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29 de diciembre de 2022

Se otorga a la UOM permiso de uso precario y gratuito inmueble ubicado estación Santa Fe Talleres Línea Belgrano

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 316/2022 de fecha 16 de Diciembre de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vice de la AABE resuelven lo siguiente:

Artículo 1°.- Otórgase a la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA un Permiso de Uso Precario y Gratuito respecto de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Estación SANTA FÉ TALLERES - Línea: BELGRANO - Ramal: F, de la Localidad de SANTA FÉ, Departamento CAPITAL, Provincia de SANTA FÉ, identificado catastralmente como Departamento: 10 - Distrito: 11 - Sección: 2 - Manzana: 173 - Parcela: 4 (parte), vinculado al CIE 8200004672/39 y que cuenta con una superficie aproximada de UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.496,87 m2), conforme surge de la delimitación identificada como PLANO-2022-39321191-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlo al funcionamiento de un Centro de Capacitación y Formación Profesional.


Artículo 2º.- Apruébase el denominado PERMISO DE USO - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, identificado como Informe IF-2022-134387519-APN-DAC#AABE, que como ANEXO II integra la presente medida.

Artículo 3º.- La delimitación definitiva del sector del inmueble otorgado deberá ser realizada por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4°.- Notifíquese a la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Artículo5º.- Regístrese la medida en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, una vez suscripto el permiso que se aprueba por el Artículo 2º.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

30 de noviembre de 2022

Se otorga a la Municipalidad de El Tío un permiso de uso precario y gratuito de inmueble dentro del cuatro de estación El Tío (Córdoba) del Ramal CC de la Línea Belgrano

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 285/2022 de fecha 11 de Noviembre de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vicepresidente de la AABE resuelven lo siguiente

Artículo 1º.- Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE EL TÍO un Permiso de Uso Precario y Gratuito sobre un inmueble de propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE – ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E, comprendido en el CUADRO DE ESTACIÓN EL TÍO - Línea: BELGRANO - Ramal: CC.(CBA), de la Localidad de EL TÍO, Departamento de SAN JUSTO, Provincia de CÓRDOBA, encontrándose un sector sin catastrar y otro identificado catastralmente como Departamento: 30 - Pedanía: 3 - Localidad: 25 - Circunscripción: 1 - Sección: 2 - Manzana: 4 - Parcela: 2, vinculados al CIE 1400009550/19, con una superficie aproximada de TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (36.550 m2), según se detalla en el PLANO-2022-82673794-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Artículo 2º.- Apruébase el denominado PERMISO DE USO - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE EL TÍO, identificado como IF-2022-120984284-APN-DAC#AABE, que como ANEXO II integra la presente medida.

Artículo 3°.- La delimitación definitiva del inmueble otorgado deberá ser realizada por la MUNICIPALIDAD DE EL TÍO y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4°.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE EL TÍO, al MINISTERIO DE TRANSPORTE y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E.

Artículo 5º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, una vez suscripto el permiso que se aprueba por el artículo 2º.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.  Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

3 de noviembre de 2022

Se otorga a la Municipalidad de Makallé (Chaco) permiso precario y gratuito de inmueble ubicado dentro del cuadro de la estación

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 262/2022 de fecha 28 de Octubre de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vicepresidente de la AABE resuelven lo siguiente:

Artículo 1º.- Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE MAKALLÉ de la Provincia del CHACO, un permiso de uso precario y gratuito respecto del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado dentro del Cuadro de Estación MAKALLÉ – Línea: BELGRANO – Ramal: C.3, de la Localidad de MAKALLÉ, Departamento de GENERAL DONOVAN, Provincia del CHACO, correspondiéndole el CIE 2200005514/9, sin identificación catastral, sobre una superficie total aproximada de VEINTISÉIS MIL SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (26.061,61 m2), según se detalla en el PLANO-2022-113879648-APN-DSCYD#AABE, a los fines de destinarlo a la realización de nuevas instituciones y el desarrollo de actividades deportivas y recreativas.

Estación Makallé (Provincia de Chaco) de la Línea Belgrano

Artículo 2º.- Apruébase el denominado PERMISO DE USO – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE MAKALLÉ, identificado como IF-2022-115059169-APN-DAC#AABE, que integra la presente medida.

Artículo 3º.- La delimitación definitiva de los sectores del inmueble deberá ser realizada por la MUNICIPALIDAD DE MAKALLÉ de la Provincia del CHACO y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO una vez suscripto el Permiso Precario de Uso, aprobado en el Artículo 2º de la presente medida.

