

En 1990 fue nombrado por Menem en una gerencia de la entonces estatal Ferrocarriles Argentinos; cuando el servicio se privatizó, Pedraza colocó a varios de sus allegados en directorios de las empresas privadas de trenes . Fue luego Pedraza quien firmó con el Banco Mundial un acta-acuerdo para financiar los retiros voluntarios: de los 114.000 ferroviarios quedaron 14.000 y una red devastada.

Recuerda un miembro de la Comisión Bicameral que privatizó el Belgrano Cargas que Pedraza llegó con una propuesta: dijo que tenía relaciones con la empresa ferroviaria norteamericana Burlington Northern , que podría actuar como operadora, y pidió que le dieran la adjudicación por contratación directa, sin licitación, a su sindicato, dándole también participación a La Fraternidad, el gremio de los maquinistas.

“El proyecto debe ser rentable para funcionar -dijo entonces Pedraza ante los legisladores-. Si hay que clausurar ramales se los debe clausurar, si hay que despedir a la mitad, hay que hacerlo también . Los talleres tienen que ser competitivos porque si no les van a comprar a otros”.

“¿Tiene buen diálogo con el ministro Cavallo?”, le preguntaron. “ Excelente . Sin su colaboración no hubiéramos logrado muchas de las cosas que logramos”.

En 1993 Menem le entregó a su gremio la concesión del Belgrano Cargas: el 99% de las acciones.

En 2001 fue parte de la CGT de Daer, y en 2002 estuvo presente en la asunción del gabinete de Duhalde, quien sancionó la ley de emergencia ferroviaria, congeló las tarifas y pasó al Estado la responsabilidad por las inversiones privadas incumplidas . Fue Pedraza –en realidad, aún lo es– un hombre K: el todavía secretario de Cultura de la CGT mantuvo una estrecha relación con Jaime y con De Vido , y en 2006 participó de las reuniones en la Casa Rosada para reprivatizar el Belgrano Cargas sentado junto a Kirchner, Franco Macri, Aldo Roggio y Gabriel Benjamín Romero. Ese mismo año, la Justicia le dictó un embargo por 50 millones de pesos: había obligado, sin consulta previa alguna, a pagar a los obreros ferroviarios un descuento compulsivo de diez pesos de cada salario para otorgarles “servicios funerarios”.

Treinta y cuatro millones de aquella suma nunca aparecieron .

“¡Mi querido! –lo saludó el ministro de Trabajo Tomada en una conversación que consta en el expediente judicial y que fue publicada por Rojas en plazademayo.com– ¡La mejor defensa es un buen ataque!

” Hay quienes dicen que la relación entre Tomada y Pedraza es política y también societaria: diversas fuentes juran que ambos son parte de una sociedad ligada a las cooperativas que operan con tercerizados en el Roca y el Belgrano Cargas.

Noemí Rial, segunda de Tomada en el ministerio, fue abogada de Pedraza hasta que llegó a la función pública . También lo era el propio Tomada, aunque su relación continúa a través de Carlos Luis Robinson Marín, su socio en el estudio jurídico.

-“¿Hola, Norma, cómo estás?”, pregunta Pedraza en otra conversación.

-“Bien, todo bien, pero estoy leyendo que la Gendarmería estuvo ahí.

¿Están llevándose cosas?

”. Pedraza lo confirma.

-“¿Levantaron un acta, no? De todo lo que se llevaron..” -“Sí, sí. Allanaron mi casa, están allanando la de Fernández...” -“ A la miércoles (…) llamame a casa cualquier cosa que necesites, José”.

En esta historia también hay un ex juez –Aráoz de Lamadrid– y una coima a la Cámara de Casación que no llegó a destino, y hay alguien que disparó después de sacarse fotos con Boudou y Sandra Russo en una peña partidaria. Y por sobre todas las cosas hay un muerto que tenía 23 años .