Artículo 5°.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE MAKALLÉ de la Provincia del CHACO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y al MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

Se otorga a la Municipalidad de los Frentones (Chaco) permiso precario y gratuito de inmueble ubicado dentro del cuatro de la estación

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 261/2022 de fecha 28 de Octubre de 2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vicepresidente de la AABE resuelven lo siguiente:

Artículo 1º.- Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE LOS FRENTONES de la Provincia del CHACO un Permiso de Uso Precario y Gratuito sobre parte del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado dentro del Cuadro de Estación LOS FRENTONES – Línea: BELGRANO – Ramal: C.12, de la Localidad de LOS FRENTONES, Departamento de ALMIRANTE BROWN, Provincia del CHACO, correspondiéndole el CIE 2200004763/18 y que cuenta con un sector sin catastrar, sobre una superficie total aproximada de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (28.972,67 m2), según se detalla en el PLANO-2022-31333159-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I integra la presente medida, a los fines de destinarlo a la realización de un Espacio recreativo, cultural y deportivo.



Artículo 2º.- Apruébase el denominado PERMISO DE USO – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE LOS FRENTONES, PROVINCIA DE CHACO, identificado como IF-2022-114164893-APN-DAC#AABE, que como ANEXO II integra la presente medida.

Artículo 3º.- La delimitación definitiva de los sectores del inmueble deberá ser realizada por la MUNICIPALIDAD LOS FRENTONES de la Provincia del CHACO y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO una vez suscripto el Permiso Precario de Uso, aprobado en el Artículo 2º de la presente medida.

Artículo 5°. - Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE LOS FRENTONES de la Provincia del CHACO, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y al MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

28 de abril de 2022

La AABE otorga permiso precario y gratuito al Club Personal de Dirección del Ferrocarril General Roca de inmueble en cuadro de la estación Remedios de Escalada

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 214/2021 de fecha 14 de Diciembre de 2021 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en el Artículo 1° de dicha resolución expresa que se otorga al Club Personal de Dirección del Ferrocarril General Roca un permiso de uso precario y gratuito respecto de un sector del inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en la calle Barragán S/Nº, comprendido dentro del Cuadro de Estación Remedios de Escalada, de la Línea Roca, Ramal: R.1.A, sito en la Localidad del mismo nombre, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, vinculado al CIE 0600073478/386, identificado catastralmente como Partido: 25 - Circunscripción: II - Sección: N - Fracción: III - Parcela: 1a (parte), que cuenta con una superficie aproximada de 2.558,03 m2, según se detalla en el Plano-2021-39557336-APN-DSCYD#AABE, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de regularizar las condiciones de uso de dicho sector por parte de la referida entidad, el cual es utilizado como espacio de circulación peatonal que permite el ingreso desde la vía pública al predio, comprendido dentro del mismo cuadro de estación, donde los asociados del Club desarrollan actividades deportivas, culturales y sociales.

En el Artículo 2º se aprueba el denominado Permiso de Uso - Agencia de Administración de Bienes del Estado - Club Personal de Dirección del Ferrocarril General Roca, identificado como IF-2021-90751807-APN-DAC#AABE, que como Anexo II integra la presente medida.

El Artículo 3° dice que "la delimitación definitiva del sector del inmueble otorgado deberá ser realizada por el Club Personal de Dirección del Ferrocarril General Roca y presentada ante esta Agencia de Administración de Bienes del Estado, en un plazo de 60 días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.

Artículo 4°.- Se notifica al Club Personal de Dirección del Ferrocarril General Roca y a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado.

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Juan Agustín Debandi - Martín Cosentino

15 de abril de 2022

Santa Fe: Expropiación de los talleres ferroviarios Pérez

Actualidad

De aprobar la iniciativa la Legislatura, la Municipalidad de Pérez determinará el destino de los bienes expropiados de Rioro.

Nuevamente vuelve a la agenda de la Legislatura provincial la expropiación del inmueble donde funcionaron los talleres ferroviarios Rioro en la ciudad de Perez. En ese sentido, el diputado provincial Carlos del Frade del bloque del Frente Social y Popular (FSyP), presentó una iniciativa que reza en su resolución: "Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Pérez, propiedad de TALLERES RIORO S.A".