“En agosto del año pasado tuve un sueño”, dice El Be, un amigo y compañero de militancia de Mariano Ferreyra. “Soñé que Mariano se moría de una forma extraña , y al lado mío. Al otro día se lo conté. No le conté, por vergüenza quizás, que yo lo abrazaba y lloraba. Fue un sueño que no tenía ningún sentido. Che, boludo, el otro día soñé que te morías, le dije. Y nos reímos.

Cuando a Mariano lo mataron pasé días y días esperando despertar ”.Clarín

20 de julio de 2012

LLAMADO A CONCURSO DE PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL SOBRE ADQUISICIÓN REPUESTOS PARA SISTEMA CONTROL DE FIN DE TREN


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA:

SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL N° SOE031/2012
OBJETO: Adquisición de repuestos para Sistema Control de Fin de Tren.
Marco: Contratación sujeta al Régimen de Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley N° 25.551 y por el Decreto N° 1600/2002
Monto estimado: $ 699.400,00
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar

17 de junio de 2012

LLAMADOS A CONCURSO DE PRECIOS PARA ADQUISICIÓN DE DISTINTOS ELEMENTOS FERROVIARIOS Y DE SUBTES


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL Nº SOE017/2012
OBJETO: Adquisición de Enganches Automáticos-Cola 6 1/4x 8’’.
Marco: Contratación sujeta al Régimen de Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto Nº 1600/2002.
Monto estimado: $ 425.000,00
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 14/06/2012 Nº 65586/12 v. 15/06/2012

SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL Nº SOE014/2012
OBJETO: Adquisición de repuestos p/Locomotora General Motors Mot G22/Mot GT22.
Marco: Contratación sujeta al Régimen de Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto Nº 1600/2002.
Monto estimado: $ 130.000,00
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 14/06/2012 Nº 65596/12 v. 15/06/2012

SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL Nº SOE019/2012
OBJETO: Adquisición de Ejes Normalizados para Vagones.
Marco: Contratación sujeta al Régimen de Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto Nº 1600/2002
Monto Estimado: $ 418.000,00
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 14/06/2012 Nº 65582/12 v. 15/06/2012

SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.
CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS NACIONAL E INTERNACIONAL Nº SOE018/2012
OBJETO: Adquisición de Ruedas Enterizas semiterminadas para Vagones.
Marco: Contratación sujeta al Régimen de Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto Nº 1600/2002.
Monto estimado: $ 4.130.000,00
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 14/06/2012 Nº 65591/12 v. 15/06/2012

METROVIAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS NACIONAL Nº CTA 0059/2012
OBJETO: Provisión de repuestos para Coches Alstom.
Contratación sujeta al Régimen Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto 1600/2002.
Monto Estimado: $ 794.600.
Valor del pliego: $ 600.
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 15/06/2012 Nº 65926/12 v. 18/06/2012

METROVIAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS NACIONAL Nº CTA 0058/2012
OBJETO: Provisión de repuestos para Coches Ferroviarios.
Contratación sujeta al Régimen Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto 1600/2002.
Monto Estimado: $ 167.800.
Valor del pliego: $ 200.
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 15/06/2012 Nº 65939/12 v. 18/06/2012

METROVIAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS NACIONAL Nº CTA 0063/2012
OBJETO: Provisión de circuitos integrados e IGBT para Coches Alstom.
Contratación sujeta al Régimen Compre Trabajo Argentino instituido por la Ley Nº 25.551 y por el Decreto 1600/2002.
Monto estimado: $ 138.600.
Valor del pliego: $ 100.
Consultar en: www.argentinacompra.gov.ar
e. 15/06/2012 Nº 65929/12 v. 18/06/2012

1 de agosto de 2011

SALTA: SE ESPERABA QUE SEA HOY. SIN FECHA PARA EL TREN DE PASAJEROS DESDE GÜEMES A SALTA


Una fuente de la Operadora Ferroviaria del Estado informó que el tren a Güemes sigue corriendo en los horarios programados pero sin pasajeros, porque falta la autorización de la Secretaría de Transportes de la Nación para poder subir gente a bordo.