Uno de los portones se acceso a los ex Talleres Ferroviarios RIORO S.A. del Grupo EMEPA S.A. ubicados en la localidad de Pérez (Provincia de Santa Fe)

El proyecto agrega que se declaren de utilidad pública y sujeto a expropiación las instalaciones, galpones, maquinarias, herramientas, rodados, muebles y útiles y todos aquellos elementos o cosas destinados a la actividad productiva que se encuentren en el mencionado predio. De llevarse a cabo la expropiación se deja en manos de la Municipalidad de Pérez que determine oportunamente el destino de los bienes expropiados, que en ningún caso podrá desvirtuar la vinculación con la actividad ferroviaria o productiva, al menos en los sectores del inmueble en los cuales se encuentran emplazadas las construcciones en que oportunamente se conformaron los Talleres Rioro S.A.

A su vez, “dicho inmueble podrá subdividirse e incluso, podrán ser beneficiarios de esta expropiación sujetos privados, en la medida que en todo el desarrollo del inmueble objeto de la misma, se cumpla en forma predominante una finalidad social en beneficio de la comunidad”, promueve la iniciativa de Del Frade.

En el mes de junio de 2017 fueron despedidos 71 trabajadores de los talleres ferroviarios Rioro, empresa dedicada a la reparación de vagones perteneciente al Grupo EMEPA. Cabe señalar que “la situación de dichos talleres comenzó a generar señales de alerta entre los trabajadores a partir del año 2016, momento en el cual la empresa ofreció a decenas de trabajadores acogerse al despido voluntario, modalidad que fue aceptada por ochenta operarios”, recordó Del Frade.

A diferencia de lo sucedido en 2016, al proponerse ese año optar por el retiro voluntario al personal restante, el nivel de aceptación por parte de los trabajadores fue prácticamente nulo y a partir de ahí los directivos de la empresa decidieron enviar directamente los telegramas de despido, cesándose la actividad en los talleres de Pérez el  22 de junio.

En ese sentido, el legisaldor del FSyP trajo al presente el comunicado emitido oportunamente por la empresa “intentando justificar el cierre”. “La medida está relacionada con los cambios que desde hace varios años se vienen produciendo en el mercado ferroviario" y que "no desmantelará la planta de Pérez, proyectando su reconversión productiva en el mediano plazo", rezaba el texto empresarial. También se planteó a modo de justificación que “las actividades de la empresa resultarían momentáneamente concentradas en los talleres que la firma posee en Laguna Paiva”.

De acuerdo a fuentes del sector, la caída de contratos del grupo Emepa con el Estado nacional para la reparación de locomotoras y vagones fue clave en la decisión de la empresa de no continuar con los talleres debido a que, a partir de 2016, se priorizo la compra de unidades nuevas a China.

En aquellos días de julio de 2017, representantes de la Unión Obrera Metalúrgica y el Estado provincial se reunieron con los propietarios de la firma para explorar distintas alternativas y así evitar el cierre. El entonces ministro de la Producción, Luis Contigiani, junto al de Trabajo (en aquella oportunidad) Julio Genesini ofrecieron varias propuestas para no discontinuar el trabajo de los talleres, pero fueron desestimadas por los titulares de la empresa.

El 3 de julio de 2017 en la audiencia que había convocado el Ministerio de Trabajo en el marco de la conciliación obligatoria, el representante de Talleres Rioro S.A. ratificó la decisión de la empresa de cerrar los talleres y pagar las indemnizaciones, aseverando que no había chances de sentarse a negociar una posible venta a Ferronaval, empresa interesada en adquirir las instalaciones de Pérez para la producción de material ferroviario.

En este marco de incertidumbre respecto al destino de los talleres ferroviarios de Pérez y ante la reticencia de la empresa para dar un fin productivo a los mismos “consideramos pertinente que el Estado Provincial proceda a la expropiación del predio, que perteneciera otrora al Estado Nacional. Maxime cuando, desde el gobierno santafesino, se ofreció múltiples alternativas para impedir el cese de actividades de los talleres, entre ellas el asumir el pago del 25% del sueldo de los empleados con el fin de evitar la destrucción de los puestos laborales”, señaló Del Frade.

Asimismo, “creemos que el destino más adecuado para este predio de 30 hectáreas, cuya superficie edificada supera las 84000 m2 y que cuenta con una longitud intema de vías en playa de 13138 metros y una longitud de vías dentro de los talleres de 3862 metros, es la incorporación del mismo al patrimonio la Empresa Mixta de Ferrocarriles de Santa Fe (EFESA), la cual fuera creada en año 2011 con el objeto de impulsar la recuperación del sistema ferroviario santafesino”, promueve el diputado.

“Es imprescindible lograr esta expropiación porque poco y nada se hizo al respecto y se corre el riesgo que se pierda definitivamente uno de los talleres que resultan fundamentales para la reconstrucción de la industria provincial ferroviaria”, completó Del Frade.Página12.com