Estación SALTA

“Lo único que falta es ese permiso. Durante la semana esperamos tener novedades de Buenos Aires”, dijo la fuente, que pidió reserva de su nombre (Fuente. El Tribuno.com.ar)

19 de junio de 2011

ACUSAN A MOYANO DE IMPEDIR LA REACTIVACIÓN DEL BELGRANO CARGAS


López Arias dijo que el líder de la CGT frena la competencia del tren con los camiones. El parlamentario salteño pidió una política ferroviaria del Estado que permita la salida directa a los puertos de Chile y bajar costos a regiones como el NOA.

Una de las asignaturas pendientes en las últimas décadas en nuestro país sin dudas es la reactivación del Ferrocarril Belgrano, un clamor que resuena especialmente desde los sectores productivos de regiones alejadas de los puertos argentinos, como es el NOA. El adecuado funcionamiento de esta alternativa de transporte permitiría que las producciones de la región accedan a los mercados del Pacífico, a través del puerto de Mejillones, en Chile.


"El transporte es un tema central para provincias alejadas como las nuestras, porque el costo del flete es lo que nos permite entrar o nos saca del mercado. Y el Ferrocarril Belgrano, que debería ser un instrumento central para el desarrollo de la región, no está cumpliendo el rol que debería cumplir", sentenció el diputado nacional por Salta Marcelo López Arias (PJ). Pero, al mismo tiempo, detalló que el Belgrano es administrado por una Sociedad Operadora de Emergencia, "manejada en un 51% por Franco Macri y un grupo chino; Benito Roggio (29%), y el 20% restante es manejado por tres gremios, que son la Unión Ferroviaria, La Fraternidad y curiosamente un sindicato de la competencia, como es Camioneros". "Hugo Moyano (líder de la CGT y del Sindicato de Camioneros) nos dijo que él quiere estar allí para garantizar que no haya competencia desleal para los camiones si baja el costo del flete del ferrocarril", reveló y denunció el diputado nacional salteño.

El parlamentario dictó ayer una conferencia precisamente sobre la importancia del transporte ferroviario en la sede de la Federación Económica de Tucumán (FET), invitado por el Foro para el Desarrollo de Tucumán. López Arias visitó ayer LA GACETA, acompañado por el ex vicegobernador Julio Díaz Lozano.

López Arias, investigador en temas de transporte y ex presidente de la Sociedad Operadora Ferroviaria, que pertenece al Estado nacional, reclamó una política a favor del Ferrocarril Belgrano, aunque admitió que hay cosas "que se están haciendo bien".

"Por suerte, se licitó el ramal cerealero central (C2 y C3), y algunas obras se están ejecutando y otras que están en proceso de licitación. Hay que reconocer que se está mejorando y sobre todo porque se ha vuelto a la licitación, que había desaparecido totalmente del sistema ferroviario", destacó el diputado.

Sin embargo, se mostró partidario de fijar algunas prioridades centrales. "Por ejemplo, el tema del ramal C14 a Chile es clave. En momentos en que el centro de atención está en el océano Pacífico, no dar la importancia que esto tiene es desconocer la realidad del mundo actual. El ramal conecta a un puerto como el de Mejillones, que el gobierno chileno del ex presidente Ricardo Lagos declaró estratégico", apuntó.

"Es impresionante la capacidad ociosa instalada en los puertos chilenos, que son de aguas profundas. Eso demuestra que nos está faltando una visión estratégica para darnos cuenta de que para el desarrollo de toda la región es imprescindible apuntar hacia esos puertos del Pacífico", insistió el parlamentario.(Fuente: La Gaceta)

15 de junio de 2011

REGRESA EL TREN DE PASAJEROS A REALICÓ

El próximo viernes 17 de junio un viejo tren de FerroExpreso Pampeano compuesto por dos vagones clase turistas y uno de primera, hará el trayecto entre Lincoln y Realicó, a una velocidad promedio de 45 km por hora, según el anuncio del Secretario de Transporte Juan Pablo Schiavi. En principio tendrá una frecuencia semanal con llegada los viernes y salida hacia Lincoln los domingos, donde se hará trasbordo hacia un tren de Ferrobaires que termina en la Terminal de Once en Buenos Aires.

Foto: fm prisma - Realicó-


El arribo del tren será producto de las gestiones realizadas por el Consorcio Ferroviario conformado por intendentes del norte pampeano y de provincia de Buenos Aires, San Luis y Mendoza, quienes insistieron fuertemente sobre la segunda promesa presidencial del año 2009 sobre una vía ferroviaria que uniera el norte provincial con Buenos Aires a través de una máquina adquirida a España que no es precisamente la que se pondrá en funcionamiento (la primera se había realizado en diciembre de 2003 y aseguraba que para marzo de 2004 el tren estaría en La Pampa).

Mañana viajarán los intendentes de Coronel Hilario Lagos, Realicó, Adolfo Van Praet, Sarah y Bernardo Larroudé a Buenos Aires para interiorizarse sobre los detalles de la novedad.

Se sabe ya que la administración y operación del ramal estará a cargo de la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y los municipios se harán cargo de la boletería, las señalizaciones y los pasos a nivel urbanos y mantenimiento de las estaciones de trenes.(Fuente. InfoPico)

13 de mayo de 2011

SALTA: EMBARCACIÓN CUMPLE 100 AÑOS Y PIDE REACTIVAR EL TREN

En Octubre Embarcación cumple 100 años y para festejarlo solicita que se active el coche motor en el tramo "Embarcación - Manuel Elordi"

En el mes de octubre, la ciudad de Embarcación festejará sus 100 años de Fundación y el Municipio local organizará distintas actividades culturales, deportivas y recreativas.

Coche Motor Ganz Mavag de la ex Empresa Atahualpa

Esta ciudad que nació con la llegada del Ferrocarril, lo que generó el crecimiento y el desarrollo de toda la zona, es por ello que el intendente Alfredo Llaya entre las actividades previstas, solicitó al interventor de la Sociedad Operadora de Emergencia del Belgrano Cargas y a la Secretaria de Transporte de la Nación la disponibilidad para poder implementar el uso del Coche Motor en el tramo “Embarcación- Manuel Elordi”, durante los meses de mayo, agosto y Octubre, como corolario de los festejos del Centenario de Embarcación.

Se tiene previsto que el Coche motor transporte gratuitamente a los alumnos de los diferentes establecimientos educativos de la ciudad y la jurisdicción en el tramo mencionado, experimentando su primer viaje en tren, de esta manera las nuevas generaciones conocerán el funcionamiento y la importancia socioeconómica que tiene este importante servicio para el desarrollo de la zona, como así también brindar a nuestros jubilados que en su mayoría son retirados del ferrocarril rememorar esta vivencia personal.

“La idea es que el coche motor realice dos frecuencias diarias y también los días sábados por la mañana, así no quede nadie sin poder revivir esta experiencia única ya que es orgullo de la comunidad ver nuevamente transitar a un tren por las vías lo que colmaría un gran anhelo para todos los vecinos, solo esperamos que los organismos competentes aprueben el pedido, porque el tren además de ser una necesidad es un sentimiento” (Fuente y foto: ElIntransigente.com)

4 de mayo de 2011

ADIFSE FIRMÓ UN CONVENIO CON SOESA PARA LA REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL “TREN ALMA”


Gacetilla de prensa de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE)

El reacondicionamiento del Tren-Hospital pediatra permitirá la continuidad de las acciones médico asistenciales en el norte argentino

La Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF SE), rubricó hoy un acuerdo con la Sociedad Operadora de Emergencia del Belgrano Cargas (SOE), para realizar tareas de reparación del “Tren ALMA”.


El presidente de este organismo del Estado, José Villafañe, y el titular del SOE, Eduardo Lamaison, firmaron un convenio para realizar tareas de restauración, mantenimiento y reposición de material rodante para el reacondicionamiento del Tren-Hospital pediatra ALMA. Esto le permitirá la continuidad a las acciones médico asistenciales que viene realizando en los últimos 31 años. Para el funcionamiento de esta formación, ADIF SE cede el material rodante necesario, y SOE realizará las adecuaciones para su puesta en producción de los coches ferroviarios afectados.

La Fundación ALMA es una entidad de bien público que ofrece a través del Tren Hospital ALMA asistencia médica en pediatría; odontología; rayos y laboratorio en zonas de difícil acceso a controles sanitarios, como por ejemplo en: Chaco; Santiago del Estero; Tucumán; Salta, entre otras provincias. Este tren cuenta con tres coches: el primero es el hospital; el segundo es para el alojamiento del personal, sala de estar, comedor y ante cocina. Y el tercer coche contiene la cocina comedor, y es la ubicación para el personal de mantenimiento.

5 de abril de 2011

CHACO: MAÑANA SE REACTIVA EL CENTRO DE ACOPIO Y EMBARQUE EN BARRANQUERAS


Tras 25 años de permanecer paralizado, mañana a las 8 se habilita el complejo acopiador que buscará funcionar al máximo para fin de año. Las instalaciones de la ex Junta Nacional de Granos, cercana al Puerto de Barranqueras, serán operadas por la Compañía Logística del Norte S.A., una sociedad creada por el Gobierno provincial para facilitar la comercialización y optimizar los circuitos de producción.

El gobernador Jorge Capitanich habilitará este miércoles 6 la operatoria de la Compañía Logística del Norte S.A., una sociedad estatal que tomará posesión de la ex Junta Nacional de Granos, ahora denominada Centro de Acopio y Embarque Barranqueras. La primera actividad consistirá en una prueba de desempeño de todas las reparaciones realizadas en las instalaciones que permanecieron abandonadas durante 25 años.


A las 8 el titular del Ejecutivo chaqueño, autoridades del Gobierno, junto a los de la Fiduciaria del Norte y de la Compañía Logística, podrán cotejar el movimiento de 1.500 toneladas de soja, de las cuales 1.200 lo harán mediante una formación ferroviaria del Belgrano Cargas, que unirá el puerto de Barranqueras con el sector de descarga de los silos; y otras 300 toneladas a través de camiones. Será la primera vez en 25 años que un tren descargue granos en la planta de la ex Junta Nacional.

La Compañía Logística del Norte S.A. fue creada por el Gobierno chaqueño para desarrollar el potencial productivo de la provincia y generar un escenario propicio para la instalación de empresas industriales con potencial agro-exportador, logrando así un mayor valor agregado a la producción primaria local.

Por su parte, Patricio Fiorito, presidente de la Fiduciaria del Norte, estructura que contiene a la Compañía Logística del Norte, explicó que “la saturación de la producción chaqueña y nacional le brinda a la provincia una oportunidad histórica para desarrollar el Puerto de Barranqueras y lanzarlo como nunca logró operar”.

COLONO S.A.

La Compañía Logística del Norte (CO.LO.NO.) es una sociedad comercial creada por el gobierno provincial, que cuenta con participación de empresarios, cooperativas locales e inversores del mercado de capitales. Será, en principio, una prestadora de servicios y facilitadora de fletes a través de convenios con la Sociedad Operadora del Emergencia (SOE S.A.) a cargo del ferrocarril Belgrano Cargas.

Luego de la puesta en marcha del complejo acopiador en Barranqueras, el próximo paso de la Compañía Logística del Norte será la incorporación de dos formaciones ferroviarias (dos locomotoras y 90 vagones) que, permitirá transportar en el ramal Avía Terai- Barranqueras un volumen de entre 27.000 y 36.000 toneladas mensuales a los silos de la ex Junta Nacional de Granos.

Para completar el circuito, comprará una flota de barcazas que permitirá transportar a los puestos de exportación las 1.800.000 toneladas por año operadas en la planta acopiadora. (Fuente: Diario Norte)